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Ley de Seguridad del Estado en Bahréin

Tras la independencia de Bahréin de los británicos en 1971, el gobierno de Bahréin se embarcó en un largo período de represión política en virtud de una Ley de Seguridad del Estado de 1974 poco después de la adopción de la primera Constitución formal del país en 1973. Las abrumadoras objeciones a la autoridad estatal dieron lugar a la disolución forzada de la Asamblea Nacional por el Amir Isa bin Salman Al Khalifa y la suspensión de la Constitución hasta 2001. La Ley de Seguridad del Estado de 1974 fue una ley utilizada por el gobierno de Bahréin para reprimir el malestar político desde 1974 hasta 2001. Fue durante este período que se dice que tuvieron lugar las peores violaciones de los derechos humanos y torturas . La Ley de Seguridad del Estado contenía medidas que permitían al gobierno detener y encarcelar a personas sin juicio por un período de hasta tres años por delitos relacionados con la seguridad del Estado. Un decreto posterior a la Ley de 1974 invocó el establecimiento de Tribunales de Seguridad del Estado , lo que se sumó a las condiciones propicias para la práctica de la detención arbitraria y la tortura. Se informa que la situación de los derechos humanos en Bahréin se deterioró al alcanzar su punto máximo a mediados de la década de 1990 (véase: Levantamiento en Bahréin en la década de 1990 ), cuando miles de hombres, mujeres y niños fueron detenidos ilegalmente, se documentaron informes de tortura y malos tratos a detenidos y los juicios no cumplieron con las normas internacionales. [1]

Informes de organizaciones internacionales de derechos humanos como Human Rights Watch y Amnistía Internacional revelan que, durante su aplicación, la Ley de Seguridad del Estado facilitó el uso sistemático de la tortura contra presos políticos y perpetuó violaciones sustanciales de los derechos humanos durante casi 25 años. En 2001, el actual jefe de Estado de Bahréin, el rey Hamad bin Isa Al Khalifa, abolió la ley y declaró al país una monarquía constitucional tras un referéndum nacional.

Decreto Ley sobre Medidas de Seguridad del Estado

Emitido en el Palacio de Rifaa el 7 de Shawwal de 1394 (22 de octubre de 1974):

Artículo 1

Español Si hay pruebas serias de que una persona ha perpetrado actos, hecho declaraciones, ejercido actividades o ha estado involucrado en contactos dentro o fuera del país, que sean de naturaleza considerada como violatoria de la seguridad interna o externa del país, de los intereses religiosos y nacionales del Estado, de su sistema social o económico; o considerados como un acto de sedición que afecte o pueda afectar las relaciones existentes entre el pueblo y el Gobierno, entre las diversas instituciones del Estado, entre las clases del pueblo o entre quienes trabajan en corporaciones que propagan propaganda subversiva o difunden principios ateos; el Ministro del Interior podrá ordenar la detención de esa persona, enviándola a una de las cárceles de Bahréin, registrándola a ella, a su residencia y a su lugar de trabajo, y podrá tomar cualquier medida que considere necesaria para reunir pruebas y completar las investigaciones.

El período de detención no podrá exceder de tres años. Los registros y las medidas previstas en el párrafo primero sólo podrán practicarse mediante mandato judicial.

Toda persona detenida en virtud de las disposiciones del párrafo primero podrá presentar un recurso contra la orden de detención, transcurridos tres meses desde la fecha de su ejecución, ante el Tribunal Supremo de Apelaciones. El recurso podrá renovarse cada seis meses a partir de la fecha del decreto que desestime el recurso.

Artículo 2

Las actuaciones del Tribunal se celebrarán siempre a puerta cerrada y sólo podrán asistir el fiscal, el denunciante y su representante. Las actuaciones se celebrarán en la sede del Tribunal Supremo de Apelaciones. Podrán celebrarse en cualquier otro lugar, dentro o fuera de Manama, si el Tribunal lo considera necesario para el mantenimiento de la seguridad del país o por razones de orden público.

