El gobierno de los Estados Unidos otorga el estatus de protección temporal ( TPS ) a los ciudadanos elegibles de los países designados, según lo determine el Secretario de Seguridad Nacional , que se encuentren en los Estados Unidos. En general, el Secretario de Seguridad Nacional puede otorgar el estatus de protección temporal a las personas que ya se encuentran en los Estados Unidos y que sean ciudadanos de un país que esté experimentando un conflicto armado en curso, un desastre ambiental o cualquier condición temporal o extraordinaria que impida que el ciudadano extranjero regrese de manera segura y se asimile a sus funciones. [1] El estatus de protección temporal permite a los beneficiarios vivir y, en algunos casos, trabajar en los Estados Unidos por un período de tiempo limitado. A marzo de 2022, hay más de 400.000 ciudadanos extranjeros en Estatus de Protección Temporal. [2]
En 1990, como parte de la Ley de Inmigración de 1990 ("IMMACT"), PL 101–649, el Congreso estableció un procedimiento por el cual el Fiscal General puede proporcionar estatus de protección temporal a los inmigrantes en los Estados Unidos que temporalmente no pueden regresar de manera segura a su país de origen debido a un conflicto armado en curso , un desastre ambiental u otras condiciones extraordinarias y temporales. [3] [4]
El 1 de marzo de 2003, de conformidad con la Ley de Seguridad Nacional de 2002 , Ley Pública 107-296, los antiguos Servicios de Inmigración y Naturalización del Departamento de Justicia se dividieron en tres agencias diferentes bajo el Departamento de Seguridad Nacional, a saber, el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de los Estados Unidos , el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) y la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos (USCBP). [5] A partir de octubre de 2017, la autoridad para designar a un país para el estatus de protección temporal recae en el Secretario de Seguridad Nacional de los Estados Unidos .
Los beneficiarios del TPS y aquellos que se consideran preliminarmente elegibles para el TPS tras la revisión inicial de sus casos no pueden ser deportados de los Estados Unidos, pueden obtener autorización de empleo (con un Documento de Autorización de Empleo (EAD)) y se les puede otorgar autorización de viaje a través del Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje. [6]
En 2017, el programa de estatus de protección temporal cubría a personas de diez países, a saber, El Salvador, Haití, Honduras, Liberia, Nepal, Nicaragua, Somalia, Sudán, Sudán del Sur, Siria y Yemen. En noviembre de 2017, unos 300.000 extranjeros eran beneficiarios de protección en virtud del estatus de protección temporal. [7] Algunos han estado en los Estados Unidos desde la década de 1990.
La salida forzosa diferida es un estatus similar al estatus de protección temporal. Abarca a quienes anteriormente tenían TPS de ciertos países antes de su terminación. Está vigente para Liberia hasta el 30 de marzo de 2020 y cubre a quienes tenían TPS a partir de la terminación de la segunda designación de TPS más reciente de liberianos el 30 de septiembre de 2007. [8] Los liberianos cubiertos por DED, así como algunos liberianos no cubiertos por DED, pueden ser elegibles para el estatus de residente permanente (una tarjeta verde) según la legislación promulgada recientemente conocida como Ley de Equidad en la Inmigración de Refugiados Liberianos (LRIF). [8]
La administración Trump intentó poner fin al estatus de protección temporal para ciertas personas de ciertas nacionalidades, mientras que grupos de defensa recomendaron en cambio que se permitiera a las personas con estatus de protección temporal solicitar el estatus de residencia permanente. [9]
El caso Sanchez v. Mayorkas de la Corte Suprema de los Estados Unidos de 2021 afirmó que el estatus de protección temporal solo otorgaba estatus legal para permanecer en el país y no era equivalente a la admisión legal al país. Por lo tanto, aquellos inmigrantes que habían ingresado al país ilegalmente pero habían recibido el estatus de protección temporal no son elegibles para solicitar el estatus de residente permanente simplemente en virtud de su estatus de protección temporal. [10]
