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Principal (derecho comercial)

En derecho mercantil , un mandante es una persona, jurídica o natural , que autoriza a un agente a actuar para crear una o más relaciones jurídicas con un tercero. Esta rama del derecho se llama agencia y se basa en la proposición del common law qui facit per alium, facit per se (del latín : "el que actúa a través de otro, actúa personalmente").

Es un concepto paralelo a la responsabilidad vicaria (en la que una persona es considerada responsable de los actos u omisiones de otra) en derecho penal o agravio .

Conceptos

En un mundo comercial ajetreado, el flujo fluido del comercio depende del uso de agentes. Esto puede deberse a que en entidades comerciales como:

En la mayoría de los casos, es imposible que los agentes busquen una autoridad específica para cada trato o detalle dentro de un trato. A los agentes, necesariamente, se les debe permitir cierto grado de discreción en la realización de transacciones de rutina. Pero, a los efectos de atribuir responsabilidad jurídica al mandante, cuando el mandatario actúe con autoridad real o aparente, todo el conocimiento del mandatario será imputado al mandante. Si a los principales se les permitiera esconderse detrás de la propia ignorancia, errores o fallas de comunicación de sus agentes, un principal podría, utilizando a un agente, lograr un mejor resultado que si actuara personalmente. Por ejemplo, si el trato en particular resultó bien, el principal podría adoptar la transacción. Pero si todo salía mal, el director podía desautorizarlo. De hecho, si no fuera por la imputación, habría un incentivo perverso para realizar negocios a través de agentes en lugar de hacerlo personalmente. En consecuencia, el principal no puede explotar la ignorancia en su beneficio ordenando al agente que retenga información clave o nombrando a un agente que se sabe que es reservado.

Esta regla a favor de la imputación se relaciona con los deberes que un agente tiene con un principal, en particular el deber del agente de comunicar hechos materiales al principal. Dado que el propósito de la ley es ofrecer protección a Terceros que han actuado de buena fe , es razonable permitirles creer que, en la mayoría de los casos, los agentes han cumplido con este deber. Después de todo, el principal selecciona a los agentes y tiene el poder de controlar sus acciones a través de instrucciones expresas e incentivos destinados a influir en su comportamiento, que incluirán el establecimiento de rutinas sobre cómo los agentes deben manejar la información y la medida en que los agentes serán recompensados ​​por ello. transmitir información de valor comercial. El resultado es una forma de responsabilidad estricta en la que las consecuencias jurídicas de los actos u omisiones de un agente se atribuyen a un principal incluso cuando el principal no tuvo culpa al nombrar o supervisar al agente. Tomando prestados conceptos paralelos de Agravio y Equidad , esto significa que el principal le debe al tercero el deber de diligencia para garantizar que el agente sea honesto y eficiente, y que un principal no puede negar que un agente estaba autorizado a actuar como lo hizo.

Resumen de la ley

Hay tres clases de director:

Autoridad

A estos efectos, el mandante debe otorgar, o se considerará que otorga, al mandatario autoridad para actuar.

Esto surge cuando las palabras o la conducta del principal hacen que el agente crea razonablemente que ha sido autorizado a actuar. Esto puede expresarse como un contrato o implícitamente porque lo que se dice o hace hace que sea razonablemente necesario que la persona asuma los poderes de un agente. Si está claro que el principal otorgó autoridad real al agente, todas las acciones del agente que caigan dentro del alcance de la autoridad otorgada vinculan al principal. Esto ocurre incluso si, teniendo autoridad real, el agente actúa de hecho de manera fraudulenta para su propio beneficio, a menos que el Tercero tuviera conocimiento de la agenda personal del agente. Si no existe un contrato pero las palabras o la conducta del principal llevaron razonablemente al tercero a creer que el agente estaba autorizado a actuar, o si lo que el agente propone hacer es incidental y razonablemente necesario para realizar una transacción realmente autorizada o una transacción que normalmente lo acompaña, entonces el mandante queda obligado.
Si las palabras o la conducta del mandante llevaran a una persona razonable en la posición del tercero a creer que el agente estaba autorizado a actuar, por ejemplo nombrando al agente para un puesto que conlleva poderes similares a los de una agencia, aquellos que conocen el nombramiento están tiene derecho a suponer que existe autoridad aparente para hacer las cosas que normalmente se le confían a quien ocupa tal posición. Si un principal crea la impresión de que un agente está autorizado pero no existe una autoridad real, los Terceros están protegidos siempre que hayan actuado razonablemente. Esto a veces se denomina "Agencia por impedimento " o la "Doctrina de la resistencia", donde se impide que el principal niegue la concesión de autoridad si los terceros han cambiado sus posiciones en detrimento de ellos basándose en las declaraciones realizadas.
Por ejemplo, los socios tienen autoridad aparente para obligar a los demás socios de la empresa, siendo su responsabilidad solidaria, y en una corporación , todos los ejecutivos y empleados de alto nivel con autoridad para tomar decisiones en virtud de su cargo declarado tienen autoridad aparente para obligar a los demás socios de la empresa. corporación.

