La conferencia de San Remo fue una reunión internacional del Consejo Supremo Aliado posterior a la Primera Guerra Mundial como consecuencia de la Conferencia de Paz de París , celebrada en el Castillo Devachan en San Remo , Italia, del 19 al 26 de abril de 1920. La Resolución de San Remo fue aprobada el 25 Abril de 1920 determinó la asignación de mandatos Clase "A" de la Liga de Naciones para la administración de tres territorios otomanos entonces indefinidos en Oriente Medio : " Palestina ", " Siria " y " Mesopotamia ". Los límites de los tres territorios "serían determinados [en una fecha posterior] por las principales potencias aliadas", dejando poco claro el estado de las áreas periféricas como Zor y Transjordania .
A la conferencia asistieron las cuatro principales potencias aliadas de la Primera Guerra Mundial , representadas por los primeros ministros de Gran Bretaña ( David Lloyd George ), Francia ( Alexandre Millerand ), Italia ( Francesco Nitti ) y el embajador de Japón, Keishirō Matsui .
Se convocó tras la Conferencia de Londres de febrero donde los aliados se reunieron para discutir la partición del Imperio Otomano y la negociación de acuerdos que se convertirían en el Tratado de Sèvres .
El 30 de septiembre de 1918, los partidarios de la revuelta árabe en Damasco habían declarado un gobierno leal a Sharif Hussein , que había sido declarado "rey de los árabes" por los líderes religiosos y otros notables de La Meca . [1] Durante las reuniones del Consejo de los Cuatro en 1919, el Primer Ministro británico Lloyd George declaró que la Correspondencia McMahon-Hussein era la base para el Acuerdo Sykes-Picot , que proponía un estado árabe independiente o una confederación de estados. [2] En julio de 1919, el parlamento de la Gran Siria se había negado a reconocer cualquier derecho reclamado por el Gobierno francés sobre cualquier parte del territorio sirio. [3]
El 6 de enero de 1920, el hijo de Hussein, el príncipe Faisal, rubricó un acuerdo con el primer ministro francés, Georges Clemenceau , que reconocía "el derecho de los sirios a unirse para gobernarse a sí mismos como una nación independiente". [4] Un Congreso Pan-Sirio , reunido en Damasco, había proclamado un Reino Árabe independiente de Siria el 8 de marzo de 1920. [5] El nuevo estado incluía la actual Siria y Jordania, porciones del norte de Mesopotamia que habían sido apartadas bajo el régimen de Sykes. –Acuerdo de Picot para un estado árabe independiente o una confederación de estados, y nominalmente las áreas de los modernos Israel-Palestina y Líbano, aunque estas últimas áreas nunca estuvieron bajo el control de Faisal. Faisal fue declarado jefe de estado. Al mismo tiempo el príncipe Zeid , hermano de Faisal, es declarado regente de Mesopotamia.
A la conferencia asistieron los aliados, y el representante de Estados Unidos se unió más tarde a la reunión en calidad de observador [6]
Imperio Británico:
Francia:
Italia:
Japón:
Intérprete:
Estados Unidos de América (en calidad de observadores):
El tratado de paz con Turquía, la concesión de mandatos de la Liga de Naciones en Oriente Medio, las obligaciones de Alemania en virtud del Tratado de Paz de Versalles de 1919 y la posición de los Aliados sobre la Rusia soviética. [7]
Afirmando que no todas las partes de Medio Oriente estaban preparadas para una independencia total, se establecieron mandatos para el gobierno de tres territorios: Siria, Mesopotamia y Palestina. En cada caso, se asignó a una de las potencias aliadas la tarea de implementar el mandato hasta que los territorios en cuestión pudieran "estar solos". Gran Bretaña y Francia acordaron reconocer la independencia provisional de Siria y Mesopotamia, al tiempo que reclamaban mandatos para su administración. Palestina estaba incluida dentro de los distritos administrativos otomanos del Mutasarrifato de Jerusalén junto con el Sanjak de Nablus y el Sanjak de Akka (Acre) . [8] [9] [10]
