El matrimonio entre personas del mismo sexo es legal en Oaxaca desde el 5 de octubre de 2019. Una orden histórica de la Corte Suprema de 2012 para Oaxaca estableció el derecho al matrimonio por amparo en todo México . En agosto de 2019, el Congreso de Oaxaca aprobó una legislación que modifica varios artículos del Código Civil para reconocer los matrimonios entre personas del mismo sexo. La ley entró en vigor el 5 de octubre. Anteriormente, las parejas del mismo sexo podían casarse en el estado a partir de agosto de 2018, pero requerían trámites burocráticos adicionales en comparación con las parejas del sexo opuesto.
En agosto de 2011, tres parejas del mismo sexo, cuatro mujeres y dos hombres, solicitaron casarse en la ciudad de Oaxaca, pero fueron rechazados por los funcionarios de la ciudad. [1] Solicitaron un amparo , pero fue denegado el 31 de enero. Los matrimonios apelaron la sentencia ante los Tribunales Colegiados en Materia Civil y Administrativa de Oaxaca. [1] El 9 de abril de 2012, un juez concedió permiso a una de las parejas de lesbianas para casarse, convirtiéndose así en la primera aprobación para el matrimonio entre personas del mismo sexo en el estado. El caso fue apelado . El 5 de diciembre de 2012, las tres parejas ganaron su apelación ante la Corte Suprema de Justicia de México , [1] pero los funcionarios locales se negaron a realizar los matrimonios . El caso volvió a la Corte Suprema y se dictó un fallo adicional a favor de las parejas. La primera pareja de lesbianas recibió autorización para casarse del registro civil el 25 de febrero de 2013. [1] Fueron la primera pareja del mismo sexo en casarse en Oaxaca, el 22 de marzo de 2013. [1] [2] La pareja masculina recibió notificación de su autorización el 3 de junio de 2013, [1] y la tercera pareja dos días después. [3]
El 26 de agosto de 2012, un juez federal mexicano ordenó al estado de Oaxaca realizar matrimonios entre personas del mismo sexo con base en la Constitución de México que prohíbe la discriminación por motivos de orientación sexual . Este fallo y otros dos fueron revisados por la Corte Suprema de Justicia de México, que emitió fallos unánimes el 5 de diciembre de 2012, revocando la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo en tres casos individuales. [4] Sin embargo, para sentar un precedente , cinco casos individuales deben resolverse de esta manera. [5] El caso de Oaxaca de 2012 fue fundamental al abrir la puerta al matrimonio legal entre personas del mismo sexo en todos los estados de México a través del recurso de amparo . Utilizando decisiones internacionales, incluidas Atala Riffo y Daughters v. Chile , [6] los casos estadounidenses de Loving v. Virginia y Brown v. Board of Education , [7] y las propias leyes antidiscriminatorias de México, la Corte Suprema falló el 5 de diciembre 2012 que las leyes que limitan el matrimonio a un hombre y una mujer, o con el propósito de perpetuar la especie, violan la ley federal que exige que "correspondan a todas las personas sin distinción alguna", y que dichas leyes son inconstitucionales por motivos de discriminación sexual. orientación y usurpación del derecho, no sólo del individuo sino también de la pareja, a formar una familia . [8] La corte basó su fallo en los artículos 1 y 4 de la Constitución Política de México. El artículo 1 de la Constitución establece que "toda forma de discriminación, basada en el origen étnico o nacional, el género, la edad, la discapacidad, la condición social, las condiciones médicas, la religión, las opiniones, la orientación sexual, el estado civil o cualquier otra forma, que viole los derechos la dignidad humana o pretenda anular o disminuir los derechos y libertades de las personas", y el artículo 4 se refiere a la igualdad matrimonial, señalando que "el hombre y la mujer son iguales ante la ley. La ley protegerá la organización y el desarrollo del matrimonio". la familia." [a] Salvo la voluntad legislativa de cambiar las leyes estatales, una disposición de la ley mexicana permite que cinco fallos en un estado con el mismo resultado sobre el mismo tema anulen una ley y establezcan la jurisprudencia legal para revocarla. [9] Así, los matrimonios obtenidos por amparo pueden celebrarse en cualquier estado, independientemente de que se haya modificado el código civil estatal. [10]
El 23 de abril de 2014, la Corte Suprema de Justicia de México falló sobre otro amparo , otorgando a 39 parejas del mismo sexo el derecho a contraer matrimonio. [11] Una pareja de San Juan Bautista Tuxtepec ganó un amparo por matrimonio entre personas del mismo sexo en 2016. [12] En julio de 2017, una pareja del mismo sexo de la ciudad de Oaxaca logró casarse sin recibir un amparo . [13] El primer matrimonio entre personas del mismo sexo en Santiago Jamiltepec tuvo lugar en abril de 2018, [14] y el primer matrimonio entre personas del mismo sexo en Salina Cruz se realizó para una pareja de lesbianas el mes siguiente. [15] Ambos matrimonios se celebraron después de que las parejas solicitaron con éxito un amparo ante el tribunal.
