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Ley de Reforma de la Inmigración Ilegal y Responsabilidad de los Inmigrantes de 1996

La Ley de Reforma de Inmigración Ilegal y Responsabilidad de los Inmigrantes de 1996 ( IIRIRA o IIRAIRA ) [2] [3] realizó cambios importantes a la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA). Los cambios de IIRIRA entraron en vigor el 1 de abril de 1997. [1]

El ex presidente de los Estados Unidos, Bill Clinton, afirmó que la legislación fortaleció "el estado de derecho al tomar medidas enérgicas contra la inmigración ilegal en la frontera, en el lugar de trabajo y en el sistema de justicia penal, sin castigar a quienes viven legalmente en los Estados Unidos". [4] Sin embargo, IIRIRA ha sido criticada por ser demasiado punitiva "al eliminar el debido proceso en la abrumadora mayoría de los casos de deportación y restringir el alivio equitativo de la deportación". [5] Ha surgido una serie de críticas en relación con las disposiciones promulgadas con IIRIRA, como la expansión de los delitos graves, la creación del programa 287(g) , la reducción de los derechos al debido proceso y la intensificación de la financiación de la militarización fronteriza. [5] [6] [7] [8] Con IIRIRA, todos los no ciudadanos, independientemente de su estatus legal e incluidos los residentes permanentes legales a largo plazo, quedaron sujetos a deportación y ampliaron enormemente los delitos que podrían conducir a la deportación formal. [9]

Los defensores de la IIRIRA argumentan que la política proporcionó un fin muy necesario a numerosas lagunas existentes de antemano en la política de inmigración de Estados Unidos, que en última instancia socavaron su eficacia. [10] El objetivo final de la IIRIRA ha sido disuadir una mayor inmigración ilegal a los EE. UU. y, a pesar de un aumento notable en las deportaciones anuales desde que se promulgó la política en 1996, de alrededor de 50.000 a más de 200.000 a principios de la década de 2000, [11 ] La inmigración ilegal general ha aumentado desde la promulgación de la política, según datos compilados por el Pew Research Center. [12]

Antes de IIRIRA, los no inmigrantes que permanecían más allá de lo estipulado en sus visas o violaban su estatus podían pagar una multa que les permitiría ajustar su estatus al de residencia permanente . [13] Sin embargo, con IIRIRA, los no inmigrantes admitidos legalmente que se quedaron más de un día o más después de sus visas dejaron de ser elegibles para una nueva visa de no inmigrante. [13] Si el período de estadía excedente oscilara entre 180 y 365 días, el no ciudadano enfrentaría una prohibición de reingreso de 3 años, y una estadía excedente de más de 365 días requeriría una prohibición de 10 años. Estas disposiciones afectan a los no ciudadanos que fueron admitidos antes y después de la promulgación de IIRIRA. [13] En estas circunstancias, un no ciudadano que entre en estas categorías estaría sujeto a expulsión sumaria si intenta volver a ingresar a los Estados Unidos. En estos procedimientos de deportación, el no ciudadano no tiene derecho a una audiencia ni a un abogado y está sujeto a una prohibición de entrada de 5 años. [13]

Cargo público

IIRIRA impuso nuevas regulaciones relativas a las determinaciones de carga pública para los no ciudadanos que solicitan la admisión. IIRIRA requiere que las personas que solicitan un inmigrante patrocinado por una familia deben proporcionar una declaración jurada de manutención. [14] En la declaración jurada, el peticionario debe "acordar brindar apoyo para mantener al extranjero patrocinado con un ingreso anual que no sea inferior al 125 por ciento de las pautas federales de pobreza " hasta que el no ciudadano se naturalice como ciudadano estadounidense [14] o el Un no ciudadano, el padre del no ciudadano o el cónyuge del no ciudadano han trabajado durante 40 trimestres calificados. [15]

Delitos graves agravados

Con IIRIRA, el Congreso de Estados Unidos amplió la definición del término delito grave . Los delitos graves se iniciaron por primera vez con la Ley contra el abuso de drogas de 1988 , y los delitos graves consistieron en asesinato, tráfico de drogas y tráfico ilícito de armas de fuego. La Ley Antidrogas de 1988 hizo que cualquier no ciudadano condenado por un delito grave en cualquier momento después de su entrada a los Estados Unidos fuera deportable. La Ley de Inmigración de 1990 , la Ley de Correcciones Técnicas de Inmigración y Nacionalidad de 1994 y la Ley Antiterrorista y de Pena de Muerte Efectiva de 1996 aumentaron los tipos de delitos considerados delitos graves con agravantes. Además, con estas leyes, los delitos con pena de 5 años o más se considerarían un delito grave agravado . [16] [17]

Después de IIRIRA, sin embargo, la pena se cambió de modo que cualquier delito con una pena de un año o más se considerara un delito grave agravado . [18] Cualquier no ciudadano que sea condenado por un delito grave con agravantes puede enfrentar consecuencias migratorias colaterales: "a los no ciudadanos que han sido condenados por un 'delito grave con agravantes' se les prohíbe recibir la mayoría de las formas de alivio que los salvarían de la deportación, incluido el asilo, y de ser readmitido en los Estados Unidos en cualquier momento en el futuro". [19] Existe una "presunción de deportabilidad" para los no ciudadanos condenados por delitos graves, según la cual se presumirá concluyentemente que los no ciudadanos "condenados por un delito grave son deportables de los Estados Unidos " . [20]

Es importante destacar que los cargos por delitos graves se pueden aplicar retroactivamente, por lo que si un cambio en la ley considera que una nueva categoría de delito es un delito grave, cualquier no ciudadano previamente condenado por ese delito puede enfrentar la expulsión. [19]

Según IIRIRA, cualquier no ciudadano condenado por un delito grave agravado tiene categóricamente prohibido cancelar la deportación y se le coloca en una forma de procedimiento de deportación acelerada (pero estos son distintos de la deportación acelerada). Según IIRIRA, los procedimientos de deportación acelerada para no ciudadanos con cargos de delitos graves están bajo la competencia del Fiscal General, quien "dispondrá el inicio y, en la medida de lo posible, la finalización de los procedimientos de deportación y cualquier apelación administrativa de los mismos, en el caso de cualquier extranjero condenado por un delito grave antes de su liberación de la cárcel por el delito grave subyacente". [21] Bajo estos procedimientos de deportación acelerados, los no ciudadanos sí asisten a los tribunales de inmigración y se les otorga el derecho a un abogado (sin costo alguno para el gobierno) para sus procedimientos judiciales de inmigración y la revisión judicial de su determinación de deportación. [22]

Eliminación

IIRIRA fusionó los procedimientos de exclusión y deportación en los procedimientos de expulsión. [23] Todos los no ciudadanos que son deportables están sujetos a procedimientos de deportación. [13] Antes de IIRIRA, los no ciudadanos estaban sujetos a procedimientos de deportación o procedimientos de exclusión. [23] [13] La deportación estaba reservada para los no ciudadanos que "hicieron una 'entrada' a los Estados Unidos", mientras que los procedimientos de exclusión estaban reservados para los no ciudadanos que no habían entrado a los Estados Unidos. [24] La consolidación de los procedimientos de exclusión y deportación en procedimientos de expulsión fue un intento de agilizar el proceso de deportación y exclusión. Según IIRIRA, los no ciudadanos "admitidos en los Estados Unidos, [los no ciudadanos] que solicitaban la admisión y los [no ciudadanos] presentes en los Estados Unidos sin haber sido inspeccionados ni admitidos" estaban todos sujetos a procedimientos de deportación. [24] Los procedimientos de deportación son juzgados por jueces de inmigración, que son competencia de la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración, que forma parte del Departamento de Justicia.