Artículo 3

El tribunal, sin observar los procedimientos previstos en la Ley de Procedimiento Penal, podrá establecer los procedimientos que deberá seguir al conocer de las denuncias, teniendo en cuenta lo siguiente:

  1. Emitirá su sentencia con base en los documentos presentados por el Ministerio Público y el querellante.
  2. Los alegatos presentados ante el Tribunal, tanto por la Fiscalía como por la defensa, deberán constar por escrito.
  3. Para valorar la prueba y formar su opinión, el Tribunal podrá requerir al Ministerio Público informes adicionales de quienes intervinieron en la recolección de la prueba, siempre que se limiten a personas distintas de aquellas cuyos nombres, residencias y lugares de trabajo se consideren secretos y no se permita revelarlos en interés del Estado.
  4. Será suficiente que los testigos de la defensa del demandante presenten declaraciones que incluyan información sobre los puntos que el demandante desea que los testigos aclaren. El Tribunal podrá negarse a solicitar declaraciones de los testigos de la defensa del demandante si considera que las declaraciones que se les exigen no son pertinentes al hecho en cuestión. La decisión sobre la demanda no podrá aplazarse por el retraso de dichos testigos en presentar sus declaraciones.
  5. Los documentos e informes aportados por el Ministerio Público deberán serle entregados en sobre cerrado después de dictada la sentencia del Tribunal. No podrán ser solicitados con ocasión de una nueva denuncia, a menos que exista alguna novedad que exija su examen y ello sea permitido por orden del Tribunal.
  6. Las actas de las actuaciones se harán en un solo ejemplar, no podrán ser reproducidas ni fotocopiadas y, junto con los documentos de la defensa y de la acusación, así como las declaraciones de los testigos, tendrán carácter confidencial. Dictada la sentencia sobre la demanda, se depositarán en el gabinete del Tribunal, introduciéndolas en un sobre cerrado, sellado con el sello del Presidente del Tribunal que haya examinado la demanda. No se podrá abrir dicho sobre ni sacarlo del gabinete, salvo por decreto del Tribunal, cuando sea necesario examinarlo en relación con otra demanda. En este caso, se levantará acta literal de las actuaciones seguidas, en la que se indicará el estado del sobre, que se cerrará de nuevo según el procedimiento antes indicado y se depositará en el gabinete, una vez examinada la demanda. El mismo procedimiento se seguirá con cada demanda.
  7. El Ministro del Interior será informado de la sentencia del Tribunal tan pronto como sea pronunciada, mediante copia del documento que contenga la sentencia.

Artículo 4

Si el detenido no presenta denuncia en la forma establecida en el artículo primero, el Ministerio Público remitirá los documentos al tribunal competente durante el plazo señalado para la presentación de la denuncia, solicitando que se continúe con la ejecución de la orden de detención.

Artículo 5

El Ministro del Interior podrá ordenar en cualquier momento la libertad de la persona contra la cual se haya dictado previamente una orden de arresto en aplicación de las disposiciones de la presente Ley. La persona detenida será puesta en libertad en todo caso el último día del plazo de tres años a que se refiere el artículo 1.

Artículo 6

Se consideran detenidas en virtud de esta ley todas las personas que se encuentran en determinadas prisiones en cumplimiento de una orden de detención dictada de conformidad con la Orden de Seguridad Pública No. 1 y se les aplican las fechas para la presentación de quejas; tienen derecho a presentar dichas quejas a partir de la fecha de entrada en vigor de esta ley.

Artículo 7

Quedan derogadas la Ley de Seguridad Pública de 1965, la Declaración emitida el 22 de abril de 1965 y la Ordenanza de Seguridad Pública Nº 1.

Artículo 8

Se añade un nuevo apartado (3) al artículo 79 de la Ley de Procedimiento Penal, cuyo texto es el siguiente:

En los delitos que afectan a la seguridad del Estado, ya sean de origen interno o externo, previstos en el Código Penal, la medida de detención será por tiempo indeterminado. La persona cuya detención se haya ordenado podrá presentar queja contra la detención ante la autoridad que haya expedido la orden, si ha transcurrido un mes desde la expedición de la orden. La queja es renovable un mes después de haberse expedido el decreto que la deniega.

Artículo 9

El Ministro del Interior ejecutará la presente Ley, la cual entrará en vigor a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

Firmado por

Emir del Estado de Bahréin (Isa bin Salman Al Khalifa);

Primer Ministro ( Khalifa bin Salman Al Khalifa );
Ministro del Interior (Muhammed bin Khalifa Al Khalifa).

