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Ley de Marcas de 1994

La Ley de Marcas Comerciales de 1994 (c. 26) es la ley que rige las marcas comerciales en el Reino Unido y la Isla de Man . Implementa la Directiva de la UE No. 89/104/EEC ( Directiva de Marcas Comerciales ), que forma el marco para las leyes de marcas comerciales de todos los estados miembros de la UE , y reemplazó una ley anterior, la Ley de Marcas Comerciales de 1938 ( 1 y 2 Geo. 6). 22). [1] Aunque el régimen de marcas del Reino Unido cubre la Isla de Man, no se extiende a las Islas del Canal , que tienen sus propios registros de marcas.

La Ley establece sanciones tanto civiles como penales por el uso indebido de marcas registradas. El artículo 93 de la Ley hace que la aplicación de las sanciones penales sea responsabilidad de la Autoridad de Pesas y Medidas local (normalmente el Departamento de Normas Comerciales ) y las facultades de aplicación de las importaciones derivadas de la Ley de Descripciones Comerciales .

Disposiciones de derecho penal similares están contenidas en la Ley de Patentes y Diseños de Copyright .

La Oficina de Patentes del Reino Unido, que se ocupa del registro de marcas, ha implementado recientemente una base de datos de inteligencia nacional, TellPat, que está a disposición de los agentes encargados de hacer cumplir la ley.

Definición/elegibilidad de la marca

El artículo 1(1) (a partir del 14 de enero de 2019) define una marca como:

"cualquier signo que pueda: a) estar representado en el registro de manera que permita al registro y a otras autoridades competentes y al público determinar el objeto claro y preciso de la protección otorgada al titular, y b) de distinguir bienes o servicios de una empresa de los de otras empresas."

Una marca puede, en particular, estar compuesta por palabras (incluidos nombres personales), diseños, letras, cifras, colores, sonidos, la forma de los productos o su embalaje. [2]

Interpretación judicial del artículo 1(1)

Exclusiones de la protección de marcas

Los artículos 3(1), 3(2) y 3(3) establecen motivos absolutos para denegar el registro de una marca.

El artículo 3(1) establece que no se registrarán lo siguiente: a) signos que no cumplan los requisitos del artículo 1(1), b) marcas que carezcan de carácter distintivo, c) marcas que consistan exclusivamente en signos o indicaciones que puedan servir, en el comercio, para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, el origen geográfico, el momento de producción de los bienes o de la prestación de los servicios, u otras características de los bienes o servicios, d) el comercio marcas que consistan exclusivamente en signos o indicaciones que se hayan convertido en habituales en el lenguaje corriente o en las prácticas bona fide y establecidas del comercio. [8]

El artículo 3(1) también contiene una salvedad que establece: no se denegará el registro de una marca en virtud de los párrafos (b), (c) o (d) anteriores si antes de la fecha de la solicitud ha adquirido de hecho un carácter distintivo. carácter como consecuencia del uso que se haga de él.

El artículo 3(2) establece que un signo no se registrará como marca si se compone exclusivamente de: a) la forma (u otra característica), que resulta de la naturaleza de los productos mismos, b) la forma (u otra característica) característica), de bienes que son necesarios para obtener un resultado técnico, c) la forma (u otra característica), que da valor sustancial a los bienes. [9]

El artículo 3(3) establece que una marca no es registrable si es: a) contraria al orden público o a la moralidad o b) de tal naturaleza que engaña al público (marcas que engañan) [10]

La sección 3(4) establece que una marca no se registrará, si o en la medida en que su uso esté prohibido en el Reino Unido por cualquier ley o norma jurídica o por cualquier disposición de la legislación de la UE.

El artículo 3(5) establece que una marca no se registrará en los casos especificados o mencionados en el artículo 4 (emblemas especialmente protegidos).

El artículo 3(6) establece que una marca no se registrará si la solicitud se presenta de mala fe o en la medida en que lo haga.

Interpretación judicial del artículo 3

Cambios con respecto a la Ley de 1938

La introducción de nueva legislación primaria para marcas en 1994 permitió al gobierno realizar una serie de cambios más allá de la mera implementación de la directiva de la UE. Estos incluyen: [1]

La ley también prevé una defensa del uso "honesto" de un nombre natural. [15]

Ver también

Referencias

  1. ^ ab Jones, Stephen; Smith, Robert (27 de marzo de 1991). "Poniendo en contacto el derecho de marcas con el comercio". Gaceta del tutor de la sociedad de abogados . 88 (12) - vía Lexis.
  2. ^ "Definición de marca".
  3. ^ "Societe Des Produits Nestle SA contra Cadbury UK Ltd | [2017] EWCA Civ 358 | Tribunal de Apelaciones de Inglaterra y Gales (División Civil) | Sentencia | Ley | CaseMine". www.casemine.com . Consultado el 11 de marzo de 2021 .
  4. ^ "EUR-Lex - 62000CJ0273 - ES - EUR-Lex". eur-lex.europa.eu . Consultado el 11 de marzo de 2021 .
  5. ^ "CURIA - Lista de resultados". curia.europa.eu . Consultado el 11 de marzo de 2021 .
  6. ^ "Juicio completo de Tarzán" (PDF) .
  7. ^ "Red Bull GmbH contra Big Horn UK Ltd & Ors | [2018] EWHC 2794 (Ch) | Tribunal Superior de Inglaterra y Gales (División de Cancillería) | Sentencia | Ley | CaseMine". www.casemine.com . Consultado el 11 de marzo de 2021 .
  8. ^ "Motivos absolutos de denegación".
  9. ^ "Motivos absolutos de denegación en virtud del artículo 3 (2)".
  10. ^ "Artículo 3 (3) Motivos absolutos de denegación".
  11. ^ "EUR-Lex - 62014CJ0215 - ES - EUR-Lex". eur-lex.europa.eu . Consultado el 11 de marzo de 2021 .
  12. ^ "Caso Kit Kat: Nestlé no tiene descanso en la disputa por marcas". Noticias de la BBC . 25 de julio de 2018 . Consultado el 11 de marzo de 2021 .
  13. ^ "EUR-Lex - 62016CJ0163 - ES - EUR-Lex". eur-lex.europa.eu . Consultado el 11 de marzo de 2021 .
  14. ^ Gommers, Carina; De Pauw, Eva; Mariano, Matteo (1 de noviembre de 2018). "Louboutin v Van Haren: ¿bandera blanca por suelas rojas o tregua provisional?". Revista de derecho y práctica de la propiedad intelectual . 13 (11): 909–916. doi : 10.1093/jiplp/jpy121. ISSN  1747-1532.
  15. ^ Mosaico, Anthony (24 de marzo de 1995). "La línea de fuego entre marcas". Nueva Revista de Derecho . 145 (6688): 410 - vía Lexis.

enlaces externos