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Boletín Oficial del Estado

El Boletín Oficial del Estado ( BOE ; " Boletín Oficial del Estado ", de 1661 a 1936 conocido como Gaceta de Madrid , " Boletín de Madrid ") es el boletín oficial del Reino de España y puede publicarse cualquier día de la semana. El contenido del BOE se autoriza y publica mediante Asentimiento Real y con la aprobación de la Presidencia de la República .

El BOE publica decretos de las Cortes Generales , el Parlamento español (compuesto por el Senado y el Congreso de los Diputados ), así como aquellas órdenes promulgadas por las Comunidades Autónomas españolas . La Constitución española de 1978 establece en su artículo 9.3 que "La Constitución garantiza... la publicación de las leyes". Incluye la publicación oficial de todos los decretos judiciales, reales y gubernamentales españoles, así como de las órdenes del Consejo de Ministros.

Según el Real Decreto 181/2008 [1] , de 8 de febrero, el BOE es el diario oficial del Reino de España, proporcionando al Gobierno del Estado los medios para publicar leyes, reglamentos y otros actos de obligado cumplimiento aprobados por los parlamentos. Contiene, por tanto, un listado completo de todas las Leyes aprobadas en el Parlamento, las disposiciones adoptadas por el Gobierno de España y las disposiciones generales de las Comunidades Autónomas.

Tras la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, y el Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, del Boletín Oficial, la publicación cesó en su formato tradicional impreso el 31 de diciembre de 2008 y pasó a ser un Modo de difusión en línea.

Estructura

Desde 2009, el boletín se publica principalmente en formato electrónico. Cada aviso individual ahora se publica como su propio documento electrónico, la paginación comienza y termina cada año y cada aviso sigue un sistema de numeración continua de páginas.

Actualmente los avisos se estructuran de la siguiente manera:

Sección I
Provisiones generales
Sección II
Autoridades y personal

Compuesto por dos subsecciones:

Sección III
Otras provisiones

Integrado por las disposiciones que deben publicarse sin carácter general ni aplicables a otras secciones: becas y subvenciones, cartas de servicios, convenios colectivos de ámbito general, planes de estudio, etc.

Sección IV
Administración de justicia
Sección V
Anuncios

Agrupados de la siguiente manera:

También existe un suplemento independiente en el que se publican pronunciamientos, pronunciamientos y autos del Tribunal Constitucional.

Ver también

Referencias

  1. ^ "Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial «Boletín Oficial del Estado»".

enlaces externos