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Cabildo (consejo)

1810 reunión del cabildo en Buenos Aires
Representación de los principales edificios del cabildo del Virreinato del Río de la Plata .

Un cabildo ( pronunciación en español: [kaˈβildo] ) o ayuntamiento ( español: [aʝuntaˈmjento] ) fue un consejo administrativo colonial español y postcolonial temprano que gobernaba un municipio . Los cabildos a veces eran nombrados, a veces elegidos, pero se los consideraba representativos de todos los jefes de familia ( vecinos ) propietarios de tierras. El cabildo colonial fue esencialmente el mismo que se desarrolló en la Castilla medieval .

El cabildo era el representante legal del municipio y sus vecinos ante la Corona española y, por lo tanto, estuvo entre las primeras instituciones establecidas por los propios conquistadores después, o incluso antes, de apoderarse de un área. Por ejemplo, Hernán Cortés estableció La Villa Rica de la Vera Cruz para liberarse de la autoridad del Gobernador de Cuba.

La palabra cabildo tiene la misma raíz latina ( capitulum ) que la palabra inglesa capítulo y de hecho también es la palabra española para capítulo catedralicio . Históricamente, el término ayuntamiento solía ir precedido de la palabra excelentísimo ( inglés : "most Excellent") como estilo de cargo al referirse al consejo. Esa frase suele abreviarse Exc. mes Ay. a

Historia

Cabildo de Salta, Argentina.

El cabildo castellano tiene algunas similitudes con el municipium y la civitas romanos antiguos , especialmente en el uso de funcionarios administrativos plurales y su control del campo circundante, el territorium , pero su evolución es un desarrollo exclusivamente medieval. Con el colapso del Imperio Romano Occidental y el establecimiento del Reino Visigodo , el antiguo gobierno municipal desapareció. En muchas zonas, buscando escapar de la inestabilidad política que las rodeaba, la gente se confió a los grandes terratenientes e intercambió sus servicios por la protección de los terratenientes en un proceso que finalmente condujo al feudalismo . (Véase también Señorialismo .) En las zonas en las que sobrevivieron los antiguos territoria , los reyes visigodos designaron a un solo oficial, llamado come o iudice , para reemplazar a los extintos municipia o civitates . Tras la conquista musulmana , los nuevos gobernantes también nombraron a diversos funcionarios judiciales para gestionar los asuntos de las ciudades. Los qadis escuchaban todos los casos que caían bajo el ámbito de la ley Sharia , y los sahibs supervisaban la administración de otras áreas de la vida urbana, como los mercados y el orden público . [1]

El cabildo propiamente dicho inició su lenta evolución en el proceso de la Reconquista . A medida que las áreas fortificadas se convirtieron en centros urbanos, o las ciudades más antiguas se incorporaron a los reinos cristianos en expansión de Portugal , León y Castilla , los reyes y, a veces, los señores locales otorgaron a las ciudades varios niveles de autogobierno y conjuntos de leyes únicos (los fueros ) y crearon ellos el centro administrativo de un gran término o alfoz , que era análogo al antiguo territorio . En general, los gobiernos municipales a menudo consistían en un consejo que estaba abierto a todos los varones adultos propietarios de la ciudad y un noble designado para representar al rey y organizar la defensa de la ciudad y su término . En el siglo XIII, estos concejos abiertos resultaron difíciles de manejar y fueron reemplazados por un organismo más pequeño, el cabildo o ayuntamiento , formado por un número determinado de regidores (normalmente 24 en las ciudades más grandes) elegidos por los propietarios de la ciudad. Los nuevos cuerpos tomaron su forma permanente a finales del siglo XIV. Como parte del mismo proceso, también se desarrolló en el vecino Reino de Aragón durante este periodo un consejo municipal (el consell ) con diferentes atribuciones y composición. [2]

Estructura

Vargas, José María; Cevallos García, Gabriel y otros investigadores. (1985)

En teoría, todos los municipios de las colonias españolas en América y las Filipinas españolas tenían un cabildo. Los municipios incluían no sólo las ciudades sino también las tierras circundantes. Finalmente, todas las tierras fueron asignadas a un municipio. Por lo general, el cabildo elaboraba leyes locales e informaba al presidente de la audiencia , quien a su vez informaba al virrey . El cabildo tenía funciones judiciales, legislativas y administrativas. Por esa razón , a menudo se abordaba con la fórmula Consejo , Justicia y Regimiento .