[2]

Historia

El Estado de Bahréin obtuvo su independencia total de los británicos en 1971 y fue gobernado por el emir, Isa bin Salman Al Khalifa. Los Al Khalifa eran una minoría sunita que gobernaba a una población predominantemente chiita . En 1972, el emir emitió un decreto en el que solicitaba el establecimiento de una Asamblea Constitucional encargada de promulgar la primera constitución del país. El organismo, compuesto por 22 miembros, completó una constitución en junio de 1973, que solicitaba el establecimiento de una Asamblea Nacional electa de 30 miembros y la celebración de elecciones nacionales en noviembre de ese mismo año.

La distensión política entre la familia Al Khalifa y las fuerzas dispares de la sociedad civil se deshizo apenas dos años después. [3] El papel de la Asamblea Nacional duró poco y sólo se reunió en dos sesiones antes de que el Emir la disolviera por la fuerza en 1975 por negarse a ratificar el Decreto-Ley sobre Medidas de Seguridad del Estado (Ley de Seguridad del Estado), que permitía el arresto y la detención durante hasta tres años sin juicio de cualquier persona sospechosa de representar una amenaza a través de “actos” o “declaraciones” indefinidos para la seguridad interna o externa de Bahréin. Cuando se le preguntó por qué se había disuelto la Asamblea Nacional, el Ministro de Información, Muhammad Ibrahim al-Mutawa'a, respondió que “obstaculizaba al gobierno” y que se restablecería “cuando sintamos que la necesitamos, cuando sea adecuada para nuestra sociedad y nuestro desarrollo”. [4]

La Ley de Seguridad del Estado se aplicó por la fuerza junto con un decreto que posponía las elecciones a la Asamblea Nacional, suspendía 40 artículos constitucionales relacionados con la Asamblea Nacional y transfería poderes legislativos al Emir y su Consejo de Ministros. Posteriormente, no se celebraron nuevas elecciones para la Asamblea Nacional, que permaneció disuelta durante 27 años hasta 2001, cuando se redactó una nueva constitución bajo los auspicios del sucesor del Emir y actual Rey de Bahréin, Hamad bin Isa Al Khalifa.

La autoridad sin control del Emir por parte de la Asamblea Nacional le dio libertad para nombrar a miembros de la familia Al Khalifa para puestos políticos clave en el gobierno de Bahréin, incluidos el Primer Ministro y los ministros de Interior, Defensa, Asuntos Exteriores y Justicia. Los partidos políticos eran ilegales y, aunque la Constitución garantizaba los derechos humanos básicos, nuevos decretos que socavaban la autoridad de la Constitución limitaban severamente las libertades de expresión, religión, prensa, derechos de reunión pública y privada y los derechos de las personas privadas de libertad. La Ley de Seguridad del Estado, junto con el Decreto del Emir Nº 7 de 1976, estableció un Tribunal de Seguridad del Estado en el que la mayoría de las protecciones del debido proceso estaban ausentes [3] y violaba las normas de derechos humanos de la Declaración Universal de Derechos Humanos , así como los códigos internos de la propia legislación de Bahréin, como su Código de Procedimiento Penal de 1966. [5]

Revocación de libertades políticas y civiles

El anterior gobierno de Bahréin desarrolló un patrón de violaciones sistemáticas de los derechos humanos contra los ciudadanos que exigían el restablecimiento de la constitución nacional y la reanudación de las sesiones de la Asamblea Nacional, dos medidas que fueron abolidas en virtud de la Ley de Seguridad del Estado. Las detenciones arbitrarias, las “confesiones” obtenidas bajo coacción, la prisión preventiva, los juicios injustos y la introducción legal de delitos punibles con la pena capital fueron prácticas generalizadas, especialmente contra la población mayoritaria chií de Bahréin.

En 1976, el gobierno de Bahréin instituyó un nuevo código penal que anuló muchas de las libertades civiles y los derechos políticos protegidos por la Constitución de 1973 y criminalizó de hecho una amplia gama de actividades políticas no violentas. Durante las dos décadas siguientes, se dictaron más decretos que socavaron aún más los derechos civiles y políticos fundamentales. Los ciudadanos de Bahréin eran propensos a ser registrados y detenidos, o encarcelados sin cargos ni juicio por hablar públicamente de una manera que el gobierno consideraba hostil o crítica. Se vigilaban todas las comunicaciones internas y externas con los ciudadanos de Bahréin, se proscribían los partidos y organizaciones políticas, la libertad de reunión requería una autorización que rara vez se concedía, y el Estado controlaba la prensa mediante la censura del material político interno o cualquier mención a los países vecinos de Bahréin. [3]

