stringtranslate.com

Distrito Escolar Independiente de San Antonio contra Rodríguez

San Antonio Independent School District v. Rodriguez , 411 US 1 (1973), fue un caso en el que la Corte Suprema de los Estados Unidos sostuvo que el sistema de financiamiento del Distrito Escolar Independiente de San Antonio , que se basaba en impuestos a la propiedad local, no era una violación de lacláusula de protección igualitaria de la Decimocuarta Enmienda . [1]

La opinión mayoritaria, que revocó la decisión del Tribunal de Distrito , declaró que los apelados no habían probado suficientemente una base textual, dentro de la Constitución de los Estados Unidos, que apoyara el principio de que la educación es un derecho fundamental . Los demandantes, que sostenían que el sistema de financiación escolar conducía a una discriminación basada en la riqueza, habían argumentado que el derecho fundamental a la educación debería aplicarse a los Estados, a través de la Decimocuarta Enmienda. El Tribunal determinó que no existía tal derecho fundamental y que el desigual sistema de financiación escolar no estaba sujeto a un escrutinio estricto .

Fondo

La demanda fue interpuesta por miembros de la Asociación de Padres Preocupados de Edgewood en representación de sus hijos y de estudiantes en situaciones similares. La demanda fue interpuesta el 30 de junio de 1968 en el Tribunal de Distrito del Distrito Oeste de Texas. En la demanda inicial, los padres demandaron al Distrito Escolar Independiente de San Antonio, al Distrito Escolar Independiente de Alamo Heights y a otros cinco distritos escolares; a los Síndicos Escolares del Condado de Bexar; y al Estado de Texas. Sostuvieron que el "método de Texas de financiación de las escuelas violaba la cláusula de protección igualitaria de la Decimocuarta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos". La demanda alegaba que la educación era un derecho fundamental y que la discriminación basada en la riqueza en la prestación de la educación (como un derecho fundamental), creaba en los pobres, o en aquellos de menor riqueza, una clase constitucionalmente sospechosa, que debía ser protegida de la discriminación.

Finalmente, los distritos escolares fueron excluidos del caso, y el único acusado fue el estado de Texas. El caso avanzó por el sistema judicial y los padres de Edgewood obtuvieron la victoria hasta llegar a la Corte Suprema en 1972.

Los distritos escolares de la zona de San Antonio, y en general de Texas, tenían una larga historia de desigualdad financiera. Rodríguez presentó pruebas de que los distritos escolares de las zonas ricas de la ciudad, predominantemente blancas, en particular el Distrito Escolar Independiente de Alamo Heights, en el lado norte, podían contribuir con una cantidad mucho mayor por niño que Edgewood, una zona pobre y minoritaria.

Del escrito del juicio, el Dr. José Cárdenas, Superintendente de Escuelas del Distrito Escolar Independiente de Edgewood, testificó sobre el problema en su declaración jurada, la siguiente información:

  1. Edgewood es un distrito pobre con una base impositiva baja. Como resultado, sus ingresos por impuestos ad valorem son muy inferiores a los fondos disponibles en otros distritos escolares del condado de Bexar. Con esta financiación desigual de sus escuelas, Edgewood no puede contratar suficiente personal calificado ni proporcionar las instalaciones físicas, los libros de biblioteca, el equipo y los suministros que ofrecen otros distritos del condado de Bexar.
  2. Para ilustrarlo, los residentes de Edgewood están haciendo un alto esfuerzo fiscal, se han cargado con una de las proporciones más altas de deuda en bonos del condado para pagar mejoras de capital y, nunca, en la historia del distrito han dejado de aprobar una emisión de bonos.

Cárdenas cita un estudio, "Una historia de dos distritos", que hace las siguientes comparaciones en 1967-68 entre Edgewood y el Distrito Escolar Independiente del Noreste :

De hecho, la disparidad financiera entre Edgewood y Alamo Heights aumentó en los cuatro años que le tomó a Rodríguez abrirse camino a través del sistema judicial "de una disparidad total por alumno de $310 en 1968 en apoyo estatal y local entre los distritos a una disparidad de $389 en 1972".

Decisión

En la Corte Suprema, se había nombrado un nuevo grupo de jueces desde que se presentó el caso. El miembro nuevo más importante fue el juez Lewis Powell , quien resultó ser el voto decisivo en el caso Rodríguez. Powell encabezó la estrecha mayoría al decidir que el derecho a recibir educación (como niño en edad escolar o como adulto sin educación) no se encontraba ni "explícita ni implícitamente" en ningún texto de la Constitución de los Estados Unidos. Por lo tanto, no estaba protegido por la Constitución en ninguna parte.

También concluyó que Texas no había creado una clase sospechosa relacionada con la pobreza. Los dos hallazgos permitieron al estado continuar con su plan de financiación escolar siempre que estuviera "racionalmente relacionado con un interés estatal legítimo".

