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Reglamento Sanitario Internacional

Logotipo de la Organización Mundial de la Salud

El Reglamento Sanitario Internacional ( RSI ), adoptado por primera vez por la Asamblea Mundial de la Salud en 1969 y revisado por última vez en 2005, son normas jurídicamente vinculantes que sólo se aplican a la OMS que es un instrumento que tiene como objetivo la colaboración internacional "para prevenir, proteger, controlar y dar una respuesta de salud pública a la propagación internacional de enfermedades en formas que sean proporcionales y limitadas a los riesgos para la salud pública y que eviten interferencias innecesarias en el tráfico y el comercio internacionales". [1] [2] [3] El RSI es el único tratado jurídico internacional con la responsabilidad de empoderar a la Organización Mundial de la Salud (OMS) para actuar como el principal sistema de vigilancia mundial . [4] [5]

En 2005, tras el brote de SARS de 2002-2004 , se introdujeron varios cambios en los RSI revisados ​​anteriores que se originaron en 1969. [1] [3] El RSI de 2005 entró en vigor en junio de 2007, con 196 países vinculantes que reconocieron que ciertos incidentes de salud pública, que se extienden más allá de la enfermedad, deben designarse como una Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII), ya que plantean una amenaza mundial significativa. [6] Su primera aplicación completa fue en respuesta a la pandemia de gripe porcina de 2009. [ 3]

Historia

Orígenes

El Reglamento Sanitario Internacional (RSI) original se adoptó en 1969. Sin embargo, sus fundamentos se remontan a mediados del siglo XIX, cuando se debatieron medidas para hacer frente a la propagación de la peste, la fiebre amarilla, la viruela y, en particular, el cólera a través de las fronteras, con la menor interferencia posible en el comercio mundial. [3] [7] [8] Para hacer frente a la constatación de que los países variaban en lo que respecta a sus reglamentaciones sanitarias y medidas de cuarentena, la primera de esta serie de conferencias sanitarias internacionales se celebró en París en 1851. Este fue el mismo año en que se establecieron las comunicaciones telegráficas entre Londres y París. Asistieron a esta conferencia 12 naciones, de las cuales 11 eran estados europeos y tres firmarían la convención resultante. En el siglo XIX, hubo 10 de estas conferencias. [7] [8]

1948: se funda la Constitución de la Organización Mundial de la Salud . [8]

1951: la OMS emitió sus primeras normas de prevención de enfermedades infecciosas, el Reglamento Sanitario Internacional (ISR 1951), que se centraba en seis enfermedades cuarentenables: el cólera , la peste , la fiebre recurrente , la viruela , la fiebre tifoidea y la fiebre amarilla . [9]

1969: se revisó el Reglamento Sanitario Internacional y se lo renombró como «Reglamento Sanitario Internacional». [9]

Historia temprana

1973: la 26ª Asamblea Mundial de la Salud modificó el RSI (1969) en relación con las disposiciones sobre el cólera. [10]

1981: en vista de la erradicación mundial de la viruela, la 34ª Asamblea Mundial de la Salud modificó el RSI (1969) para excluir la viruela de la lista de enfermedades de declaración obligatoria sujetas al RSI (1969). [10]

1995 : durante la 48.ª Asamblea Mundial de la Salud, la OMS y los Estados Miembros acordaron la necesidad de revisar el RSI (1969). Se plantearon varios desafíos en el contexto del aumento de los viajes y el comercio característico del siglo XX. La revisión del RSI (1969) se produjo debido a sus limitaciones inherentes, en particular:

Los avances del siglo XXI

En 2005 se publicó un documento de declaración de valores titulado “Los principios que incorporan el RSI” que decía, entre otras cosas : [11]

  1. Con pleno respeto a la dignidad, a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de las personas;
  2. Guiados por la Carta de las Naciones Unidas y la Constitución de la Organización Mundial de la Salud ;
  3. Guiados por el objetivo de su aplicación universal para la protección de todos los pueblos del mundo contra la propagación internacional de enfermedades;
  4. De conformidad con la Carta de las Naciones Unidas y los principios del derecho internacional, los Estados tienen el derecho soberano de legislar y aplicar leyes en cumplimiento de sus políticas sanitarias. Al hacerlo, deben defender el propósito del presente Reglamento .