A finales de los años 70, la oposición nacional izquierdista y secularista se vio paralizada por oleadas de arrestos y exilios forzados. La revolución iraní de 1979 incitó una respuesta entusiasta y empoderadora entre la población chiíta, que se manifestó en organizaciones de oposición como el Frente Islámico para la Liberación de Bahréin, pero también en un sentido más generalizado contra un gobierno con un fuerte ánimo sectario con respecto a su bienestar y empoderamiento. En 1981, el gobierno arrestó a 73 personas acusadas de conspirar para derrocar al estado con el apoyo de Irán [6] , e inició una avalancha de acusaciones contra ciudadanos presuntamente involucrados con organizaciones terroristas internacionales o grupos extremistas vinculados al gobierno de Irán. El gobierno bahreiní desestimó sistemáticamente los disturbios sectarios como obra de militantes de Hezbolá instigados y apoyados por Irán [7] . Los miembros de la comunidad chiíta de Bahréin fueron sistemáticamente atacados en protestas pacíficas y reuniones no provocadas, como procesiones fúnebres. La brutalidad con la que las autoridades intentaron sofocar los levantamientos se caracterizó por el uso repetido de munición real para dispersar a las multitudes y el consiguiente asesinato de civiles desarmados.

Tras la Guerra del Golfo en 1991, un clima de mejora de los derechos humanos permitió que varios ciudadanos exiliados regresaran a Bahréin y al menos veinte prisioneros condenados por su participación en el supuesto intento de golpe de Estado en Bahréin fueron liberados. Este período de aquiescencia duró poco, ya que el descontento generalizado por la continua ausencia de derechos políticos y civiles persistió y el gobierno permaneció inactivo. En enero de 1993, personalidades suníes y chiíes importantes firmaron una petición al Emir solicitando un nuevo diálogo para restablecer los derechos democráticos, pero la misma recibió una respuesta negativa. Dos meses antes de esta petición, el Emir pidió la creación de una Majlis al Shura (Cámara Alta), un órgano democrático placebo cuyos 30 miembros eran designados por el gobierno y no tenían poderes legislativos. [8] El Consejo todavía existe hoy en día bajo el poder ejecutivo de Bahréin, donde los miembros son designados y desempeñan un papel más funcional como una cámara alta parlamentaria. [9]

En diciembre de 1994, los manifestantes salieron a las calles para exigir la restauración de los derechos democráticos y la reanudación de las sesiones de la Asamblea Nacional. El gobierno bahreiní respondió ignorando las demandas y sofocando los llamamientos a un cambio político mediante violaciones generalizadas de los derechos humanos. Miles de hombres, mujeres y niños (de entre nueve y diez años de edad) [10] fueron detenidos en un período de diez meses entre diciembre de 1994 y octubre de 1995 bajo acusaciones arbitrarias en virtud de la Ley de Seguridad del Estado. Al menos 100 fueron posteriormente acusados ​​y condenados a penas de prisión y, en un caso, a la pena de muerte. Dos prisioneros murieron mientras estaban bajo custodia policial. Las fuerzas policiales y la policía antidisturbios se desplegaron contra los manifestantes y utilizaron medios violentos para dispersar a las multitudes. En 1995, diez muertes confirmadas de ciudadanos bahreiníes presentaban circunstancias que sugerían que podían haber sido ejecutados extrajudicialmente, y al menos veinte ciudadanos bahreiníes fueron exiliados o se les negó la entrada cuando intentaban regresar al país. [1]

Tortura

La tortura siguió siendo una práctica habitual en las cárceles de Bahréin, en virtud de la Ley de Seguridad del Estado, y se practicaba con mayor frecuencia en las fases iniciales de la detención contra las personas sometidas a interrogatorio. Además de extraer “confesiones” de los sospechosos durante los interrogatorios, la tortura era un método empleado para obtener firmas de los detenidos para que renunciaran a sus afiliaciones políticas, desistieran de actividades contra el gobierno en el futuro o los obligaran a cooperar con las autoridades denunciando las actividades de otros, es decir, de sus oponentes políticos. Las declaraciones de ex detenidos políticos indican que las formas más comunes de tortura incluían: palizas físicas, abuso psicológico, abuso sexual, amenazas contra la familia y los amigos del detenido e insultos y humillaciones hacia el detenido y la fe chií. [11]