El 26 de agosto de 2018, el registro civil de Oaxaca comenzó a permitir que parejas del mismo sexo se casaran sin necesidad de obtener primero un amparo . Sin embargo, el proceso tomó tres días hábiles, en comparación con las dos horas que tardan las parejas del sexo opuesto. [16] [17] [18] [19] El abogado Daniel Merlín Tolentino explicó que la diferencia de tiempo de espera entre parejas heterosexuales y del mismo sexo era para "asegurar que el matrimonio cumpliera con la jurisprudencia". El registro civil consideraría y analizaría "cuidadosamente" cada solicitud de matrimonio de parejas del mismo sexo para garantizar su legitimidad, ya que la ley estatal en ese momento todavía prohibía los matrimonios entre personas del mismo sexo. Para casarse, una pareja debe presentar documentos válidos, incluida una solicitud de matrimonio, las partidas de nacimiento de ambos cónyuges y documentos oficiales y los resultados de un examen médico prematrimonial, así como tener presentes al menos 4 testigos. El costo era idéntico al de las parejas heterosexuales.
El 28 de agosto de 2019, el Congreso de Oaxaca aprobó un proyecto de ley en una votación de 25 a 10 para hacer que la definición de matrimonio y concubinato en el Código Civil sea neutral en cuanto al género . [20] [21] [22] La legislación fue firmada por el gobernador Alejandro Murat Hinojosa el 29 de agosto, publicada en el Diario Oficial del Estado el 5 de octubre de 2019 y entró en vigor ese mismo día. [23] Se modificó el artículo 143 del Código Civil para quedar como sigue:
El registro civil de Oaxaca anunció en octubre de 2022 que en 2021 se habían realizado 24 matrimonios entre personas del mismo sexo en el estado. [24]
Una encuesta de opinión de 2017 realizada por Gabinete de Comunicación Estratégica encontró que el 43% de los residentes de Oaxaca apoyaban el matrimonio entre personas del mismo sexo, mientras que el 55% se oponía. [25]
Según una encuesta de 2018 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía , el 52% del público oaxaqueño se oponía al matrimonio entre personas del mismo sexo. [26]
Una encuesta de 2020 realizada por el Centro de Estudios Sociales y Opinión Pública (CESOP) a 1,400 encuestados mostró que el 62% de los oaxaqueños se oponía al matrimonio entre personas del mismo sexo, mientras que el 37% lo apoyaba y el 1% restante estaba indeciso. Los niveles de apoyo variaron mucho con la edad; fue más alto entre los de 18 a 24 años, con un 61%, y entre 25 y 34 años, con un 50%, mientras que entre los de 55 años o más, el 78% se opuso. Las actitudes también variaron entre los distritos ; con el mayor apoyo en el octavo distrito electoral (que incluye la capital del estado, la ciudad de Oaxaca ) con un 59%, seguido por el sexto distrito electoral (ubicado en la parte occidental del estado, que contiene municipios de las regiones Mixteca y Sierra Sur ) con un 58%. %. La oposición alcanzó el 90% en los distritos electorales 5º y 7º de la parte oriental del estado (que contiene la totalidad de la Región Istmo ). Las mujeres también eran más propensas que los hombres a apoyar el matrimonio entre personas del mismo sexo. [27]