Disentimiento

Los jueces Brennan , Douglas , White y Marshall disintieron. En su opinión, el juez Marshall sostuvo que en los casos que involucran derechos no enumerados, la "tarea de la Corte... debería ser determinar hasta qué punto los derechos garantizados constitucionalmente dependen de intereses no mencionados en la Constitución" y que "a medida que se estrecha el nexo entre la garantía constitucional específica y el interés no constitucional, el interés no constitucional se vuelve más fundamental y el grado de escrutinio judicial aplicado cuando el interés se infringe de manera discriminatoria debe ajustarse en consecuencia". [2]

Reacción y consecuencias

En una entrevista de TIME de 2015 a más de 50 académicos de derecho, el decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de California, Berkeley, Erwin Chemerinsky, y el profesor de Derecho de Cornell, Steven Shiffrin, calificaron a Rodríguez como la "peor decisión de la Corte Suprema desde 1960", y Chemerinsky señaló que la decisión "ha jugado un papel importante en la creación de las escuelas separadas y desiguales que existen hoy en día". [3]

En parte como respuesta al fallo de la Corte en el caso Rodríguez , el juez William Brennan escribió un artículo en la Harvard Law Review instando a los abogados y litigantes a recurrir a las Cortes Supremas de sus estados —en lugar de a la Corte Suprema de los Estados Unidos— para litigar sus demandas constitucionales, ya que la conservadora Corte Burger probablemente no sería receptiva a las demandas hechas por minorías raciales, los pobres u otros "grupos políticamente impotentes cuyos miembros han sido históricamente sujetos a una discriminación intencionada". [4] Desde que se publicó el artículo de Brennan, varias Cortes Supremas estatales [¿ quiénes? ] han sostenido que la financiación sustancialmente desigual de las escuelas públicas viola sus Constituciones estatales. [5]

En abril de 2020, un panel de tres jueces del Tribunal de Apelaciones del Sexto Circuito de los Estados Unidos votó 2 a 1 en Gary B. v. Whitmer para reconocer que los niños tienen un derecho constitucional en los Estados Unidos a la educación básica en alfabetización. La decisión del panel distinguió el caso San Antonio Independent School District v. Rodriguez, que no abordó el derecho fundamental a la educación básica. [6] [7] [8] [9] [10] Después de una apelación para una revisión en banc , el caso se resolvió y la decisión precedente del panel se anuló. [11] [12]

Véase también

Referencias

  1. ^ San Antonio Independiente. Sch. Dist. contra Rodríguez , 411 U.S. 1 (1973).
  2. ^ 411 US en 102-03 (Marshall, J., disidente).
  3. ^ Sachs, Andrea (6 de octubre de 2015). "Las peores decisiones de la Corte Suprema desde 1960". TIME . Consultado el 23 de junio de 2021 .
  4. ^ William J. Brennan, Constituciones estatales y la protección de los derechos individuales , 90 Harv. L. Rev. 489, 491 (1977).
  5. ^ "Casos emblemáticos en Estados Unidos relacionados con la igualdad de oportunidades en la educación primaria y secundaria". Universidad de Stanford . Consultado el 20 de agosto de 2023 .
  6. ^ Revista ABA "Los estudiantes tienen derecho a una educación básica mínima, dictamina el Sexto Circuito". Revista ABA . Consultado el 2 de septiembre de 2022 .
  7. ^ Testani, Rocco E. (21 de mayo de 2020). "Un derecho constitucional a la educación de corta duración". Education Next . Consultado el 2 de septiembre de 2022 .
  8. ^ "El Sexto Circuito reconoce un derecho fundamental a una educación básica mínima - Frost Brown Todd | Bufete de abogados de servicio completo". Frost Brown Todd . 28 de mayo de 2020 . Consultado el 2 de septiembre de 2022 .
  9. ^ "El acceso a la alfabetización es un derecho fundamental, según el Sexto Circuito". www.courthousenews.com . Consultado el 2 de septiembre de 2022 .
  10. ^ "Fallo del Sexto Circuito sobre el 'derecho fundamental a una educación básica mínima'". National Review . 24 de abril de 2020 . Consultado el 2 de septiembre de 2022 .
  11. ^ Cooper, J (15 de junio de 2020). "El caso de alfabetización de Detroit termina sin precedente legal para el derecho a la educación". World Socialist Web Site . El miércoles 10 de junio, el Tribunal de Apelaciones del Sexto Circuito de los Estados Unidos firmó una orden que desestima el caso Gary B. v. Whitmer, comúnmente conocido como el caso de alfabetización de Detroit, lo que lo lleva legalmente a una conclusión. El acuerdo alcanzado el mes pasado entre la gobernadora Gretchen Whitmer y los demandantes en el caso Gary B. v. Whitmer se mantendrá, pero se ha anulado un precedente legal para el derecho constitucional a la educación.
  12. ^ Walsh, Mark (12 de junio de 2020). "La orden de la Corte Federal de Apelaciones pone fin al caso del 'derecho a la alfabetización' de Detroit". Education Week . En un giro que parece cerrar el libro sobre una demanda observada a nivel nacional en Detroit sobre un derecho federal al acceso a la alfabetización, un tribunal federal de apelaciones desestimó una apelación y reconoció un acuerdo en el caso. La orden del 10 de junio del pleno del Tribunal de Apelaciones de los Estados Unidos para el Sexto Circuito, en Cincinnati, en el caso conocido como Gary B. v. Whitmer no alteró una orden anterior que anuló una decisión del 23 de abril de un panel del tribunal que reconocía un derecho constitucional de los Estados Unidos a una educación mínima básica que garantizara el acceso a la alfabetización. Por lo tanto, la innovadora decisión del panel sigue borrada de los libros en el Sexto Circuito, aunque otros tribunales pueden mirar el razonamiento de la audaz opinión que reconoció el derecho federal de acceso a la alfabetización.
  13. ^ 179 Arizona 233, 877 P.2d 806 (1994).
  14. ^ 306 Kan.1170, 402 P.3d 513 (2017).

Lectura adicional

Enlaces externos