Microsoft Corp. v. Commission (2007; T-201/04) es un caso interpuesto por la Comisión Europea de la Unión Europea (UE) contra Microsoft por abuso de su posición dominante en el mercado (según la ley de competencia ). Comenzó como una queja de Sun Microsystems sobre las prácticas de licencias de Microsoft en 1993, y finalmente resultó en que la UE ordenara a Microsoft divulgar cierta información sobre sus productos de servidor y lanzar una versión de Microsoft Windows sin Windows Media Player . La Comisión Europea se centró especialmente en la cuestión de la interoperabilidad . [1]
En 1993, la empresa estadounidense de software Novell afirmó que Microsoft estaba impidiendo que sus competidores entraran en el mercado mediante prácticas anticompetitivas. La denuncia se centraba en las prácticas de licencias de la época, que exigían el pago de regalías por cada ordenador vendido por un proveedor del sistema operativo de Microsoft, independientemente de que la unidad contuviera o no el sistema operativo Windows. Microsoft llegó a un acuerdo en 1994, poniendo fin a algunas de sus prácticas de licencias [2] , en concreto, "el cobro de regalías por procesador", lo que permitía pagar a Microsoft sin proporcionar un producto y hacía que los sistemas que incluían otro software (como el DOS 7.0 de Novell) fueran más caros debido a que el software del sistema alternativo suponía un coste adicional además de la tarifa de licencia de Microsoft. Además, Microsoft aceptó dejar de exigir a los desarrolladores de software que firmaran acuerdos de confidencialidad que les impidieran desarrollar aplicaciones simultáneamente para plataformas Microsoft y no Microsoft [3] .
En 1998, Sun Microsystems presentó una queja sobre la falta de divulgación de algunas de las interfaces con Windows NT. El caso se amplió cuando la UE examinó cómo se integraban las tecnologías de transmisión de medios con Windows. [4]
Citando el abuso continuo por parte de Microsoft, la UE llegó a una decisión preliminar en el caso en 2003 y ordenó a la compañía ofrecer tanto una versión de Windows sin Windows Media Player como la información necesaria para que el software de red de la competencia interactuara completamente con los escritorios y servidores de Windows. [5] En marzo de 2004, la UE ordenó a Microsoft pagar 497 millones de euros ( 794 millones de dólares o 381 millones de libras ), la multa más grande jamás impuesta por la UE en ese momento, además de las sanciones anteriores, que incluían 120 días para divulgar la información del servidor y 90 días para producir una versión de Windows sin Windows Media Player. [6] [7] [8]
El mes siguiente, Microsoft publicó un documento que contenía comentarios mordaces sobre la sentencia, entre ellos: "La comisión está tratando de crear una nueva ley que tendrá un impacto adverso sobre los derechos de propiedad intelectual y la capacidad de las empresas dominantes para innovar". [9] Microsoft pagó la multa en su totalidad en julio de 2004. [10]
En 2004, Neelie Kroes fue nombrada Comisaria Europea de Competencia; una de sus primeras tareas fue supervisar las multas impuestas a Microsoft. Kroes ha declarado que cree que los estándares abiertos y el código abierto son preferibles a cualquier cosa que sea propietaria : [11]
La Comisión debe hacer su parte... No debe depender de un solo proveedor, no debe aceptar estándares cerrados y debe negarse a quedar atrapada en una tecnología particular , poniendo en peligro el mantenimiento del control total sobre la información en su posesión.
[ ¿importante? ]
Microsoft tiene una versión compatible de su sistema operativo estrella sin Windows Media Player disponible bajo el nombre negociado " Windows XP N". [12] En respuesta al requerimiento de información del servidor, Microsoft publicó el código fuente , pero no las especificaciones, de Windows Server 2003 Service Pack 1 (SP1) a los miembros de su Programa de Protocolo de Servidor de Grupos de Trabajo (WSPP) el día de la fecha límite original. [13] Microsoft también apeló el caso, y la UE tuvo una audiencia de una semana sobre él. Neelie Kroes declaró: [14]
Microsoft ha afirmado que sus obligaciones en la decisión no están claras o que han cambiado. No puedo aceptar esta caracterización: las obligaciones de Microsoft están claramente delineadas en la decisión de 2004 y se han mantenido constantes desde entonces. De hecho, el administrador de supervisión designado en octubre de 2005, de una lista de candidatos presentada por Microsoft, cree que la decisión describe claramente lo que Microsoft está obligado a hacer. Debo decir que me resulta difícil imaginar que una empresa como Microsoft no comprenda los principios de cómo documentar protocolos para lograr la interoperabilidad.
