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Beneficio complementario de minimis

Los beneficios complementarios de minimis son ventajas de bajo valor proporcionadas por un empleador; de minimis es la palabra latina legal para "mínimo".

Es posible que en algunas jurisdicciones los beneficios que se consideran beneficios complementarios de minimis no se contabilicen ni se graven por tener un valor demasiado pequeño y una contabilidad demasiado complicada.

Estados Unidos

Definición

Según el Código del Servicio de Impuestos Internos de los Estados Unidos , artículo 132(a)(4) , los beneficios “complementarios de minimis” proporcionados por el empleador pueden excluirse del ingreso bruto del empleado. [1] “Beneficios complementarios de minimis” significa cualquier propiedad o servicio cuyo valor (después de tomar en cuenta la frecuencia con la que el empleador proporciona beneficios complementarios más pequeños a sus empleados) es tan pequeño que hace que su contabilización sea irrazonable o administrativamente impracticable. [2] En la práctica, el artículo 132(a)(4) es una regla de conveniencia administrativa definida de manera estricta.

Calificación como beneficio complementario de minimis

Para que un bien o servicio pueda ser considerado un “beneficio marginal de minimis”, debe ser inusual u ocasional en su frecuencia, y su valor no puede ser una forma encubierta de compensación. [3]

Generalmente, el Servicio de Impuestos Internos considera los siguientes tres factores:

  1. La frecuencia del beneficio
  2. el valor del beneficio
  3. la impracticabilidad administrativa. [4]

El artículo 132(e)(1) del Código de Rentas Internas define los beneficios de minimis como cualquier propiedad o servicio que el empleador le dé a un empleado cuyo valor, después de tomar en cuenta la frecuencia provista, sea tan pequeño que haga que su contabilización sea irrazonable o administrativamente impracticable. Algunos ejemplos de beneficios de minimis incluyen el uso personal de un teléfono celular proporcionado por el empleador principalmente para fines comerciales; el uso personal ocasional de la fotocopiadora del empleador; obsequios navideños, que no sean efectivo o tarjetas de regalo, con un valor de mercado bajo; fiestas o picnics ocasionales para empleados y sus invitados; entradas ocasionales para teatro o eventos deportivos. [5]

De acuerdo con la Sección 1.132-6(b)(1) del Reglamento del Tesoro, todos los beneficios complementarios similares deben considerarse en conjunto para determinar si son de minimis. [6] Una comida gratuita que se les da a todos los empleados una vez al año calificaría porque las comidas se proporcionan con poca frecuencia. [6] Una comida gratuita que se le da a un empleado diferente cada semana durante el año no calificaría. [6]

Según la Sección 1.132-6(c) del Reglamento del Tesoro, el dinero en efectivo nunca califica como un beneficio adicional de minimis. [6] El dinero en efectivo o los certificados de regalo proporcionados a un empleado para que pueda comprar una entrada de teatro no califican. [6] [7] Sin embargo, calificarían si el empleador compra la entrada de teatro, le proporciona la entrada de teatro real al empleado y el empleador rara vez entrega entradas a los empleados. [6]

Las tarjetas de regalo nunca califican si se pueden canjear por mercadería general o tienen un valor equivalente en efectivo. [8] Las tarjetas de regalo no califican si tienen un valor nominal específico y se pueden canjear por mercadería en una tienda. [9] Si un certificado de regalo le permite a un empleado recibir un artículo específico de propiedad personal de bajo valor, es administrativamente impráctico para el empleador contabilizar el certificado de regalo, y el empleador proporciona certificados de regalo a los empleados con poca frecuencia, entonces el certificado de regalo califica. [8]

El Servicio de Impuestos Internos no define el valor bajo, pero en el Memorando de Asesoramiento Jurídico Principal 200108042 establece que un artículo que vale $100 no es un artículo de bajo valor. [10]

Si bien el Servicio de Impuestos Internos no define la frecuencia, los obsequios a empleados con una frecuencia trimestral no calificarían como un beneficio complementario de minimis. [11]