Los procedimientos de expulsión posteriores a IIRIRA se inician con un aviso de comparecencia (NTA) que se envía al no ciudadano. Las NTA reemplazaron los documentos Orden para mostrar causa y Aviso de hora y lugar. [25] [13] Las NTA especifican, entre otras cosas, "la naturaleza del procedimiento contra el extranjero", "la autoridad legal bajo la cual se lleva a cabo el procedimiento", "los actos o conductas que se alega violan la ley". y "los cargos formulados contra el extranjero y las disposiciones legales que se alega han sido violadas". [26] IIRIRA estableció la autoridad de los jueces de inmigración en los procedimientos de deportación. [27] Los jueces de inmigración "administrarán juramentos, recibirán pruebas e interrogarán, examinarán y repreguntarán al extranjero y a cualquier testigo. El juez de inmigración podrá emitir citaciones para la comparecencia de testigos y la presentación de pruebas". [28]

Los no ciudadanos tienen derecho a una "oportunidad razonable de examinar las pruebas contra el extranjero, de presentar pruebas en nombre del extranjero y de interrogar a los testigos presentados por el Gobierno", pero no el derecho "a una solicitud por parte del extranjero de medidas discrecionales". alivio conforme a esta Ley". [29] Además, bajo IIRIRA, los no ciudadanos "tienen el privilegio de ser representados, sin costo alguno para el Gobierno, por un abogado de su elección". [22] Por lo tanto, los no ciudadanos pueden tener representación legal en los tribunales de inmigración, pero no tienen derecho a la representación legal proporcionada por el Gobierno si no pueden pagar un abogado.

IIRIRA estableció un período de expulsión de 90 días para los no ciudadanos que un juez de inmigración determine que pueden ser deportados. [30] El período de expulsión puede comenzar cuando "la fecha en que la orden de expulsión se vuelve administrativamente definitiva", "la fecha de la orden final del tribunal" o si la fecha en la que el no ciudadano es puesto en libertad (sólo en casos de no inmigración detención relacionada). [31] Los no ciudadanos pueden presentar una moción para reconsiderar la decisión de un juez de inmigración, que debe presentarse dentro de los 30 días siguientes a la emisión de la orden final. [32] Los no ciudadanos también pueden presentar una moción para reabrir su caso, que debe presentarse dentro de los 90 días posteriores a la orden final de deportación. [33]

Cancelación de expulsión

IIRIRA restringió el acceso de los no ciudadanos a la cancelación de la expulsión , que es una forma de alivio de la deportación. Antes de IIRIRA, los no ciudadanos podían recibir la cancelación de la expulsión a través de un alivio discrecional del Fiscal General (este alivio lo llevan a cabo los jueces de inmigración dentro de la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración. [34] En general, antes de IIRIRA, los no ciudadanos podían ser elegibles para la cancelación de la expulsión si "establecieron siete años de presencia física continua en los EE. UU., buen carácter moral durante ese período y que la deportación resultaría en dificultades extremas para el individuo o para su cónyuge, padre o hijo que fuera ciudadano estadounidense o residente permanente legal". ". [34] La cancelación de la expulsión dio lugar a que las personas se convirtieran en residentes permanentes legales. [34]

IIRIRA restringió los requisitos para que las personas sean elegibles para la cancelación de expulsión y limitó el número de cancelaciones disponibles a 4.000 anualmente. [35] Con IIRIRA, la cancelación requería presencia física continua en los EE. UU. durante 10 años antes del inicio del procedimiento de deportación, lo que se denomina regla del tiempo de detención. [36] En 1997, la Oficina de Apelaciones de Inmigración dictaminó que la regla del tiempo de detención también puede aplicarse retroactivamente a personas que iniciaron procedimientos de deportación antes de la implementación de IIRIRA. [37] Un requisito adicional exigido por IIRIRA para la cancelación de la expulsión es que los no ciudadanos deben demostrar que la expulsión causaría "dificultades excepcionales y extremadamente inusuales" para el cónyuge, padre o hijo del individuo que sea ciudadano estadounidense o no ciudadano con estatus de residencia permanente legal. . IIRIRA eliminó la posibilidad de cancelación debido a las dificultades que podría enfrentar un individuo. [38]

Eliminación acelerada

IIRIRA estableció la expulsión acelerada , en la que los funcionarios de inmigración obtuvieron la autoridad para expulsar sumariamente a ciertos no ciudadanos. [39] Esto es diferente del procedimiento de deportación acelerada para no ciudadanos condenados por delitos graves . Los no ciudadanos sujetos a expulsión acelerada incluyen a los no ciudadanos "que son inadmisibles porque carecen de documentos de entrada válidos o han solicitado la admisión mediante fraude (también pueden incluir extranjeros inadmisibles por los mismos motivos si están presentes en los Estados Unidos sin haber sido admitidos o sin libertad condicional y han estado en el país). país menos de dos años)". [40]

Las expulsiones aceleradas pueden considerarse expulsiones sin audiencias: estas expulsiones no requieren revisión judicial por parte de jueces de inmigración dentro de la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración, a menos que el individuo planee solicitar asilo o indique temor a persecución . [41] [42] Por lo tanto, los no ciudadanos sujetos a expulsión acelerada no tienen derecho a revisión administrativa ni derecho a apelación administrativa ni revisión judicial. [40] Debido a que las deportaciones aceleradas no requieren revisión judicial o administrativa, los no ciudadanos que están sujetos a deportaciones aceleradas no tienen el derecho a un abogado durante sus entrevistas con los funcionarios de inmigración . [40]

Eliminación estipulada

IIRIRA inició la deportación estipulada, que es un tipo de acuerdo de declaración de culpabilidad para los no ciudadanos que son condenados por delitos en un tribunal penal. [43] Las órdenes de deportación estipuladas bajo IIRIRA pueden promulgarse para no ciudadanos que enfrentan condenas por delitos graves y menores que se consideran delitos graves. [13] [43] Destitución estipulada asignada a los jueces del tribunal federal de distrito de los Estados Unidos "jurisdicción para dictar una orden judicial de destitución de conformidad con los términos de dicha estipulación". [43]

Las órdenes de expulsión estipulada "constituyen una determinación concluyente de la expulsión [del no ciudadano] de los EE. UU." [24] Los acuerdos de declaración de culpabilidad para las órdenes de expulsión estipuladas hacen de una "orden judicial de expulsión de los Estados Unidos [...] una condición del acuerdo de declaración de culpabilidad" para la condena penal o una "condición de libertad condicional o libertad supervisada, o ambas". [43] Con la expulsión estipulada, los no ciudadanos "renuncian al derecho de notificación y audiencia" para determinar su posibilidad de expulsión. [13]

IIRIRA inició excepciones para la expulsión estipulada para personas en "circunstancias excepcionales": enfermedad grave del extranjero o enfermedad grave o muerte del cónyuge, hijo o padre del extranjero, pero sin incluir circunstancias menos apremiantes) fuera del control del extranjero. [24]

Restablecimiento de la expulsión

IIRIRA implementó un proceso llamado restablecimiento de la expulsión . El restablecimiento de la expulsión se refiere al reingreso de inmigrantes indocumentados que previamente salieron mediante salida voluntaria o a quienes previamente se les emitieron órdenes de expulsión y que ingresaron sin admisión legal. [44] Con el restablecimiento de la deportación, "la orden de deportación anterior se restablece desde su fecha original y no está sujeta a ser reabierta o revisada" y el inmigrante no es elegible para solicitar o recibir ningún alivio de la deportación. [44] El restablecimiento de la expulsión permite que la persona "sea expulsada según la orden anterior en cualquier momento después del reingreso". [44]

Fianzas y detención de inmigrantes

IIRIRA amplió la autoridad del Fiscal General para detener a no ciudadanos que enfrentan deportación. Según IIRIRA, los no ciudadanos "pueden ser arrestados y detenidos en espera de una decisión sobre si el [no ciudadano] debe ser expulsado de los Estados Unidos". [45] IIRIRA no impuso ninguna limitación a la duración de la detención, pero sí restringió el acceso de estos no ciudadanos a la liberación de la detención. La liberación podría concederse con una "fianza de al menos 1.500 dólares" o en "libertad condicional". [45] Los no ciudadanos sin residencia permanente legal o autorizaciones de trabajo previas no serían elegibles para recibir una autorización de trabajo durante su liberación de la detención. [45]

IIRIRA estipuló la detención obligatoria para los no ciudadanos que proporcionaron documentos fraudulentos o que tengan condenas por delitos graves, incluidos "delitos que implican vileza moral", así como para los no ciudadanos que sean declarados "miembros de una organización terrorista". [46] [47] Demore v. Kim (2003) confirmó la constitucionalidad de la detención obligatoria de no ciudadanos con condenas calificadas.

