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Monto en controversia

El monto en controversia (a veces llamado monto jurisdiccional ) es un término utilizado en el procedimiento civil para indicar el monto en juego en una demanda, en particular en relación con el requisito de que las personas que buscan presentar una demanda en un tribunal en particular deben demandar por un monto mínimo determinado (o por debajo de un monto máximo determinado) antes de que ese tribunal pueda escuchar el caso.

Estados Unidos

En los tribunales federales

Jurisdicción de diversidad

En los tribunales federales de los Estados Unidos , el término se aplica actualmente solo a los casos presentados bajo jurisdicción de diversidad , lo que significa que el tribunal puede escuchar el caso solo porque se trata de ciudadanos de diferentes estados. En tales casos, el Congreso de los Estados Unidos ha decretado en 28 USC § 1332(a) que el tribunal puede escuchar tales demandas solo cuando "el asunto en controversia exceda la suma o valor de $75,000". Esta cantidad representa un aumento significativo con respecto a años anteriores.

El Congreso estableció por primera vez el requisito de monto en controversia cuando creó la jurisdicción de diversidad en la Ley Judicial de 1789 , de conformidad con sus poderes bajo el Artículo III de la Constitución de los Estados Unidos , siendo el monto de $500. Se elevó a $2,000 en 1887, a $3,000 en 1911, a $10,000 en 1958, a $50,000 en 1988 y finalmente a los $75,000 actuales en 1996.

El uso de la palabra "excede" en la Sección 1332 implica que el monto en controversia debe ser mayor a $75,000; un caso trasladado de un tribunal estatal a un tribunal federal debe ser devuelto al tribunal estatal si el monto en controversia es exactamente $75,000.00. [1]

Jurisdicción de la cuestión federal

El Congreso no creó una jurisdicción federal uniforme para las cuestiones , que permite a los tribunales federales conocer de cualquier caso en el que se alegue una violación de la Constitución, las leyes y los tratados de los Estados Unidos, hasta 1875, cuando el Congreso creó el estatuto que ahora se encuentra en 28 USC  § 1331: "Los tribunales de distrito tendrán jurisdicción original sobre todas las acciones civiles que surjan de la Constitución, las leyes o los tratados de los Estados Unidos". En ese momento, esos casos tenían el mismo requisito de cantidad en controversia que los casos de diversidad. El Congreso eliminó este requisito en las acciones contra los Estados Unidos en 1976 y en todos los casos de cuestiones federales en 1980.

Agregación de reclamaciones

Cuando un único demandante tiene múltiples reclamaciones no relacionadas contra un único demandado, dicho demandante puede agrupar esas reclamaciones (es decir, sumar los montos) para satisfacer el requisito de monto en controversia. En casos que involucran a más de un demandado, un demandante puede agrupar el monto reclamado contra múltiples demandados “solo si los demandados son solidariamente responsables ”. Middle Tennessee News Co., Inc. v. Charnel of Cincinnati, Inc. , 250 F.3d 1077, 1081 (7th Cir. 2001). Sin embargo, “si los demandados son solidariamente responsables, el demandante debe satisfacer el requisito de monto en controversia contra cada demandado individual”. La decisión 5-4 en Exxon Mobil Corp. v. Allapattah Services, Inc. , 545 US 546 (2005), sostuvo que un tribunal federal tiene jurisdicción suplementaria sobre reclamos de otros demandantes que no cumplen con el monto jurisdiccional para una acción de diversidad, cuando al menos un demandante en la acción satisface el monto jurisdiccional.

En los tribunales federales, el criterio para desestimar una demanda por falta de cumplimiento del monto en controversia es bastante estricto. En 1938, el juez Owen Roberts estableció la "prueba de la seguridad jurídica", [2] que todavía se utiliza hoy:

Para justificar la desestimación , debe existir una certeza jurídica de que la demanda es realmente por una cantidad inferior a la cantidad jurisdiccional. La incapacidad del demandante para recuperar una cantidad adecuada para otorgarle jurisdicción al tribunal no demuestra su mala fe ni anula la jurisdicción. Tampoco lo demuestra el hecho de que la demanda revele la existencia de una defensa válida a la demanda. Pero si, a la luz de los alegatos, resulta evidente con certeza jurídica que el demandante no puede recuperar la cantidad reclamada o si, a partir de las pruebas, el tribunal está convencido con la misma certeza de que el demandante nunca tuvo derecho a recuperar esa cantidad y que, por lo tanto, su demanda era justificable a los efectos de conferir jurisdicción, la demanda será desestimada. [3]

