El Convenio sobre la Patente Europea (CPE), el tratado multilateral que instituye el sistema jurídico según el cual se conceden las patentes europeas, contiene disposiciones que permiten a una parte apelar una decisión emitida por un departamento de primera instancia de la Oficina Europea de Patentes (OEP). Por ejemplo, una decisión de una División de Examen que deniegue la concesión de una solicitud de patente europea puede ser apelada por el solicitante. El procedimiento de apelación ante la Oficina Europea de Patentes es responsabilidad de sus Salas de Recurso, que son institucionalmente independientes dentro de la OEP.
Las decisiones de los departamentos de primera instancia de la Oficina Europea de Patentes (OEP) pueden ser recurridas, es decir, impugnadas, ante las Salas de Recurso de la OEP, en un procedimiento judicial (propio de un tribunal administrativo), en contraposición a un procedimiento administrativo . [1] Estas salas actúan como instancias finales en los procedimientos de concesión y oposición ante la OEP. Las Salas de Recurso han sido reconocidas como tribunales de una organización internacional, la OEP. [2]
Las Salas de Recurso de la OEP, incluida la Gran Sala de Recurso, tenían su sede hasta 2017 en la sede de la OEP en Múnich (Alemania). En octubre de 2017, las Salas de Recurso se trasladaron a Haar , un municipio situado a 12 km al este del centro de la ciudad de Múnich. [3] [4] A diferencia de las Salas de Recurso, las Divisiones de Examen y las Divisiones de Oposición, es decir, los departamentos de primera instancia que se encargan del examen de las solicitudes de patentes y de las oposiciones a las patentes europeas concedidas, no tienen su sede todas en una única ubicación; pueden estar en Múnich, en Rijswijk (un suburbio de La Haya , Países Bajos ) o en Berlín (Alemania).
Además de las Salas de Recurso (es decir, las Salas de Recurso Técnicas y la Sala de Recurso Jurídico), la Oficina Europea de Patentes también cuenta con una "Sala de Recurso Ampliada" (a veces abreviada "EBoA" o "EBA"). [5] La Sala de Recurso Ampliada no constituye un nivel adicional de jurisdicción en el sentido clásico. Es fundamentalmente una instancia jurídica encargada de decidir sobre cuestiones de derecho , [6] y tiene las cuatro funciones siguientes.
Las dos primeras funciones de la Gran Sala de Recursos son tomar decisiones o emitir opiniones cuando la jurisprudencia de las Salas de Recursos se torna inconsistente o cuando surge una cuestión de derecho importante, ya sea por remisión de una Sala de Recursos (primera función de la Gran Sala de Recursos), en cuyo caso la Gran Sala emite una decisión, o por remisión del Presidente de la OEP (segunda función de la Gran Sala de Recursos), en cuyo caso la Gran Sala emite una opinión. Su propósito es asegurar la aplicación uniforme del Convenio sobre la Patente Europea [5] y aclarar o interpretar puntos importantes de derecho en relación con el Convenio sobre la Patente Europea [7] . Al cumplir estas dos funciones, la Gran Sala de Recursos está compuesta por siete miembros, cinco miembros con calificación jurídica y dos miembros técnicos [5] . La remisión de una cuestión de derecho por parte de una Sala de Recursos a la Gran Sala de Recursos es bastante similar a una remisión por parte de un tribunal nacional al Tribunal de Justicia Europeo [8] .
La tercera función de la Gran Sala de Recursos es examinar las peticiones de revisión de las decisiones de las Salas de Recursos. [9] La tercera función es relativamente reciente. De hecho, sólo a partir de diciembre de 2007 y de la entrada en vigor del CPE 2000 , el Convenio revisado sobre la Patente Europea , se puede presentar una petición de revisión de una decisión de una Sala, [10] aunque por motivos limitados. [11]
La cuarta función es proponer la destitución de un miembro de las Salas de recurso. En virtud del artículo 23(1) del CPE, un miembro de la Gran Sala o de una Sala de recurso no puede ser destituido de su cargo durante el período de cinco años de su nombramiento, salvo por motivos graves y si el "Consejo de Administración, a propuesta de la Gran Sala de recurso, adopta una decisión a tal efecto". [12] Se ha solicitado a la Gran Sala en tres ocasiones que proponga la destitución del mismo miembro de la Sala, pero no lo ha hecho en ninguno de esos casos.