Inicialmente se conceptualizó que las disposiciones de IIRIRA relativas a la detención permitían la detención indefinida de no ciudadanos. [24] Sin embargo, las decisiones judiciales han añadido claridad al período de tiempo que un no ciudadano puede ser detenido. En Diouf v. Napolitano (2011), el Noveno Circuito sostuvo que una persona que se enfrenta a una detención migratoria prolongada en virtud de la sección 241(a)(6), extranjeros criminales inadmisibles, de IIRIRA tiene derecho a ser puesta en libertad bajo fianza a menos que el gobierno establezca que la persona es un riesgo de fuga o un peligro para la comunidad. [48] ​​[24] Además, estas personas tienen derecho a las mismas garantías procesales contra la detención prolongada que las personas detenidas en virtud del artículo 236(a) de la Ley, incluida una audiencia de fianza individualizada ante un juez de inmigración. [24] El tribunal en Diouf v. Napolitano (2011) reconoció que estaba ampliando su decisión en Casas-Castrillon v. DHS (2008). [49]

Barras para el reingreso

IIRIRA estableció varias barreras para el reingreso de no ciudadanos.

Prohibición de entrada de 3 años

La prohibición de entrada de 3 años se refiere a no ciudadanos sin estatus legal actual durante más de 180 días pero menos de 365 días que regresaron a su país de origen voluntariamente antes del inicio del procedimiento de deportación en la corte de inmigración. [50] [51] La prohibición de 3 años comienza en la fecha de la salida o expulsión del individuo de los EE. UU. [50]

Prohibición de entrada de 10 años

La prohibición de entrada de 10 años se aplica a cualquier no ciudadano a quien se le ordenó deportación en un tribunal de inmigración o a cualquier no ciudadano que regresó a su país de origen antes de la adjudicación final de su procedimiento de deportación en un tribunal de inmigración que se encontraba en los Estados Unidos sin un estatus migratorio legal. durante uno o más años. [52] Las personas en cualquiera de estas categorías se consideran sumariamente inelegibles para ingresar durante 10 años. [52] Si un no ciudadano obtiene la admisión después de la prohibición de 10 años y posteriormente es deportado, IIRIRA impuso una prohibición de entrada de 20 años. [52]

Barra de entrada de por vida

Se establecieron prohibiciones de reingreso de por vida para cualquier no ciudadano que fuera deportado debido a condenas penales por delitos graves. [50] Estas personas enfrentan una prohibición de reingreso de por vida. [50]

Programa 287(g)

IIRIRA inició el programa 287(g) . El programa 287(g) permite a las agencias policiales estatales y locales celebrar acuerdos con el Servicio de Inmigración y Naturalización (ahora Servicio de Inmigración y Control de Aduanas ). Estos acuerdos asignan a ciertos agentes la capacidad de "desempeñar una función de funcionario de inmigración en relación con la investigación, aprehensión o detención de extranjeros en los Estados Unidos (incluido el transporte de dichos extranjeros a través de fronteras estatales hasta centros de detención)". [53] Según 287(g), los agentes encargados de hacer cumplir la ley tienen la facultad de obtener autoridad para hacer cumplir la ley de inmigración, como investigar, aprehender y detener a no ciudadanos que el oficial considere que pueden ser deportados. Cuando las agencias celebran acuerdos 287(g), las personas designadas están bajo la dirección del ICE, pero no se consideran funcionarios federales. [53]

A las autoridades locales no se les permite hacer cumplir las leyes de inmigración; esa autoridad recae en el gobierno federal, ya que la aplicación de la ley en materia de inmigración es un asunto civil. [54] [55] Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley locales estatales , como las agencias del sheriff y las autoridades municipales , solo pueden hacer cumplir asuntos penales . El programa 287(g) ha recibido un considerable rechazo por parte de académicos de inmigración y grupos de defensa de inmigrantes, quienes expresaron que el programa aumenta la discriminación racial y socava los derechos de los inmigrantes. [56] [57] [58] [59] [60] En noviembre de 2021, había 142 agencias con acuerdos 287(g) firmados en los Estados Unidos. [61]

Disposiciones de control fronterizo

Entre otros cambios, IIRIRA otorgó al Fiscal General de los Estados Unidos amplia autoridad para construir barreras a lo largo de la frontera entre México y Estados Unidos y autorizó la construcción de una capa secundaria de vallado fronterizo para soportar la valla primaria de 14 millas ya terminada. La construcción de la cerca secundaria se detuvo debido a preocupaciones ambientales planteadas por la Comisión Costera de California .

IIRIRA aumentó sustancialmente los fondos dirigidos a la frontera entre México y Estados Unidos . IIRIRA asignó $12 millones de fondos para cercas de múltiples capas que comenzaron cerca de San Diego, California y se extendieron hacia el este por 14 millas. [62] Estos fondos se utilizaron para complementar las cercas existentes y agregar una segunda y tercera capa de cercas a lo largo de esa parte de la frontera. [62]

Además de la valla de varias capas cerca de San Diego, California, IIRIRA asignó tecnología y fondos adicionales para la Patrulla Fronteriza. En esta asignación se incluían "aviones de ala fija, helicópteros, vehículos con tracción en las cuatro ruedas, sedanes, gafas de visión nocturna, visores de visión nocturna y unidades de sensores". [63] (artículo 103). IIRIRA exigía que el número de agentes de la patrulla fronteriza en servicio activo a tiempo completo aumentara en al menos 1.000 "en cada uno de los años fiscales 1997, 1998, 1999, 2000 y 2001". [64] IIRIRA también financió un aumento de 300 miembros del personal de apoyo en cada uno de los años fiscales de 1997, 1998, 1999, 2000 y 2001. [64] Estos nuevos agentes de la patrulla fronteriza debían estar estacionados en áreas con altas proporciones de cruces ilegales. , medido durante el año anterior. [64] Estas áreas se concentraban en gran medida en la frontera sur (frontera México-Estados Unidos). [65] [66]

IIRIRA destinó fondos para agentes y tecnología militarizada a "áreas de la frontera identificadas como áreas de alta entrada ilegal a los Estados Unidos con el fin de proporcionar un disuasivo uniforme y visible a la entrada ilegal de manera continua". [67] Al hacerlo, IIRIRA asignó fondos consistentes que respaldaron una estrategia de control fronterizo conocida como " prevención mediante la disuasión ". La prevención mediante la disuasión se inició por primera vez a principios de la década de 1990 y tenía como objetivo reducir el número de migrantes que ingresaban sin autorización a áreas urbanas de alto tráfico. [65] [66] Según informes de la Oficina de Responsabilidad Gubernamental , la prevención a través de la disuasión aumentó el número de migrantes que murieron al cruzar a los Estados Unidos. [68] [65] Estas estrategias han sido criticadas por ser inconstitucionales y consideradas una violación de los derechos humanos. [69]