El gobierno de Bahréin no hizo públicos los nombres de las personas detenidas ni los lugares donde estuvieron detenidas. A la gran mayoría de estas personas se les negó el acceso a abogados defensores o a miembros de su familia durante su detención, y fueron juzgadas en privado por el Tribunal de Seguridad del Estado del gobierno, donde no se respetaron las garantías procesales. [3] No se hizo ningún esfuerzo por investigar las denuncias de tortura o las muertes de manifestantes en favor de las reformas. El gobierno de Bahréin siguió negando la entrada al país a organizaciones de derechos humanos como Amnistía Internacional o Human Rights Watch para realizar viajes oficiales de recopilación de información con el fin de investigar las denuncias de tortura y abusos de los derechos humanos.

El gobierno de Bahréin negó continuamente que las fuerzas bajo su autoridad cometieran violaciones generalizadas de los derechos humanos, que se mantuviera dentro de los límites legales en lo que respecta a los procedimientos judiciales y de detención, y que los detenidos recibieran juicios y trato justos mientras se encontraban bajo custodia. El gobierno también negó que aprobara cualquier forma de tortura o abuso físico de cualquier tipo. [3] El gobierno legitimó sus tácticas de mano dura citando incidentes de violencia cometidos contra las fuerzas de seguridad y actos de sabotaje perpetrados por “elementos extremistas”. El embajador de Bahréin en los Estados Unidos en 1997 reafirmó la posición de su gobierno, señalando que las “acusaciones de violación de los derechos humanos hechas contra Bahréin se originaron en un grupo muy pequeño, pero hábil, de fanáticos y extremistas fundamentalistas, que [estaban] conectados con terroristas en Bahréin”. [12] El gobierno no presentó ninguna prueba para apoyar estas declaraciones u otras que probaran la participación extranjera en los asuntos internos de Bahréin como fuente de tensiones internas o como justificación de la manera en que las autoridades manejaron el malestar político. Además, no hay pruebas de que las personas responsables de tolerar actos de tortura hayan sido sancionadas por esos actos. El actual gobierno introdujo un decreto de amnistía que impide la impunidad de los delitos cometidos bajo la antigua constitución. Hasta la fecha, ningún presunto autor ha sido juzgado por tortura o malos tratos, a pesar de que la práctica de la tortura en Bahréin durante los decenios de 1980 y 1990 ha sido bien documentada. [13]

Muerte del Emir y abolición de la Ley de Seguridad del Estado

Tras la muerte del jeque Isa bin Salman Al Khalifa en 1999, su hijo, el jeque Hamad bin Isa Al Khalifa, ascendió al trono como emir. Poco después de su sucesión, el jeque Hamad emprendió una nueva era de reforma democrática y, en noviembre de 2000, creó un comité para redactar un plan para transformar Bahréin de un emirato hereditario a una monarquía constitucional en dos años. La "Carta de Acción Nacional" resultante se presentó al público bahreiní en el primer referéndum general del país desde la disolución del Parlamento en 1974, en el que el 98,4% de los votantes aprobó abrumadoramente la carta. El 5 de febrero de 2001, el jeque Hamad emitió un Decreto de Amnistía que indultaba a todos los presos políticos acusados ​​de delitos contra la seguridad del Estado, ya fueran detenidos, acusados ​​o condenados en Bahréin o mientras se encontraban exiliados en el extranjero. El Decreto de Amnistía permitió que todos los ciudadanos involucrados en casos políticos y de seguridad durante la era del estado de seguridad regresaran a Bahréin sin tener que enfrentar cargos, lo que resultó en la repatriación de cientos de personas al país. El 21 de octubre de 2010, el gobierno de Bahréin informó que se habían emitido 43 Decretos-Leyes de Amnistía desde 2001 que indultaron a 2.639 convictos acusados ​​de participar en casos de terrorismo o de seguridad del Estado. [14] Tras la implementación de la Ley de Amnistía del 5 de febrero, el jeque Hamad abolió oficialmente la Ley de Seguridad del Estado y los Tribunales de Seguridad del Estado que se implementaron durante el gobierno de su padre. Un año después, en febrero de 2002, después del referéndum nacional, el jeque Hamad declaró a Bahréin una monarquía constitucional y cambió su título de Amir a Rey. [9]