El 15 de junio de 2007 entró en vigor el RSI (2005), que a partir de junio de 2020 es vinculante para 196 Estados Partes, incluidos los 194 Estados Miembros (países) de la OMS. [6]

En 2010, en la Reunión de los Estados Partes en la Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción y el Almacenamiento de Armas Bacteriológicas (Biológicas) y Toxínicas y sobre su Destrucción en Ginebra [12] , se sugirió el reconocimiento sanitario-epidemiológico como un medio bien probado para mejorar la vigilancia de las infecciones y los agentes parasitarios. El objetivo de esta recomendación era prevenir y reducir al mínimo las consecuencias de los brotes naturales de enfermedades infecciosas peligrosas, así como la amenaza del supuesto uso de armas biológicas contra los Estados Partes en la Convención. La conferencia también destacó la importancia del reconocimiento sanitario-epidemiológico para evaluar la situación sanitario-epidemiológica, organizar y realizar actividades preventivas, indicar e identificar agentes biológicos patógenos en los sitios ambientales, realizar análisis de laboratorio de materiales biológicos, suprimir focos de enfermedades infecciosas y proporcionar asesoramiento y asistencia práctica a las autoridades sanitarias locales.

En enero de 2018, un grupo de burócratas de la OMS publicó un artículo en el British Medical Journal on Global Health titulado "Fortalecimiento de la seguridad sanitaria mundial mediante la incorporación de los requisitos del Reglamento Sanitario Internacional en los sistemas nacionales de salud", en el que los autores argumentaron que "los brotes de ébola de 2014 y de zika de 2016 , y las conclusiones de una serie de evaluaciones de alto nivel de la respuesta mundial a estas crisis, [aclararon] que existe la necesidad de un pensamiento más integrado entre las actividades de fortalecimiento del sistema de salud y los esfuerzos de seguridad sanitaria para la prevención, la alerta y la respuesta". [13]

Emergencia de salud pública de importancia internacional (ESPII)

Una emergencia de salud pública de importancia internacional, o ESPII , se define en el RSI (2005) como "un evento extraordinario que se determina que constituye un riesgo para la salud pública de otros Estados debido a la propagación internacional de una enfermedad y que potencialmente requiere una respuesta internacional coordinada". [2] Esta definición implica una situación que es:

Desde 2007, el Director General de la OMS ha declarado emergencias de salud pública de interés internacional en respuesta a lo siguiente: [6] [14]

Lista de expertos del IHR

La Lista de Expertos del RSI, regulada por el Artículo 47 del RSI, está a cargo de la DGOMS , quien "establecerá una lista compuesta por expertos en todos los campos de especialización pertinentes... Además, [él/ella] designará un miembro a solicitud de cada Estado Parte".

Estructura pro-tempore

Comité de Emergencia del RSI

Para declarar una ESPII, el Director General de la OMS debe tener en cuenta factores como el riesgo para la salud humana y la propagación internacional, así como el asesoramiento de un comité de expertos de composición internacional, el Comité de Emergencias del RSI (CE), uno de los cuales debe ser un experto designado por el Estado en cuya región se produzca el evento. [2] En lugar de ser un comité permanente, el CE se crea ad hoc . [15]

Hasta 2011, los nombres de los miembros del CE del RSI no se hacían públicos; a raíz de las reformas, ahora sí se hacen públicos. Estos miembros se seleccionan en función de la enfermedad en cuestión y la naturaleza del evento. Los nombres se toman de la lista de expertos del RSI . El Director General sigue el consejo del CE tras su evaluación técnica de la crisis utilizando criterios legales y un algoritmo predeterminado después de una revisión de todos los datos disponibles sobre el evento. Tras la declaración de la ESPII, el CE formula recomendaciones sobre las medidas que el Director General y los Estados miembros deberían adoptar para abordar la crisis. [15] Las recomendaciones son temporales y requieren revisiones trimestrales. [2]

Comité de Revisión del RSI

La creación de un Comité de Examen del RSI es responsabilidad de la DGOMS. Sus miembros son seleccionados entre el Comité de Expertos del RSI y, "cuando proceda, entre otros grupos de expertos asesores de la Organización". Además, la DGOMS "establecerá el número de miembros que serán invitados a una reunión, determinará su fecha y duración y convocará al Comité".