Restricciones de educación superior

IIRIRA amplió las restricciones a los fondos de educación postsecundaria distribuidos a nivel federal que se promulgaron inicialmente con la Ley de Conciliación de Responsabilidad Personal y Oportunidades Laborales de 1996 (PRWORA). PRWORA negó fondos federales para la educación postsecundaria a la mayoría de los grupos de no ciudadanos. IIRIRA amplió estas restricciones, aplicándolas a las decisiones de financiación a nivel estatal. [70] Según IIRIRA, los estados no pueden hacer que los inmigrantes indocumentados sean elegibles para beneficios de educación postsecundaria a menos que todos los ciudadanos y nacionales también sean elegibles, independientemente de su estado de residencia. Sin embargo, IIRIRA no define los beneficios de la educación postsecundaria como tasas de matrícula que sean costos de matrícula. [70]

Varios estados han aprobado leyes de igualdad de matrícula que permiten que cualquier persona, independientemente de su estatus legal, solicite la matrícula estatal si cumple con los requisitos de elegibilidad del estado. [71] Los estados han superado estas restricciones basando la elegibilidad en la matrícula estatal en factores además de la residencia, como la asistencia a una escuela secundaria en el estado. Sin embargo, las tasas de matrícula que incluyen las tasas estudiantiles y los costos de matrícula no se definen como beneficios de educación postsecundaria. [72] Estas disposiciones permiten que cualquier persona, independientemente de su estatus migratorio o de ciudadanía, solicite la matrícula estatal si cumple con los requisitos de elegibilidad. [72] Al hacerlo, los estados han cumplido con los mandatos establecidos por IIRIRA y PRWORA. [73]

Votación

IIRIRA tipificó como delito que un no ciudadano votara en una elección federal . [74] Esto, sin embargo, no se aplica a aquellos que han residido en los Estados Unidos como ciudadanos estadounidenses no ciudadanos o residentes permanentes mientras eran menores de 16 años, y ambos padres son ciudadanos estadounidenses. [75]

Impacto

Un artículo de 2018 encontró que la Ley reducía los resultados de salud y salud mental de los inmigrantes latinoamericanos indocumentados en los Estados Unidos al aumentar su temor a ser deportados. [76]

Además, esta política ha sido criticada por el Journal on Migration and Human Security por imponer obstáculos abrumadores a los refugiados que buscan asilo en Estados Unidos. Se argumenta que estos obstáculos, como la detención obligatoria y los plazos de solicitud, socavan las obligaciones que tiene Estados Unidos en virtud de los Protocolos de la Convención sobre Refugiados de 1967 . [77] Además, un artículo en el Journal on Migration and Human Security analizó una prueba de 2011 realizada por el Migration Policy Institute destinada a explorar cualquier externalidad negativa que el programa 287(g) tuviera en las comunidades del condado de Frederick, Maryland. El diario encontró que, después de registrar los arrestos realizados por la Oficina del Sheriff del condado de Frederick , había evidencia que apuntaba a la discriminación racial contra los hispanos en el área. [78] [79]

El alcance de la autoridad de la ley fue juzgado por la Corte Suprema de Estados Unidos en el fallo Biden v. Texas (Eliminación de la política 'Permanecer en México') de 2022, que determinó en una decisión de 5 a 4 que el presidente tenía la autoridad directa para regular los Protocolos de Protección a Migrantes de la ley sin la aprobación del Congreso. [80] [81]

