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Petición de revisión en virtud del Convenio sobre la Patente Europea

En virtud del Convenio sobre la Patente Europea (CPE), una petición de revisión es una solicitud a la Gran Cámara de Recursos de la Oficina Europea de Patentes (OEP) para que revise una decisión de una cámara de recursos . El procedimiento se introdujo en el artículo 112a del CPE cuando se revisó el CPE en 2000, para formar el llamado " CPE 2000 ". [1] Una petición de revisión esencialmente solo puede basarse en un defecto procesal fundamental. [1] Su propósito no es obtener una reconsideración de la aplicación del derecho sustantivo, como los puntos relacionados con la patentabilidad . [1] [2] La petición es una forma restringida de revisión judicial, limitada a examinar errores graves de procedimiento que podrían haber sido cometidos por las Cámaras de Recursos Jurídicos o Técnicos, perjudicando el derecho a una audiencia justa de uno o más apelantes. [3] Antes de la entrada en vigor del CPE 2000 en diciembre de 2007, una parte cuyas solicitudes en apelación no habían sido concedidas no podía impugnar la decisión final de la Junta de Recursos Jurídicos o Técnicos por ningún motivo. [4]

Requisitos y efectos

Una parte en un procedimiento de apelación puede presentar una petición de revisión. Para ello, la parte debe haber sido afectada negativamente por la decisión de la Junta de Apelación. [5] El contenido prescrito de la petición de revisión se establece en la regla 107 del CPE . La petición debe presentarse en un plazo de dos meses a partir de la notificación de la decisión de la Junta de Apelación, excepto cuando se base en motivos de que un acto delictivo puede haber afectado a la decisión de la Junta de Apelación. En este último caso, la petición debe presentarse "dentro de los dos meses a partir de la fecha en que se haya establecido el acto delictivo", pero a más tardar cinco años después de la notificación de la decisión de la Junta de Apelación. Además, debe abonarse una tasa. [6]

El procedimiento de revisión no tiene efecto suspensivo sobre la decisión de la Sala de Recurso. [1] [7] [8] Si la petición es admisible, la Gran Sala de Recurso anula la decisión y reabre los procedimientos ante las Salas de Recurso. [9]

Obligación de formular objeciones (regla 106 objeción)

En virtud de la regla 106 del CPE , "una petición en virtud del artículo 112a, apartado 2(a) a (d), sólo es admisible cuando se ha planteado una objeción con respecto al defecto de procedimiento durante el procedimiento de apelación y la Sala de Recurso la ha desestimado, salvo que dicha objeción no haya podido plantearse durante el procedimiento de apelación". En otras palabras, a menos que el motivo de una objeción salga a la luz sólo en la decisión escrita de la Sala de Recurso, no plantear una objeción en virtud de la regla 106 del CPE lo antes posible durante el procedimiento de apelación puede ser fatal para la admisibilidad de una petición de revisión. [10] Una objeción en virtud de la regla 106 debe ser inmediatamente reconocible por la Sala de Recurso y debe ser específica, es decir, "la parte debe indicar inequívocamente en qué defecto particular de los enumerados en el apartado 2(a) a (c) del artículo 112a y la regla 104 del CPE pretende invocar". [11] [12]

Motivos de revisión

Existen cinco conjuntos de motivos de revisión, tal como se establece en el artículo 112a(1) del CPE . Los motivos disponibles se limitan estrictamente a estos motivos enumerados. [1] [13]

El motivo de revisión basado en la existencia de una violación del artículo 113 del CPE (violación del derecho a ser oído) es uno de los que más se espera que se invoquen y, al mismo tiempo, deja mucho margen para la argumentación. [1]

Sin embargo, un error de procedimiento que perjudique el procedimiento de apelación no es suficiente, por sí solo, para garantizar el éxito de la demanda. Debe existir un vínculo causal entre el supuesto defecto de procedimiento y la decisión perjudicial. De lo contrario, el defecto no es decisivo y, por lo tanto, no es fundamental. [14] [15]

Procedimiento

El procedimiento real de examen de las peticiones de revisión consta de dos etapas.