La designación de nacionales de un país para el estatus de protección temporal permite que todos los nacionales de ese país que se encuentren en los Estados Unidos el día de la designación soliciten el estatus de protección temporal. Cualquier persona de ese país que ingrese después de esa fecha no es elegible. Cuando el estatus esté por vencer, el Fiscal General de los Estados Unidos puede optar por volver a designar, lo que permite que los nacionales de ese país que hayan ingresado después de la designación original soliciten el estatus, o por extenderlo, lo que simplemente permite que los beneficiarios anteriores mantengan su estatus hasta la nueva fecha de vencimiento. [11]
Una persona que sea nacional de un país, o una persona que no tenga nacionalidad y cuya última residencia habitual haya sido ese país, designada para el estatus de protección temporal, es elegible para solicitar los beneficios del estatus de protección temporal si:
Una persona no es elegible para el estatus de protección temporal si:
El registro inicial tardío está disponible para aquellas personas que no presentaron su solicitud durante el período de registro inicial de la designación de estatus de protección temporal de un país. Además de cumplir con todos los demás requisitos para el estatus de protección temporal por derecho propio (residencia, presencia física, etc.), quien se registra inicialmente de manera tardía debe demostrar que reúne los requisitos para presentar la solicitud de manera tardía demostrando que una o más de las condiciones de presentación inicial tardía existían durante el período de registro inicial y también dentro de los 60 días posteriores a la presentación de la solicitud inicial tardía de estatus de protección temporal. Los hijos y cónyuges de personas que reúnen los requisitos para el estatus de protección temporal no pueden derivar la residencia continua o la presencia física continua de sus padres o cónyuges por las solicitudes iniciales tardías.
Los solicitantes del TPS son elegibles para recibir un Documento de Autorización de Empleo (EAD, por sus siglas en inglés) basado en el estatus de protección temporal solo si tienen un Formulario I-821 inicial pendiente o aprobado (solicitud de estatus de protección temporal). [12] La categoría C19 aparece en los Documentos de Autorización de Empleo emitidos mientras el Formulario I-821 inicial está pendiente de aprobación o denegación; por lo tanto, recibir un Documento de Autorización de Empleo C19 no significa que a un solicitante se le haya otorgado el estatus de protección temporal. La categoría A12 aparece en los Documentos de Autorización de Empleo emitidos después de que se haya aprobado el Formulario I-821 inicial.
Durante el período en el que un país ha sido designado para el TPS, los beneficiarios pueden permanecer en los Estados Unidos y pueden obtener autorización de trabajo . Se considera que una persona en estatus de protección temporal tiene "estatus legal como no inmigrante". [13] [14] El estatus de protección temporal no proporciona un camino hacia el estatus de residente permanente (tarjeta verde) o la ciudadanía de los Estados Unidos . [13]
El TPS suele tener una duración de entre 6 y 18 meses para cada país; una vez transcurrido ese tiempo, el estatus expira y sus beneficiarios vuelven al mismo estatus migratorio que tenían antes del TPS (a menos que ese estatus haya expirado desde entonces). En consecuencia, si un inmigrante no tenía un estatus legal antes de recibir el estatus de protección temporal y no obtuvo ningún otro estatus legal durante la designación del estatus de protección temporal, la persona vuelve a un estatus ilegal al expirar esa designación de estatus de protección temporal. [15] Sin embargo, la documentación de autorización de empleo (EAD) y/o los avisos de aprobación del TPS que parezcan contener fechas de validez vencidas en su anverso pueden extenderse automáticamente sin la necesidad de presentar un nuevo Formulario I-821 y/o Formulario I-765 según los Avisos del Registro Federal (FRN) más recientes para cada país. [16]
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) puede retirar el TPS si la persona no era elegible originalmente o ya no lo es; si la persona ha abandonado los EE. UU. sin recibir primero un permiso anticipado desde que se le otorgó el estatus; o si la persona no se vuelve a registrar dentro de los 30 días posteriores al final de cada período de 12 meses del estatus, a menos que exista una buena causa. [17] [18]
Mientras la designación actual de TPS para el país de un solicitante permanezca activa, el retiro del TPS debe realizarse mediante notificación por escrito a la persona por parte de USCIS.