Ver también

notas y referencias

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  15. ^ Ley de reforma de la inmigración ilegal y responsabilidad de los inmigrantes de 1996, Pub. L. 104-120. 110 estadísticas. 300-675-676 §231A(a)(3)(A), §231A (a)(3)(B)(i), §231A (a)(3)(B)(ii). (1996).(2) PERÍODO DE EJECUCIÓN.—Una declaración jurada de manutención será ejecutable con respecto a los beneficios proporcionados a un extranjero antes de la fecha en que el extranjero se naturalice como ciudadano de los Estados Unidos o, si es anterior, a la fecha de terminación prevista en el párrafo ( 3).(3) Terminación del período de aplicabilidad al completar el período requerido de empleo, ETC.— (A) EN GENERAL.—Una declaración jurada de manutención no es ejecutable después del tiempo en que el extranjero (i) haya trabajado 40 trimestres calificados de cobertura como definido bajo el título II de la Ley del Seguro Social o puede acreditarse con dichos trimestres calificativos según lo dispuesto en el subpárrafo (B), y (ii) en el caso de dicho trimestre calificable acreditable para cualquier período que comience después del 31 de diciembre de 1996, no recibir cualquier beneficio público federal sujeto a verificación de recursos (según lo dispuesto en la sección 403 de la Ley de Conciliación de Responsabilidad Personal y Oportunidades Laborales de 1996) durante dicho período. (B) CUARTOS DE CALIFICACIÓN.—Para propósitos de esta sección, al determinar el número de trimestres de cobertura que califican bajo el título II de la Ley del Seguro Social, a un extranjero se le acreditará: ( i) todos los trimestres de cobertura que califican según se define en título II de la Ley de Seguridad Social trabajado por un padre de dicho extranjero mientras el extranjero era menor de 18 años, y (ii) todos los cuartos calificados trabajados por un cónyuge de dicho extranjero durante su matrimonio y el extranjero permanece casado con dicho cónyuge o dicho cónyuge ha fallecido. Ningún trimestre calificado de cobertura que sea acreditable bajo el título II de la Ley del Seguro Social para cualquier período que comience después del 31 de diciembre de 1996, podrá acreditarse a un extranjero bajo la cláusula (i) o (ii) si el padre o cónyuge (como caso sea) de dicho extranjero recibió algún beneficio público federal sujeto a verificación de recursos (según lo dispuesto en la sección 403 de la Ley de Conciliación de Responsabilidad Personal y Oportunidades Laborales de 1996) durante el período por el cual se acredita dicho trimestre calificado de cobertura.
  16. ^ Ley de inmigración de 1990, pub. L. 101-649. 104 estadística. 4320-4321. (1990). https://www.govinfo.gov/link/statute/104/4978?link-type=pdf
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  18. ^ Ley de reforma de la inmigración ilegal y responsabilidad de los inmigrantes de 1996, Pub. L. 104-120, 110 Stat. 3009-627, 628 § 321 (1996). https://uscode.house.gov/view.xhtml?req=(title:8%20section:1373%20edition:prelim SEC. 321. DEFINICIÓN ENMENDADA DE DELITO AGRAVADO. (a) EN GENERAL.—Sección 101(a) (43) (8 USC 1101(a)(43)), modificado por la sección 441(e) de la Ley Antiterrorista y Pena de Muerte Efectiva de 1996 (PL 104-132), se modifica— [...](10 ) en el subpárrafo (R), tachando por el cual se puede imponer una pena de prisión de cinco años o más e insertando por el cual la pena de prisión es de al menos un año [énfasis añadido]
  19. ^ ab Consejo Estadounidense de Inmigración (2021). "Delitos graves agravados: descripción general" (PDF) . Archivado (PDF) desde el original el 3 de marzo de 2022.
  20. ^ "8 Código de EE. UU. § 1228 - Expulsión acelerada de extranjeros condenados por cometer delitos graves". LII / Instituto de Información Jurídica . Consultado el 12 de mayo de 2022 . 8 Código de EE. UU. § 1228: Expulsión acelerada de extranjeros condenados por cometer delitos graves. (c) Presunción de deportabilidad: Se presumirá concluyentemente que un extranjero condenado por un delito grave es deportable de los Estados Unidos.
  21. ^ "8 Código de EE. UU. § 1228 - Expulsión acelerada de extranjeros condenados por cometer delitos graves". LII / Instituto de Información Jurídica . Consultado el 12 de mayo de 2022 .8 Código de EE. UU. § 1228 Expulsión acelerada de extranjeros condenados por cometer delitos graves (3) Procedimientos acelerados (A) Sin perjuicio de cualquier otra disposición de la ley, el Fiscal General dispondrá el inicio y, en la medida de lo posible, la finalización de los procedimientos de expulsión, y cualquier apelación administrativa de los mismos, en el caso de cualquier extranjero condenado por un delito grave con agravantes antes de su liberación de la cárcel por el delito grave con agravantes subyacente. (B) Nada en esta sección se interpretará en el sentido de requerir que el Procurador General efectúe la expulsión de cualquier extranjero sentenciado a encarcelamiento real, antes de su liberación de la institución penitenciaria o correccional donde dicho extranjero está confinado.
  22. ^ ab Ley de reforma de la inmigración ilegal y responsabilidad de los inmigrantes de 1996, pub. L. 104-120, 110 ESTADÍSTICO. 3009-589, 590 §240(b)(4). (1996). Segundo. 240(b)(4) DERECHOS DE LOS EXTRANJEROS EN EL PROCEDIMIENTO.—En los procedimientos bajo esta sección, bajo las regulaciones del Procurador General— (A) el extranjero tendrá el privilegio de ser representado, sin costo alguno para el Gobierno, por un abogado. de elección del extranjero quién está autorizado a ejercer en dichos procedimientos, (B) el extranjero tendrá una oportunidad razonable de examinar las pruebas en su contra, de presentar pruebas en su propio nombre y de interrogar a los testigos presentados por el Gobierno. pero estos derechos no darán derecho al extranjero a examinar la información de seguridad nacional que el Gobierno pueda ofrecer en oposición a la admisión del extranjero a los Estados Unidos o a una solicitud del extranjero de reparación discrecional conforme a esta Ley, y (C) un Se mantendrá un registro completo de todos los testimonios y pruebas producidos en el procedimiento.
  23. ^ ab Servicios de inmigración y ciudadanía de EE. UU. (2015). Curso de capacitación para oficiales de la división de asilo, suspensión de deportación y cancelación de expulsión por reglas especiales según NACARA. https://www.uscis.gov/sites/default/files/document/lesson-plans/ABC_NACARA_Asylum_Lesson_Plan.pdf
  24. ^ abcdefg Wiegand, Carlos A. III; Verrillo, Phillip; Byrd, Sara; McDonnell, Alexa; Rempel, Sarah (octubre de 2011). «Fundamentos de la Ley de Inmigración» (PDF) . Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración. Archivado desde el original (PDF) el 19 de abril de 2022.
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  26. ^ Ley de reforma de la inmigración ilegal y responsabilidad de los inmigrantes de 1996, Pub. L. 104-120, 110 ESTADÍSTICO. 3009-587-588 §239 (a). (1996). SEGUNDO. 304. Procedimiento de deportación; Cancelación de Remoción y Ajuste de Estatus; Salida Voluntaria (Secciones 239 a 240c Revisadas y Nuevas).SEGUNDO. 239. (a) AVISO DE COMPARECENCIA.— (1) EN GENERAL.—En los procedimientos de deportación conforme a la sección 240, se entregará una notificación por escrito (en esta sección denominada notificación de comparecencia ) en persona al extranjero (o, si la notificación personal no es practicable, mediante notificación por correo al extranjero o al abogado registrado del extranjero, si lo hubiere) especificando lo siguiente: (A) La naturaleza del procedimiento contra el extranjero. (B) La autoridad legal bajo la cual se llevan a cabo los procedimientos. (C) Los actos o conductas supuestamente violatorios de la ley. (D) Los cargos formulados contra el extranjero y las disposiciones legales que se alegan violadas. (E) El extranjero puede ser representado por un abogado y se le proporcionará (i) un período de tiempo para conseguir un abogado según la subsección (b)(1) y (ii) una lista actualizada de abogados preparada según la subsección (b)( 2). (F)(i) El requisito de que el extranjero debe proporcionar inmediatamente (o haber proporcionado) al Fiscal General un registro escrito de una dirección y un número de teléfono (si corresponde) en el que se pueda contactar al extranjero con respecto a los procedimientos previstos en la sección 240. [ énfasis añadido]