Primera etapa: Rechazo de peticiones manifiestamente inadmisibles o inadmisibles

En primer lugar, una Gran Sala de tres miembros decide si la petición es claramente inadmisible o inadmisible. En caso afirmativo, la petición se desestima inmediatamente. [8] Esta primera etapa es "un proceso de selección rápido que debe llevar a cabo un panel de tres miembros de la Gran Sala para rechazar peticiones que claramente no pueden prosperar". [16] Es, en otras palabras, un proceso de selección. [8] Para rechazar una petición por ser claramente inadmisible o inadmisible, el panel de tres miembros debe llegar a una decisión por unanimidad. [8] [17] La ​​decisión se toma basándose únicamente en lo que figura en la petición, [8] [18] y la otra parte o las otras partes, si las hay, no participan ni son invitadas a los procedimientos orales durante esa primera etapa. [8] La mayoría de las peticiones son rechazadas durante esta primera etapa. [19]

Segunda etapa: Examen de cinco miembros

En segundo lugar, si la petición no es rechazada durante la primera etapa, una Gran Sala de cinco miembros examina la petición en cuanto a sus méritos. [1] [20] Si la petición es admisible, la decisión se anula, el caso se abre de nuevo y se devuelve a la Sala que tomó la decisión revisada, y la tasa pagada al presentar la petición de revisión se reembolsa al peticionario que tuvo éxito. [21] [22] La Gran Sala de Apelaciones también tiene el poder de reemplazar a los miembros de la Sala de Apelaciones que tomaron la decisión revisada. [8] [23]

Estadística

Las primeras peticiones de revisión fueron la R1/08 (solicitud n.º 97600009), la R2/08 (solicitud n.º 00936978), la R3/08 (solicitud n.º 01943244) y la R4/08 (solicitud n.º 98116534). [24] [25] [26] La primera petición de revisión admitida a trámite fue la decisión R 7/09, por una violación fundamental del artículo 113 del CPE. [27]

