Un acuerdo de primera vista es cualquier contrato que contiene una cláusula que otorga, generalmente por una tarifa u otra contraprestación que cubre un período de tiempo específico, un derecho de preferencia , derecho de primera negativa o derecho de primera oferta (también llamado derecho de primera negociación) a otra parte, a quien luego se le da la primera oportunidad de comprar directamente, ser copropietario, invertir, licenciar, etc., algo que recién está surgiendo o está en el mercado por primera vez o después de una ausencia, como propiedad intelectual (manuscrito, composición musical, invención, obra de arte, idea de negocio, etc.) o propiedad inmobiliaria (bienes raíces).
En la industria cinematográfica , es un acuerdo entre un escritor y una compañía de producción independiente o entre una compañía de producción independiente y un estudio cinematográfico en el que el comprador potencial (productor o estudio) de un guión aún no escrito o un proyecto de película o televisión en desarrollo paga una tarifa de desarrollo al escritor o productor por el derecho a tener el primer vistazo al nuevo material antes de que otros en la industria lo vean, y en ese momento hacer una oferta para comprar o distribuir o adherirse a los términos de compra o distribución ya establecidos en el acuerdo. [1] Si el estudio o la compañía no están interesados en el proyecto, la naturaleza del acuerdo permite al desarrollador llevar el proyecto a otros compradores potenciales. [2]