Los solicitantes no son elegibles para presentar una nueva inscripción de la solicitud de TPS si su Formulario I-821 inicial ha sido denegado o si el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos ha retirado su aprobación previa de su TPS. [19] La extensión automática de la validez de cierta documentación de TPS para los países cubiertos por los mandatos judiciales/litigios (El Salvador, Nicaragua, Haití, Sudán, Honduras y Nepal) tampoco se aplica a ninguna persona cuyo TPS haya sido retirado formalmente por el USCIS.
Sin embargo, si se le ha negado o retirado el estatus de protección temporal, es posible presentar otro Formulario I-821 inicial. El USCIS tratará el nuevo Formulario I-821 inicial como una solicitud de registro inicial tardía. Se deben pagar las tarifas de solicitud inicial completas para todos los Formularios I-821 iniciales múltiples y, en la Parte 1 del nuevo Formulario I-821 inicial, se debe seleccionar la Casilla A.
Si el USCIS aprueba un Formulario I-821 inicial posterior, se establecerá o restaurará el estatus de protección temporal del solicitante y él o ella podrá posteriormente presentar solicitudes de reinscripción.
Alternativamente, un solicitante cuyo estatus de protección temporal ha sido negado o retirado puede seguir las instrucciones proporcionadas en el Aviso de Negación o Retiro para presentar un Formulario I-290B (Notificación de Apelación o Moción) o, si corresponde, buscar una revisión de novo de la elegibilidad del TPS ante un Juez de Inmigración en procedimientos de deportación o exclusión.
Las decisiones previamente anunciadas por el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) de terminar el TPS para El Salvador, Nicaragua, Sudán, Haití, Honduras y Nepal a partir de ciertas fechas están siendo impugnadas en el sistema judicial. En los últimos dos años, se han tomado algunas decisiones parciales con respecto a Sudán, Nicaragua, Haití y El Salvador. En concreto:
El 3 de octubre de 2018, en Ramos, et al. v. Nielsen, et al. , No. 18-cv-01554 (ND Cal. Oct. 3, 2018), el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Norte de California prohibió al DHS implementar y hacer cumplir las decisiones de terminar el TPS para Sudán, Nicaragua, Haití y El Salvador. A partir de septiembre de 2020, el Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito tomó la decisión de prohibir temporalmente al DHS terminar con cualquier beneficiario que sea de los países enumerados anteriormente. [20] Dada esta decisión, los beneficiarios deben permanecer en los Estados Unidos hasta el 31 de diciembre de 2022, lo cual fue reconocido y confirmado por el DHS. Además, el DHS publicó un Aviso oficial del Registro Federal ("FRN") que establecía que los siguientes documentos se extenderían automáticamente hasta diciembre de 2022: Documentos de autorización de empleo (EAD), Formulario I-797, Aviso de acción (también conocido como Aviso de aprobación), Formulario I-94, Registro de llegada y salida (otra documentación de elegibilidad para TPS). [21]
En 2019, el estatus de los beneficiarios del TPS de Honduras y Nepal fue amenazado por el DHS de manera similar a los de los beneficiarios del TPS de Nicaragua, Sudán, Haití y El Salvador. Debido a que los casos eran muy similares, un juez del Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Norte de California decidió vincular este caso al de Ramos v. Nielsen . [20] Al hacerlo, el DHS no estaba en posición de terminar el estatus de los beneficiarios en los EE. UU. hasta que se resolviera eso. Ahora bien, debido a esto, el futuro de los beneficiarios de Honduras y Nepal depende de lo que suceda con los beneficiarios de Haití, El Salvador, Sudán y Nicaragua; la decisión final que se tome en el futuro para Ramos v. Nielsen determinará lo que sucederá con los beneficiarios del TPS de Haití, Sudán, Nicaragua, El Salvador, Honduras y Nepal. [22]
En lo que respecta a Venezuela, Siria y Birmania (también conocida como Myanmar) que se han sumado como países cuyos ciudadanos son elegibles para convertirse en beneficiarios del TPS, el DHS ha ampliado el período de registro inicial de 180 días a 18 meses, a partir de agosto de 2021. El DHS está haciendo cumplir estrictamente que no se considerarán ni se rechazarán las extensiones ni la presentación de solicitudes después del período de tiempo dado. [23]
