Tiene jurisdicción sobre todo el personal militar, policial y de guardacostas, sus dependientes y los recursos humanos civiles de todas las ramas de las fuerzas armadas. Su patrona titular es la Inmaculada Concepción , con Ignacio de Loyola y Juan de Capistrano como patronos secundarios.
Historia
El Ordinariato Militar de Filipinas fue erigido inicialmente como vicariato militar el 8 de diciembre de 1950, según decreto del Papa Pío XII a través del decreto del consistorio Ad consulendum . [3] Fue aceptado por el gobierno filipino en un acuerdo diplomático, que entró en vigor mediante el intercambio de notas verbales en 1952 [3] entre el entonces secretario de Asuntos Exteriores Joaquín Elizalde y el entonces nuncio apostólico Egidio Vagnozzi . [4] Rufino J. Santos , entonces obispo auxiliar de Manila , tomó posesión del vicariato y se convirtió en el primer vicario militar en la historia de Filipinas.
El 12 de abril de 1986, el Papa Juan Pablo II promulgó la constitución apostólica Spirituale militum curæ , que entró en vigor el 21 de julio de 1986. Este documento papal fue único, ya que inició una nueva estructura para todos los vicariatos militares en todo el mundo, elevándolos al nivel de ordinariatos, dándoles así el mismo estatus que las diócesis territoriales.
El ordinariato tiene su propia curia y ejerce su ministerio pastoral a través de capellanes asignados a las diferentes ramas de servicios de los hombres y mujeres uniformados filipinos, incluyendo la Oficina de Administración de Cárceles y Penología y la Oficina de Protección contra Incendios . El número exacto de fieles bajo dicha jurisdicción es información clasificada , pero es aproximadamente el 90% del personal que presta servicio en el ejército y la policía. El clero del ordinariato, en su mayoría diocesano, tiene rangos de oficiales y está asignado a diferentes puestos de mando en todo el país, independientemente de la rama de servicio.
Jurisdicción
La jurisdicción del Ordinariato Militar queda descrita de la siguiente manera:
Personal – La jurisdicción del ordinario militar es personal sobre todos los sujetos del ordinariato militar. Se ejerce independientemente del territorio geográfico como un ministerio en favor de los fieles determinado por las circunstancias personales. [5]
Ordinario – Es decir, adscrito por ley al cargo mismo. [5]
Propio – Esta jurisdicción la ejerce el ordinario militar en nombre propio. [5]
Acumulativa – No es excluyente. Se ejerce dentro de aquellos territorios que están sujetos a los ordinarios locales y, por tanto, no precluye la autoridad de éstos ni la de los párrocos locales. En cuanto a los súbditos del ordinariato militar, son a la vez, de manera acumulativa, súbditos del ordinario local y del párroco del lugar donde residen. En las instalaciones militares, de policía o de guardacostas permanentes, campamentos, bases, fuertes y en los lugares reservados al personal de las fuerzas uniformadas de estos gobiernos filipinos, la jurisdicción es ejercida primaria y principalmente por el ordinario militar. [6]
Temas
Todos los capellanes católicos en servicio activo militar, policial o de guardia costera.
Todos los sacerdotes católicos civiles, diocesanos o religiosos, que sean designados debida y oficialmente como Capellanes Voluntarios al servicio del Ordinariato Militar.
Todos los laicos católicos en servicio activo militar, policial o de guardia costera.
Todos los recursos humanos civiles católicos y el personal no uniformado, sus cónyuges e hijos, que residan dentro o fuera de cualquier instalación militar, policial o de guardia costera.
Todas las familias de laicos católicos en servicio activo militar, policial o guardacostas, a saber: los cónyuges, hijos, sirvientes y aquellos que habitualmente viven en la misma casa, ya sea dentro o fuera de cualquier instalación militar, policial o guardacostas.
Todos los católicos que vivan en cualquier instalación militar, policial o de guardacostas, o en casas reservadas por el gobierno para el personal militar, policial o de guardacostas y sus familias.
Todos los católicos que viven o trabajan en hospitales militares, hospicios para ancianos o instituciones similares.