Las Salas de Recurso, la Gran Sala de Recurso, así como sus registros y servicios de apoyo, forman una unidad separada dentro de la Oficina Europea de Patentes, la denominada "Unidad de Salas de Recurso". [13] [14] Está dirigida por el Presidente de las Salas de Recurso, [13] cargo que ocupa desde 2018 el ex juez sueco Carl Josefsson . [14] El Presidente de las Salas de Recurso es también el presidente de la Gran Sala de Recurso. [13] El "Presidium de las Salas de Recurso" es la autoridad autónoma dentro de la Unidad de Salas de Recurso, y está formado por el Presidente de las Salas de Recurso y doce miembros de las Salas de Recurso, [15] elegidos por sus pares. [16]
Además, el Consejo Administrativo de la Organización Europea de Patentes ha creado un "Comité de Cámaras de Recurso" para adoptar el Reglamento de Procedimiento de las Cámaras de Recurso (y de la Gran Cámara de Recurso) y para ayudar al Consejo Administrativo en la supervisión de las Cámaras de Recurso. [17] [14] [18] El Comité de Cámaras de Recurso está formado por seis miembros, tres de los cuales son miembros del propio Consejo Administrativo (es decir, representantes de los Estados Contratantes en el sentido del Artículo 26 del CPE ) y los tres restantes son "jueces en ejercicio o antiguos jueces de tribunales internacionales o europeos o de tribunales nacionales de los Estados Contratantes". [17]
La estructura organizativa y de gestión actual de las Salas de Recurso es el resultado de una reforma emprendida por el Consejo de Administración como reacción a la decisión de la Gran Sala de Recurso R 19/12 de 25 de abril de 2014. [19] [20] La reforma fue emprendida por el Consejo de Administración "dentro del marco existente del Convenio sobre la Patente Europea, sin requerir su revisión". [14] [notas 1]
Se puede interponer un recurso contra una decisión de un departamento de primera instancia de la OEP, es decir, una decisión de la Sección Receptora, de una División de Examen, de una División de Oposición o de la División Jurídica. [21] Sin embargo, las Salas de Recurso no son competentes para revisar las decisiones adoptadas por la OEP en su calidad de autoridad internacional en virtud del Tratado de Cooperación en materia de Patentes . [22] La mayoría de los recursos se interponen (es decir, se presentan) contra decisiones de las Divisiones de Examen y de Oposición, y un número relativamente pequeño de casos son recursos contra decisiones de la Sección Receptora y de la División Jurídica. [23] Un recurso tiene un efecto suspensivo, [21] lo que significa que, por ejemplo, "[e]n el caso de una denegación de una solicitud, la presentación de un recurso tendrá el efecto de suspender el efecto de la orden de denegación de la solicitud". [24] Las disposiciones aplicables a los procedimientos de primera instancia de los que deriva el recurso también se aplican durante los procedimientos de recurso, "[a] menos que se disponga otra cosa". [25]
Si se interpone un recurso contra una decisión en un procedimiento ex parte (es decir, un procedimiento en el que el apelante no se opone a otra parte) y el departamento de primera instancia que tomó la decisión considera que el recurso es admisible y está bien fundado, tiene que rectificar su decisión. [26] [27] Esto se denomina "revisión interlocutoria", [26] [27] que se dice que es un procedimiento bastante inusual dentro de la OEP. [28] No obstante, se trata de un procedimiento muy útil, por razones de celeridad y economía procesal, [29] por ejemplo, si se presentan enmiendas junto con el recurso que claramente superan las objeciones a la decisión de primera instancia. [28] Si el departamento de primera instancia no admite el recurso en un plazo de tres meses a partir de la recepción de la exposición de motivos, el departamento de primera instancia tiene que transferir el caso a la Junta de Recurso sin demora y sin comentarios sobre su mérito. [30] [31]
En caso de una revisión interlocutoria, la tasa de apelación se reembolsa en su totalidad "si dicho reembolso es equitativo debido a una violación sustancial del procedimiento". [32] [33] Si la tasa de apelación se reembolsará en caso de una revisión interlocutoria debe examinarse "independientemente de si el apelante ha presentado o no" una solicitud de reembolso de la tasa de apelación. [34] Si el departamento de primera instancia decide conceder la revisión interlocutoria pero no una solicitud del apelante para el reembolso de la tasa de apelación, el departamento de primera instancia tiene que remitir "la solicitud del apelante para el reembolso de la tasa de apelación a una junta de apelación". [35] En otras palabras, en tal caso, el departamento de primera instancia "no es competente para rechazar una solicitud del apelante para el reembolso de la tasa de apelación". [36] En cambio, una junta es competente para decidir sobre la solicitud.
