I-140, Petición de inmigrante para trabajador extranjero
El Formulario I-140 , Petición de Inmigrante para Trabajador Extranjero es un formulario presentado al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) por un posible empleador para solicitar a un extranjero que trabaje en los EE. UU. de manera permanente. Esto se hace en el caso de que el trabajador se considere extraordinario en algún sentido o cuando no existan trabajadores calificados en los EE. UU. [1] El empleador que presenta la solicitud se denomina peticionario y el empleado extranjero se denomina beneficiario; estos dos pueden coincidir en el caso de un auto-peticionario. El formulario tiene 6 páginas con un documento de instrucciones separado de 10 páginas a partir de 2016. Es uno de los formularios de inmigración de USCIS .
Razones para presentar el Formulario I-140
El formulario I-140 es necesario para las categorías EB EB-1 , EB-2 y EB-3 . Para EB-4 y EB-5 , se utilizan los formularios I-360 y I-526, respectivamente. Estas categorías se introdujeron como parte de la Ley de Inmigración de 1990 .
La siguiente es una lista de todas las razones (también conocidas como tipos de petición) para presentar el Formulario I-140. [1] [2]
Detalles de la presentación
Evidencia inicial
La petición del Formulario I-140 debe ir acompañada de lo que se denomina "evidencia inicial". Esta evidencia depende del tipo de empleado que se patrocina, pero por ejemplo (en algunos casos) incluye un premio otorgado al empleado o una publicación del empleado que certifique que es una persona con una capacidad extraordinaria. En muchos casos (ver la tabla anterior), parte de la evidencia inicial es una Certificación Laboral Permanente , que establece, entre otras cosas, que no hay suficientes trabajadores en los EE. UU. para cubrir el puesto que el empleado extranjero planea ocupar. [1] En los casos en que se requiere una certificación laboral, se dice que la petición está basada en la certificación laboral.
En las peticiones basadas en la certificación laboral, se debe presentar una Certificación Laboral Permanente y que el Departamento de Trabajo de los EE. UU. la apruebe antes de que se pueda enviar el Formulario I-140. Es posible establecer una relación de sucesor en interés entre el empleador sucesor y el empleador predecesor, en cuyo caso se puede utilizar la certificación laboral del predecesor.
Evidencia general
La evidencia adicional que se debe proporcionar incluye los datos financieros del empleador, prueba de la educación y experiencia laboral del empleado, así como evidencia de que el empleador puede pagar el salario ofrecido al empleado. [3]
El extranjero puede además auto-petición en los casos de EB-1-A para Extranjeros con Habilidades Extraordinarias o EB-2 de Exención por Interés Nacional. [ cita requerida ]
El formulario debe estar firmado para ser válido. [1]
Formularios presentados junto con
Se requiere el Formulario I-907, Solicitud de Servicio de Procesamiento Premium, si el peticionario solicita Procesamiento Premium. [1]
El Formulario I-140 puede presentarse simultáneamente con el Formulario I-485, Solicitud de registro de residencia permanente o ajuste de estatus. [ cita requerida ]
Modalidades de presentación
El formulario I-140 se puede presentar en papel o de forma electrónica. Si el formulario se presenta de forma electrónica, se enviará a un centro de servicio adecuado. [ cita requerida ]
Direcciones
La dirección de presentación del Formulario I-140 depende de si el Formulario I-140 se presenta solo o al mismo tiempo que el Formulario I-485. La dirección de presentación también puede variar según el estado en el que trabajará el beneficiario para el procesamiento premium. [4]
Tasas de presentación
La tarifa para presentar el Formulario I-140 es de $715 y debe pagarse en moneda estadounidense al Departamento de Seguridad Nacional de los EE. UU. [1] También hay una tarifa de $2,800 por el procesamiento premium (próxima sección).