Microsoft declaró en junio de 2006 que había comenzado a proporcionar a la UE la información solicitada, pero según la BBC la UE afirmó que era demasiado tarde. [15]
El 12 de julio de 2006, la UE multó a Microsoft con una cantidad adicional de 280,5 millones de euros (448,58 millones de dólares estadounidenses), 1,5 millones de euros (2,39 millones de dólares estadounidenses) por día desde el 16 de diciembre de 2005 hasta el 20 de junio de 2006. La UE amenazó con aumentar la multa a 3 millones de euros (4,81 millones de dólares estadounidenses) por día el 31 de julio de 2006 si Microsoft no cumplía para entonces. [16]
En el segundo escenario, cuando la Comisión concluye que una conducta de una empresa no es abusiva (pero lo es), la empresa queda librada a su suerte y a sus prácticas anticompetitivas, que pueden afectar al proceso de competencia y causar daños irreparables, y en última instancia los consumidores resultan perjudicados. Como resultado de la falta de inclusión de la ley, las empresas se salen con la suya con sus prácticas anticompetitivas. Esto se conoce como un " falso negativo ", y la Comisión de Competencia de la Unión Europea está más preocupada por esto, y preferiría intervenir que dar un paso atrás. [17] El temor de los tribunales estadounidenses a los falsos positivos se vio en el caso de Verizon Communications Inc. v. Law Offices of Curtis V. Trinko, LLP (2004) que trataba sobre la negativa a suministrar. La Corte Suprema de los Estados Unidos declaró que tenía que incluir una comparación realista entre los costos y los beneficios de la intervención antimonopolio. Afirmó que las conclusiones erróneas y las condenas falsas son muy costosas y que niegan el propósito que las leyes antimonopolio están diseñadas para proteger. [18] En la UE, el caso relevante es el de IMS Health GmbH & Co. OHG v NDC Health GmbH & CO. kg , en el que el Tribunal de Justicia estableció condiciones limitadas en las que la negativa de una empresa dominante a conceder licencias de propiedad intelectual a un competidor constituye un abuso de posición dominante en violación del artículo 82 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea (actualmente artículo 102 del TFUE ).
La principal preocupación planteada en el caso Microsoft contra la Comisión era si dos productos distintos eran objeto de un vínculo. El vínculo es un tipo específico de abuso excluyente que se refiere a la situación en la que los clientes que compran un producto (el producto vinculado) también están obligados a comprar otro producto de la empresa dominante (el producto vinculado). El objetivo de esto es proporcionar a los clientes productos mejores de la manera más rentable. Sin embargo, una empresa que es dominante en un mercado de productos puede perjudicar los beneficios del consumidor mediante el vínculo, al excluir del mercado a otros productos. Las conclusiones de la Comisión demostraron que Microsoft había vinculado su Windows Media Player a su sistema operativo para ordenadores personales. Había pruebas serias que indicaban que Microsoft anunciaba Windows Media Player como un producto independiente que se podía descargar por sí mismo, que estaba diseñado para funcionar con los sistemas operativos de los competidores y que existía un acuerdo de licencia independiente para el reproductor multimedia. [19] Alden F. Abbott (Comisión Federal de Comercio de los EE. UU.), durante su visita al Centro de Derecho y Política de la Competencia en la Universidad de Oxford, en su artículo "Una breve comparación de la legislación antimonopolio europea y estadounidense" habló sobre la intervención temprana de los encargados de hacer cumplir la ley europeos con respecto a las prácticas de agrupación/vinculación, lo que se ajusta a la idea sobre la Unión Europea y su preocupación por los falsos negativos. Afirma que es probable que la agrupación llevada a cabo por una empresa dominante sea considerada más preocupante por la UE que por los encargados de hacer cumplir la ley estadounidenses. [20] Neelie Kroes , la entonces Comisaria de Política de Competencia de la UE, afirmó que Microsoft había seguido abusando de su poderosa posición en el mercado y obstaculizando la innovación al cobrar regalías extraordinarias a las empresas por proporcionar datos cruciales a los usuarios de computadoras de todo el mundo. También continúa afirmando que el objetivo principal de la política de competencia es evitar el daño al consumidor y producir beneficios para el consumidor. [21] Sin embargo, el Fiscal General Adjunto de Antimonopolio en ese momento, R. Hewitt Pate, emitió una declaración sobre la decisión de la CE en su investigación de Microsoft. Comentó que las leyes antimonopolio de los Estados Unidos se aplican para proteger a los consumidores protegiendo a la competencia, no a los competidores. [22] La orientación de la Comisión sobre el artículo 102 establece que la Comisión normalmente sólo intervendrá cuando la conducta en cuestión ya haya obstaculizado o pueda obstaculizar la competencia de competidores que se consideren tan eficientes como la empresa dominante. La Comisión es consciente de que lo que realmente importa es proteger un proceso de competencia eficaz y no simplemente proteger a los competidores. Esto puede muy bien significar que los competidores que ofrecen menos a los consumidores en términos de precio, elección, calidad e innovación abandonen el mercado. [23]En cuanto a la vinculación de Windows Media Player , la comisión descubrió que los clientes no podían comprar Windows sin WMP y que instalaban cualquier software alternativo junto con WMP. Microsoft sostiene que los clientes no necesitaban usarlo y que no tenían que pagar más por él. Microsoft sostiene que la vinculación de WMP permitió a los consumidores tener sus computadoras personales funcionando con opciones predeterminadas, lo que redujo el costo de la transacción al reducir el tiempo y la confusión.