Para que un recurso sea admisible, [37] entre otros requisitos, se debe presentar un escrito de apelación ante la OEP en el plazo de dos meses a partir de la notificación de la decisión impugnada, y se debe abonar la tasa de apelación. Además, en el plazo de cuatro meses a partir de la notificación de la decisión, se debe presentar una declaración en la que se expongan los motivos de la apelación (es decir, los motivos de la apelación), [38] que contendrán el caso completo del apelante. [39] El apelante también debe verse afectado negativamente por la decisión apelada. [40] Una parte sólo se ve afectada negativamente por una decisión apelada si la orden de la decisión apelada no cumple con su solicitud (es decir, lo que la parte solicitó durante el procedimiento de primera instancia). [41] Por ejemplo, cuando "la orden de la decisión de la división de oposición es la revocación de la patente, un oponente que solicitó la revocación de la patente en su totalidad no se ve "afectado negativamente" por dicha decisión... independientemente de las razones dadas en la decisión". [42]
La admisibilidad de un recurso puede evaluarse en cada etapa del procedimiento de apelación. [43] Además, los requisitos de admisibilidad no sólo deben cumplirse al interponer el recurso, sino que deben mantenerse durante toda la duración del procedimiento de apelación. [44]
Si se considera que el recurso es admisible, [notas 2] la Sala de Recurso examina si el recurso es admisible, [46] es decir, la Sala analiza el fondo del asunto . Al hacerlo, "las Salas tienen competencia para revisar las decisiones apeladas en su totalidad, incluidos los aspectos de hecho y de derecho". [47]
En ese contexto, si el departamento de primera instancia ejerció su discreción (de conformidad con el artículo 114(2) del CPE ) para admitir hechos o pruebas que no fueron presentados a su debido tiempo por una parte, la Sala "sólo debería revocar dicha decisión si concluye que el departamento que la tomó aplicó los principios equivocados, no tuvo en cuenta los principios correctos o ejerció su discreción de manera irrazonable, excediendo así los límites adecuados de su discreción". [48]
Después de examinar la admisibilidad de un recurso, [49] una Sala tiene la facultad discrecional de "ejercer cualquier poder dentro de la competencia del departamento que fue responsable de la decisión apelada" (corrección de una decisión) o "remitir el caso a ese departamento para su posterior tramitación" (casación de una decisión). [50] Cuando una Sala remite un caso a la primera instancia, lo hace en particular para dar a las partes la posibilidad de defender su caso ante dos instancias, es decir, en dos niveles de jurisdicción, [51] [52] aunque no existe un derecho absoluto a que una cuestión sea decidida por dos instancias. [53] Las Salas generalmente tienen en cuenta también la necesidad de eficiencia procesal al decidir si remiten un caso a la primera instancia [52] y "el interés general de que los procedimientos se concluyan dentro de un período de tiempo apropiado". [53]
Los procedimientos de apelación que se llevan a cabo en la OEP pueden acelerarse "dando prioridad a un caso sobre otros". [54] Una parte en el procedimiento puede solicitar la tramitación acelerada de los procedimientos de apelación. [54] La solicitud debe estar motivada. [54] [55] La Junta tiene la facultad discrecional de conceder o rechazar la solicitud. [54] [56] Los tribunales, las autoridades competentes de los Estados contratantes y el Tribunal Unificado de Patentes (TUP) también pueden solicitar la aceleración de los procedimientos relacionados con una patente específica, sin proporcionar una razón específica. [54] [57] La Junta también puede decidir acelerar los procedimientos por iniciativa propia. [54] [58]
Durante los procedimientos de apelación, pueden tener lugar procedimientos orales a petición de la OEP o a petición de cualquiera de las partes en los procedimientos, es decir, el solicitante (que es, en la apelación previa a la concesión, el apelante), o el titular de la patente o un oponente (que son, en la apelación de oposición, [notas 3] el apelante y/o el demandado). [59] Los procedimientos orales en apelación se llevan a cabo en Haar o Munich, y son públicos a menos que se apliquen circunstancias muy particulares. [60] Esto contrasta con los procedimientos orales celebrados ante una División de Examen, que no son públicos. [61] La lista de procedimientos orales públicos en apelación está disponible en el sitio web de la OEP. [62] El derecho a procedimientos orales es una parte específica y codificada del derecho procesal a ser escuchado. [63] Los procedimientos orales también pueden celebrarse por videoconferencia . [64]