Sin embargo, esta tarifa no incluye :
En el caso de que el beneficiario ya se encuentre en Estados Unidos, la tarifa del Formulario I-485 (presentado por separado por el beneficiario, por lo que no forma parte de la petición), que puede variar entre $750 y $1140 dependiendo de la categoría, más una tarifa de $85 por datos biométricos. [5]
En caso de que el beneficiario no se encuentre en Estados Unidos, la tarifa de procesamiento de la solicitud de visa de inmigrante, a partir de mayo de 2015, es de $325. [6]
En caso de que el beneficiario no se encuentre en Estados Unidos, la tarifa de inmigrante de USCIS de $220, que es necesaria para procesar el paquete de visa de inmigrante y producir y enviar al solicitante la Tarjeta Verde. [7]
Procesamiento Premium: Formulario I-907
El USCIS ofrece un Servicio de Procesamiento Premium por una tarifa adicional de $2,800 para las peticiones del Formulario I-140. El Procesamiento Premium solo está disponible para este formulario y para el Formulario I-129 (trabajador no inmigrante). El Servicio de Procesamiento Premium promete una revisión inicial del USCIS dentro de los 15 días calendario posteriores a la recepción del formulario, después de lo cual puede aprobar, denegar o emitir una Solicitud de Evidencia o Notificación de Intención de Denegar . [8] El USCIS reembolsará la tarifa del Servicio de Procesamiento Premium si el procesamiento demora más de 15 días. Si se reembolsa la tarifa, el caso relacionado continuará recibiendo un procesamiento acelerado. [8] El tiempo comienza a partir de la recepción del Formulario I-907 y la tarifa asociada.
El Servicio de Procesamiento Premium se introdujo en 2001 para el Formulario I-129 [9] y se extendió al Formulario I-140 en 2006. [10]
El procesamiento premium no garantiza una decisión final; solo proporciona un límite de tiempo para la revisión inicial de la petición. En otras palabras, la garantía de 15 días calendario es solo para la revisión inicial de la petición, que puede resultar en la aprobación, el rechazo o la emisión de una solicitud de evidencia o un aviso de intención de rechazo.
Para la asignación de visas de inmigrante, la petición del Formulario I-140 debe ser aprobada y la fecha de prioridad asignada a esa petición debe ser anterior a la fecha límite (que depende del país de cobro y de la categoría de visa). Dado que la fecha límite y el tiempo de procesamiento de las peticiones del Formulario I-140 son independientes, el tiempo de espera para que se procese el Formulario I-140 es el último de los dos: el tiempo de disponibilidad del número de visa (la fecha límite) y el tiempo de procesamiento del Formulario I-140. Por lo tanto, el Procesamiento Premium puede acelerar el proceso general de obtención del estatus de residente permanente legal cuando el tiempo de procesamiento del Formulario I-140 es mayor que el tiempo de disponibilidad del número de visa. En otras palabras, si no hay tiempo de espera para la disponibilidad del número de visa, ya sea porque la categoría no tiene límite o porque los límites están lejos de cumplirse, entonces el Procesamiento Premium es ventajoso. Por otro lado, para una categoría de visa con un país de cobro donde la fecha límite actual está muy lejana en el pasado (es decir, hay una larga cola), el Procesamiento Premium no aceleraría el proceso general porque la fecha límite abruma incluso el tiempo de procesamiento estándar. [ cita requerida ]
Es posible solicitar el procesamiento premium sobre una solicitud ya presentada. En este caso, el cronómetro para el procesamiento premium comienza a correr cuando se solicita el procesamiento premium.
Beneficios de tener una petición de Formulario I-140 aprobada
La Q 67 y la Sección 106 de la Ley de Competitividad Estadounidense en el Siglo XXI (AC21) incluyen disposiciones especiales en caso de adjudicaciones prolongadas. En particular, permite extensiones de un año a la vez del estatus H-1B para personas con peticiones del Formulario I-140 pendientes desde hace mucho tiempo (pendientes por al menos 365 días). Aquí, "pendiente" incluye una apelación que está pendiente. También permite que las personas con peticiones del Formulario I-485 que han estado pendientes por más de 180 días cambien de trabajo sin invalidar el Formulario I-140 subyacente y la certificación laboral. Sin embargo, existe una ambigüedad en los casos en que se obtiene una extensión pero posteriormente se deniega la petición del Formulario I-140.
