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Oferta de primera vista

Un acuerdo de primera vista es cualquier contrato que contiene una cláusula que otorga, generalmente por una tarifa u otra contraprestación que cubre un período de tiempo específico, un derecho de preferencia , derecho de preferencia o derecho de primera oferta (también llamado derecho de primera negociación) a otra parte, a quien luego se le da la primera oportunidad de comprar directamente, ser copropietario, invertir, licenciar, etc., algo que recién existe o está en el mercado por primera vez o después de una ausencia, como propiedad intelectual (manuscrito, composición musical, invención, obra de arte, idea de negocio, etc.) o propiedad real (bienes raíces).

Industria del cine

En la industria cinematográfica , es un acuerdo entre un escritor y una productora independiente o entre una productora independiente y un estudio cinematográfico en el que el potencial comprador (productor o estudio) de un guión aún no escrito o de una película en desarrollo o proyecto de televisión paga una tarifa de desarrollo al escritor o productor por el derecho a ver por primera vez el nuevo material antes de que otros en la industria puedan verlo, y en ese momento hacer una oferta para comprar o distribuir o adherirse a la compra o condiciones de distribución ya establecidas en el acuerdo. [1]

Ver también

Referencias

  1. ^ Königsberg, Ira (1997). El diccionario cinematográfico completo . Nueva York: Pingüino. ISBN 0-670-10009-9."Acuerdo de primera vista. Un acuerdo contractual entre un estudio y un productor independiente según el cual el estudio tiene los primeros derechos para considerar una película de ese productor para producción y/o distribución brindándole apoyo financiero durante el período de desarrollo".