Para preparar la vista oral, la Sala "emitirá una comunicación en la que se señalen los asuntos que parezcan tener especial importancia para la decisión que se ha de adoptar". [65] Junto con esa comunicación, "la Sala también podrá emitir una opinión preliminar" sobre el fondo del asunto. [66] La decisión puede anunciarse, y a menudo se anuncia, al final de la vista oral, ya que el objetivo de la vista oral es llegar a una conclusión sobre un asunto. [67] [68]
El CPE establece que, si la Sala de Recurso descubre que se produjo una violación procesal sustancial durante el procedimiento de primera instancia y considera que la apelación es admisible, se reembolsará la tasa de apelación si dicho reembolso es equitativo. [69]
Por ejemplo, puede producirse una infracción sustancial del procedimiento durante el procedimiento de primera instancia si se ha violado el derecho de las partes a ser oídas (artículo 113(1) del CPE ) o si la decisión de primera instancia no ha sido debidamente motivada (regla 111(2) del CPE [70] ). Para que esté debidamente motivada, "una decisión debe contener, en secuencia lógica, los argumentos que la justifican" [71] "de modo que las partes y, en caso de recurso, la sala de recurso puedan examinar si la decisión estaba justificada o no". [72]
En términos más generales, una violación sustancial de procedimiento es "una deficiencia objetiva que afecta a todo el procedimiento". [73] La expresión "violación sustancial de procedimiento" debe entenderse, en principio, en el sentido de "que las normas de procedimiento no se han aplicado de la manera prescrita por el Convenio [sobre la Patente Europea]". [74]
La tasa de apelación se reembolsa en su totalidad "si la apelación se retira antes de la presentación de la exposición de motivos de la apelación y antes de que haya expirado el plazo para presentar dicha exposición". [75] Además, la tasa de apelación se reembolsa parcialmente, a una tasa del 75%, 50% o 25%, si la apelación se retira en determinadas etapas del procedimiento de apelación. [76] La retirada de una apelación debe ser explícita e inequívoca. [77] [78]
El sistema jurídico establecido en virtud del CPE difiere de un sistema jurídico de derecho consuetudinario en que "no considera (...) la jurisprudencia establecida como vinculante". [79] En virtud del CPE, no existe un principio de jurisprudencia vinculante. [80] Es decir, el efecto vinculante de las decisiones de las juntas de apelación es extremadamente limitado. [80]
La decisión de una Sala de Apelación sólo es vinculante para el departamento cuya decisión fue apelada, siempre que los hechos sean los mismos (si el caso se remite a la primera instancia, por supuesto). [81] Sin embargo, "[si] la decisión que fue apelada emanó de la Sección de Recepción, la División de Examen estará igualmente vinculada por la ratio decidendi de la Sala de Apelación". [82] Sin embargo, si "una Sala considera necesario desviarse de una interpretación o explicación del [CPE] dada en una decisión anterior de cualquier Sala, se darán los motivos para esta desviación, a menos que dichos motivos estén de acuerdo con una decisión o dictamen anterior de la Gran Sala de Apelación (...)". [83]
Una decisión de la Gran Sala de Recursos (de conformidad con el artículo 112(1)(a) del CPE ) sólo es vinculante para la Sala de Recursos con respecto al recurso en cuestión, es decir, para la Sala de Recursos que remitió la cuestión a la Gran Sala de Recursos. [5] [84] Además, en caso de que una Sala considere necesario desviarse de una opinión o decisión de la Gran Sala de Recursos, se debe remitir una cuestión a la Gran Sala de Recursos. [5] [85]
Fuera de la Oficina Europea de Patentes, las decisiones de las Salas de Recurso no son estrictamente vinculantes para los tribunales nacionales, pero ciertamente tienen una autoridad persuasiva. [86] [87]
De conformidad con la regla 140 del CPE , en las decisiones de la OEP sólo se podrán corregir los errores lingüísticos, los errores de transcripción y los errores evidentes. Esta posibilidad de corregir una decisión también está disponible para las decisiones de las Salas de Recurso de la OEP. [nota 4]
Los miembros de las Salas de Recursos y de la Gran Sala de Recursos son nombrados por el Consejo de Administración de la Organización Europea de Patentes a propuesta del Presidente de la Oficina Europea de Patentes. [88] [89] Además, durante su mandato de cinco años, los miembros de la Sala sólo pueden ser destituidos de su cargo en circunstancias excepcionales. [89] [90]