Según una de las disposiciones de la Ley LIFE , el USCIS pasaría por alto la entrada ilegal y la presencia ilegal al considerar algunas solicitudes de Ajuste de Estatus para personas cuyo Formulario I-140 se había presentado antes del 30 de abril de 2001 (con una serie de salvedades adicionales). [11]
Estadística
Tasa de aprobaciones
La tasa de aprobación de extranjeros con capacidades extraordinarias ha oscilado entre el 47% y el 62% durante los años 2005-2010. En el caso de profesores o investigadores destacados, esta tasa ha oscilado entre el 90% y el 95% durante los mismos años. [12]
Tiempos de procesamiento
El USCIS procesa el Formulario I-140 por orden de llegada, por lo que, en cualquier momento, la fecha de recepción de los formularios que acaban de terminar de procesarse proporciona una buena estimación del tiempo de procesamiento. El USCIS divide el Formulario I-140 en ocho categorías e informa los tiempos de procesamiento por separado para cada una: [13]
Habilidad Extraordinaria (EB-1)
Profesor o Investigador Destacado (EB-1)
Gerente o ejecutivo multinacional (EB-1)
Título Profesional Avanzado (EB-2)
Trabajador calificado o profesional (EB-3)
Trabajador no calificado (EB-3)
Título avanzado o habilidad excepcional que solicita una exención por interés nacional (EB-2)
Enfermeras de la Lista A (EB-2 o EB-3)
El tiempo de procesamiento es en promedio de unos cuatro meses. [14]
Se informan tiempos de procesamiento separados para el procesamiento de apelaciones. A partir del 1 de febrero de 2016, los tiempos de procesamiento de apelaciones administrativas para todas las categorías del Formulario I-140 son de 6 meses o menos. [15]
Decisiones adversas
Respuesta inicial
La respuesta inicial del USCIS a un Formulario I-140 es una de estas cuatro:
Aprobación
Negación
Solicitud de pruebas (RFE): por lo general, se solicitan pruebas sobre la relación entre el solicitante y el beneficiario. Por ejemplo, en el caso de peticiones basadas en el matrimonio (en las que un cónyuge presenta la petición en nombre del otro), se solicitan pruebas de que el matrimonio se celebró realmente y de que no hubo fraude matrimonial .
Notificación de intención de denegación (NOID): Se trata de una notificación anticipada de que es probable que la petición sea denegada, junto con los motivos de la denegación propuesta. El peticionario tiene un tiempo limitado para responder. [16]
En el caso de una RFE o NOID, el USCIS tendrá en cuenta la respuesta del peticionario al momento de decidir si aprueba o deniega la petición.
Presentación independiente: revocación de petición y notificación de intención de revocar
Con base en nueva evidencia que sugiera que la petición original era fraudulenta, el USCIS puede emitir una revocación de la petición (es decir, revocar la petición por completo) o enviar al peticionario un Aviso de Intención de Revocar , al cual el peticionario puede responder con evidencia adicional o cuestionar las razones. El impulso típico para que el USCIS reconsidere una petición aprobada es cuando un funcionario consular de los Estados Unidos que evalúa la solicitud de visa del beneficiario con base en la petición encuentra evidencia que sugiere que la petición era fraudulenta. Si la oficina consular encuentra dicha evidencia, él o ella devuelve la petición al USCIS junto con las razones por las cuales la petición parece fraudulenta, y emite una cuasi-denegación de la Sección 221(g) al solicitante (tenga en cuenta que esto es relevante para los casos 2 y 3, y no para el caso 1 donde el beneficiario ya está en los Estados Unidos). [17] Vale la pena señalar lo siguiente:
Un funcionario consular puede rechazar la solicitud de visa del beneficiario sin devolver la petición al USCIS. Esto se debe a que el funcionario consular tiene muchos motivos potenciales para rechazar la solicitud sin cuestionar la legitimidad de la petición en cuestión.
Después de que el funcionario consular devuelve la petición al USCIS, el USCIS puede decidir que la petición es válida y decirle al funcionario consular que si el USCIS revalida la petición, entonces el funcionario consular debe usar esta información y proceder con la misma solicitud de visa (es decir, el beneficiario no necesita volver a solicitar una visa).
Proceso de nueva solicitud y apelaciones
Es posible volver a presentar una solicitud de Formulario I-140 si la solicitud original resulta en una denegación o revocación. Al volver a presentar una solicitud, se deben volver a presentar todas las pruebas presentadas anteriormente y se debe pagar nuevamente la tarifa de presentación. Además, se debe proporcionar el número de recibo de la petición I-140 anterior.