"La DGOMS seleccionará a los miembros del Comité de Revisión sobre la base de los principios de representación geográfica equitativa, equilibrio de género, equilibrio de expertos de países desarrollados y en desarrollo, representación de una diversidad de opiniones científicas, enfoques y experiencia práctica en diversas partes del mundo, y un equilibrio interdisciplinario apropiado."

Crítica a las normas sanitarias internacionales

Las revisiones del Reglamento Sanitario Internacional en 2005 tenían como objetivo mejorar la seguridad y la cooperación sanitarias mundiales. Sin embargo, la respuesta tardía e inadecuada de la OMS a la epidemia de ébola en África occidental hizo que el Reglamento Sanitario Internacional volviera a ser objeto de un escrutinio internacional. En 2015, 127 de los 196 países no estaban en condiciones de cumplir las ocho capacidades básicas de salud pública ni de notificar los eventos de salud pública tal como se indicaba. [16] Numerosos informes publicados por grupos de alto nivel han evaluado las deficiencias del Reglamento Sanitario Internacional y han propuesto medidas que se pueden adoptar para mejorar las respuestas futuras a los brotes. [17]

En una publicación se examinaron siete de estos importantes informes y se identificaron áreas de consenso sobre la acción. [18] Los siete informes señalaron que el cumplimiento inadecuado del Reglamento Sanitario Internacional de la OMS era uno de los principales factores que contribuían a la lentitud de la respuesta al ébola. Se encontraron tres obstáculos importantes que contribuían a ese cumplimiento deficiente: [ cita requerida ]

Capacidad del núcleo

El RSI exige que los países evalúen su capacidad de vigilancia y respuesta ante las enfermedades y determinen si pueden satisfacer adecuadamente sus necesidades. Los siete informes sobre el ébola coinciden universalmente en que las capacidades de autoevaluación de los países son insuficientes y que es necesario mejorar las medidas de verificación. Un problema importante es el nivel inadecuado de capacidades básicas en algunos países, y con frecuencia se ha planteado la cuestión de cómo aprovecharlas. Los informes formulan varias recomendaciones para alentar a los gobiernos a aumentar la inversión en programas de identificación y respuesta ante brotes, entre ellas la ayuda técnica de fuentes externas condicionada a la movilización de recursos internos, la financiación externa para los países de bajos ingresos, la presión de la comunidad internacional para aumentar la inversión y la consideración de la preparación ante brotes como un factor en las evaluaciones económicas de los países del Fondo Monetario Internacional, que influyen en las prioridades presupuestarias de los gobiernos y en el acceso a los mercados de capital. Otra vía que se está debatiendo es la reforma del artículo 44 del RSI, posiblemente mediante una nueva convención sobre pandemias. [19]

Comercio y viajes

La segunda cuestión que se plantea con frecuencia es la de garantizar que las restricciones al comercio y los viajes durante los brotes estén justificadas. [20] Debido a la creciente atención y preocupación del público y los medios de comunicación, muchos gobiernos y empresas privadas restringieron el comercio y los viajes durante el brote de ébola, aunque muchas de estas medidas no eran necesarias desde el punto de vista de la salud pública. Estas restricciones empeoraron las repercusiones financieras y dificultaron la labor de las organizaciones de ayuda que enviaban apoyo a las regiones afectadas.