Ejemplos de beneficios complementarios de minimis

  1. uso ocasional de la fotocopiadora por parte del empleado si el empleador controla suficientemente su uso y el 85% de su uso es para fines comerciales;
  2. mecanografiado ocasional de cartas personales por parte de un secretario de empresa;
  3. bocadillos ocasionales (por ejemplo, café, donas, dulces, etc.);
  4. entradas ocasionales para espectáculos o eventos deportivos;
  5. regalos de vacaciones y cumpleaños (no dinero en efectivo) con un valor justo de mercado bajo;
  6. dinero para comidas y transporte ocasionales cuando un empleado debe trabajar horas extras;
  7. Uso ocasional de material de oficina (bolígrafo, sobre, papel, grapas, sellos postales, etc.) para tareas personales individuales, por ejemplo, enviar una carta a un amigo, pagar una multa de tráfico, escribir, escribir una nota adhesiva sobre un recado que hay que hacer de camino a casa después del trabajo.
  8. seguro de vida colectivo pagadero en caso de fallecimiento del cónyuge o dependiente de un empleado si el valor nominal no es mayor a $2000;
  9. flores, frutas, libros, etc. proporcionados en circunstancias especiales (por ejemplo, enfermedad o crisis familiar); y
  10. fiestas ocasionales o picnics para empleados y sus invitados. [12] [13] [14]

Ejemplos de bienes o servicios que no son beneficios complementarios de minimis

  1. dinero en efectivo;
  2. certificados de regalo o vales equivalentes en efectivo;
  3. descuentos para empleados;
  4. premios a los logros de los empleados;
  5. abonos para eventos deportivos o teatrales;
  6. membresía a un club de campo privado o instalación deportiva; y
  7. ciertos costos de transporte. [13] [14] [15]

Consecuencias fiscales para el trabajador

Si la propiedad o los servicios proporcionados al empleado califican como un beneficio complementario “de minimis”, entonces al empleado se le permite no informar el monto. [16]

Referencias

  1. ^ Código de Rentas Internas § 132(a)(4)(2007).
  2. ^ IRC § 132 (e) (1); Tres. Reg. § 1.132-6(a).
  3. ^ "Preguntas frecuentes para entidades gubernamentales sobre los beneficios complementarios de minimis". Servicio de Impuestos Internos . Archivado desde el original el 17 de agosto de 2007.
  4. ^ SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, GUÍA TRIBUTARIA DEL EMPLEADOR SOBRE BENEFICIOS COMPLEMENTARIOS 8, [1].
  5. ^ "Publicación 15-B: Guía tributaria para empleadores sobre beneficios complementarios". Servicio de Impuestos Internos . 2016.
  6. ^ abcdef "Private Letter Ruling 201005014" (Carta privada de resolución 201005014). Servicio de Impuestos Internos . 5 de febrero de 2010.
  7. ^ "26 CFR 1.132-6 - Franjas de minimis". Servicio de Impuestos Internos . Instituto de Información Legal, Facultad de Derecho de la Universidad de Cornell.
  8. ^ ab "Beneficios complementarios de minimis". Servicio de Impuestos Internos . 19 de enero de 2016.
  9. ^ "Beneficios complementarios de minimis". Vicepresidente de la División de Finanzas . Universidad de Louisville.
  10. ^ "El IRS comienza a definir los márgenes de minimis [ enlace muerto permanente ‍] ". HR.com . 14 de junio de 2001.
  11. ^ "Los certificados de regalo como beneficios complementarios mínimos Archivado el 3 de junio de 2016 en Wayback Machine ". Asociación Estadounidense de Nóminas, Capítulo del Condado de Orange . 2 de septiembre de 2014.
  12. ^ Reglamento del Tesoro § 1.132-6(e)(1)
  13. ^ ab Servicio de Impuestos Internos, Datos y preguntas para las entidades gubernamentales sobre los beneficios complementarios de minimis, [2]
  14. ^ ab SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, GUÍA TRIBUTARIA DEL EMPLEADOR SOBRE BENEFICIOS COMPLEMENTARIOS 8 [3].
  15. ^ Reglamento del Tesoro § 1.132-6(e)(2)
  16. ^ Código de Rentas Internas § 132(a)(4).