Las decisiones de la conferencia de San Remo confirmaron las asignaciones de mandatos de la Conferencia de Londres. La Resolución de San Remo adoptada el 25 de abril de 1920 incorporó la Declaración Balfour de 1917. Esta y el artículo 22 del Pacto de la Sociedad de Naciones fueron los documentos básicos sobre los que se construyó el Mandato Británico para Palestina . Según la Declaración Balfour, el gobierno británico se había comprometido a favorecer el establecimiento de un hogar nacional para el pueblo judío en Palestina sin perjuicio de los derechos civiles y religiosos de las comunidades no judías existentes en Palestina o de los derechos y el estatus político de los que disfrutaban los judíos en Palestina. cualquier otro país. [11] El artículo 22, párrafo 4 del Pacto, clasificaba a ciertas poblaciones como "comunidades que anteriormente pertenecían al Imperio turco" por haber "alcanzado una etapa de desarrollo en la que su existencia como [una] nación independiente puede ser reconocida provisionalmente" (el Mandatos de Clase A bajo la Sociedad de Naciones), y encargó al mandatario brindar a esos territorios "asesoramiento y asistencia administrativa hasta el momento en que puedan valerse por sí solos" [12] [13] . Gran Bretaña recibió el mandato para Palestina e Irak ; Francia obtuvo el control de Siria, incluido el actual Líbano. Tras el Acuerdo Clemenceau-Lloyd George de 1918 , Gran Bretaña y Francia también firmaron el Acuerdo Petrolero de San Remo , por el que Gran Bretaña concedía a Francia una participación del 25 por ciento de la producción de petróleo de Mosul, y el resto iba a Gran Bretaña [14] y Francia se comprometía a entregar petróleo. al Mediterráneo. El proyecto de acuerdo de paz con Turquía firmado en la conferencia se convirtió en la base del Tratado de Sèvres de 1920. Se pidió a Alemania que cumpliera con sus obligaciones militares y de reparación en virtud del Tratado de Versalles y se adoptó una resolución a favor de restablecer el comercio con Rusia. [7]
Si bien Siria y Mesopotamia fueron reconocidas provisionalmente como estados que recibirían asistencia obligatoria, Palestina sería administrada por el Mandatario bajo la obligación de implementar la Declaración Balfour y el artículo 22 del Pacto de la Sociedad de Naciones .
Fue acordado -
(a) Aceptar los términos del Artículo de Mandatos que figura a continuación con referencia a Palestina, en el entendimiento de que se insertó en el acta un compromiso por parte de la Potencia Mandataria de que esto no implicaría la renuncia a los derechos hasta ahora disfrutados por las comunidades no judías en Palestina; este compromiso de no referirse a la cuestión del protectorado religioso de Francia, que había sido resuelta la tarde anterior con el compromiso asumido por el Gobierno francés de reconocer que este protectorado había llegado a su fin.
(b) que los términos del Artículo de Mandatos sean los siguientes:
Las Altas Partes Contratantes acuerdan que Siria y Mesopotamia, de conformidad con el párrafo cuarto del artículo 22, Parte I (Pacto de la Sociedad de Naciones), serán reconocidas provisionalmente como Estados independientes, sujeto a la prestación de asesoramiento y asistencia administrativa por parte de un obligatorio hasta el momento en que puedan valerse por sí solos. Las fronteras de dichos Estados serán determinadas y la selección de los Mandatarios será realizada por las Principales Potencias Aliadas. [15]
Las Altas Partes Contratantes acuerdan confiar, mediante la aplicación de las disposiciones del Artículo 22, la administración de Palestina, dentro de los límites que determinen las Principales Potencias Aliadas, a un Mandatario, que será seleccionado por dichas Potencias. El Mandatario será responsable de poner en vigor la declaración hecha originalmente el 8 [2] de noviembre de 1917 por el Gobierno británico y adoptada por las demás potencias aliadas, a favor del establecimiento en Palestina de un hogar nacional para los judíos. pueblo, quedando claramente entendido que no se hará nada que pueda perjudicar los derechos civiles y religiosos de las comunidades no judías existentes en Palestina, o los derechos y el estatus político de los que disfrutan los judíos en cualquier otro país. [a]
La Puissance mandataire s'engage à nommer dans le plus bref delai una Commission speciale pour etudier toute question et toute reclamation concernant les differentes communautes religieuses et en etablir le reglement. Il sera tenu compte dans la composición de esta Commission des interets religieux en jeu. El Presidente de la Comisión será nombrado por el Consejo de la Sociedad de Naciones. [El Mandatario se compromete a nombrar en el menor tiempo posible una comisión especial para estudiar cualquier tema y consultas relativas a las diferentes comunidades y normativas religiosas. La composición de esta Comisión reflejará los intereses religiosos en juego. El Presidente de la Comisión será designado por el Consejo de la Sociedad de Naciones.]