Referencias

  1. ^ abcdefg Julian Cockbain, Peticiones de revisión de las decisiones de la Junta de Apelación de la Oficina Europea de Patentes (OEP) por parte de la Gran Sala de Apelación de la OEP , Journal of Intellectual Property Law & Practice (2009) 4 (12): 876-892. doi :10.1093/jiplp/jpp168.
  2. ^ Sitio web de la OEP, Preguntas frecuentes sobre el Convenio sobre la Patente Europea revisado (CPE 2000) Archivado el 14 de octubre de 2009 en Wayback Machine , artículo 14. Consultado el 31 de octubre de 2007.
  3. ^ Propuesta básica para la revisión del CPE, MR/2/00
  4. ^ "Decisión de la Gran Sala de Recursos G1/97" . Consultado el 5 de mayo de 2020 .
  5. ^ Artículo 112a(1) del CPE
  6. ^ Artículo 112a(4) del CPE
  7. ^ Artículo 112a(3) del CPE
  8. ^ abcdefg Kevin Garnett, QC (8-9 de noviembre de 2012). Salas de apelación de la EPO y decisiones clave, Peticiones de revisión a la Gran Sala en virtud del artículo 112a del CPE, cuatro años después: una visión general de las decisiones tomadas hasta la fecha (Parte 1 de 4). Múnich, Alemania: Oficina Europea de Patentes. 2:45 a 4:50 minutos en . Consultado el 8 de julio de 2013 .
  9. ^ Artículo 112a(5) del CPE
  10. ^ En cuanto a la obligación de formular la objeción lo antes posible, véase R 1/14, punto 3: "Que una objeción se formule a su debido tiempo es un requisito indispensable para la admisibilidad de una petición con arreglo al artículo 112a del CPE. El tenor de la regla 106 del CPE no lo dice explícitamente, pero es conforme con su espíritu y finalidad, que es que una parte debe llamar la atención de la sala de forma expresa, y separada de sus demás alegaciones, sobre cualquier defecto procesal fundamental para que pueda investigar y, en su caso, rectificar el supuesto defecto mientras el procedimiento esté todavía pendiente –como prevé la regla 106 del CPE– y evitar así la necesidad de un procedimiento de revisión posterior con arreglo al artículo 112a del CPE".
  11. ^ R 4/08, punto 2.1, discutido en Cockbain, 2009.
  12. ^ Kevin Garnett QC (23-24 de marzo de 2011). Jurisprudencia de las salas de recurso de la EPO: una revisión por parte de expertos internos y externos, La Gran Sala de Recursos: estructura y función, sus normas de procedimiento, remisiones pendientes, el procedimiento de petición de revisión en virtud del artículo 112a del CPE con una visión general de las decisiones pertinentes, Parte 4: Decisión sobre peticiones de revisión de decisiones. Múnich, Alemania: Oficina Europea de Patentes. 0:56 a 1:52 minutos en . Consultado el 5 de agosto de 2012 .
  13. ^ Kevin Garnett, QC (8-9 de noviembre de 2012). Salas de apelación de la EPO y decisiones clave, Peticiones de revisión a la Gran Sala en virtud del artículo 112a del CPE, cuatro años después: una visión general de las decisiones tomadas hasta la fecha (Parte 1 de 4). Múnich, Alemania: Oficina Europea de Patentes. 0:20 a 0:28 y 0:59 a 1:48 minutos en . Consultado el 8 de julio de 2013 .(en referencia a R 1/08 y R 2/08)
  14. ^ Julian Cockbain, Peticiones de revisión de las decisiones de la Junta de Apelación de la Oficina Europea de Patentes (OEP) por parte de la Gran Sala de Apelación de la OEP: parte II , Journal of Intellectual Property Law & Practice (2011) 6 (2): 85-92. doi :10.1093/jiplp/jpq169.
  15. ^ Kevin Garnett, QC (8-9 de noviembre de 2012). Salas de apelación de la EPO y decisiones clave, Peticiones de revisión a la Gran Sala en virtud del artículo 112a del CPE, cuatro años después: una visión general de las decisiones tomadas hasta la fecha (Parte 4 de 4). Múnich, Alemania: Oficina Europea de Patentes. 4:17 a 5:07 minutos en . Consultado el 9 de noviembre de 2013 .(en referencia a R 1/08 y R11/08)
  16. ^ Decisión de la Gran Sala de Recursos R5/08 de 5 de febrero de 2009, Motivos 33.
  17. ^ Regla 109(2)(a) del CPE
  18. ^ Regla 109(3) del CPE y R 5/08
  19. ^ Kevin Garnett QC (23-24 de marzo de 2011). Jurisprudencia de las salas de recurso de la EPO: una revisión por parte de expertos internos y externos, La Gran Sala de Recursos: estructura y función, sus normas de procedimiento, remisiones pendientes, el procedimiento de petición de revisión en virtud del artículo 112a del CPE con una visión general de las decisiones pertinentes, Parte 4: Decisión sobre peticiones de revisión de decisiones. Múnich, Alemania: Oficina Europea de Patentes. 2:58 a 3:14 y 6:27 a 6:48 minutos en . Consultado el 5 de agosto de 2012 .
  20. ^ Regla 108 del CPE
  21. ^ Kevin Garnett QC (23-24 de marzo de 2011). Jurisprudencia de las salas de recurso de la EPO: una revisión por parte de expertos internos y externos, La Gran Sala de Recursos: estructura y función, sus normas de procedimiento, remisiones pendientes, el procedimiento de petición de revisión en virtud del artículo 112a del CPE con una visión general de las decisiones pertinentes, Parte 4: Decisión sobre peticiones de revisión de decisiones. Múnich, Alemania: Oficina Europea de Patentes. 2:50 a 2:56 minutos en . Consultado el 5 de agosto de 2012 .
  22. ^ Regla 110 del CPE
  23. ^ Regla 108(3) del CPE y R 5/08
  24. ^ Sitio web de la EPO, Peticiones de revisión según el art. 112a del CPE Archivado el 27 de enero de 2009 en Wayback Machine , consultado el 3 de diciembre de 2008.
  25. ^ (en francés) Laurent Teyssedre, Premières requêtes en révision, Le blog du droit européen des brevets, 6 de julio de 2008. Consultado el 6 de julio de 2008.
  26. ^ (en francés) Laurent Teyssedre, Premières décisions statuant sur des requêtes en révision, Le blog du droit européen des brevets, 24 de septiembre de 2008. Consultado el 30 de septiembre de 2008.
  27. ^ Decisión R 7/09 de la Gran Sala de Recursos de fecha 22 de julio de 2009

Enlaces externos