El Protocolo III es un protocolo de enmienda de 2005 a los Convenios de Ginebra relativo a la adopción de un emblema distintivo adicional. En virtud del protocolo, el personal médico y religioso podrá ostentar el signo protector del cristal rojo en tiempos de guerra, en lugar de los símbolos tradicionales de la cruz roja o de la media luna roja. Las personas que exhiban cualquiera de estos emblemas protectores están prestando un servicio humanitario y deben ser protegidas por todas las partes en el conflicto.
Historia
A mediados del siglo XIX, la guerra moderna se había vuelto cada vez más indiscriminada. No era raro que un médico de combate en el campo de batalla recibiera disparos y muriera mientras recogía y cuidaba a los heridos. Se reconocía cada vez más la necesidad de distinguir al personal médico de los combatientes, para que a los comandantes militares les resultara más fácil evitarlos y protegerlos. [3] Permitir que cada país desarrollara su propio emblema habría llevado a confusión. Lo que se necesitaba para salvar vidas era un emblema único y neutral que todos los países reconocieran y utilizaran por igual.
La Convención de Ginebra de 1864 establece que el personal médico debe llevar un emblema distintivo en el campo de batalla como indicación de su misión humanitaria y su condición de no combatiente. [4] En ese momento, el símbolo elegido fue una cruz roja sobre fondo blanco. Las naciones musulmanas se han opuesto a este símbolo debido a su parecido con la cruz cristiana . Ya en 1876, el Imperio Otomano introdujo la Media Luna Roja como un emblema alternativo, menos cristiano. Se han propuesto emblemas adicionales, incluido el león y el sol rojos de Persia , [5] el emblema doble (la cruz roja y la media luna roja juntas) de la Sociedad de la Cruz Roja de Eritrea y la Estrella de David roja del Magen David Adom de Israel.
A lo largo del tiempo, la adopción de un emblema único y universal se ha topado con dos dificultades recurrentes: [6]
Pueden percibirse como si tuvieran connotaciones religiosas, culturales o políticas, lo que entra en conflicto con el carácter neutral y humanitario del personal médico en los conflictos armados.
Estos emblemas están vinculados a la afiliación a las Sociedades Nacionales . Los miembros deben utilizar el emblema de la cruz roja o de la media luna roja. Como el Magen David Adom no estaba dispuesto a renunciar a su estrella roja de David , no se les concedió la afiliación. Sin la afiliación, no tenían derecho a ciertas protecciones en virtud de los Convenios de Ginebra .
En 2005, una delegación internacional logró finalmente una solución integral a estas dificultades con la adopción del Protocolo III. El Magen David Adom goza de protección en virtud de las Convenciones de Ginebra siempre que en ellas se muestre el Cristal Rojo en el contexto de un conflicto internacional. En julio de 2024, 79 países habían ratificado o se habían adherido al Protocolo III y otros 20 lo habían firmado. [7] El tratado entró en vigor el 14 de enero de 2007.
Normas de gobierno
El artículo 2 de este breve protocolo reconoce un emblema distintivo adicional, el Cristal Rojo, que podrá utilizarse además de los símbolos de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja y con los mismos fines que estos. A los tres emblemas se les asigna el mismo carácter jurídico.
Se reconocen dos usos distintos para los tres emblemas: [8]
Uso protector. El personal médico y religioso puede marcar su persona, sus vehículos, buques y edificios como signo de su misión humanitaria y de su condición de protegidos en virtud de los Convenios de Ginebra , en particular el Primer Convenio de Ginebra . Las protecciones de los Convenios de Ginebra no dependen del uso del emblema. Los emblemas son simplemente un signo visible de la condición de protegidos de las personas. Los miembros de las fuerzas armadas pueden utilizar estas marcas en todo momento. Las instituciones civiles, como los hospitales, pueden utilizar estas marcas temporalmente, en el contexto de un conflicto armado.
Uso indicativo. Los miembros del movimiento pueden llevar los emblemas tanto en tiempos de conflicto como en tiempos de paz como indicación de su pertenencia.
El uso indebido de estos emblemas está prohibido por el derecho internacional . El uso indebido puede reducir su valor protector y socavar la eficacia de los trabajadores humanitarios. El uso de uno de los emblemas para proteger a los combatientes y el equipo militar con la intención de engañar a un adversario es perfidia y se considera un crimen de guerra . [8]
Protocolo I , enmienda adoptada en 1977 para abordar la protección de las víctimas en los conflictos internacionales .
Protocolo II , enmienda adoptada en 1977 relativa a la protección de las víctimas de conflictos armados no internacionales .
Referencias
^ "Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la adopción de un signo distintivo adicional (Protocolo III), 8 de diciembre de 2005". Comité Internacional de la Cruz Roja . sf . Consultado el 1 de abril de 2019 .
^ "Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la adopción de un signo distintivo adicional (Protocolo III), 8 de diciembre de 2005". Comité Internacional de la Cruz Roja . sf . Consultado el 9 de abril de 2019 .
^ Bugnion, Francois (2000). Hacia una solución global de la cuestión del emblema. Comité Internacional de la Cruz Roja. Archivado desde el original el 14 de julio de 2011. Consultado el 4 de agosto de 2009 .
^ Pictet, Jean (1958). Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949: Comentario. Comité Internacional de la Cruz Roja. ISBN2-88145-065-2. Recuperado el 4 de agosto de 2009 .
^ El león y el sol rojos, aunque siguen siendo un símbolo protector reconocido hoy en día, han caído en desuso. Irán/Persia fue el único país que utilizó este símbolo, y desde entonces han cambiado a la Media Luna Roja después de la Revolución iraní .
^ Pulles, Gerrit Jan (2005). «Cristalización de un emblema: a propósito de la adopción del tercer protocolo adicional a los Convenios de Ginebra». Anuario de derecho internacional humanitario . 8. Comité Internacional de la Cruz Roja: 296–319. doi :10.1017/S1389135905002965. ISBN .978-90-6704-244-4. Recuperado el 4 de agosto de 2009 .
^ "Estados Partes en el Protocolo III". Comité Internacional de la Cruz Roja.
^ ab Emblemas de la humanidad. Sociedades Internacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja. 2007. Archivado desde el original el 25 de febrero de 2011. Consultado el 5 de agosto de 2009 .
Enlaces externos
Wikisource tiene el texto original relacionado con este artículo:
Protocolo III
Comité de la Cruz Roja: Texto completo del Protocolo III con comentarios
Lista de países que han ratificado el Protocolo III
Lista de países que han firmado pero aún no ratificado el Protocolo III
Comunicado de prensa del Comité Internacional de la Cruz Roja en el que se congratula de la firma del Protocolo III