La validez del monto de los daños reclamados se considera una cuestión jurídica preliminar que el juez debe decidir al inicio del caso. [ cita requerida ]

La prueba de la seguridad jurídica suele ser objeto de intensos litigios en casos de lesiones personales o muerte por negligencia , en situaciones en las que el acusado los traslada a un tribunal federal sobre la base de la jurisdicción de diversidad y luego el demandante solicita la remisión del caso a un tribunal estatal. Varios estados de los EE. UU. prohíben a los demandantes en tales casos exigir una cantidad específica de dinero en la sección ad damnum de sus demandas, debido a graves problemas con abogados inescrupulosos que obtienen publicidad indebida simplemente exigiendo cifras escandalosas de daños que no pueden probar en el juicio. [4] Por lo tanto, muchas de esas demandas no pueden indicar y no indican una cantidad en controversia en su forma, lo que coloca a los acusados ​​en la incómoda posición de tener que argumentar ante el tribunal federal que los demandantes podrían teóricamente recuperar una suma superior a $75,000, al mismo tiempo que sostienen que los demandantes no tienen derecho a nada en absoluto. [5]

En los tribunales estatales

Cada estado tiene el poder de establecer sus propios requisitos de monto en controversia para sus propios tribunales, pero cada estado debe ofrecer alguna salida para que los ciudadanos demanden por violaciones de sus derechos, incluso si no buscan dinero. La mayoría de los estados tienen varios niveles de tribunales de primera instancia, con diferentes requisitos de monto en controversia que deben cumplirse para obtener acceso a niveles superiores de tribunales. Por ejemplo, en el estado de Virginia , el nivel más bajo de tribunal, el Tribunal General de Distrito de Virginia tiene jurisdicción exclusiva para escuchar casos donde el monto en controversia es de $ 4,500 o menos, y comparte autoridad con el Tribunal de Circuito de Virginia para juzgar casos que involucran sumas entre $ 4,500 y $ 25,000 para casos de lesiones a la propiedad o $ 4,500 y $ 50,000 para casos de lesiones personales y muerte por negligencia. [6] El Tribunal de Circuito de Virginia, a su vez, tiene jurisdicción exclusiva cuando el monto en controversia es mayor a $ 25,000 para casos de lesiones a la propiedad o $ 50,000 para casos de lesiones personales y muerte por negligencia. [7]

Algunos estados, como California, han decidido que es más eficiente unificar todos los tribunales de primera instancia para que los jueces y el personal de apoyo puedan ser reasignados más fácilmente cuando sea necesario. Sin embargo, en California, casi todas las demandas que involucran un monto en controversia de hasta $25,000 se clasifican como "casos civiles limitados", [8] que están sujetos a reglas procesales especiales simplificadas destinadas a mantener bajos los costos del litigio. [9]

Referencias

  1. ^ Freeland v. Liberty Mutual Fire. Ins. Co. , 632 F.3d 250, 252-253 (6th Cir. 2011). El juez Amul Thapar explicó en Freeland : "El monto en controversia en esta acción de sentencia declaratoria es exactamente un centavo menor que el mínimo jurisdiccional de los tribunales federales".
  2. ^ Subrin, Stephen N.; Minow, Martha L .; Brodin, Mark S.; y Main, Thomas O. Procedimiento civil: doctrina, práctica y contexto, segunda edición . pág. 698. Aspen Publishers , 2004. ISBN  0-7355-4086-1
  3. ^ St. Paul Mercury Indemnity Co. v. Red Cab Co., 303 US 283, 289 (1938) ( énfasis añadido )
  4. ^ Hart, William; Blanchard, Roderick D. (2007). Litigation and Trial Practice (6.ª ed.). Clifton Park, NY: Delmar Learning. pág. 146. ISBN 978-1418016890. Recuperado el 15 de junio de 2020 .
  5. ^ Singer v. State Farm Mut. Ins. Co. , 116 F.3d 373, 375 (9th Cir. 1997). El tribunal explicó: "Las partes de este caso se vieron atrapadas entre la ley de California que prohíbe la declaración de un ad damnum y el marco tradicional de deportación federal, que basa la deportación en la cantidad establecida en el ad damnum".
  6. ^ https://www.vacourts.gov/courts/gd/gdinfo.pdf [ URL básica PDF ]
  7. ^ https://www.vacourts.gov/courts/circuit/circuitinfo.pdf [ URL básica PDF ]
  8. ^ Consulte las secciones 85 a 89 del Código de Procedimiento Civil de California .
  9. ^ Código de Procedimiento Civil de California, secciones 90-100.