Todos los católicos, sean o no miembros de un instituto religioso , que desempeñan permanentemente una tarea que les encomiende el ordinario militar o con su consentimiento. [7]
Posesiones territoriales
Aunque no está limitado a ninguna zona geográfica en particular, el ordinariato militar tiene varios edificios bajo su jurisdicción, casi todos ellos dentro de instalaciones militares o policiales. La iglesia principal del ordinariato es la Catedral Militar de San Ignacio en el Campamento General Emilio Aguinaldo en Ciudad Quezón , mientras que su pro-catedral para la Policía es la Pro-Catedral de San José en el Campamento Rafael Crame (frente al Campamento Aguinaldo, al otro lado de EDSA ). [ cita requerida ]
Los sacerdotes que deseen incorporarse a los Servicios de Capellanía de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional y la Guardia Costera deben cumplir con los requisitos estándar tanto de la rama militar a la que ingresan como de la iglesia. El respaldo del ordinario militar es uno de los requisitos eclesiásticos más importantes; el ordinario presenta los nombres de los solicitantes para un "llamado al servicio activo" (CAD). Otorga a los capellanes y sacerdotes civiles que trabajan para los servicios las facultades canónicas para ejercer su ministerio espiritual entre los súbditos del ordinariato militar.
Los capellanes en servicio activo reciben el grado inicial de capitán o su equivalente en otras ramas de las fuerzas armadas. Gozan de las prerrogativas y privilegios del resto de los oficiales pertenecientes al mismo grado o rango en el servicio.
Los capellanes en servicio activo que no estén incardinados en el ordinariato militar pueden ser revocados por el obispo de su respectiva diócesis de origen, incluso sin causa. Por otra parte, el ordinario puede también retirar su respaldo por causa justificada. El capellán al que se le haya retirado el respaldo debe informar a su obispo diocesano o superior religioso lo antes posible. Los capellanes cuyo período de servicio activo haya terminado deben regresar a sus respectivas diócesis u órdenes religiosas, o según lo aconseje o indique su obispo o superior original.
^ ab Estatutos del Ordinariato Militar de Filipinas Artículo II en Legislazione sugli Ordinariati Castrensi , Eduardo Baura, ed., Milán: Giuffrè Editore, 1992, p. 201.
^ Para el texto de los documentos relativos al Acuerdo, véase Facultad de Derecho, Universidad de Filipinas , Philippine Treaty Series: A collection of Texts of Treaties and other International Agreements to which the Philippines is a Party , Haydee B. Yorac , ed., Quezon City: 1968, vol. II, págs. 793–796.
^ abc Estatutos del Ordinariato Militar de Filipinas Artículo III, Sección 2.3 en Legislazione sugli Ordinariati Castrensi , Eduardo Baura, ed., Milano: Giuffrè Editore, 1992, Artículo III, Sección 2.C, p. 203.
^ Estatutos del Ordinariato Militar de Filipinas Artículo III, Sección 2.3 en Legislazione sugli Ordinariati Castrensi , Eduardo Baura, ed., Milán: Giuffrè Editore, 1992, págs.203-204.
^ Estatutos del Ordinariato Militar de Filipinas Artículo III, Sección 3 en Legislazione sugli Ordinariati Castrensi , Eduardo Baura, ed., Milán: Giuffrè Editore, 1992, p. 205.
^ "La Santa Sede confiará el cargo de Vicario Militar a un miembro de la jerarquía filipina nacido en Filipinas. Sin embargo, antes de proceder a su nombramiento, la Santa Sede comunicará su nombre al Gobierno filipino para asegurarse de que no haya objeción por parte de dicho Gobierno." Legislazione sugli Ordinariati Castrensi , Eduardo Baura, ed., Milán: Giuffrè Editore, 1992, p. 795.
^ Cf. Código de Derecho Canónico de 1983 , canon 377, párrafo I.
^ Estatutos del Ordinariato Militar de Filipinas Artículo III, Sección 2.3 en Legislazione sugli Ordinariati Castrensi , Eduardo Baura, ed., Milán: Giuffrè Editore, 1992, p. 202.
Enlaces externos
Ordinariato Militar de Filipinas – GCatholic.org
Ordinariato Militar de Filipinas – Jerarquía Católica