El Fiscal General del Estado ( en español : Fiscal General del Estado ) , o también, Fiscal General del Estado , es el titular del Ministerio Fiscal , órgano con autonomía funcional en el Poder Judicial, [ 1] que constitucionalmente tiene encomendada con la promoción de la acción de la justicia en defensa de la legalidad, protegiendo los derechos de los ciudadanos y el interés público, y garantizando la independencia de los tribunales y procurando la satisfacción del interés social.
El Fiscal General es nombrado y destituido por el Rey , a propuesta del Gobierno , previa audiencia del Consejo General del Poder Judicial . El candidato también necesita presentarse ante el Congreso para evaluar su idoneidad pero no necesita su aprobación. Por tanto, para su designación necesita de la participación de los tres poderes del Estado. El candidato deberá ser un jurista español de reconocido prestigio y con más de quince años de ejercicio efectivo de su profesión. [1]
El mandato del Procurador General es de 4 años y no podrá renovarse, salvo en los casos en que el titular hubiera desempeñado el cargo por un período inferior a dos años. No podrá ser removido de su cargo a menos que así lo solicite, por incurrir en alguna de las incompatibilidades o prohibiciones establecidas en esta Ley, en caso de invalidez o enfermedad que lo inhabilite para el cargo, por incumplimiento grave o reiterado de sus deberes o cuando el Gobierno que le ha propuesto acabar su mandato. [2]
Funciones
Según ley del Ministerio Público: [2] [3]
Coordinar y dirigir la acción del Ministerio Público.
Garantizar la independencia de jueces y tribunales.
Dar órdenes e instrucciones a los fiscales según su cargo como titular del Ministerio Público.
Proponer al Gobierno los nombramientos para los distintos cargos, previo informe del Consejo del Ministerio Fiscal.
Proponer al Gobierno ascensos de acuerdo con los informes de dicho Consejo.
Otorgar las licencias que sean de su jurisdicción, conforme a lo dispuesto en este Estatuto y su Reglamento.
Si el Primer Ministro lo considera necesario puede acudir directamente a ello.
En casos excepcionales podrá ser llamado a informar ante el Consejo de Ministros.
Remitir anualmente informes a las Cortes Generales y al Consejo General del Poder Judicial sobre su actividad, evolución de la criminalidad, prevención del delito y las reformas más oportunas para una mayor eficacia de la Justicia.
Resolver las peticiones en defensa del interés público por parte de las Comunidades Autónomas .
Autorizar o denegar acuerdos entre las comunidades autónomas y los distintos órganos del Ministerio Fiscal.
Disolver los Colegios de Fiscales cuando éstos incurran en actividades contrarias a la ley o que excedan el marco de los Estatutos.
Fiscalía General
La Procuraduría General de la República es un órgano auxiliar de la Procuraduría General del Estado. De él dependen los siguientes órganos:
La inspección de la fiscalía
Realiza facultades de inspección por delegación permanente del Fiscal General del Estado, sin perjuicio de las funciones de inspección ordinaria de las Fiscalías Superiores y de las funciones de inspección de los Fiscales Jefes respecto de los Fiscales que de ellas dependen. Dentro de la Inspección Fiscal existe una Sección Permanente de Valoración para centralizar la información sobre mérito y capacidad de los Fiscales con el fin de dar apoyo al Consejo del Ministerio Fiscal en el informe de nombramientos discrecionales de la Carrera Fiscal.
La Secretaría Técnica
A través de sus estudios, investigaciones e informes, es un órgano de apoyo constante al Procurador General de la República, para ejercer la dirección superior del Ministerio Público, realizando también los trabajos preparatorios de la Junta de Fiscales. Colabora en la planificación de la formación de los Fiscales cuya competencia está atribuida al Centro de Estudios Jurídicos y asume las funciones que en materia de cooperación jurídica internacional la ley atribuye al Ministerio Público.
La unidad de apoyo
Realiza labores de representación y relaciones institucionales con los poderes públicos, así como de comunicación y atención al ciudadano. Le corresponde el análisis y elaboración de informes relacionados con la organización y funcionamiento del Ministerio Público en materia de estadística, informática, personal, medios materiales, información y documentación. Con carácter general, realiza funciones de apoyo y asistencia al Fiscal General del Estado, a los Fiscales adscritos al Ministerio Fiscal, al Consejo del Ministerio Fiscal y a la Junta de Fiscales que no corresponden a la Inspección ni a la Dirección Técnica. Secretaría.
^ ab "BOE.es - Documento BOE-A-1982-837". www.boe.es (en español) . Consultado el 6 de junio de 2017 .
^ ab Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.
^ Página oficial de la Procuraduría General de la República
^ Mancha, periódicoclm.es | Periódico de Castilla-La. "Leopoldo Garrido Cavero: conquense socialista y fiscal de la República". periodicoclm.es | Periódico de Castilla-La Mancha (en español europeo) . Consultado el 13 de septiembre de 2018 .
Notas
↑ Ocupó el cargo anteriormente, en algún momento imposible de precisar exactamente en 1843.
^ Se desconoce hasta qué momento ocupó el cargo. En abril de 1939, el gobierno de Franco aprobó una orden que le apartaba definitivamente de la carrera junto a otros magistrados.