De acuerdo con la ley egipcia, el aborto se considera un acto criminal que viola el derecho a la vida , [1] [2] [3] ya que a menudo tiene como objetivo terminar con el derecho del feto a una vida futura. La legislatura egipcia ha dedicado un capítulo separado en el Código Penal, el Título III, titulado " Aborto de mujeres embarazadas y fabricación y venta de bebidas adulteradas nocivas para la salud". [4] La ley egipcia no define explícitamente el aborto . [5] [6] [3] En cambio, describe las diversas formas de aborto y las sanciones correspondientes. El Tribunal de Casación egipcio lo define como "terminar deliberadamente un embarazo de forma prematura".
El aborto es uno de los delitos más frecuentes en el mundo real, pero rara vez se persigue en Egipto . [5] [6] Esto se debe a que el delito de aborto se basa en el elemento de ocultación y no se denuncia, sino que se descubre por casualidad, en particular si el aborto resulta en la muerte de la mujer embarazada. Incluso si se identifican, es difícil proporcionar pruebas concretas para corroborar su existencia. La ausencia de condenas también puede atribuirse a la comprensión del juez de las circunstancias sociales y económicas que pueden impulsar a algunas madres a buscar el aborto como solución. Esto impulsa al juez a intentar identificar razones de inocencia o incluso de falta de responsabilidad. [5] [6]
En la ley egipcia , el delito se considera un delito material más que formal, [5] ya que el daño resultante se inflige a un organismo vivo , incluso si se trata de un feto que aún no ha emergido a la vida. Sin embargo, si se mata a un feto que ya se ha separado del útero y está de camino a salir, el acto se considera un asesinato en lugar de un aborto. [7] El elemento esencial del delito es la terminación de un feto dentro del útero, o la extracción de un feto del útero antes del momento natural del nacimiento. [8] La ley egipcia no impone sanciones por el intento de aborto. [7] Sin embargo, la complicidad en el aborto es posible a través de métodos de acuerdo, incitación o asistencia que no involucran el cuerpo de la mujer embarazada. En tales casos, el perpetrador sería considerado un autor principal en lugar de un mero cómplice . [8]
Para que se produzca el aborto es necesaria la existencia de un feto cuyo derecho a la vida futura haya sido vulnerado. [9] [10] Esto se debe a que el feto tiene derecho a desarrollarse normalmente dentro del útero hasta su fecha natural de nacimiento. Además de la condición de embarazo, el delito de aborto sólo puede cometerse si está presente tanto un elemento material como un elemento moral. [9] [10]
El presunto autor de esta actividad delictiva es un individuo de sexo femenino , a quien se presume embarazada. [7] La violación en cuestión es la del derecho del feto a vivir su vida futura. En consecuencia, se presume que un feto en el vientre de una mujer está sujeto al acto de aborto , [9] [10] ya sea extrayéndolo del útero antes de la fecha prevista, lo que a menudo resulta en su muerte, o matándolo en el útero, lo que requiere su extracción para salvar la vida de la mujer embarazada. Sin embargo, la víctima del delito no es la mujer misma, sino su embarazo. [7] En consecuencia, este delito se incluye en la categoría de delitos que violan el derecho a la vida . [8] En la ley se considera que este embarazo no es un ser humano porque aún no ha visto la vida. Sin embargo, no es meramente una parte del vientre de la mujer o un mero precursor de la vida, es una persona, como lo demuestra su propio desarrollo y el hecho de que tiene movimiento y un pulso que aparece incluso después de algún tiempo. [7]
La definición legal de embarazo es la fertilización de un óvulo por un espermatozoide . Esto marca el comienzo de la vida del embrión, que concluye con el proceso de nacimiento . [9] [10] En consecuencia, el alcance temporal del acto criminal del aborto está delineado por el intervalo entre la fertilización y el comienzo del proceso de nacimiento. La terminación del embarazo antes de que se produzca la fertilización no se considera un aborto, [Notas 1] ni tampoco la terminación del embarazo posterior al inicio del parto. Más bien, la esfera de ataque a la vida humana o la integridad corporal comienza al inicio del parto. La protección legal del derecho a la vida del feto comienza en el momento de la fertilización hasta el momento del nacimiento, y no requiere un período de tiempo específico después de la fertilización. [9] [10] En consecuencia, la ley egipcia define la extracción del feto del útero por medios artificiales antes del momento normal del nacimiento, incluso en las primeras etapas del embarazo, como un aborto fetal. [11] El Tribunal de Casación egipcio ha dictaminado que la interrupción del embarazo antes del cuarto mes de gestación no está permitida por la ley islámica . Además, el artículo 60 del Código Penal egipcio permite acciones permitidas por la ley islámica, afirmando que la posición de la Sharia sobre este asunto no es un principio firmemente establecido basado en pruebas, sino más bien una interpretación de los juristas que ha generado opiniones divergentes entre ellos.