  27. ^ Ley de reforma de la inmigración ilegal y responsabilidad de los inmigrantes de 1996, Pub. L. 104-120, 110 ESTADÍSTICO. 3009-589, 590 §240(b). (1996).SEGUNDO. 240. (a) PROCEDIMIENTO.— (1) EN GENERAL.—Un juez de inmigración conducirá los procedimientos para decidir la inadmisibilidad o deportabilidad de un extranjero.
  28. ^ Ley de reforma de la inmigración ilegal y responsabilidad de los inmigrantes de 1996, Pub. L. 104-120, 110 ESTADÍSTICO. 3009-589, 590 §240(b)(1). (1996). Segundo. 240 (b) Conducción del Procedimiento.— (1) AUTORIDAD DEL JUEZ DE INMIGRACIÓN.—El juez de inmigración administrará juramentos, recibirá pruebas e interrogará, examinará y repreguntará al extranjero y a sus testigos. El juez de inmigración podrá emitir citaciones para la comparecencia de testigos y presentación de pruebas. El juez de inmigración tendrá autoridad (según las regulaciones prescritas por el Procurador General) para sancionar con una multa civil monetaria cualquier acción (o inacción) que desacate el debido ejercicio de la autoridad del juez conforme a esta Ley.
  29. ^ Ley de reforma de la inmigración ilegal y responsabilidad de los inmigrantes de 1996, Pub. L. 104-120, 110 ESTADÍSTICO. 3009-589, 590 §240(b)(1)(B). (1996). https://uscode.house.gov/view.xhtml?req=(título:8%20sección:1373%20edición:prelim
  30. ^ Ley de reforma de la inmigración ilegal y responsabilidad de los inmigrantes de 1996, Pub. L. 104-120, 110 ESTADÍSTICO. 3009–598 §241(a)(1)(A). (1996).SEGUNDO. 241. (a) Detención, liberación y expulsión de extranjeros cuya expulsión se ordena. (1) PERIODO DE EXTRACCIÓN.— (A) EN GENERAL.—Salvo que se disponga lo contrario en esta sección, cuando se ordena la expulsión de un extranjero, el Procurador General expulsará al extranjero de los Estados Unidos dentro de un período de 90 días (en esta sección denominado «período de expulsión»).
  31. ^ Ley de reforma de la inmigración ilegal y responsabilidad de los inmigrantes de 1996, Pub. L. 104-120, 110 ESTADÍSTICO. 3009–598 §241(a)(1)(B)(i), §241(a)(1)(B)(ii), §241(a)(1)(B)(iii). (1996).SEGUNDO. 241. (a) Detención, liberación y expulsión de extranjeros cuya expulsión se ordena. (B) INICIO DEL PERIODO.—El período de deportación comienza a más tardar en la fecha siguiente: (i) La fecha en que la orden de deportación se vuelve administrativamente definitiva. (ii) Si la orden de expulsión es revisada judicialmente y si un tribunal ordena suspender la expulsión del extranjero, la fecha de la orden final del tribunal. (iii) Si el extranjero está detenido o confinado (excepto bajo un proceso de inmigración), la fecha en que el extranjero es liberado de la detención o confinamiento.
  32. ^ Ley de reforma de la inmigración ilegal y responsabilidad de los inmigrantes de 1996, Pub. L. 104-120, 110 Stat. 3009-593 §240(c)(5)(A), §240(c)(5)(B)(1996).(5) MOCIONES DE RECONSIDERACIÓN.— (A) EN GENERAL.—El extranjero podrá presentar una moción para reconsiderar una decisión de que el extranjero es removido de los Estados Unidos. (B) PLAZO.—La moción deberá presentarse dentro de los 30 días siguientes a la fecha de emisión de una orden administrativa final de destitución. (C) CONTENIDO.—La moción deberá especificar los errores de hecho o de derecho en la orden anterior y deberá estar sustentada por la autoridad pertinente.
  33. ^ Ley de reforma de la inmigración ilegal y responsabilidad de los inmigrantes de 1996, Pub. L. 104-120, 110 Stat. 3009-593 §240(c)(6)(A), §240(c)(6)(B) (1996).(6) MOCIONES PARA REABRIR.— (A) EN GENERAL.—Un extranjero podrá presentar una moción para reabrir procedimientos bajo esta sección. (B) CONTENIDO.—La moción de reapertura deberá expresar los nuevos hechos que serán probados en una audiencia que se celebrará si se concede la moción, y deberá estar sustentada en declaraciones juradas u otro material probatorio. (C) PLAZO.— (i) EN GENERAL.—Salvo lo dispuesto en este inciso, la moción de reapertura deberá presentarse dentro de los 90 días siguientes a la fecha de ingreso de una orden administrativa final de destitución.
  34. ^ abc Servicios de Inmigración y Ciudadanía de EE. UU. (2015). Curso de capacitación para oficiales de la división de asilo, suspensión de deportación y cancelación de expulsión por reglas especiales según NACARA. https://www.uscis.gov/sites/default/files/document/lesson-plans/ABC_NACARA_Asylum_Lesson_Plan.pdf "Antes de la promulgación de la Ley de Reforma de Inmigración Ilegal y Responsabilidad de los Inmigrantes de 1996 (IIRIRA), las personas en procedimientos de deportación podían solicitar para suspensión de deportación bajo la sección 244(a) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA). Pre-IIRIRA INA sección 244(a)(1). Bajo la sección 244(a) de la INA, el Fiscal General podía ejercer discreción para conceder la suspensión de la deportación a un individuo que estableció siete años de presencia física continua en los EE. UU., buen carácter moral durante ese período, y que la deportación resultaría en dificultades extremas para el individuo o para su cónyuge, padre o hijo que era un Ciudadano estadounidense o residente permanente legal. Por regulación, esta autoridad fue delegada a la Oficina Ejecutiva para la Revisión de Inmigración (EOIR). Pre-IIRIRA INA sección 244(a)(2). Bajo algunas circunstancias (por ejemplo, cuando el individuo fue condenado de un determinado delito), se requería que un individuo cumpliera con un estándar más alto y demostrara, entre otras cosas, 10 años de presencia física continua y que la deportación resultaría en "dificultades excepcionales y extremadamente inusuales".Pre-IIRIRA INA sección 244(a). Cuando a un individuo se le concede la suspensión de deportación, su estatus se ajusta al de residente permanente legal" (p.2).
  35. ^ Ley de reforma de la inmigración ilegal y responsabilidad de los inmigrantes de 1996, Pub. L. 104-120.110 ESTATARIO. 3009–596 §240A(e). (1996). Segundo. 240A. Cancelación de Deportación (e) LIMITACIÓN ANUAL.—El Procurador General no podrá cancelar la deportación y ajustar el estatus bajo esta sección, ni suspender la deportación y ajustar el estatus bajo la sección 244(a) (como estaba en vigor antes de la promulgación de la Ley Ilegal). Ley de Reforma Migratoria y Responsabilidad de los Inmigrantes de 1996), de un total de más de 4.000 extranjeros en cualquier año fiscal. La frase anterior se aplicará independientemente de cuándo un extranjero solicitó dicha cancelación y ajuste y de si dicho extranjero había solicitado previamente la suspensión de la deportación en virtud de dicha sección 244(a).
  36. ^ Servicios de Inmigración y Ciudadanía de Estados Unidos. (2015). Curso de capacitación para oficiales de la división de asilo, suspensión de deportación y cancelación de expulsión por reglas especiales según NACARA. https://www.uscis.gov/sites/default/files/document/lesson-plans/ABC_NACARA_Asylum_Lesson_Plan.pdf Página 2-3 "IIRIRA restringió drásticamente la disponibilidad de la suspensión de deportación, ahora llamada cancelación de expulsión, de las siguientes maneras : 1. Se alargó el tiempo requerido para la presencia física continua en los EE. UU. Una persona debe demostrar una presencia física continua en los Estados Unidos durante 10 años para ser elegible para la cancelación de la deportación".
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  38. ^ Ley de reforma de la inmigración ilegal y responsabilidad de los inmigrantes de 1996, Pub. L. 104-120.110 ESTATARIO. 3009–594 §240A(b) (1996). Segundo. 240A. Cancelación de Deportación; Ajuste de estado.(b) Cancelación de Remoción y Ajuste de Estatus para Ciertos Residentes Permanentes. (1) EN GENERAL.—El Procurador General puede cancelar la expulsión en el caso de un extranjero que sea inadmisible o deportable de los Estados Unidos si el extranjero— ( A) ha estado físicamente presente en los Estados Unidos durante un período continuo de no menos de 10 años inmediatamente anteriores a la fecha de dicha solicitud; (B) ha sido una persona de buen carácter moral durante dicho período; (C) no ha sido condenado por un delito previsto en la sección 212(a)(2), 237(a)(2) o 237(a)(3); y (D) establece que la expulsión resultaría en dificultades excepcionales y extremadamente inusuales para el cónyuge, padre o hijo del extranjero, que es ciudadano de los Estados Unidos o extranjero admitido legalmente para residencia permanente.
