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Resolución 816 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas

La resolución 816 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas , adoptada el 31 de marzo de 1993, tras reafirmar las resoluciones 781 (1992) y 786 (1992) relativas a la prohibición de los vuelos militares sobre Bosnia y Herzegovina y reconocer la situación actual en la región, el Consejo, actuando en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas , amplió la prohibición para cubrir los vuelos de todas las aeronaves de ala fija y de ala giratoria sobre el país, y para utilizar todas las medidas necesarias para asegurar el cumplimiento de la prohibición. [1]

El Consejo señaló a continuación que esta prohibición no se aplicaba a los vuelos destinados a ser utilizados por la Fuerza de Protección de las Naciones Unidas (UNPROFOR) o por razones humanitarias. También pidió a la UNPROFOR que siguiera supervisando el cumplimiento de la prohibición de los vuelos sobre Bosnia y Herzegovina, y pidió a todas las partes que cooperaran con la UNPROFOR en el proceso de supervisión.

En su discurso ante los Estados miembros, el Consejo autorizó a todos ellos a que, siete días después de la aprobación de la Resolución 816, se aseguraran de que se cumpliera la misma. También instó a los Estados miembros a que cooperaran con la UNPROFOR en las medidas que habían adoptado para aplicar la resolución y las normas de intervención vigentes y, en caso de que los copresidentes del Comité Directivo de la Conferencia Internacional sobre la ex Yugoslavia notificaran al Consejo que todas las partes bosnias habían aceptado sus propuestas de solución, las medidas establecidas en la presente resolución se incorporarían a las medidas para aplicar esa solución.

La resolución concluyó pidiendo al Secretario General Boutros Boutros-Ghali que informara al Consejo sobre las medidas adoptadas por los Estados miembros para hacer cumplir la resolución actual. [2]

La resolución 816 fue adoptada por 14 votos a favor y ninguno en contra, con una abstención de China , debido a sus reservas sobre la autorización del uso de la fuerza. [3]

Véase también

Referencias

  1. ^ Sarooshi, Danesh (2000). Las Naciones Unidas y el desarrollo de la seguridad colectiva: la delegación por parte del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas de sus poderes del Capítulo VII . Oxford University Press. pág. 268. ISBN 978-0-19-829934-9.
  2. ^ Dinstein, Yoram (2005). Guerra, agresión y autodefensa (4.ª ed.). Cambridge University Press. pág. 312. ISBN 978-0-521-85080-3.
  3. ^ Russett, Bruce M.; Hurd, Ian (1997). El Consejo de Seguridad de antaño y del futuro . Palgrave Macmillan. pág. 91. ISBN 978-0-312-16556-7.

Enlaces externos