Gerardo Flores Ivaldi Óleo

El cabildo estaba formado por varios tipos de funcionarios. Había de cuatro a doce regidores , según el tamaño y la importancia del municipio. Los regidores no eran simplemente funcionarios deliberantes, sino que todos compartían la administración del territorio dividiéndose las tareas entre ellos. Inicialmente los regidores eran elegidos por todos los jefes de familia. A finales de la Edad Media, esas elecciones a menudo se tornaban violentas, y los ciudadanos formaban bandas para controlar las elecciones e incluso recurrían al asesinato. Para minimizar ese problema, los reyes comenzaron a nombrar a un cierto número o incluso a todos los regidores en determinadas ciudades. En la era moderna, los diferentes cabildos tenían diferentes combinaciones de regidores electos y designados tanto en Europa como en el extranjero. Finalmente, para añadir otra capa de control, los reyes introdujeron corregidores para que los representaran directamente y presidieran los cabildos. Aunque muchos municipios perdieron su derecho a elegir a todos o algunos de sus regidores con el paso del tiempo, las ciudades y cabildos ganaron nuevo poder con el desarrollo de los Parlamentos castellano y leonés (las cortes ), porque las ciudades tenían derecho a representación en ellos. [3]

Además de los miembros del consejo, el cabildo tenía uno o dos magistrados, los alcades , a quienes los regidores elegían cada 1 de enero. Los alcaldes servían como jueces de primera instancia en todos los casos penales y civiles y actuaban como presidentes del cabildo a menos que hubiera un corregidor . En las capitales de provincia, el primer alcalde reemplazaría a los gobernadores incapacitados. Otros oficiales eran el alférez real (abanderado real), que tenía voto en las deliberaciones del cabildo y sustituiría al alcalde si este último no podía llevar a cabo las funciones de su cargo; el alguacil alcalde , que supervisaba la aplicación de la ley local ; el fiel ejecutor , que era inspector de pesos, medidas y mercados, encargado de los abastecimientos de la ciudad y vigilaba el saneamiento municipal; el procurador o procurador municipal ; y un escribano .

Después de las Reformas Borbónicas , los peninsulares fueron designados casi exclusivamente para los cargos de virrey y obispo. Otros cargos, como los de oidores de la audiencia , corregidores (en los lugares en los que continuaron existiendo después de las Reformas Borbónicas) e intendentes , también vieron un aumento en la proporción de peninsulares nombrados. Estos últimos habían sido puestos a los que los criollos alguna vez tuvieron fácil acceso, especialmente después de la aprobación de la venta de cargos, que comenzó durante la crisis financiera de finales del siglo XVI. Como resultado de haber sido excluidos de esos cargos, los criollos recurrieron a los cabildos en busca de poder político. Muy pronto, los cabildos se convirtieron en el centro de poder de los criollos, como lo evidencian muchos de los enfrentamientos, generalmente con las audiencias dominadas por los peninsulares , en el período previo a las Guerras de Independencia Hispanoamericana . En las primeras décadas del período nacional, la forma tradicional del cabildo se mantuvo en varias naciones hispanoamericanas aunque eventualmente fueron reemplazadas por concejos municipales legislativos .

Actualmente existente

Debido a que los cabildos eran el gobierno de la ciudad, las oficinas administrativas de la ciudad a menudo se llamaban " cabildo ". Esos nombres se conservan en partes de América Latina e incluso en Nueva Orleans .

En la actualidad, los cabildos existen sólo en las Islas Canarias ( cabildos insulares ), uno gobierna cada isla y son elegidos. Los cabildos allí se parecen a los consells insulars ( consejos insulares ) de las Islas Baleares .

Ver también

El "Cabildo Abierto" del 22 de mayo de 1810, en la ciudad de Buenos Aires (hoy parte de Argentina, entonces parte del Virreinato del Río de la Plata), donde se decidió destituir al virrey Baltasar Hidalgo de Cisneros.

Referencias

  1. O'Callaghan, Una historia de la España medieval , 30, 61-62, 142-143.
  2. ^ O'Callaghan, Una historia de la España medieval , 269-271, 447, 593-596.
  3. ^ O'Callaghan, Una historia de la España medieval , 447.

Fuentes

enlaces externos