Kazarian v. USCIS se refiere a un caso decidido por el Tribunal de Apelaciones de los Estados Unidos para el Noveno Circuito el 4 de marzo de 2010, en relación con una decisión del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) sobre una solicitud EB-1 del Formulario I-140 . [1] [2] La decisión llevó al USCIS a emitir un memorando de política (fechado el 22 de diciembre de 2010) para cambiar su proceso de adjudicación para las peticiones EB-1 y EB-2 a una "revisión de dos pasos" donde el primer paso se centraría en contar piezas de evidencia y el segundo paso sería una determinación final de méritos. [3] El caso ha sido citado por el USCIS, así como por los peticionarios en cientos de peticiones y apelaciones del Formulario I-140 desde 2010. [2] [4]
Políticas pasadas y precedentes
La categoría EB-1 se introdujo como parte de la Ley de Inmigración de 1990. Desde entonces, el Servicio de Inmigración y Naturalización (INS) y, más tarde, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) han trabajado para aclarar el proceso de las peticiones EB-1. A continuación se enumeran algunos avances clave anteriores al caso Kazarian : [5]
- En 1992, James Bailey, director del Centro de Servicios del Norte del INS, señaló dos escuelas de pensamiento para la adjudicación de peticiones: una se centraba en contar las líneas de prueba y la otra se centraba en determinar si, además de la cantidad de líneas de prueba, el extranjero se destacaba por su alta calidad. Bailey se inclinó por este último enfoque.
- En respuesta, el Comisionado adjunto interino de exámenes, Lawrence Weinig, respondió que la especificación de las líneas de prueba facilitaba la vida del peticionario y del adjudicador. Sin embargo, las líneas de prueba no implicaban simplemente contar trozos de papel, sino también un examen crítico para determinar si se cumplían. La respuesta de Weinig sirvió como orientación política no oficial.
- En 1994, en Matter of Price , la Oficina de Apelaciones Administrativas (AAO) del USCIS limitó la revisión de la documentación presentada por parte del USCIS al texto reglamentario y prohibió ir más allá de las regulaciones.
- En 1994, en Buletini v. INS , el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Este de Michigan sostuvo que si el solicitante cumplía con las tres líneas de prueba, entonces el INS debía proporcionar razones específicas y fundamentadas para denegar la petición. La opinión citaba la carta de Weinig de 1992. [6]
- En 1995, el INS emitió una propuesta de norma que añadía texto a las normas EB-1 y señalaba que el cumplimiento de tres de las normas de prueba no era determinante de una capacidad extraordinaria y que el extranjero seguía teniendo la carga de la prueba. La norma recibió comentarios del público, pero nunca se finalizó ni se promulgó.
Antecedentes y caso
Antecedentes del peticionario
Poghos Kazarian creció en Armenia . Recibió un doctorado en Física Teórica de la Universidad Estatal de Ereván en Ereván , Armenia en 1997. De 1997 a 2000, permaneció en YSU como asociado de investigación, donde se especializó en teorías no einsteinianas de la gravitación. De 2000 a 2004, trabajó como tutor de Física/Matemáticas/Programación, instructor adjunto de Física y Matemáticas y orador de la serie de conferencias de ciencias en Glendale Community College , California , en los Estados Unidos . También fue miembro de un grupo de investigación en el Instituto de Tecnología de California , ubicado cerca de Glendale Community College, donde trabajó con el físico teórico estadounidense Kip Thorne . También fue autor del libro de texto autoeditado Concepts in Physics: Classical Mechanics . Publicó en revistas como Astrophysics y trabajó en problemas de cosmogonía planteados por Victor Ambartsumian . [1] [7]
Kazarian pasó el tiempo en los Estados Unidos con una visa de visitante ( visa B ) que le impide trabajar formalmente. Realizó su trabajo de enseñanza y tutoría de manera voluntaria, aunque obtuvo algunos ingresos, como se informó en un formulario 1040. Aunque figuraba como trabajador de la YSU hasta el año 2000, su documentación de inmigración muestra que había estado en los Estados Unidos con estatus de visitante desde octubre de 1998. [1] [7]
Petición EB-1
El 31 de diciembre de 2003, a la edad de 34 años, Kazarian presentó una petición de Formulario I-140 para el estatus EB-1 . [1] La petición de Kazarian fue presentada por el abogado George Verdin. [1] [2] Verdin había sido inhabilitado para ejercer la abogacía en el estado de Hawái en 1999 y colocado en la Lista de Profesionales Actualmente Disciplinados de la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración en 2000. [8] La historia de Verdin como abogado sería referenciada en discusiones posteriores sobre la idoneidad de la categoría de petición y la evidencia presentada. [1] [2]
La petición incluyó el apoyo a las siguientes piezas de evidencia que se utilizaron para justificar la elegibilidad para el estatus EB-1; al menos tres piezas de evidencia deben coincidir para calificar para el EB-1: [7]
- Evidencia de recepción de premios o reconocimientos menores a la excelencia a nivel nacional o internacional:
- Medalla de graduación de la escuela secundaria con honores otorgada por el Ministerio de Educación de Armenia. El peticionario incluyó una leyenda que indicaba que la medalla se otorgaba por "éxito en los estudios, el trabajo y por conducta ejemplar".
