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Consejo Superior de Defensa (Italia)

El Consejo Supremo de Defensa ( en italiano : Consiglio Supremo di Difesa ) es una institución italiana de importancia constitucional que controla las Fuerzas Armadas italianas . [1]

Historia

La Convención Constitucional italiana de 1947, teniendo presente la tradición estatuaria de las Altas Comisiones de Defensa e inspirándose en el Alto Consejo de Defensa Nacional de la Cuarta República Francesa , otorgó al Presidente de Italia , como Jefe de Estado, el papel de Presidente del Alto Consejo de Defensa, junto con varios otros roles. [2] La Constitución no indicó cómo se organizaría este consejo ni cuáles serían sus poderes, dejando esto en manos del Parlamento italiano .

El Consiglio Supremo di Difesa fue creado por la Ley n.º 624 del 28 de julio de 1950, durante la Guerra de Corea , ante el temor de que el conflicto pudiera extenderse a Europa. La responsabilidad última de los asuntos políticos y técnicos de la seguridad nacional recayó en sus miembros: el Presidente, el Primer Ministro , el Ministro de Defensa , el Jefe del Estado Mayor de la Defensa , así como los Ministros del Interior , de Asuntos Exteriores , de Hacienda y de Industria y Comercio. La ley dejó sin definir varias cuestiones importantes, como la naturaleza jurídica exacta del consejo y su lugar dentro del sistema constitucional italiano. [3] Las referencias en la Constitución son susceptibles de múltiples interpretaciones, al igual que la ley de 1950 y el Decreto Presidencial n.º 251 del 4 de agosto de 1990. Como resultado, la mayor parte de la organización interna y los poderes del consejo están regulados de facto en lugar de de iure .

El presidente Giorgio Napolitano preside el Consejo Superior de Defensa, el 2 de abril de 2007.

El equilibrio de poder en constante cambio entre las instituciones clave del Estado italiano (especialmente entre el presidente y el primer ministro), junto con la falta de directrices publicadas sobre el funcionamiento y las actividades del Consiglio Supremo di Difesa, han impedido que sus funciones se solidifiquen mediante algún tipo de convención constitucional más duradera que los mandatos de los funcionarios individuales que lo han integrado. Cuando se aprobó la ley de 1950, el presidente Luigi Einaudi , el primer ministro Alcide De Gasperi y el ministro de Defensa Randolfo Pacciardi acordaron el papel y la naturaleza del consejo, dejando constancia de ello en el preámbulo de la reglamentación de 1951. Pero esta convención constitucional no duró mucho y el consejo que surgió bajo el presidente Giovanni Gronchi fue sustancialmente diferente del de principios de los años cincuenta.

El Consejo es, por tanto, una "institución camaleóntica", cuya naturaleza está condicionada por los diversos contextos políticos e institucionales que Italia enfrenta en cada momento: desde una institución colegial con poderes específicos a un mero lugar de conflicto entre el Presidente y el Primer Ministro, sin ninguna autonomía; desde una institución que participaba en el proceso político a una con funciones sólo administrativas; desde una institución con poderes consultivos y consultivos a una con la capacidad de determinar las cuestiones más importantes de la seguridad nacional e imponer sus soluciones al gobierno y al parlamento mediante la adopción de directivas políticas vinculantes. [4] [5]

Descripción

El Consejo Superior de Defensa está presidido por el Presidente de la República Italiana [6] y, según la Ley n° 624/1950 ("Institución del Consejo Superior de Defensa"), "examina los problemas políticos y técnicos generales relacionados con la defensa nacional y determina las políticas y emite directivas para la organización y la coordinación de las actividades que se relacionan de algún modo con ella". [7]

Se rige por lo dispuesto en el Título II del Decreto nº 66 de 15 de marzo de 2010 (“Código de Organización Militar”).

Organización

El Consejo está presidido por el Presidente de Italia y está compuesto (como resultado de la fusión y cambio de nombre de varias carteras ministeriales) por:

El Secretario del Consejo Superior de Defensa, designado por el propio Consejo, es un cargo permanente y autónomo. [8] A las reuniones del Consejo pueden asistir los jefes de las cuatro fuerzas armadas ( Ejército , Marina , Fuerza Aérea y Carabineros ), el Presidente del Consejo de Estado y cualquier otra persona con particulares conocimientos científicos, industriales y económicos o experiencia en problemas militares.

El Consejo Superior de Defensa se reúne al menos dos veces al año y es convocado por el Presidente, pero también puede ser convocado a petición del Primer Ministro siempre que sea necesario.

Potestades

El Consejo examina las cuestiones generales relacionadas con la defensa nacional sobre la base de directivas generales formuladas por el ejecutivo y el Parlamento y produce directivas que son vinculantes para el Presidente, el Consejo de Ministros (y, por lo tanto, todos los ministerios individuales) y los líderes de las fuerzas armadas.

Sus competencias están definidas en gran medida en términos negativos, de modo que en la práctica la mayoría de los poderes de decisión prácticos mencionados en la Ley n° 624/1950 pertenecen en realidad a otras instituciones. En particular, los elementos del proceso político relacionados con los asuntos exteriores y la política militar pertenecen al ejecutivo, y el Jefe del Estado Mayor de la Defensa es responsable de la formulación de planes estratégicos y de la defensa de las fronteras. En consecuencia, el Consejo se limita a desempeñar un papel consultivo y asesor del Consejo de Ministros, como si fuera un comité interministerial.

Miembros actuales

Referencias

  1. ^ "El Consejo Supremo de Defensa".
  2. ^ Artículo 87.9 de la Constitución italiana.
  3. ^ G. Buonomo, "Declaratoria dello stato di emergenza e Consiglio supremo di difesa", Nuovi studi politici, enero-junio de 2005, n. 1/2, pág. 95.
  4. ^ Bellandi, Ricardo. "Il Consiglio supremo di difesa e la crisi libica: quando il capo dello Stato si fa partecipe dell'indirizzo politico". Quaderni costituzionali , núm. 3 (settembre 2011), 664-667: Società editrice il Mulino, 2011.
  5. ^ Bellandi, Ricardo. "Gli F-35 tra Governo, Parlamento e Consiglio supremo di difesa". Quaderni costituzionali , núm. 2 (giugno 2014), 406-408: Società editrice il Mulino, 2014.
  6. ^ Artículo 87, Constitución de Italia
  7. ^ Ley n° 624/150, actualizada por Decreto del 24 de febrero de 2012
  8. ^ "CSD en la Enciclopedia Treccani". www.treccani.it .

Bibliografía