Los términos de los mandatos con respecto a los territorios antes mencionados serán formulados por las Principales Potencias Aliadas y presentados al Consejo de la Sociedad de Naciones para su aprobación.
Turquía se compromete, de conformidad con lo dispuesto en el artículo [132 del Tratado de Sèvres], a aceptar cualquier decisión que se adopte a este respecto.
c) Les mandataires choisis par les principales Puissances alliés sont: la France pour la Syrie, et la Grande Bretagne pour la Mesopotamie, et la Palestina. [Los oficiales elegidos por las principales Potencias aliadas son: Francia por Siria y Gran Bretaña por Mesopotamia y Palestina.]
En referencia a la decisión anterior, el Consejo Supremo tomó nota de la siguiente reserva de la Delegación italiana:
La Delegación Italiana en consideración de los grandes intereses económicos que Italia en tant que puissance Exclusivement mediterranéenne possède en Asia Mineure, reserve son approbation à la presente resolución, jusqu'au reglement des interêts italiens en Turquie d'Asie. [La delegación italiana, en vista de los grandes intereses económicos que Italia, como potencia exclusivamente mediterránea, posee en Asia Menor, retiene su aprobación de esta resolución hasta que los intereses italianos en Turquía en Asia hayan sido resueltos.] [16]
Si bien Transjordania no fue mencionada durante las discusiones, [17] tres meses después, en julio de 1920, la derrota francesa del Reino Árabe de Siria precipitó la necesidad británica de saber "qué es la "Siria" para la cual los franceses recibieron un mandato". ¿En San Remo? y "¿incluye Transjordania?" [18] – posteriormente decidió seguir una política de asociar Transjordania con el área bajo mandato de Palestina, pero no aplicar las disposiciones especiales que estaban destinadas a proporcionar un hogar nacional para el pueblo judío al oeste del Jordán [b] [c] [ d] [e] – y los franceses proclamaron el Gran Líbano y otros estados componentes de su mandato sirio el 31 de agosto de 1920. Para Francia, la decisión de San Remo significó que la mayoría de sus reclamos en Siria fueron reconocidos internacionalmente y las relaciones con Faisal ahora estaban sujetas a consideraciones militares y económicas francesas. La capacidad de Gran Bretaña para limitar la acción francesa también disminuyó significativamente. [19] Francia emitió un ultimátum e intervino militarmente en la batalla de Maysalun en julio de 1920, deponiendo al gobierno árabe y destituyendo al rey Faisal de Damasco en agosto de 1920. En 1920, Gran Bretaña nombró a Herbert Samuel, primer vizconde de Samuel, como alto comisionado y estableció un gobierno mandatario en Palestina que permaneció en el poder hasta 1948. [20]
El artículo 22 del Pacto de la Sociedad de Naciones , que contenía las reglas generales que debían aplicarse a todos los Territorios bajo Mandato , fue redactado dos meses antes de la firma del Tratado de Paz de Versalles. En ese momento no se sabía a qué territorios se referirían los párrafos 4, 5 y 6. Los territorios que quedaron bajo el régimen establecido por este artículo fueron tres antiguas partes del Imperio Otomano y siete antiguas posesiones de ultramar de Alemania a que se refiere la Parte IV, Sección I, del tratado de paz. Esas 10 áreas territoriales fueron administradas originalmente bajo 15 mandatos. [21]