- Una carta del Decano del Departamento de Física de YSU indicando que el peticionario "fue galardonado con el Premio de Honor del Decano por Excelencia en el Estudio durante 5 años (1989 a 1994)".
- Selección para Marqués Quien es Quien .
- Documentación de la membresía del extranjero en asociaciones en el campo para el cual se busca la clasificación, que requieran logros sobresalientes de sus miembros, a juicio de expertos nacionales o internacionales reconocidos en sus disciplinas o campos.
- Materiales publicados sobre el extranjero en publicaciones profesionales o comerciales importantes u otros medios importantes, relacionados con el trabajo del extranjero en el campo para el cual se solicita la clasificación. Dicha evidencia deberá incluir el título, la fecha y el autor del material, y cualquier traducción necesaria.
- Un artículo, "El joven talento de América", que según el peticionario fue publicado en la revista armenia Louys , que según él era la publicación semanal más grande del país.
- Un artículo sobre los problemas de inmigración del peticionario, publicado en un periódico no identificado.
- Entrevista televisiva sobre sus actividades profesionales para la Red Nacional Armenia.
- Evidencia de la participación del extranjero, ya sea individualmente o en un panel, como juez del trabajo de otros en el mismo campo o en un campo relacionado de especificación para el cual se busca la clasificación.
- Una carta del Profesor Chubarian, Jefe del Departamento de Física Teórica de la YSU, indicando que el peticionario estaba involucrado en actividades de enseñanza y revisión de trabajos de diploma.
- Evidencia de contribuciones originales del extranjero en el ámbito científico, académico, artístico, atlético o comercial de gran importancia en el campo.
- Cartas de científicos destacados del Instituto de Tecnología de California , incluido Kip Thorne , así como de Paolo Pirjanian del Laboratorio de Propulsión a Chorro. [1] [7]
- Cartas de colegas de Glendale Community College
- Cartas de personas de YSU que conocieron al peticionario mientras estuvo allí
- Evidencia de la autoría del extranjero de artículos académicos en el campo, en publicaciones profesionales o comerciales importantes u otros medios importantes.
- Artículos publicados por los peticionarios en varias revistas de física, como Astrophysics
- Un libro autoeditado, Conceptos de física: mecánica clásica , con reseñas de colegas de Glendale Community College, quienes dijeron que la universidad estaba considerando usar el libro como texto.
A continuación se presentan los tipos restantes de evidencia que se pueden considerar para una solicitud EB-1, pero que fueron de menor relevancia para la petición:
- Evidencia de la exhibición del trabajo del extranjero en el campo en exposiciones artísticas o vitrinas: La apelación posterior alegaría que el libro autoeditado del peticionario, las conferencias en colegios comunitarios y las presentaciones en conferencias cumplían con este criterio.
- Evidencia de que el extraterrestre ha desempeñado un papel destacado o crítico para las organizaciones: No se hicieron afirmaciones sobre esta línea de evidencia.
- Prueba de que el extranjero ha recibido un salario alto u otra remuneración significativamente alta por servicios, en relación con otros en el campo. El solicitante presentó una declaración de impuestos en el Formulario 1040 para el año 2004 que mostraba $4,765 en salarios, pero no se hizo ninguna afirmación de que se tratara de una remuneración inusualmente alta.