Hubo un amplio consenso en los informes sobre la importancia de reducir al mínimo estas restricciones para evitar mayores daños a los países que sufren brotes. Además, si los gobiernos suponen que la notificación de la situación dará lugar a restricciones inapropiadas a los viajes y al comercio, pueden dudar en notificar a la comunidad internacional sobre el brote. Entre las posibles soluciones planteadas se encontraba la de que la OMS y las Naciones Unidas "nombraran y denunciaran" de manera más asertiva a los países y las empresas privadas que imponen restricciones injustificadas a la OMS, trabajando con la Organización Mundial del Comercio, la Organización de Aviación Civil Internacional y la Organización Marítima Internacional para desarrollar normas y mecanismos de aplicación de las restricciones al comercio y a los viajes. [ cita requerida ]

Informe de brotes

La tercera cuestión de cumplimiento se relaciona con la obligación de los países de informar rápidamente sobre los brotes. Los informes recomiendan que la OMS refuerce esta obligación haciendo pública la demora en la notificación de brotes sospechosos por parte de los países. Por el contrario, también se recomiendan mecanismos que aseguren que los países reciban rápidamente apoyo operativo y financiero tan pronto como notifiquen. Un enfoque novedoso para fomentar la notificación temprana es el Mecanismo de Financiamiento de Emergencia para Pandemias del Banco Mundial, creado para proporcionar financiamiento rápido para el control de brotes y proteger a los países de los efectos económicos devastadores de los brotes a través de un programa de seguros. [ cita requerida ]

Evaluaciones Externas Conjuntas (JEE)

Una evaluación externa conjunta ( ECE ) es un "proceso voluntario, colaborativo y multisectorial para evaluar las capacidades de los países para prevenir, detectar y responder rápidamente a los riesgos para la salud pública, ya sea que se produzcan de forma natural o debido a eventos deliberados o accidentales". La ECE ayuda a los países a identificar brechas críticas en sus sistemas de bioseguridad [21] con el fin de mejorarlos y ayudar a prevenir, detectar y responder rápidamente a los riesgos para la salud pública (ya sean naturales, accidentales o deliberados) en el futuro. [22] Desarrollado como resultado del Comité de Revisión del RSI sobre las segundas extensiones para el establecimiento de capacidades nacionales de salud pública y sobre la implementación del RSI, la OMS, en colaboración con socios e iniciativas, desarrolló el proceso de la ECE y publicó la primera edición de la herramienta en 2016. [23] Se publicó una segunda edición en 2018. [24]

Una evaluación comparativa de la capacidad de Australia tras la epidemia del virus del ébola en África occidental de 2013-2016 mostró que el país tenía un nivel muy alto de capacidad de respuesta. El Plan de Acción Nacional de Australia para la Seguridad Sanitaria 2019-2023 se desarrolló para ayudar a implementar las recomendaciones de la evaluación comparativa. [25]

Véase también

Referencias

  1. ^ ab "OMS EMRO | Antecedentes | Acerca de | Reglamento Sanitario Internacional". www.emro.who.int . Consultado el 2 de agosto de 2020 .
  2. ^ abcd "¿Qué son el Reglamento Sanitario Internacional y los Comités de Emergencia? Preguntas y respuestas". www.who.int . Organización Mundial de la Salud. 19 de diciembre de 2019.
  3. ^ abcd Heymann, David (2010). "Parte del Capítulo 4. Salud pública, gobernanza mundial y el Reglamento Sanitario Internacional revisado". Movimiento de enfermedades infecciosas en un mundo sin fronteras: resumen del taller . Washington DC: National Academies Press. págs. 180–195. ISBN 978-0-309-14447-6.
  4. ^ Youde, Jeremy (2010), Youde, Jeremy (ed.), "El Reglamento Sanitario Internacional", Vigilancia biopolítica y salud pública en la política internacional , Nueva York: Palgrave Macmillan US, págs. 147-175, doi :10.1057/9780230104785_7, ISBN 978-0-230-10478-5
  5. ^ Kohl, Katrin S.; Arthur, Ray R.; O'Connor, Ralph; Fernández, José (2012). "Evaluación de eventos de salud pública a través del Reglamento Sanitario Internacional, Estados Unidos, 2007-2011 - Volumen 18, Número 7—julio de 2012 - Revista de enfermedades infecciosas emergentes - CDC". Enfermedades infecciosas emergentes . 18 (7): 1047–1053. doi : 10.3201/eid1807.120231 . PMC 3376817 . PMID  22709566. 
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Enlaces externos