Si el peticionario tiene a su disposición evidencia adicional que pudiera llevar a que la petición original sea aprobable, es posible presentar una moción para reabrir o reconsiderar la petición. Para esto, el Formulario I-290B, Notificación de Apelación o Moción, debe presentarse dentro de los 30 días siguientes a la denegación (15 días en caso de revocación). [18]
En tercer lugar, es posible apelar la decisión, en cuyo caso el Formulario I-290B, Notificación de Apelación o Moción, debe presentarse dentro de los 30 días posteriores a la denegación (15 días en caso de revocación) para que lo procese la Oficina de Apelaciones Administrativas (AAO) del USCIS. Tenga en cuenta que, aunque el formulario presentado es el mismo para apelaciones o mociones, la forma en que se llena el formulario deja en claro si el formulario se está utilizando para una apelación o moción. [18] En caso de una apelación, no es necesario presentar nueva evidencia, ya que el reclamo es que la denegación o revocación original era incorrecta a la luz de la evidencia disponible en ese momento. La AAO tiene una meta de tiempo de procesamiento de 6 meses o menos para las apelaciones, pero los tiempos de procesamiento actuales no se informan. [19] Las apelaciones históricamente han tardado hasta 35 meses en ser adjudicadas; por esta razón, los recursos legales a menudo recomiendan volver a presentar la solicitud.
Por último, si la AAO emite una decisión adversa, también es posible presentar una moción de reconsideración ante la propia AAO. [18]
La AAO es el punto final de apelación dentro del USCIS. Más allá de esto, la decisión puede ser apelada dentro del sistema judicial federal. [20] Un ejemplo de apelación fue el caso de Kazarian v. USCIS (2010).
Relación con el proceso general de visa de inmigrante
La presentación del Formulario I-140 es un paso del proceso general para convertirse en residente permanente legal . El proceso completo suele llevar varios años. [21]
Certificación laboral (también llamado proceso PERM ). [22] Si la petición se basa en la certificación laboral, el empleador debe demostrar legalmente que tiene la necesidad de contratar a un extranjero para un puesto específico y que no hay ningún ciudadano estadounidense mínimamente calificado o LPR disponible para ocupar ese puesto, de ahí el motivo de la contratación del extranjero. Esto actualmente se hace a través de un sistema electrónico conocido como PERM . [23] Este paso lo procesa el Departamento de Trabajo de los Estados Unidos (DOL). La certificación laboral es válida por 6 meses desde el momento en que se aprueba.
Petición de inmigrante . El empleador solicita en nombre del extranjero la obtención de un número de visa. La solicitud es el Formulario I-140, el tema de esta página. Actualmente, este proceso demora hasta 6 meses.
Disponibilidad de visas para inmigrantes . Cuando el USCIS aprueba la petición de inmigrante, esta se envía al NVC para la asignación de la visa. Actualmente, este paso se centra en el concepto de fecha de prioridad .
Adjudicación de visa de inmigrante . Cuando el Centro Nacional de Visas (NVC) determina que hay una visa de inmigrante disponible, el caso puede ser adjudicado. Si el extranjero ya está en los EE. UU., ese extranjero tiene la opción de finalizar el proceso de tarjeta verde a través del ajuste de estatus en los EE. UU., o mediante el procesamiento consular en el extranjero. Si el beneficiario extranjero está fuera de los EE. UU., solo puede solicitar una visa de inmigrante en el consulado estadounidense. El USCIS no permite que un extranjero busque el procesamiento consular y el ajuste de estatus (AOS) simultáneamente. Antes de presentar el formulario I-485 (Ajuste de estatus), se requiere que el solicitante se someta a un examen médico realizado por un cirujano civil aprobado por el USCIS. El examen incluye un análisis de sangre y vacunas específicas, a menos que el solicitante proporcione prueba de que las vacunas requeridas ya se realizaron en otro lugar. El cirujano civil le entrega al solicitante un sobre sellado que contiene un formulario I-693 completo, que debe incluirse sin abrir con la solicitud I-485. [24] (La referencia citada también establece que la edición del 25 de febrero de 2010 del Formulario I-693 refleja que ya no se debe realizar la prueba de infección por VIH a un individuo).
Ajuste de estatus (AOS) . Una vez que el extranjero tiene una certificación laboral y se le ha asignado un número de visa provisional, el paso final es cambiar su estatus a residente permanente. El ajuste de estatus se presenta ante el USCIS a través del formulario I-485, Solicitud para registrar la residencia permanente o ajustar el estatus . Si hay un número de visa de inmigrante disponible, el USCIS permitirá la "presentación simultánea" : aceptará los formularios I-140 e I-485 presentados en el mismo paquete o aceptará el formulario I-485 incluso antes de la aprobación del I-140.