Incluso si el agente actúa sin autoridad, el principal puede ratificar la transacción y aceptar la responsabilidad de las transacciones tal como se negociaron. Esto puede ser expreso o implícito a partir del comportamiento del principal, por ejemplo, si el agente ha pretendido actuar en una serie de situaciones y el principal ha accedido a sabiendas, el hecho de no notificar a todos los interesados ​​sobre la falta de autoridad del agente es una ratificación implícita a esos transacciones y una concesión implícita de autoridad para transacciones futuras de naturaleza similar.

Responsabilidad

De agente a director

Si el agente ha actuado sin autoridad real, pero el mandante está, no obstante, obligado porque tenía autoridad aparente, el agente está obligado a indemnizar al mandante por cualquier pérdida o daño resultante.

Principal a agente

Si el agente ha actuado dentro del alcance de la autoridad real otorgada, el principal debe indemnizar al agente por los pagos realizados durante el curso de la relación, ya sea que el gasto haya sido autorizado expresamente o simplemente sea necesario para promover el negocio del principal.

De tercero a principal

El Tercero es responsable ante el principal según los términos del acuerdo celebrado con el agente, a menos que el principal no haya sido revelado y haya evidencia clara de que el agente o el principal sabían que el Tercero no habría celebrado el acuerdo si sabía de la participación del director.

Deberes

La relación entre un principal y un agente es fiduciaria , lo que requiere que el agente sea leal al principal. Esto implica deberes:

A cambio, el principal debe revelar completamente toda la información relevante a las transacciones que el agente está autorizado a negociar y pagarle la comisión o tarifa según lo acordado, o una tarifa razonable si no se acordó ninguna previamente.

Remedios contra el agente

El principal tiene los siguientes recursos contra el agente por incumplimiento de su deber fiduciario : [1] [2]

Confianza constructiva

Si el agente posee indebidamente una propiedad que debería ser propiedad del principal o tener derecho a ella, el principal puede solicitar al tribunal que lo considere un fideicomiso constructivo : que el agente posee la propiedad en nombre del principal. [2] [1]

Evitación

El principal puede anular los contratos negociados por un agente que incumplió su deber fiduciario. [2] [1]

Indemnización

El principal puede demandar al agente por la responsabilidad causada por los actos ilícitos del agente, es decir, si un tercero obtuvo una sentencia contra el principal por actos ilícitos causados ​​por el agente, el principal puede demandar al agente para recuperar la pérdida. [2] [1]

Negligencia (por no seguir instrucciones)

Un principal puede demandar por la negligencia de un agente que no siguió las instrucciones , a menos que haya sido simplemente por no seguir el consejo del principal . [2]

Principal no revelado

Un principal no revelado es uno no revelado, en una situación que involucra una agencia no revelada . [3] Es "una persona que utiliza un agente para sus negociaciones con un tercero, a menudo cuando el agente pretende actuar por sí mismo". [4] En una transacción de bienes raíces , podría ser cualquier "parte importante de una transacción, como un vendedor o comprador de una propiedad", que desee permanecer en el anonimato. [5]

Algunas autoridades tributarias han creado reglas sobre la responsabilidad tributaria por acciones de un principal no revelado. [6] La agencia no divulgada también puede afectar la responsabilidad extracontractual . [7]

Terminación

El mandante puede rescindir la autoridad de un agente en cualquier momento sin tener que dar aviso. Si la confianza entre el agente y el principal se ha roto, no es razonable permitir que el principal permanezca en riesgo en cualquier transacción que el agente pueda concluir durante un período de preaviso.

Análisis Economico

El análisis de las relaciones principal-agente es un tema importante en economía. El foco principal del análisis está en la asimetría de información entre el agente, que se supone que está bien informado, y el principal, que puede no estarlo.

Ver también

Referencias

  1. ^ abcd Diapositiva 9 del Capítulo 19 Powerpoint para texto Kubasek, Nancy; Browne, M. Neil; Garza, Daniel; Dhooge, Lucien; Barkács, Linda (2013). Derecho empresarial dinámico: lo esencial (2ª ed.). McGraw-Hill. ISBN 978-0073524979.
  2. ^ abcde Kubasek, Nancy; Browne, M. Neil; Garza, Daniel; Dhooge, Lucien; Barkács, Linda (2016). Derecho empresarial dinámico: lo esencial (3d ed.). McGraw-Hill. pag. 422.ISBN 9781259415654.
  3. ^ Diccionario de derecho de Ballentine, pag. 563 (2001).
  4. ^ Definición de Law.com
  5. ^ Definición de principal no divulgado en bienes raíces
  6. ^ El Departamento de Ingresos del Estado de Illinois contra el Contribuyente, ST 97-12, encontrado en el sitio web del gobierno del Estado de Illinois.
  7. ^ Wahab Janitorial Services contra PM Group Mgt. , 161 Ohio App.3d 632, 2007-Ohio-3037 (2005), encontrado en el archivo PDF del caso Wahab Janitorial Services Archivado el 30 de diciembre de 2006 en Wayback Machine.