- Evidencia de éxito comercial en las artes escénicas, como lo demuestran los ingresos de taquilla o las ventas de discos, casetes, discos compactos o videos: La apelación posterior alegaría que el libro autoeditado del peticionario, que sería considerado por Glendale Community College como un texto, calificaría debido al potencial de altas ventas.
Denegación de la petición y del recurso
En agosto de 2005, el Centro de Servicios de California del USCIS rechazó la petición EB-1 del Formulario I-140 de Kazarian. [1] Kazarian apeló la denegación. La Oficina de Apelaciones Administrativas (AAO) del USCIS desestimó la apelación el 28 de septiembre de 2006. El caso, tal como lo decidió la AAO, se conoce como Asunto de Kazarian , de acuerdo con la denominación de los casos de apelación del USCIS. [7]
La AAO coincidió con el razonamiento ofrecido por el Centro de Servicios de California para la denegación y proporcionó más detalles sobre algunos puntos. La decisión de la AAO no admitió ninguna de las líneas de prueba que había utilizado el solicitante, señalando que no eran aplicables o estaban muy lejos del nivel necesario para obtener el estatus EB-1. A continuación se presenta un resumen de las razones de la AAO para rechazar las diversas líneas de prueba que se consideraron seriamente: [7]
- Pruebas de haber recibido premios o distinciones de menor reconocimiento nacional o internacional por excelencia: la AAO sostuvo que los premios no estaban vinculados a los logros profesionales del peticionario, sino que se habían obtenido a una edad más temprana. También señaló la falta de pruebas de que fueran indicadores de logros significativos.
- Documentación de la membresía del extranjero en asociaciones en el campo para el cual se busca la clasificación, que requieren logros sobresalientes de sus miembros, a juzgar por expertos nacionales o internacionales reconocidos en sus disciplinas o campos: La AAO señaló que el peticionario no había presentado evidencia de que la membresía en estas organizaciones fuera exclusiva, que muchas de ellas tenían membresías bastante grandes y que una de ellas ni siquiera estaba en la profesión del peticionario.
- Materiales publicados sobre el extranjero en publicaciones profesionales o comerciales importantes u otros medios importantes, relacionados con el trabajo del extranjero en el campo para el cual se solicita la clasificación. Dicha evidencia deberá incluir el título, la fecha y el autor del material, y cualquier traducción necesaria: La AAO observó que las copias de los artículos presentados no incluían claramente el nombre de la publicación y que no se proporcionó información que corroborara las afirmaciones de circulación. Además, uno de los artículos ni siquiera se refería al trabajo profesional del solicitante y no se proporcionó ninguna prueba clara sobre la aparición en televisión.
- Pruebas de contribuciones científicas, académicas, artísticas, deportivas o comerciales originales del extranjero de gran importancia en el campo: la AAO señaló que la mayoría de las cartas eran de colegas y no de personas no afiliadas, y no ofrecían ejemplos suficientemente específicos del impacto que había tenido el trabajo de Kazarian. Incluso la revisión de Thorne, señaló, solo colocó a Kazarian al nivel de un "profesor joven en una universidad sólida y orientada a la investigación en los Estados Unidos" y se consideró que esto no cumplía con el estándar necesario para la EB-1. La AAO también señaló que el libro autoeditado no tenía ISBN y ninguna evidencia de adopción hasta el momento, no constituía evidencia suficiente en el momento de la petición.
- Evidencia de la autoría del extranjero de artículos académicos en el campo, en publicaciones profesionales o comerciales importantes u otros medios importantes: La AAO señaló que la producción académica de Kazarian coincidía con la esperada de los becarios postdoctorales y que no se había presentado evidencia que demostrara que estaba sustancialmente por encima de ese estándar.
