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Reglas de propiedad, reglas de responsabilidad e inalienabilidad: una vista de la catedral

Reglas de propiedad, reglas de responsabilidad e inalienabilidad: una vista de la catedral es un artículo de literatura jurídica académica ( Harvard Law Review , Vol.85, p. 1089, abril de 1972), escrito por el juez Guido Calabresi ( de la Corte de Justicia de los Estados Unidos). Apelaciones para el Segundo Circuito ) y A. Douglas Melamed , actualmente profesor de la Facultad de Derecho de Stanford .

El artículo es una contribución fundamental al campo del derecho y la economía , y ofrece un intento ambicioso de tratar diversas áreas del derecho a través de un enfoque uniforme. Se basa en el hecho de que los diversos intereses creados por la ley gozan de diversos grados y métodos de protección. Ciertos intereses se consideran derechos humanos y como tales son inalienables. Otros intereses están protegidos por el derecho penal , lo que significa que el Estado correrá con el costo de iniciar acciones legales si se le señalan violaciones de dichos intereses; aquí comienza el derecho penal. La carga de la prueba requerida para que el Estado prevalezca en tales casos es mayor; de ahí el inicio del procedimiento penal . Otros intereses dan a la parte perjudicada simplemente la opción de solicitar medidas cautelares . Todavía hay otros intereses cuyas violaciones no dan a la parte perjudicada más que el derecho a reclamar una indemnización monetaria, y sólo si la víctima está dispuesta a soportar los costos de iniciar una acción legal; tales intereses constituyen la esencia del derecho civil . La carga de la prueba en tales casos es menor que en las acciones iniciadas conforme al derecho penal; de ahí el inicio del procedimiento civil .

Tesis

El título del artículo hace referencia a la serie de pinturas de la catedral de Rouen del artista Claude Monet , lo que implica modestamente que el análisis académico subsiguiente de los autores es sólo una mirada a un tema que puede considerarse desde varios puntos de vista. La tesis principal del artículo se centra en la noción de "titularidades" o derechos que pueden protegerse mediante reglas de propiedad, responsabilidad o inalienabilidad. El objetivo principal de los autores, como se señaló en la Introducción, es proporcionar un marco conceptual dentro del cual las áreas temáticas jurídicas separadas de Propiedad y Agravios puedan abordarse desde una perspectiva unificada. Luego, el artículo emprende un análisis del clásico "Problema de la contaminación" del Derecho y la Economía y un análisis de diversas sanciones penales, todo dentro del nuevo marco que los autores han propuesto.

El concepto de derechos

El artículo comienza analizando el concepto crucial de "derechos", que se definen como los derechos establecidos y protegidos por la ley, cuya ausencia daría lugar a un mundo en el que "el poder hace el derecho " donde el más fuerte o el más astuto emergen victoriosos en cualquier conflicto. . Así, como señalan los autores, lo fundamental que hace el derecho (la fijación de derechos) es decidir cuál de las partes en conflicto tendrá derecho a prevalecer. Los autores también señalan, sin embargo, que hacer cumplir con éxito estos derechos (la ley) es tan importante como establecerlos para evitar el mundo de "el poder hace el bien". A partir de esta noción, los autores consideran tres tipos de derechos: derechos protegidos por normas de propiedad, derechos protegidos por normas de responsabilidad y derechos inalienables. Según Calabresi y Melamed, un derecho protegido por una regla de propiedad es aquel que debe comprarse en una transacción voluntaria en la que el valor del derecho es acordado por el comprador y el vendedor. Con un derecho protegido por la regla de propiedad, se toma una decisión colectiva sobre a quién se le otorgará el derecho inicial, pero no en cuanto al valor del derecho en sí. Sin embargo, un derecho protegido por una norma de responsabilidad implica una decisión colectiva en cuanto al valor del derecho sin necesidad de una transacción voluntaria. El destructor de un derecho inicial protegido por una norma de responsabilidad debe pagar una suma objetivamente valorada al titular del derecho. El derecho final que los autores consideran en el artículo es un derecho protegido por una regla de inalienabilidad. Tal como lo definen los autores, un derecho es inalienable en la medida en que no se permite su transferencia entre un comprador dispuesto y un vendedor dispuesto. Según esta norma, el Estado interviene para determinar el derecho inicial, prohibir su venta o compra y determinar la compensación que se debe pagar si se vende o destruye. Para conceptualizar estos tres derechos, los autores utilizan el ejemplo de un propietario individual cuya casa puede estar protegida por una regla de propiedad cuando otro individuo desea comprarla, una regla de responsabilidad donde el gobierno se apodera de la casa mediante dominio eminente, o una regla de inalienabilidad donde el propietario está borracho o es un incompetente. Una vez definido el concepto de derechos y establecido las tres reglas en las que se centrará, el artículo procede a explorar las dos preguntas siguientes: (1) ¿En qué circunstancias se debe conceder un derecho en particular? Y (2) ¿En qué circunstancias debería utilizarse una norma de propiedad, responsabilidad o inalienabilidad para proteger un derecho?

