La Junta de Revisión Técnica de Residuos Nucleares de los Estados Unidos se creó en la Ley de Enmiendas a la Política de Residuos Nucleares de 1987 (NWPAA) (PL 100–203) para "...evaluar la validez técnica y científica de las actividades [relacionadas con la gestión y disposición de combustible nuclear gastado y desechos radiactivos de alto nivel] realizadas por el Secretario [de Energía], incluyendo
Según el historial legislativo de la NWPAA, el propósito de la Junta es brindar asesoramiento experto independiente al Congreso y al Secretario de Energía sobre cuestiones técnicas y científicas y revisar la validez técnica y científica de la implementación por parte del Departamento de Energía de los Estados Unidos (DOE) de la Ley de Política de Residuos Nucleares (NWPA) (PL 97-425, con sus modificaciones). De acuerdo con este mandato, la Junta lleva a cabo una revisión científica y técnica constante por pares de las actividades del DOE relacionadas con la gestión y disposición del combustible nuclear gastado comercial (SNF) y del SNF y los desechos radiactivos de alto nivel (HLW) del DOE . La Junta informa sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones al Congreso y al Secretario de Energía.
El Consejo está compuesto por once miembros que prestan servicios a tiempo parcial y son designados por el Presidente a partir de una lista de nominados presentada por la Academia Nacional de Ciencias . Los nominados al Consejo deben ser eminentes en un campo de la ciencia o la ingeniería y son seleccionados únicamente sobre la base de antecedentes establecidos de servicio distinguido. El Consejo es imparcial y apolítico. Por ley, ningún nominado al Consejo puede ser empleado del DOE, de un Laboratorio Nacional bajo contrato con el DOE o de una entidad que realice actividades de HLW o SNF bajo contrato con el DOE.
La NWPAA otorga importantes poderes de investigación a la Junta: “La Junta puede celebrar audiencias, sentarse y actuar en los momentos y lugares que considere apropiados, tomar testimonios y recibir pruebas”. A pedido de la Junta, y sujeto a la ley vigente, el DOE debe proporcionar toda la información necesaria para que la Junta realice su revisión técnica, incluidos los borradores de los productos del trabajo. Según la Historia Legislativa de la NWPAA, el Congreso proporcionó dicho acceso para permitir que la Junta revisara y comentara las decisiones del DOE a medida que se producen, no después del hecho.
Por ley, la Junta dejará de existir a más tardar 1 año después de la fecha en que el Secretario comience la disposición de HLW o SNF en un depósito.
La Junta tiene su sede en Arlington, Virginia .
Durante más de 20 años, el DOE se centró en el desarrollo de un depósito geológico profundo para la eliminación permanente de SNF y HLW en Yucca Mountain en Nevada, y la Junta proporcionó hallazgos, conclusiones y recomendaciones técnicas y científicas sobre la validez técnica y científica de los esfuerzos del DOE. El DOE presentó una solicitud de licencia para un depósito en Yucca Mountain a la Comisión Reguladora Nuclear (NRC) de los EE. UU. en junio de 2008. A principios de 2010, el DOE solicitó a la NRC permiso para retirar la solicitud de licencia. En agosto de 2013, el Tribunal de Apelaciones de los EE. UU. para el Circuito de DC dictaminó que la NRC debe reanudar su revisión de la solicitud de licencia de Yucca Mountain. La Junta continúa evaluando la validez de las actividades del DOE relacionadas con la implementación de la NWPA e informa los resultados de su revisión al Congreso y al Secretario de Energía.