Trámite consular . Se trata de una alternativa al AOS, pero aún así es necesario completar la petición de visa de inmigrante. No se utiliza el Formulario I-485. En el pasado (antes de 2005), este proceso era algo más rápido que solicitar el AOS, por lo que a veces se utilizaba para evitar largos retrasos (de más de dos años en algunos casos). Sin embargo, debido a las recientes mejoras de eficiencia del USCIS, no está claro si la solicitud a través del trámite consular es más rápida que el trámite AOS regular. También se cree que el trámite consular es más riesgoso, ya que no hay recurso de apelación o hay muy pocos si el funcionario rechaza la solicitud.
El Formulario I-129 , Petición de Trabajador No Inmigrante, se utiliza para trabajadores no inmigrantes.
El Formulario I-130 , Petición de familiar extranjero, es el otro formulario principal que constituye el primer paso para obtener el estatus de inmigrante. Se utiliza para la inmigración de familiares de ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes legales.
El Formulario I-360 y el Formulario I-526 son los formularios utilizados para las categorías EB-4 (trabajador religioso e inmigrante especial) y EB-5 (inversionista/empresario).
El Formulario I-765 es el formulario que se utiliza para solicitar un Documento de Autorización de Empleo . A diferencia de los formularios anteriores, no es una petición sino una solicitud hecha directamente por la persona que solicita el EAD. El Formulario I-765 no se puede utilizar para inmigrar a los Estados Unidos o cambiar el estado de no inmigrante de una persona, sino que lo utilizan quienes se encuentran en los Estados Unidos con varios estados (como estudiantes con visas F o solicitantes elegibles de DACA) para poder trabajar. La clasificación EAD no está vinculada a ningún empleador en particular y le da al trabajador la flexibilidad de elegir cualquier empleador, posiblemente sujeto a restricciones sobre la naturaleza del trabajo o la cantidad de horas trabajadas. Por ejemplo, los estudiantes con visa F reciben un EAD para la Capacitación Práctica Opcional posterior a la finalización . La diferencia clave entre los Formularios I-129 y I-765 es que el primero lo presenta el empleador y está asociado con un trabajo específico, mientras que el segundo lo presenta el empleado y no está vinculado a un trabajo en particular.
Referencias
^ abcdef "Instrucciones para la petición de trabajador extranjero" (PDF) . Departamento de Seguridad Nacional. Archivado desde el original (PDF) el 15 de mayo de 2016 . Consultado el 14 de febrero de 2016 .
^ "Petición de inmigrante para trabajador extranjero" (PDF) . Departamento de Seguridad Nacional. Archivado desde el original (PDF) el 7 de abril de 2016 . Consultado el 20 de febrero de 2016 .
^ "22.2 Peticiones de visa de inmigrante basadas en el empleo (formulario I-140)". Manual de campo del adjudicador . Servicios de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos . Consultado el 6 de marzo de 2018 .
^ "Direcciones de presentación directa del Formulario I-140, Petición de inmigrante para trabajador extranjero". USCIS . Consultado el 20 de febrero de 2016 .
^ Endelman, Gary (12 de junio de 2001). "Ten cuidado con lo que deseas: el significado oculto de las tarifas de procesamiento premium". Immigration Daily . Consultado el 5 de abril de 2015 .
^ "¿Cómo utilizo el servicio de procesamiento premium?". USCIS . Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos . Consultado el 6 de marzo de 2018 .
^ "Estadísticas de aprobación y rechazo de la solicitud I-140, petición de inmigración para trabajadores extranjeros". USCIS. 28 de febrero de 2011. Consultado el 20 de febrero de 2016 .
^ "Información sobre el tiempo de procesamiento del USCIS". USCIS . Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos . Consultado el 6 de marzo de 2018 .
^ "Tiempos de procesamiento de la AAO". USCIS . Consultado el 3 de marzo de 2016 .
^ "8 CFR 103.2(b)(8) - Presentación y adjudicación de solicitudes de beneficios". USCIS . Servicios de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos . Consultado el 6 de marzo de 2018 .
^ "Ajuste de estatus". Servicios de inmigración para profesores y académicos . Universidad de Hawái en Manoa . Consultado el 6 de marzo de 2018 .
^ "Certificación Laboral Permanente". Departamento de Trabajo de los Estados Unidos. 21 de diciembre de 2017. Consultado el 6 de marzo de 2018 .
^ "Certificación Laboral Permanente". Administración de Empleo y Capacitación, Departamento de Trabajo de los Estados Unidos . Consultado el 31 de diciembre de 2006 .
^ Examen médico de extranjeros que buscan un ajuste de estatus Archivado el 30 de junio de 2007 en Wayback Machine , descripción del formulario I-693, sitio web de USCIS , consultado el 3 de diciembre de 2007