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Divisiones administrativas de Costa Rica

provincias, cantones, distritos de Costa Rica

De acuerdo a la Constitución Política de Costa Rica de 1949, en el artículo 168, [1] la división territorial de Costa Rica está organizada por ley en tres tipos de entidades subnacionales :

Para los efectos de la Administración Pública, el territorio nacional se divide en provincias, éstas en cantones y los cantones en distritos.

Costa Rica se divide en:

El decreto más reciente de esta subdivisión corresponde al N°41548-MGP del 28 de enero de 2019. [2]

Todas las entidades están numeradas, las provincias reciben 1 dígito, los cantones 3 dígitos siendo el primero el número de la provincia, los distritos reciben 5 dígitos siendo los 3 primeros los números del cantón.

Los números de distrito también se utilizan como códigos postales .

Historia

Con el establecimiento de la república y la declaración de Costa Rica como "república libre, soberana e independiente", se aprobó la Constitución Política de la Costa Rica Reformada de 1848, el 30 de noviembre de ese año, y según la Ley No. 36 del 7 de diciembre de 1848, se establecieron las denominaciones de provincia , cantón y distrito . [3] De acuerdo con la citada ley, se crearon las siguientes provincias:

Esta ley clasificó a Puntarenas como condado , categoría que hoy está en desuso. El Decreto Legislativo No. 10 del 17 de septiembre de 1858 le otorga a Puntarenas el título de provincia.

El Decreto No. 27 del 6 de junio de 1870 creó el “Condado de Limón” a partir del territorio más oriental de la Provincia de Cartago, y permitió la creación de un cabildo. No sería hasta 1902, mediante el Decreto Legislativo No. 59 del 1 de agosto, que se constituyó en la séptima y última de las provincias que comprenden el territorio nacional.

Desde 1848 hasta 1980 el número de cantones en el país ha pasado de 10 a 82. El último cantón en constituirse es el antiguo distrito de Río Cuarto de la provincia de Grecia en Alajuela. Los distritos, por su parte, han experimentado una mayor flexibilidad en su proceso de constitución, por lo que sus números cambian constantemente. Por ejemplo, ahora hay 470 distritos, cuando en el año 2000, cuando se realizó el censo de población, los distritos eran 463.

Organización provincial

Política y administrativamente Costa Rica está conformada por 7 provincias:

Organización cantonal

El concepto de Alcaldía o Concejo Municipal recae en la entidad subnacional de segundo nivel (los cantones), regida por un alcalde elegido cada cuatro años en elecciones generales, así como por un Concejo Municipal ( Régimen municipal de Costa Rica ). Según la Constitución Política, artículo 169: [1]

"La administración de los intereses y servicios locales en cada cantón estará a cargo del Gobierno Municipal, formado por un cuerpo deliberante, integrado por concejales municipales de elección popular, y por un funcionario ejecutivo que designará la ley."

Organización del distrito

Cada cantón se divide en distritos cuyo número varía de cantón a cantón. Cada distrito cuenta con un Consejo Distrital presidido por un síndico , todos ellos elegidos popularmente. El Consejo Distrital es el interlocutor entre el distrito y el gobierno municipal y vela por los intereses comunales y vecinales ante el Consejo Municipal, aunque la administración directa del distrito recae en el municipio, los Consejos Distritales ejercen también funciones administrativas como remitir proyectos al Consejo y supervisar la labor del alcalde.

Cada distrito de Costa Rica tiene un código de división administrativa único de cinco dígitos que también es utilizado como identificador por el Instituto Nacional de Estadística y Censos de Costa Rica y corresponde al código postal .

Otras subdivisiones

De acuerdo con la División Territorial Administrativa [2] las siguientes subdivisiones son aplicables a nivel de cantón y distrito o por debajo de este:

Territorios Indígenas

En Costa Rica existen 24 territorios indígenas debidamente delimitados por el gobierno central y que gozan de autonomía limitada. Estos territorios son administrados por las Asociaciones de Desarrollo Indígena como un gobierno local según el Decreto No. 13568-G del Poder Ejecutivo .

Referencias

  1. ^ ab «Constitución Política de la República de Costa Rica». Archivado desde el original el 17 de junio de 2017. Consultado el 19 de junio de 2017 .
  2. ^ ab "Declara oficial para efectos administrativos, la aprobación de la División Territorial Administrativa de la República N°41548-MGP" . Consultado el 30 de abril de 2020 .
  3. «Constitución Política de la República de Costa Rica, 1848: Del territorio de Costa Rica» (PDF) . Archivado desde el original (PDF) el 2013-12-17 . Consultado el 2017-06-19 .
  4. ^ Statoids.com (ed.). «Provincias de Costa Rica». Archivado desde el original el 1 de enero de 2004. Consultado el 6 de febrero de 2014 .
  5. ^ http://www.inec.go.cr/A/MS/Censos/Censo%202011/Creaciones%20preliminares/15.%20Resultados%20Generales%20Censo%202011.pdf [ enlace muerto permanente ]

Enlaces externos