Caso judicial
Habiendo agotado los recursos administrativos provistos dentro de la burocracia de inmigración, Kazarian presentó una queja ante el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Central de California . [1] El USCIS presentó una moción de juicio sumario, y el juez Manuel Real concedió la moción. [1] Kazarian apeló oportunamente ante el Tribunal de Apelaciones de los Estados Unidos para el Noveno Circuito . [1]
El caso fue presentado y discutido el 9 de diciembre de 2008. Se presentó una opinión inicial y una disidencia el 4 de septiembre de 2009. [1] La opinión inicial confirmó por completo la decisión del USCIS y la AAO. En respuesta, Bernard Wolfsdorf , un abogado de inmigración que se ha desempeñado como presidente de la Asociación Estadounidense de Abogados de Inmigración , solicitó la revisión de la decisión. Según el abogado de inmigración Cyrus D. Mehta, quien ayudó informalmente con la lluvia de ideas, el propósito de solicitar la revisión no era revocar la decisión en su totalidad, sino desacreditar parte del razonamiento de la AAO. [9]
La decisión fue presentada el 4 de marzo de 2010. La opinión fue emitida por la jueza Dorothy Wright Nelson , con la concurrencia de Harry Pregerson . [1] Aunque la decisión fue en contra del peticionario, los argumentos incluidos en la opinión del tribunal fueron considerados una victoria por los abogados de inmigración en ese momento, logrando el propósito buscado con el impulso para solicitar la revisión. [9]
Opinión del tribunal (por Nelson)
El tribunal señaló que la AAO había concluido que Kazarian no había aportado pruebas para ninguno de los diez tipos de pruebas (en comparación con el requisito mínimo de tres). Sin embargo, el tribunal argumentó que para dos de los diez tipos de pruebas, Kazarian había aportado pruebas iniciales suficientes y que los motivos de la AAO para rechazar las pruebas se basaban en una interpretación errónea de las normas. Las dos líneas de prueba en las que el tribunal dijo que la AAO había cometido un error fueron: [1]
- Autoría de artículos académicos en el campo de actividad: El tribunal señaló que "nada en esa disposición requiere que un peticionario demuestre la reacción de la comunidad de investigación a sus artículos publicados antes de que esos artículos puedan considerarse como evidencia, y ni el USCIS ni una AAO pueden imponer requisitos probatorios novedosos más allá de los establecidos".
- Participación como juez del trabajo de otros: El tribunal señaló que "nada en esa disposición sugiere que el hecho de que juzgar disertaciones universitarias cuente como prueba dependa de a qué universidad esté afiliado el juez".
Al desarrollar su razonamiento, el tribunal propuso un proceso de dos pasos, como sigue: [1]
- El primer paso debe centrarse en contar el número de líneas de prueba para las que se presentaron pruebas, tal como lo exige la normativa. Si el número de líneas de prueba que pasaron por el primer paso fue menor a tres, la petición podría rechazarse directamente, sin un examen detallado.
- El segundo paso, una "determinación final sobre el fondo del asunto", consistía en someter las pruebas a un examen crítico. Si resistían el examen crítico, se aceptaba la petición. En esta etapa, se podían solicitar pruebas adicionales al peticionario.
El tribunal sostuvo que la AAO había cometido un error al imponer requisitos probatorios adicionales. Sin embargo, dado que este error se cometió sólo en dos de las diez líneas de prueba, y la petición debería haber sido rechazada de todos modos, el error fue "inocuo": no afectó materialmente a la sentencia. [1]
Concurrencia (por Pregerson)
Pregerson, si bien coincidió con la opinión de Nelson, señaló que Kazarian habría sido un candidato excelente para la visa EB-2 (habilidad excepcional) y que fue un error de parte de su abogado sugerirle que solicitara la EB-1. Esto era coherente con el hecho de que el abogado original de Kazarian, George Verdin, figuraba en la Lista de profesionales actualmente disciplinados que mantiene la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigraciones . [1] [2]
Impacto
Memorando de política de 2010
El 20 de agosto de 2010, el USCIS publicó un memorando provisional de política para comentarios (el período de comentarios finaliza el 3 de septiembre de 2010). El memorando proponía utilizar el proceso de dos pasos propuesto por el tribunal en su decisión sobre el caso. En consecuencia, el memorando anunciaba los cambios correspondientes al Manual de campo del adjudicador (Capítulo 22.2, con la actualización denominada Actualización AFM AD11-14), el manual utilizado por los funcionarios del USCIS (conocidos como Oficiales del Servicio de Inmigración o ISO) al adjudicar casos.
El USCIS describió los dos pasos de la siguiente manera: [10]
- Primera parte: Evaluar si la evidencia presentada cumple con alguno de los criterios reglamentarios: La determinación aquí se limita a determinar si la evidencia presentada con la petición demuestra un logro único o al menos tres de los diez criterios reglamentarios, aplicando un estándar de preponderancia de evidencia . Se incluyeron pautas específicas sobre el estándar que se debe aplicar para cada uno de los diez criterios.