La decisión destacó que la vinculación en este caso particular resultaría en la exclusión de la competencia en este mercado. Había evidencia de que, aunque los otros reproductores multimedia tenían una calificación más alta en calidad, el uso de WMP aumentó debido al proceso de vinculación. La comisión ordenó que Microsoft vendiera en Europa una versión completamente funcional de Windows sin WMP. También pidió a Microsoft que se abstuviera de promocionar WMP frente a competidores a través de Windows o de proporcionar acceso selectivo a las API de Windows . También se le prohibió a Microsoft otorgar descuentos a los clientes que compraran el sistema operativo junto con WMP, lo que restringiría la elección del usuario para seleccionar la versión sin el reproductor, y la versión desempaquetada tenía que tener un rendimiento similar al de la versión empaquetada. [24] Richard Whish en su libro de texto continúa diciendo que la forma en que se ha interpretado el Artículo 102 ha llevado a los comentaristas académicos a compararlo con el ordoliberalismo , que es capaz de tener efectos negativos en el proceso de competencia, pero no está de acuerdo al afirmar que en el corazón del Artículo 102 , los principales objetivos de la Comisión de la UE son la competencia, la eficiencia y el bienestar.
El 17 de septiembre de 2007, Microsoft perdió su apelación contra el caso de la Comisión Europea. La multa de 497 millones de euros fue confirmada, al igual que los requisitos en materia de información sobre interoperabilidad de servidores y la inclusión de Media Player. Además, Microsoft tiene que pagar el 80% de los costos legales de la Comisión, mientras que la Comisión tiene que pagar el 20% de los costos legales de Microsoft. Sin embargo, el tribunal de apelación rechazó la decisión de la Comisión de que un administrador de supervisión independiente debería tener acceso ilimitado a la organización interna de la empresa en el futuro. [25] [26] El 22 de octubre de 2007, Microsoft anunció que cumpliría y no apelaría más la decisión, [27] y Microsoft no apeló dentro de los dos meses requeridos a partir del 17 de noviembre de 2007. [28]
Microsoft anunció que exigirá el 0,4% de los ingresos (en lugar del 5,95%) en regalías por licencias de patentes, únicamente a los vendedores comerciales de software interoperable y prometió no exigir regalías por patentes a desarrolladores individuales de código abierto. La información sobre interoperabilidad por sí sola está disponible por una tarifa única de 10.000 euros (15.992 dólares estadounidenses). [29]
El 27 de febrero de 2008, la UE multó a Microsoft con 899 millones de euros adicionales (1.440 millones de dólares estadounidenses) por no cumplir con la decisión antimonopolio de marzo de 2004. Esta fue la mayor sanción impuesta en 50 años de política de competencia de la UE hasta 2009, cuando la Comisión Europea multó a Intel con 1.060 millones de euros (1.450 millones de dólares estadounidenses) por comportamiento anticompetitivo. [30] Esta última decisión sigue a una multa anterior de 280,5 millones de euros por incumplimiento, que abarca el período del 21 de junio de 2006 al 21 de octubre de 2007. El 9 de mayo de 2008, Microsoft presentó un recurso ante el Tribunal Europeo de Primera Instancia para revocar la multa de 899 millones de euros, declarando oficialmente que tenía la intención de utilizar la acción como un "esfuerzo constructivo para buscar claridad por parte del tribunal". [31]
En su Informe Anual de 2008, Microsoft afirmó: [32]
La Comisión Europea examina de cerca el diseño de los productos de gran volumen de Microsoft y las condiciones en las que ponemos a disposición de otras empresas determinadas tecnologías utilizadas en dichos productos, como formatos de archivo, interfaces de programación y protocolos. En 2004, la Comisión nos ordenó crear nuevas versiones de Windows que no incluyeran determinadas tecnologías multimedia y proporcionar a nuestros competidores especificaciones sobre cómo implementar determinados protocolos de comunicaciones propietarios de Windows en sus propios productos. El impacto de la Comisión en el diseño de productos puede limitar nuestra capacidad de innovar en Windows u otros productos en el futuro, reducir el atractivo de la plataforma Windows para los desarrolladores y aumentar nuestros costes de desarrollo de productos. La disponibilidad de licencias relacionadas con protocolos y formatos de archivo puede permitir a los competidores desarrollar productos de software que imiten mejor la funcionalidad de nuestros propios productos, lo que podría dar lugar a una disminución de las ventas de nuestros productos.