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  41. ^ Ley de reforma de la inmigración ilegal y responsabilidad de los inmigrantes de 1996, Pub. L. 104-120.110 ESTATARIO. 3009–580 § 235(b)(1) (1996).(1) INSPECCIÓN DE EXTRANJEROS QUE LLEGAN A LOS ESTADOS UNIDOS Y DE CIERTOS OTROS EXTRANJEROS QUE NO HAN SIDO ADMITIDOS O EN LIBERTAD CONDICIONAL.— (A) EXAMEN.— (i) EN GENERAL.—Si un oficial de inmigración determina que un extranjero (que no sea un extranjero descrito en el subpárrafo (F)) que llega a los Estados Unidos o se describe en la cláusula (iii) es inadmisible según la sección 212(a)(6)(C) o 212(a)(7), el funcionario deberá ordenar la expulsión del extranjero de los Estados Unidos sin más audiencia o revisión, a menos que el extranjero indique su intención de solicitar asilo según la sección 208 o temor a persecución. (ii) SOLICITUDES DE ASILO.—Si un oficial de inmigración determina que un extranjero (que no sea un extranjero descrito en el subpárrafo (F)) que llega a los Estados Unidos o se describe en la cláusula (iii) es inadmisible bajo sección 212 (a) (6) (C) o 212 (a) (7) y el extranjero indica ya sea una intención de solicitar asilo bajo la sección 208 o un temor de persecución, el oficial remitirá al extranjero para una entrevista por un funcionario de asilo conforme al subpárrafo (B).
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  43. ^ abcd "8 Código de EE. UU. § 1228 - Expulsión acelerada de extranjeros condenados por cometer delitos graves". LII / Instituto de Información Jurídica . Consultado el 12 de mayo de 2022 . (5) Orden judicial de expulsión estipulada: El Fiscal de los Estados Unidos, con el consentimiento del Comisionado, puede, de conformidad con la Regla Federal de Procedimiento Penal 11, celebrar un acuerdo de declaración de culpabilidad que exija que el extranjero, que es deportable según este capítulo, renunciar al derecho de notificación y audiencia conforme a esta sección, y estipular la entrada de una orden judicial de expulsión de los Estados Unidos como condición del acuerdo de declaración de culpabilidad o como condición de libertad condicional o libertad supervisada, o ambas. El tribunal de distrito de los Estados Unidos, tanto en casos de delitos graves como de delitos menores, y un juez magistrado de los Estados Unidos en casos de delitos menores, podrán aceptar dicha estipulación y tendrán jurisdicción para dictar una orden judicial de expulsión de conformidad con los términos de dicha estipulación.
  44. ^ abc Ley de reforma de la inmigración ilegal y responsabilidad de los inmigrantes de 1996, pub. L. 104-120. 110 estadísticas. 3009-599 §241(a)(5).(1996).(5) RESTABLECIMIENTO DE ÓRDENES DE EXTRACCIÓN CONTRA EXTRANJEROS QUE REENTRAN ILEGALMENTE.—Si el Procurador General determina que un extranjero ha reingresado ilegalmente a los Estados Unidos después de haber sido expulsado o haber salido voluntariamente, bajo una orden de expulsión, se restablece la orden de expulsión anterior de su fecha original y no está sujeto a ser reabierta o revisada, el extranjero no es elegible y no puede solicitar ningún alivio bajo esta Ley, y el extranjero será removido bajo la orden anterior en cualquier momento después del reingreso."
  45. ^ abc Ley de reforma de la inmigración ilegal y responsabilidad de los inmigrantes de 1996, pub. L. 104-120. 110 ESTADÍSTICO. 3009–585 §303 (1996).SEGUNDO. 236. (a) ARRESTO, DETENCIÓN Y LIBERACIÓN.—Con una orden emitida por el Procurador General, un extranjero puede ser arrestado y detenido en espera de una decisión sobre si el extranjero debe ser expulsado de los Estados Unidos. Salvo lo dispuesto en el inciso (c) y en espera de dicha decisión, el Procurador General: (1) podrá continuar deteniendo al extranjero arrestado; y (2) puede liberar al extranjero bajo: (A) una fianza de al menos $1,500 con una garantía aprobada por el Procurador General y que contenga las condiciones prescritas por él; o (B) libertad condicional; pero (3) no puede proporcionar al extranjero autorización de trabajo (incluido un endoso de "empleo autorizado" u otro permiso de trabajo apropiado), a menos que el extranjero sea admitido legalmente para residencia permanente o de otro modo (sin tener en cuenta los procedimientos de deportación) se le proporcione dicha autorización .
  46. ^ Ley de reforma de la inmigración ilegal y responsabilidad de los inmigrantes de 1996, Pub. L. 104-120. 110 ESTADÍSTICO. 3009–585 §303(c). (1996).(c) DETENCIÓN DE EXTRANJEROS CRIMINALES.— (1) CUSTODIA.—El Procurador General tomará bajo custodia a cualquier extranjero que— (A) sea inadmisible por haber cometido cualquier delito cubierto en la sección 212(a)(2), ( B) es deportable por haber cometido cualquier delito cubierto en la sección 237(a)(2)(A)(ii), (A)(iii), (B), (C), o (D), ( C ) es deportable según la sección 237(a)(2)(A)(i) sobre la base de un delito por el cual el extranjero ha sido sentenciado a una pena de prisión de al menos 1 año, o ( D) es inadmisible según la sección 212(a)(3)(B) o deportable según la sección 237(a)(4)(B), cuando el extranjero es puesto en libertad, independientemente de si el extranjero es puesto en libertad condicional, libertad supervisada o libertad condicional, y sin respecto de si el extranjero puede ser arrestado o encarcelado nuevamente por el mismo delito.
  47. ^ Smith, Hillel R. (20 de julio de 2021). "La ley de detención de inmigrantes: una breve introducción [Informe CRS No. IF11343]". Servicio de Investigación del Congreso.
  48. ^ Ley de reforma de la inmigración ilegal y responsabilidad de los inmigrantes de 1996, Pub. L. 104-120. 110 ESTADÍSTICO. 3009–599 §241(a)(6) (1996).SEGUNDO. 241. (a) DETENCIÓN, LIBERACIÓN Y EXTRACCIÓN DE EXTRANJEROS ORDENADOS DE EXTRACCIÓN.— (6) EXTRANJEROS INADMISIBLES O CRIMINALES.—Un extranjero ordenado de expulsión que es inadmisible bajo la sección 212, removible bajo la sección 237(a)(1)(C) , 237(a)(2) o 237(a)(4) o que el Fiscal General haya determinado que representa un riesgo para la comunidad o que es poco probable que cumpla con la orden de deportación, puede ser detenido más allá del período de deportación. y, si es liberado, estará sujeto a los términos de supervisión del párrafo (3).
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  51. ^ Ley de reforma de la inmigración ilegal y responsabilidad de los inmigrantes de 1996, Pub. L. 104-120.110 ESTATARIO. 3009–576 §301(B). (1996).(B) EXTRANJEROS PRESENTES ILEGALMENTE.— (i) EN GENERAL.—Cualquier extranjero (que no sea un extranjero admitido legalmente para residencia permanente) que— (I) estuvo presente ilegalmente en los Estados Unidos por un período de más de 180 días pero menos más de 1 año, salió voluntariamente de los Estados Unidos (ya sea o no de conformidad con la sección 244(e)) antes del inicio del procedimiento conforme a la sección 235(b)(1) o la sección 240, y nuevamente solicita la admisión dentro de los 3 años siguientes a la fecha de la salida o expulsión de dicho extranjero, o (II) ha estado presente ilegalmente en los Estados Unidos durante un año o más, y que nuevamente busca la admisión dentro de los 10 años siguientes a la fecha de la salida o expulsión de dicho extranjero de los Estados Unidos, es inadmisible.
  52. ^ abc Ley de reforma de la inmigración ilegal y responsabilidad de los inmigrantes de 1996, pub. L. 104-120.110 ESTATARIO. 3009–576 §301(b) (1996). (1) EN GENERAL.—La Sección 212(a) (8 USC 1182(a)) se modifica redesignando el párrafo (9) como párrafo (10) e insertando después del párrafo (8) el siguiente nuevo párrafo: ( 9 ) EXTRANJEROS PREVIAMENTE EXTRAIDOS.— (A) CIERTOS EXTRANJEROS PREVIAMENTE EXTRAIDOS.— (i) EXTRANJEROS QUE LLEGAN.—Cualquier extranjero a quien se le haya ordenado su expulsión conforme a la sección 235(b)(1) o al final de los procedimientos bajo la sección 240 iniciados al llegada del extranjero a los Estados Unidos y que nuevamente busca admisión dentro de los 5 años siguientes a la fecha de dicha expulsión (o dentro de los 20 años en el caso de una segunda expulsión o posterior o en cualquier momento en el caso de un extranjero condenado por un delito grave) es inadmisible. (ii) OTROS EXTRANJEROS.—Cualquier extranjero no descrito en la cláusula (i) que: (I) haya recibido una orden de deportación conforme a la sección 240 o cualquier otra disposición de la ley, o (II) haya salido de los Estados Unidos mientras estaba pendiente una orden de deportación. , y que solicita la admisión dentro de los 10 años de la fecha de salida o expulsión de dicho extranjero (o dentro de los 20 años de dicha fecha en el caso de una segunda o posterior expulsión o en cualquier momento en el caso de un extranjero condenado por un delito grave) es inadmisible.