Las tablas de "Extensión automática de los documentos de autorización de empleo (EAD) emitidos bajo las designaciones de TPS para El Salvador, Haití, Honduras, Nepal, Nicaragua y Sudán" y "Extensión automática de los formularios I-94 y I-797" en los Avisos del Registro Federal (FRN) más recientes para estos países indican si la validez de los documentos de autorización de empleo (EAD), los avisos de aprobación de TPS I-821 y/o I-94 de los actuales solicitantes de TPS se ha extendido automáticamente sin necesidad de presentar un nuevo Formulario I-821 y/o Formulario I-765. [24] La sección "Extensión automática del documento de autorización de empleo (EAD)" de cada una de las páginas web de TPS específicas de cada país del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) también indica qué fechas de validez de EAD, avisos de aprobación e I-94 anteriores se han extendido automáticamente sin necesidad de volver a presentarlos, siempre y cuando los beneficiarios sigan siendo elegibles para TPS y las medidas cautelares no se eliminen o actualicen en nombre del tribunal. [24]
Las personas cuyos documentos TPS han sido extendidos automáticamente pueden mostrar su documentación existente y una copia del FRN relevante a los empleadores y agencias como verificación de su TPS continuo y autorización de empleo. [25] Los registrantes cuyos EAD, avisos de aprobación I-821 y/o I-94 han sido extendidos automáticamente no reciben ninguna notificación o documentación sobre la extensión de la validez aparte del FRN mismo. [26]
Los solicitantes que están en condiciones de perder potencialmente el TPS si se cancela en su país y no se continúa con él en base a una orden judicial tienen varias opciones. El funcionario salvadoreño Roberto Lorenzana [a] estima que aproximadamente la mitad será elegible para solicitar la residencia permanente. [27] Se espera que muchos permanezcan en los Estados Unidos ilegalmente. [28] Sin embargo, se espera que aquellos que opten por quedarse en los Estados Unidos ilegalmente sean mucho más fáciles de deportar que la mayoría de los inmigrantes indocumentados porque su hogar y lugar de trabajo son conocidos por el gobierno a través del proceso de solicitud del estatus de protección temporal. [27]
César Ríos, del Instituto Salvadoreño del Migrante, estima que, como máximo, el 15% de los salvadoreños con estatus de protección temporal regresarán a El Salvador si su estatus termina. [27] Algunos han considerado mudarse a Canadá . [27] El gobierno de El Salvador ha estado en conversaciones con el gobierno de Qatar sobre algunos de los que anteriormente estaban bajo estatus de protección temporal trabajando en Qatar temporalmente. [29]
Estados Unidos ha llegado a un acuerdo con El Salvador para limitar el número de vuelos de deportación a ocho por semana, cada uno con una capacidad máxima de 135 personas. Esto eleva el número máximo de deportaciones a 56.000 salvadoreños al año. [27] [b]
Los empresarios y los gobiernos locales de los Estados Unidos han expresado su preocupación por el impacto económico que podría tener la posible aplicación de la terminación del TPS a las industrias que dependen de los trabajadores que se encuentran en los Estados Unidos bajo el estatus de protección temporal. [28] Se espera que la deportación cause trastornos en El Salvador y aumente la inmigración ilegal desde El Salvador a los Estados Unidos. [28]
Un estudio de 2017 del Centro de Recursos Legales para Inmigrantes concluyó que eliminar el estatus de protección temporal a los haitianos, salvadoreños y hondureños reduciría los ingresos del Seguro Social y Medicare en 6.900 millones de dólares, disminuiría el Producto Interno Bruto en 45.200 millones de dólares e incurriría en costos de deportación de 3.100 millones de dólares en 10 años. [31] [28]
También existe la preocupación de que si se termina el TPS para un gran número de solicitantes que han vivido y trabajado en los Estados Unidos durante décadas bajo el programa, numerosos niños ciudadanos de los Estados Unidos que actualmente residen con sus padres o tutores registrados en el TPS y dependen de ellos se verán afectados. [32]