El nacimiento de la regla 4

Al responder a estas preguntas, Calabresi y Melamed ampliaron la literatura preexistente sobre derecho y economía y agregaron a la discusión el avance que se conoce como "Regla 4". De acuerdo con la hipótesis clásica del Derecho y la Economía del contaminador y el residente (donde las acciones afirmativas de P (contaminador) han invadido el disfrute pasivo de su propiedad por parte de R (residente), los autores abogan por un enfoque novedoso del problema. mediante el cual un tribunal podría permitir que el contaminador continúe con sus acciones a menos que el residente decida pagar daños y perjuicios al contaminador para prohibir una mayor contaminación. Modelado junto con los enfoques tradicionales del Derecho y la Economía para el problema Contaminador/Residente, el esquema de soluciones disponibles aparece así:

Casualmente, aproximadamente al mismo tiempo que Calabresi y Melamed postularon su Regla 4 como un enfoque adicional al problema Contaminador/Residente, una decisión de la Corte Suprema del estado de Arizona ilustró de forma independiente la aplicación práctica del enfoque de la "Regla 4" al decidir un caso que había venir ante el tribunal. En 1972, en el caso Spur Industries, Inc. contra Del E. Webb Development Co. , Del Webb , un promotor inmobiliario de Arizona que desarrollaba una comunidad para jubilados, presentó una demanda judicial contra Spur Industries, un propietario de un lote de engorde preexistente cuyas actividades resultaron en una supuesta molestia para la comunidad de jubilados invasora (que causa dificultades a Del Webb para vender propiedades cercanas al corral de engorda). Al dictar su decisión, la Corte Suprema del estado de Arizona dictaminó que las actividades de Spur Industries sí creaban una molestia, pero Del Webb había llegado a la molestia y trajo consigo a sus involuntarios jubilados. Al sopesar los diversos factores del caso, incluido el hecho de que Del Webb, pero no Spur Industries, podría haber previsto el problema de las molestias y el hecho de que los residentes de la comunidad de jubilados habían sido arrastrados a las molestias sin saberlo, el tribunal dictaminó que Spur Industries sería obligado a mudarse, pero que Del Webb tuvo que indemnizar a la empresa por sus problemas.

Aunque independiente del artículo de Calabresi y Melamed, Spur Industries demostró que el novedoso enfoque de "Rule 4" podía aplicarse de manera práctica. Además, Spur Industries demostró que se podía lograr un equilibrio exitoso entre las preocupaciones de eficiencia, distribución y otras cuestiones de justicia, preocupaciones articuladas en el artículo que Calabresi y Melamed pretendían combinar en la Regla 4.