Reaparición de violaciones de derechos humanos y denuncias de tortura

En febrero de 2010, Human Rights Watch organizó una conferencia de prensa durante la publicación de su informe sobre las recientes denuncias de tortura en Bahréin. El informe indicaba que Bahréin había logrado poner fin al uso de la tortura durante buena parte de la última década, pero planteaba inquietudes por la reciente falta de interés del gobierno en investigar los nuevos casos documentados de abusos. [15] Desde la publicación de este informe, cientos de hombres jóvenes y otros 23 ciudadanos destacados, incluidos cuatro clérigos chiítas, fueron arrestados pocas semanas antes de las elecciones parlamentarias del país bajo cargos de difundir información falsa, incitar a la violencia, fomentar el terrorismo o conspirar para derrocar al gobierno. Los observadores independientes consideran que las acusaciones de tortura contra los detenidos son creíbles y creen que el gobierno está reaccionando de forma exagerada sin una pizca de prueba que sustente que la oposición está conspirando para derrocar al gobierno actual. Según un artículo de agosto de 2010 publicado en The Economist , “la creciente tensión sectaria, la reacción exagerada del gobierno a las protestas y el acoso flagrante a los partidos de oposición, en particular al principal dominado por los chiítas, están empañando la reputación de Bahréin como una democracia incipiente, aunque limitada”. [16]

Referencias

  1. ^ ab "Bahréin: una crisis de derechos humanos". Amnistía Internacional : 1. 26 de septiembre de 1995. Archivado desde el original el 22 de noviembre de 2018 . Consultado el 30 de abril de 2024 .
  2. ^ Wikisource:Ley de Seguridad del Estado de 1974
  3. ^ abcde Human Rights Watch Oriente Medio (1997). Abuso rutinario, negación rutinaria: Derechos civiles y la crisis política en Bahréin . Human Rights Watch. pág. 2. ISBN 1-56432-218-1.
  4. ^ Human Rights Watch Oriente Medio (1997). Abuso rutinario, negación rutinaria: derechos civiles y la crisis política en Bahréin . Human Rights Watch. págs. 19-20. ISBN 1-56432-218-1.
  5. ^ "Bahréin: una crisis de derechos humanos". Amnistía Internacional : 8-9. 26 de septiembre de 1995.
  6. ^ Human Rights Watch Oriente Medio (1997). Abuso rutinario, negación rutinaria: derechos civiles y la crisis política en Bahréin . Human Rights Watch. pág. 21. ISBN 1-56432-218-1.
  7. ^ Human Rights Watch Oriente Medio (1997). Abuso rutinario, negación rutinaria: Derechos civiles y la crisis política en Bahréin . Human Rights Watch. pág. 1. ISBN 1-56432-218-1.
  8. ^ "Bahréin: una crisis de derechos humanos". Amnistía Internacional : 10. 26 de septiembre de 1995.
  9. ^ ab «Nota de antecedentes: Bahréin». Departamento de Estado de los Estados Unidos. Archivado desde el original el 9 de junio de 2018. Consultado el 28 de octubre de 2010 .
  10. ^ "Bahréin: una crisis de derechos humanos". Amnistía Internacional : 3. 26 de septiembre de 1995.
  11. ^ "Bahréin: una crisis de derechos humanos". Amnistía Internacional : 32. 26 de septiembre de 1995.
  12. ^ Human Rights Watch Oriente Medio (1997). Abuso rutinario, negación rutinaria: derechos civiles y la crisis política en Bahréin . Human Rights Watch. pág. 3. ISBN 1-56432-218-1.
  13. ^ "Bahréin: Informes nacionales sobre prácticas de derechos humanos". Departamento de Estado de Estados Unidos. Archivado desde el original el 7 de octubre de 2020. Consultado el 28 de octubre de 2010 .
  14. ^ "43 decretos de amnistía en 10 años que indultan a 2639 convictos". Agencia de Noticias de Bahréin . Consultado el 27 de noviembre de 2010 .
  15. ^ Stork, Joe. "El problema de la tortura en Bahréin". Foreign Policy. Archivado desde el original el 3 de abril de 2010. Consultado el 28 de octubre de 2010 .
  16. ^ "El nerviosismo preelectoral en Bahréin". The Economist. 14 de octubre de 2010. Archivado desde el original el 20 de octubre de 2010. Consultado el 28 de octubre de 2010 .

Enlaces externos