  53. ^ ab Ley de reforma de la inmigración ilegal y responsabilidad de los inmigrantes de 1996, pub. L. 104-120. 110 ESTADÍSTICO. 3009–563 §133 (1996). SEGUNDO. 133. ACEPTACIÓN DE SERVICIOS ESTATALES PARA REALIZAR LA OBSERVACIÓN MIGRATORIA. La Sección 287 (8 USC 1357) se modifica agregando al final lo siguiente: (g)(1) Sin perjuicio de la sección 1342 del título 31 del Código de los Estados Unidos, el Fiscal General puede celebrar un acuerdo escrito con un Estado o cualquier partido político. subdivisión de un Estado, según la cual un funcionario o empleado del Estado o subdivisión, que el Fiscal General determine que está calificado para desempeñar una función de funcionario de inmigración en relación con la investigación, aprehensión o detención de extranjeros en el Estados Unidos (incluido el transporte de dichos extranjeros a través de fronteras estatales hasta centros de detención), podrá llevar a cabo dicha función a expensas del Estado o de la subdivisión política y en la medida que sea compatible con las leyes estatales y locales. (2) Un acuerdo bajo esta subsección requerirá que un funcionario o empleado de un estado o subdivisión política de un estado que realice una función bajo el acuerdo tenga conocimiento y se adhiera a la ley federal relacionada con la función, y contendrá una Certificación escrita de que los funcionarios o empleados que desempeñan la función según el acuerdo han recibido capacitación adecuada sobre la aplicación de las leyes federales de inmigración pertinentes. (3) Al desempeñar una función conforme a este inciso, un funcionario o empleado de un estado o subdivisión política de un estado estará sujeto a la dirección y supervisión del Fiscal General. (4) Al realizar una función conforme a esta subsección, un funcionario o empleado de un estado o subdivisión política de un estado puede utilizar propiedades o instalaciones federales, según lo dispuesto en un acuerdo escrito entre el Procurador General y el estado o subdivisión. (5) Con respecto a cada funcionario o empleado de un estado o subdivisión política que esté autorizado a realizar una función conforme a este inciso, los poderes y deberes específicos que pueden ser, o deben ser, ejercidos o realizados por el individuo, el La duración de la autoridad del individuo y el cargo de la agencia del Procurador General que debe supervisar y dirigir al individuo se establecerán en un acuerdo escrito entre el Procurador General y el Estado o subdivisión política.
  54. ^ "ARIZONA contra ESTADOS UNIDOS". LII / Instituto de Información Jurídica . Consultado el 12 de mayo de 2022 . Entre otras cosas, la ley federal especifica categorías de extranjeros que no son elegibles para ser admitidos en los Estados Unidos, 8 USC §1182; exige que los extranjeros se registren ante el Gobierno Federal y lleven prueba de su estatus, §§1304(e), 1306(a); impone sanciones a los empleadores que contratan trabajadores no autorizados, §1324a; y especifica qué extranjeros pueden ser expulsados ​​y los procedimientos para hacerlo, consulte §1227. La expulsión es un asunto civil y una de sus principales características es la amplia discreción ejercida por los funcionarios de inmigración, quienes deben decidir si desean o no iniciar la expulsión. El Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE), una agencia dentro del Departamento de Seguridad Nacional, es responsable de identificar, detener y expulsar a los extranjeros ilegales.
  55. ^ "Fong Yue Ting contra Estados Unidos, 149 US 698 (1893)". Ley Justia . Consultado el 12 de mayo de 2022 . En los Estados Unidos, el poder de excluir o expulsar a extranjeros está conferido a los departamentos políticos del Gobierno Nacional y debe ser regulado por un tratado o por una ley del Congreso, y debe ser ejecutado por la autoridad ejecutiva de acuerdo con las regulaciones correspondientes. establecido, excepto en la medida en que el Departamento Judicial esté autorizado por tratado o por ley, o sea requerido por la Constitución, para intervenir. El poder del Congreso para expulsar, así como el poder para excluir, del país a extranjeros o a cualquier clase específica de extranjeros, puede ejercerse enteramente a través de funcionarios ejecutivos; o el Congreso puede solicitar la ayuda del poder judicial para determinar cualquier hecho controvertido del que el Congreso haya hecho depender el derecho de un extranjero a permanecer en el país.
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  62. ^ ab Ley de reforma de la inmigración ilegal y responsabilidad de los inmigrantes de 1996, pub. L. 104-120. 110 ESTADÍSTICO. 3009–554 §102 (b), (1996). "SEC. 102. MEJORAMIENTO DE BARRERAS EN LA FRONTERA. (a) EN GENERAL.—El Procurador General, en consulta con el Comisionado de Inmigración y Naturalización, tomará las acciones que sean necesarias para instalar barreras físicas y caminos adicionales (incluido el eliminación de obstáculos para la detección de entrantes ilegales) en las proximidades de la frontera de los Estados Unidos para disuadir los cruces ilegales en áreas de alta entrada ilegal a los Estados Unidos. (b) CONSTRUCCIÓN DE CERCA Y MEJORAS DE CARRETERAS EN EL ÁREA FRONTERIZA CERCA DE SAN DIEGO, CALIFORNIA .—(1) EN GENERAL.—Al llevar a cabo la subsección (a), el Procurador General dispondrá la construcción a lo largo de las 14 millas de la frontera terrestre internacional de los Estados Unidos, comenzando en el Océano Pacífico y extendiéndose hacia el este, de segunda y terceras vallas, además de la valla reforzada existente, y para los caminos entre las vallas".
  63. ^ Ley de reforma de la inmigración ilegal y responsabilidad de los inmigrantes de 1996, Pub. L. 104-120. 110 ESTADÍSTICO. 3009–555 §103, (1996). "SEC. 103. EQUIPO Y TECNOLOGÍA FRONTERIZA MEJORADOS. El Procurador General está autorizado a adquirir y utilizar, con el fin de detectar, interdicción y reducción de la inmigración ilegal a los Estados Unidos, cualquier equipo federal (incluidos aviones de ala fija, helicópteros, vehículos con tracción en las cuatro ruedas, sedanes, gafas de visión nocturna, visores de visión nocturna y unidades de sensores) que se determinen disponibles para su transferencia por cualquier otra agencia del Gobierno Federal a solicitud del Procurador General."
  64. ^ abc Ley de reforma de la inmigración ilegal y responsabilidad de los inmigrantes de 1996, pub. L. 104-120. 110 ESTADÍSTICO. 3009–553, 554 §101 (1996). "SEC. 101. AGENTES DE LA PATRULLA FRONTERIZA Y PERSONAL DE APOYO. (a) AUMENTO DEL NÚMERO DE AGENTES DE LA PATRULLA FRONTERIZA.—El Procurador General en cada uno de los años fiscales 1997, 1998, 1999, 2000 y 2001 aumentará en no menos de 1,000 el número de puestos para agentes de la patrulla fronteriza en servicio activo y de tiempo completo dentro del Servicio de Inmigración y Naturalización por encima del número de dichos puestos para los cuales se asignaron fondos para el año fiscal anterior. (b) AUMENTO DEL PERSONAL DE APOYO DE LA PATRULLA FRONTERIZA.—El Procurador General , en cada uno de los años fiscales 1997, 1998, 1999, 2000 y 2001, podrá aumentar en 300 el número de puestos para el personal de apoyo a los agentes de la patrulla fronteriza por encima del número de dichos puestos para los cuales se asignaron fondos para el año fiscal anterior. (c) DESPLIEGUE DE AGENTES DE LA PATRULLA FRONTERIZA.—El Procurador General, en la máxima medida posible, garantizará que se desplieguen agentes de la patrulla fronteriza adicionales entre los sectores del Servicio de Inmigración y Naturalización a lo largo de la frontera en proporción al nivel de cruce ilegal de las fronteras. de los Estados Unidos medido en cada sector durante el año fiscal anterior y razonablemente anticipado en el próximo año fiscal".
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