Regla 5: Ampliación de la Catedral

Ante la oportunidad de utilizar reglas basadas en la responsabilidad o en la propiedad para proteger los derechos, la comunidad académica pronto concluyó que la clave para determinar qué regla usar residía en los costos de transacción. Por lo tanto, si los costos de transacción fueran bajos, entonces se deberían utilizar reglas de propiedad. Si los costos de transacción fueran elevados, entonces deberían utilizarse normas de responsabilidad. [1]

A. Mitchell Polinsky , profesora Josephine Scott Crocker de Derecho y Economía en la Facultad de Derecho de Stanford , argumentó que los costos de transacción no son los únicos impedimentos para la negociación, también está el problema de los costos de evaluación. [2] Los costos de evaluación son los costos asociados a la obtención y procesamiento de información. [2] En la comunidad académica existe desde hace mucho tiempo el entendimiento de que cuando los costos de transacción son altos, una regla de responsabilidad ayudará a sustituir la negociación. [3] Sin embargo, los jueces pueden tener dificultades para obtener y procesar información para evaluar los daños. Hay dos formas de evaluar los daños. Un método objetivo utiliza el precio de mercado. El precio de mercado, sin embargo, puede subestimar la verdad del asunto. La alternativa es un método de cálculo subjetivo. Según el método subjetivo, el monto de la indemnización es el precio mínimo que el titular del derecho aceptaría en un intercambio bilateral. Desafortunadamente, el método objetivo no captura la cantidad correcta de daños y perjuicios, y el método subjetivo sería difícil de implementar para un juez.

La Regla 5, defendida por James E. Krier , Profesor de Derecho Earl Warren DeLano en la Facultad de Derecho de la Universidad de Michigan , y Stewart Schwab , Profesor de Derecho en la Facultad de Derecho de Cornell , en Reglas de propiedad y reglas de responsabilidad: la catedral bajo otra luz proporciona para encontrar una solución a las deficiencias de la Regla 4. Según la Regla 5, el tribunal utilizaría el principio del mejor elegido:

En igualdad de condiciones, cuando se utilizan normas de responsabilidad, la parte que elige mejor debe enfrentarse a la decisión de forzar o no una venta a la otra parte. [4] Krier y Schwab sostienen que el principio de quien elige mejor es "fiel al enfoque de Calabrasi y Melamed [porque] en igualdad de condiciones, los costos de la actividad 'deben recaer sobre la parte o actividad que pueda hacerlo con los costos de transacción más bajos'. actuar... para corregir un error en los derechos induciendo a la parte que puede evitar los costos sociales de manera más barata a hacerlo." [5]

El primer paso para implementar la Regla 5 comienza con elegir al mejor candidato. Por lo general, el mejor elegido es el partido con el menor número de votos. El mejor elegido tendrá que "comparar su propio costo de oportunidad con el costo de oportunidad (calculado por el juez) de la otra parte o partes". [6] El segundo paso es la implementación del doble giro inverso propuesto por Krier y Schwab. En primer lugar, el juez estima los costos sociales de la otra parte (daños causados ​​por quien elige mejor). [6] Luego, el juez dicta una orden exigiendo que el mejor elegido decida si continúa causando daño a la otra parte sin recibir ninguna compensación o deja de causar daño y recibe una compensación. [6] Por lo tanto, si el mejor elegido decide dejar de causar daño a la otra parte, entonces la otra parte tendrá que pagar al mejor elegido los daños calculados por el juez. Si el mejor elegido decide quedarse, entonces continúa causando daño y no recibe ningún pago.

Notas

  1. ^ Krier y Schwab (1995), pág. 451.
  2. ^ ab Krier y Schwab (1995), pág. 453.
  3. ^ Krier y Schwab (1995), pág. 454.
  4. ^ Krier y Schwab (1995), pág. 470.
  5. ^ Krier y Schwab (1995), pág. 87.
  6. ^ abc Krier y Schwab (1995), pág. 471.

Referencias

enlaces externos