- Segunda parte: Determinación final de méritos: Se considera la calidad de la evidencia para determinar si se cumplieron los criterios en la medida en que se demuestre que el extranjero se encuentra entre los mejores en su profesión. Esta parte también debe utilizar un estándar de preponderancia de la evidencia, pero aplicado a la afirmación de estar entre los mejores en el campo de trabajo en lugar de cumplir con los criterios reglamentarios.
La versión oficial del memorando se publicó el 22 de diciembre de 2010 y se ultimaron los cambios al Manual de Campo del Adjudicador. [3]
Cambios en la forma de preparar las peticiones
El caso y los cambios posteriores en la política del USCIS afectaron la forma en que se prepararon las peticiones EB-1 posteriores, así como la forma en que el USCIS evaluó estas peticiones. El impacto se puede ver en la gran cantidad de casos de la AAO desde 2010 en los que se ha citado Kazarian v. USCIS . [4]
Un tema recurrente de consejos para una petición EB-1 exitosa después de Kazarian ha sido centrar la petición en las líneas de evidencia donde se puede presentar el caso más sólido, y presentar un caso usando esas líneas de evidencia basándose en evidencia sólida y objetiva que cumpla con las pautas regulatorias del USCIS. [11] [12]
Amicus curiae y críticas a la determinación final sobre el fondo del asunto
El 18 de agosto de 2011, la AAO anunció que estaba buscando escritos amicus curiae que abordaran su memorando de políticas de diciembre de 2010. [5] [13] Se presentaron varios escritos, [14] incluido uno de la Asociación Estadounidense de Abogados de Inmigración (AILA). [15] El escrito de la AILA criticaba el marco actual del USCIS para la determinación final de méritos y argumentaba que el enfoque de dos pasos debería ser el siguiente: [2] [15]
- La AILA estuvo de acuerdo en que el primer paso debería contar el número de líneas de evidencia para las cuales el peticionario cumple con un estándar de preponderancia de evidencia.
- Sin embargo, para el segundo paso, la AILA argumentó que la carga de la prueba ahora debería recaer en el funcionario del USCIS para demostrar que la petición no debería aprobarse, y que la trayectoria predeterminada debería ser que la petición sea aprobada. Esto fue similar a la opinión ofrecida en Buletini v. INS . Se consideró que la determinación final subjetiva de los méritos le daba al USCIS demasiado poder discrecional.
Los abogados de inmigración han expresado opiniones similares a las de la AILA al hablar de Kazarian en los años posteriores. [2] [16]
Recomendaciones del Defensor del Pueblo del DHS
El 29 de diciembre de 2011, el Defensor del Pueblo del DHS publicó las siguientes recomendaciones: [5]
- Realizar una reglamentación formal para aclarar el estándar regulatorio y, si se desea, incorporar explícitamente una determinación final de méritos en las reglamentaciones: se citó la Ley de Procedimiento Administrativo (APA) como la razón de esta recomendación.
- Mientras tanto, proporcionar orientación pública sobre la aplicación de una determinación final de méritos.
- Mientras tanto, proporcionar a los funcionarios del Servicio de Inmigración (aquellos que juzgan las peticiones) orientación y capacitación adicionales sobre la aplicación adecuada del estándar de preponderancia de la evidencia al juzgar las peticiones EB-1-1, EB-1-2 y EB-2.
Más casos judiciales
El razonamiento en Kazarian v. USCIS fue confirmado por los tribunales en casos posteriores, como Rijal v. USCIS , donde el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Oeste de Washington reprendió al USCIS por mezclar los dos pasos de su enfoque de dos pasos en el razonamiento que utilizó para rechazar la petición EB-1 del peticionario Anil Rijal. [2] Aunque este caso judicial se decidió después de que el memorando de Kazarian fuera una práctica oficial, la denegación de la petición por parte del USCIS había ocurrido antes del memorando. [17]
Referencias
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: CS1 maint: bot: original URL status unknown (link) - ^ abcdefgh Hirsch, David (7 de noviembre de 2013). "Los méritos de la determinación final de méritos". Immigration Daily . Consultado el 27 de diciembre de 2016 .
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