El 27 de junio de 2012, el Tribunal General confirmó la multa, pero la redujo de 899 millones de euros a 860 millones de euros. La diferencia se debió a un "error de cálculo" de la Comisión Europea. La decisión de la Comisión de multar a Microsoft no fue impugnada por el tribunal, argumentando que la empresa había bloqueado el acceso justo a sus mercados. [33] El comisario de competencia de la UE, Joaquín Almunia, ha dicho que esas multas pueden no ser eficaces para prevenir el comportamiento anticompetitivo y que la Comisión ahora prefiere buscar acuerdos que restrinjan los planes de las empresas. Por ello, The New York Times calificó la decisión de Microsoft como "una decisión que podría marcar el fin de una era en la ley antimonopolio en la que los reguladores utilizaban grandes multas para poner en vereda a los gigantes tecnológicos". [33]
Un portavoz de Microsoft dijo que la compañía estaba "decepcionada con la decisión del tribunal" y que sentía que la compañía había "resuelto las preocupaciones de la comisión sobre la ley de competencia" en 2009, haciendo innecesaria la multa. [33] Se negó a decir si Microsoft presentaría una apelación o no. Almunia calificó la decisión como una reivindicación de la ofensiva contra Microsoft y advirtió que "la sentencia confirma que la imposición de tales multas sigue siendo una herramienta importante a disposición de la comisión". [33] También afirmó que las acciones de la Comisión contra Microsoft habían permitido que "una gama de productos innovadores que de otro modo no habrían visto la luz del día" llegaran al mercado. [34]
Las multas no se distribuirán entre las empresas que perdieron ingresos debido a las prácticas de Microsoft. El dinero pagado en concepto de multas al Tribunal Europeo vuelve al presupuesto de la UE. [35]
En mayo de 2008, la UE anunció que iba a investigar la compatibilidad del formato OpenDocument de Microsoft Office . [36]
En enero de 2009, la Comisión Europea anunció que investigaría la vinculación de Internet Explorer con los sistemas operativos Windows de Microsoft, afirmando que "la vinculación de Internet Explorer con el sistema operativo Windows por parte de Microsoft perjudica la competencia entre navegadores web, socava la innovación de productos y, en última instancia, reduce la elección del consumidor". [37] [38] En respuesta, Microsoft anunció que no incluiría Internet Explorer en el paquete con Windows 7 E, la versión de Windows 7 que se venderá en Europa. [39] [40] [41] [42] [43] [44]
El 16 de diciembre de 2009, la Unión Europea acordó permitir navegadores en competencia, y Microsoft proporcionó una pantalla de " urna de votación " que permitía a los usuarios elegir uno de los doce productos populares enumerados en orden aleatorio. [45] Los doce navegadores eran Avant, Chrome , Firefox , Flock , GreenBrowser , Internet Explorer , K-Meleon , Maxthon , Opera , Safari , Sleipnir y Slim , [46] a los que se podía acceder a través de BrowserChoice.eu . La naturaleza automática de la función BrowserChoice.eu se eliminó en Windows 7 Service Pack 1 en febrero de 2011 y permaneció ausente durante 14 meses a pesar de que Microsoft informó que todavía estaba presente, lo que posteriormente Microsoft describió como un "error técnico". Como resultado, en marzo de 2013 la Comisión Europea multó a Microsoft con 561 millones de euros para disuadir a las empresas de incumplir las promesas de acuerdo. [47]
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