Según Sir Robin Jacob , los miembros de las Salas de Recurso son «jueces en todo, menos en el nombre». [91] Sólo están obligados por el Convenio sobre la Patente Europea . [92] No están obligados por ninguna instrucción, como las «Directrices para el examen en la Oficina Europea de Patentes». Tienen un deber de independencia. [90]
Sin embargo, dado que "la vinculación administrativa y organizativa de las Salas [de apelación] con la OEP, que es una autoridad administrativa, oscurece su naturaleza judicial y no es plenamente proporcional a su función como órgano judicial", [93] se ha pedido la creación, dentro de la Organización Europea de Patentes, de un tercer órgano judicial junto al Consejo Administrativo y la Oficina Europea de Patentes. Este tercer órgano judicial reemplazaría a las actuales Salas de Apelación y podría llamarse " Tribunal de Apelación de la Organización Europea de Patentes " [94] o " Tribunal Europeo de Apelaciones de Patentes ". [93] Este tercer órgano tendría su propio presupuesto, tendría su sede en Múnich, Alemania y estaría supervisado "sin perjuicio de su independencia judicial" por el Consejo Administrativo de la OEP. [93] La OEP también ha propuesto que los miembros de las Salas de Apelación sean nombrados de por vida, "con motivos de despido regulados exhaustivamente en el CPE". [93] Sin embargo, estos cambios tendrían que ser aprobados por una nueva Conferencia Diplomática. [95]
Según algunos expertos, las peticiones de mejora de la independencia institucional de las Salas de Recurso no han recibido hasta ahora la debida consideración por parte del Consejo de Administración de la Organización Europea de Patentes. [96] Haciéndose eco de estas preocupaciones, la Gran Sala de Recurso, en su decisión R 19/12, consideró justificada una objeción de parcialidad contra el Vicepresidente de la DG3 (Dirección General de Recursos), por el hecho de que éste actuaba a la vez como presidente de la Gran Sala de Recurso y como miembro del Comité de Gestión de la OEP. La decisión muestra la persistente inquietud que suscita la integración de las Salas de Recurso en la Oficina Europea de Patentes. Esta cuestión, a saber, la de la independencia de las Salas de Recurso, también fue planteada por España "contra el Reglamento sobre la patente unitaria " en los asuntos C-146/13 y C-147/13 . [97]
Cada decisión de las Salas de Recurso y de la Gran Sala de Recurso, así como cada dictamen de la Gran Sala de Recurso, tiene una referencia alfanumérica , como la decisión T 285/93 . La primera letra (o el texto "Art 23") de la referencia indica el tipo de sala que adoptó la decisión:
El número que precede a la oblicua es el número de serie, asignado por orden cronológico de recepción en la DG3, la Dirección General 3 (Recursos) de la Oficina Europea de Patentes. [99] Los dos últimos dígitos indican el año de recepción del recurso en la DG3. [99] La letra " V " se utiliza a veces para referirse a una decisión de una División de Examen o de Oposición. [100]
Además de su referencia alfanumérica, a veces se hace referencia a las decisiones y se las identifica por su fecha para distinguir entre decisiones relativas al mismo caso emitidas en una fecha diferente (por ejemplo, T 843/91 de 17 de marzo de 1993 [1] y T 843/91 de 5 de agosto de 1993 [2], T 59/87 de 26 de abril de 1988 [3] y T 59/87 de 14 de agosto de 1990 [4] o T 261/88 de 28 de marzo de 1991 [5] y T 261/88 de 16 de febrero de 1993 [6]).
En particular, se requirieron reformas organizativas y de gestión para separar el poder judicial de las ramas ejecutivas de la EPOrg tras la decisión R 19/12 de la Gran Sala de Recursos (EBoA) del 25 de abril de 2014 (...)
Auch nach ständiger Rechtsprechung sind die Beschwerdekammern grundsätzlich nicht zuständig, um die vom EPA als internationale Behörde getroffenen Entscheidungen zu überprüfen (J 14/98, Nr. 2.1 der Entscheidungsgründe; J 20/89, Nr. 2 der Entscheidung sgründe, ABl 1991, 375; J 15/91, n.º 2 der Entscheidungsgründe).
(...) A favor del recurrente, la Sala dejó abierta la cuestión de la admisibilidad del recurso. No es necesario decidir sobre la admisibilidad del recurso, ya que este puede desestimarse por el solo motivo de que ninguna de las pretensiones del recurrente es admisible.
... el desistimiento del recurso debe expresarse mediante una declaración explícita y absolutamente clara. (razones 2.2)