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Senado de la republica dominicana

El Senado de la República Dominicana ( en español : Senado de la República Dominicana ) es la cámara alta de la legislatura bicameral de la República Dominicana , y junto con la Cámara de Diputados conforma el Congreso .

La composición y atribuciones del Senado se encuentran establecidas en el Título Tercero, Capítulo 1 de la Sección Primera de la Constitución Dominicana . Cada provincia , y el Distrito Nacional , independientemente de su población, está representada por un senador que ejerce por un período de cuatro años, con posibilidad de reelección. La Cámara del Senado está ubicada en el ala oeste del Palacio de Congresos, en Santo Domingo . La Cámara de Diputados se reúne en el ala este del mismo edificio.

El Senado tiene varias facultades de asesoramiento y consentimiento que no están otorgadas a la Cámara de Diputados, entre ellas consentir tratados , préstamos y contratos como condición previa para su ratificación y consentir o confirmar los nombramientos de los miembros de la Cámara de Cuentas, la Junta Central Electoral y los embajadores. El Senado es ampliamente considerado un organismo más deliberante y más prestigioso que la Cámara de Diputados. Debido a su tamaño más pequeño y a sus distritos electorales estatales, históricamente el Senado ha tenido una atmósfera más colegiada y menos partidista .

Afiliación

Calificaciones

La constitución de la República Dominicana establece que para ser senador se debe ser dominicano en pleno ejercicio de los derechos civiles y políticos, haber cumplido veinticinco años de edad y ser natural de la demarcación territorial que elija o haber residido en ella durante al menos cinco años consecutivos. En consecuencia:

Elección y términos

Los miembros del Senado en República Dominicana son elegidos por el método D'Hondt en relación con los diputados. Los mandatos para desempeñar el cargo de senador son ilimitados, un mandato corresponde a cuatro años.

Juramento

El reglamento interno del Senado exige que los senadores presten juramento o afirmación para apoyar la Constitución. El Congreso ha prescrito el siguiente juramento para todos los senadores:

El juramento que se debe prestar es:

“JURO POR DIOS, LA PATRIA Y MI HONOR, RESPETAR LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES Y CUMPLIR CON LA DIGNIDAD Y FIELMENTE LOS DEMÁS DEBERES DE MI CARGO”,

lo que se responderá de la siguiente manera:

"SI LO HAGO, DIOS Y EL PUEBLO LO QUE ME PREMIA, SI NO LO HAGO, QUE LO EXIJO".

Partidos mayoritarios y minoritarios

El "partido mayoritario" es el partido político que tiene una mayoría de escaños o puede formar una coalición o grupo con una mayoría de escaños; Si dos o más partidos están empatados, la afiliación del vicepresidente determina qué partido es el mayoritario. El siguiente partido más grande se conoce como partido minoritario.

Asientos

El partido mayoritario o el partido con más senadores tradicionalmente se sienta a la derecha del presidente, y el partido minoritario o el partido con menos senadores tradicionalmente se sienta a la izquierda del presidente, independientemente de qué partido tenga la mayoría de escaños.

Funciones y poderes

Son atribuciones exclusivas del Senado:

  1. Conozca las acusaciones realizadas por la Cámara de Diputados en contra de funcionarios públicos. El alegato deja a la persona destituida de su cargo, y no podrá desempeñar función pública alguna, sea o no elegida popularmente por un período de diez años. La persona indigente estará sujeta, si la hubiere, a ser procesada y juzgada por los tribunales ordinarios, de conformidad con la ley. Esta decisión se tomará por el voto de las dos terceras partes de los matriculados;
  2. Aprobar o desaprobar el nombramiento de embajadores y jefes de misiones permanentes acreditados en el exterior para someterlos al Presidente de la República;
  3. Elegir a los miembros de la Cámara de Cuentas de las listas presentadas por la Cámara de Diputados, con el voto de las dos terceras partes de los senadores presentes;
  4. Elegir a los miembros de la Junta Central Electoral y a sus suplentes, con el voto de las dos terceras partes de los presentes;
  5. Elegir al Defensor del Pueblo, a sus suplentes y a sus suplentes de las tríadas para someterlos a la Cámara de Representantes, por el voto de las dos terceras partes de los presentes;
  6. Autorizar, a solicitud del Presidente de la República, en defecto de acuerdo permitido, la presencia de tropas extranjeras en ejercicios militares en el territorio de la República, así como determinar el tiempo y condiciones de su estancia;
  7. Aprobar o desaprobar el envío de tropas al exterior en misiones de mantenimiento de la paz autorizadas por organismos internacionales, fijando las condiciones y duración de la misión.

Composición actual (2020-2024)

Senadores elegidos en las elecciones de julio de 2020. Esta lista contiene los cambios que se produjeron después de las elecciones hasta el 1 de mayo de 2021. [2]

Composición (2016-2020)

Senadores elegidos en las elecciones de mayo de 2016.

Fortalezas del partido en el Senado

El siguiente cuadro muestra la composición del Senado al inicio de los períodos legislativos más recientes.

1 En 2010, la legislatura se amplió a seis años para que las elecciones pudieran volver a celebrarse junto con las elecciones presidenciales. El mandato presidencial se había reducido a dos años en 1994, tras la controvertida elección de Joaquín Balaguer contra José Francisco Peña Gómez , tras lo cual las elecciones presidenciales y parlamentarias se celebraron por separado, cada una cada dos años. [3]
2 Luego del padrón electoral, los senadores Bautista Rojas (Hermanas Mirabal), David Sosa (Dajabón) y Virgilio Cedano (La Altagracia) se trasladaron del PRSC al FP; El senador Antonio Marte (Santiago Rodríguez), aunque no trasladado del PRSC, también se cuenta como parte del FP; el PRSC tiene ahora sólo 2 escaños (Carlos Gómez, Espaillat y Ramón Genao, La Vega). [4]
3 Luego de las elecciones, los senadores Dionis Sánchez (Pedernales), Félix Bautista (San Juan) [5] y Franklin Peña (San Pedro de Macorís) [6] pasaron del PLD al FP; el PLD tiene ahora sólo 3 escaños; el FP, teniendo en cuenta también los traspasos del PRSC y del BIS y de Antonio Marte (Santiago Rodríguez), cuenta ahora con 9 escaños.
4 Después de la transferencia del Senador José Castillo (San José de Ocoa) del BIS al FP, el BIS ya no tiene escaño.
5 En 2001 y 2002 respectivamente se crearon las provincias de Santo Domingo (por secesión del Distrito Nacional ) y San José de Ocoa (por secesión de la provincia de Peravia ), elevando el número de senadores a 32.

Ver también

Referencias

  1. ^ Checo, José Chez; Sang, Mu-Kien Adriana. «Historia de la Cámara de Diputados - TOMO I. 1844-1978» (PDF) . www.camaradediputados.gob.do .
  2. ^ "Senadores". Sitio web del Senado . 7 de agosto de 2020.
  3. ^ Melissa Marcelino (15 de agosto de 2011). "Sistema electoral y sistema de partidos en República Dominicana 1978-2008". Observatorio Político Dominicano .
  4. Josefina Medina (3 de noviembre de 2020). "Éxodo al partido prometido: Salen del PLD y se van a la Fuerza del Pueblo". Hoy .
  5. Abel Guzmán Entonces (16 de agosto de 2020). "Félix Bautista y Dionis Sánchez se fueron a la Fuerza del Pueblo". Listín Diario .
  6. Josefina Medina (16 de noviembre de 2020). "Continúa éxodo del PLD a Fuerza del Pueblo; Aguacates cuidaban empleos y estabilidad familiar". Hoy .

enlaces externos