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Subvenciones de la sección 533

Las subvenciones de la Sección 533 son un programa de rehabilitación de viviendas rurales del USDA autorizado en virtud de la Sección 533 de la Ley de Vivienda de 1949 (42 USC 1441 et seq.). El Servicio de Vivienda Rural (RHS) está autorizado a otorgar subvenciones a organizaciones capaces para:

(1) rehabilitar viviendas unifamiliares en zonas rurales propiedad de familias de bajos y muy bajos ingresos;
(2) rehabilitar propiedades rurales de alquiler; y,
(3) rehabilitar viviendas cooperativas rurales estructuradas para proporcionar viviendas asequibles a ocupantes de ingresos bajos y muy bajos.

Las viviendas deben estar ubicadas en zonas rurales y necesitar asistencia para la conservación de la vivienda. Las familias asistidas deben cumplir con las restricciones de ingresos (ingresos del 80% o menos del ingreso medio del área) y deben haber ocupado la propiedad durante al menos un año antes de recibir asistencia. Los ocupantes de viviendas arrendadas pueden ser elegibles para recibir asistencia si

(1) la parte restante del contrato de arrendamiento se extiende por 5 años o más, y
(2) el contrato de arrendamiento permite al ocupante realizar modificaciones a la estructura e impide que el propietario aumente el alquiler debido a las modificaciones.

Referencias