Si el delito se basa en la presunción de que existe un embarazo en el momento en que se comete el acto de aborto, entonces el acto no se considera delictivo si la mujer embarazada no está embarazada de hecho. El autor debe haber creído que estaba actuando sobre una mujer embarazada y haber tenido la intención de interrumpir su embarazo. [12] [13] El artículo 264 del Código Penal establece explícitamente que la tentativa de aborto no es punible. Esto se debe a que la ausencia de embarazo es una imposibilidad absoluta o legal que impide que el delito tentativo se materialice. [12] [11] [13]
Los componentes del elemento físico del aborto son tres: el acto del aborto, el resultado del aborto (la salida del feto del útero) y la causalidad entre el acto y el resultado del aborto son los elementos del elemento físico del aborto. [11] [13]
Se puede definir como la extracción deliberada del feto del útero antes de que haya transcurrido el período normal de gestación. [11] [14] La legislación en cuestión abarca una serie de métodos de aborto, incluidos, entre otros, la violencia física y el uso de productos farmacéuticos u otras técnicas que dan lugar a la interrupción del embarazo. La distinción entre un aborto legalmente punible , un aborto espontáneo resultante de una condición médica específica, debilidad física o estrés por ejercicio, y un parto espontáneo en el que el feto es expulsado de forma natural sin la intervención de fuerzas externas, depende del método utilizado para facilitar este proceso. [8]
La salida prematura del feto del útero es un acto tipificado como delito por la ley. [16] El delito de aborto se comete independientemente de que el feto nazca vivo o muerto. En este último caso, el feto no es viable, lo que es necesario para que el delito se realice. [8] El acto de intento de aborto no es un delito penal por la ley. Sin embargo, si se interrumpe el embarazo de la madre mediante un aborto y el feto sobrevive, no se comete el delito de aborto; más bien, el acto se considera como una inducción prematura del parto. [15]
Si los medios empleados para interrumpir el embarazo producen la muerte de la mujer embarazada mientras el embarazo permanece en su vientre, no se comete el delito de aborto. [16] Más bien, se comete el delito de golpear, herir o administrar sustancias nocivas que produzcan la muerte. [Notas 3] En caso de expulsión del feto y posterior muerte de la madre, se reputarán cometidos los delitos de aborto y de lesiones, incluidas las lesiones o la administración de sustancias nocivas. [16] En tal caso, el más grave de los dos delitos será la base para la imposición de la pena. [17]
Debe existir una relación causal entre el uso de cualquier método abortivo y la salida del feto del útero muerto o no viable antes de la fecha prevista de parto. [18] En otras palabras, el método utilizado para interrumpir el embarazo debe ser la causa de la muerte del feto; el aborto no debe deberse a una causa natural distinta del método. [19] En ausencia de una comprensión completa del componente material del delito de aborto , no es posible establecer el delito . [8]
Si el aborto es el resultado de un acto que no fue previsto por el autor para causar el aborto, se trata simplemente de un intento de cometer un delito que no es punible según la ley egipcia. [18] [19] El juez de primera instancia tiene la discreción de determinar, de conformidad con las reglas generales, si existe una relación causal entre la actividad del acusado y el resultado criminal. [18] [19]
El aborto en todas sus formas es un delito deliberado. [18] [8] El componente moral de este acto es la intención criminal del perpetrador, que se dirige hacia el acto físico que constituye el delito según lo define la ley. [19] En consecuencia, cualquier error involuntario que resulte en la extracción del feto antes de la fecha prevista, incluso si este error es grave, no se considera un aborto. Esto se debe a que no hay intención criminal por parte de la persona acusada de aborto, y su responsabilidad se limita únicamente a la lesión involuntaria. [18] La mens rea para el delito de aborto requiere que el acusado fuera consciente, en el momento del acto, de la existencia del embarazo. Si un perpetrador comete un asalto a una mujer sin saber que está embarazada, y el asalto causa que la mujer aborte, se puede argumentar que el perpetrador no tenía la intención criminal requerida. Por ejemplo, se podría plantear un escenario en el que un individuo golpea a una mujer embarazada sin saber su condición y, como consecuencia de este ataque, la mujer embarazada sufre un aborto espontáneo. [8] [Notas 4]
Se presume que el acusado es consciente de los riesgos potenciales asociados con sus acciones y de la posibilidad de daño al feto. Por lo tanto, si el acusado carece de tal conocimiento, se puede inferir que no poseía la intención criminal requerida. [20] A modo de ejemplo, una persona que persuade a una mujer, consciente de que está embarazada, a participar en deportes de alto riesgo sin informarle de los riesgos potenciales para su embarazo no será considerada legalmente responsable del aborto posterior. [Notas 5] Además, el acusado debe tener la intención de extraer el feto del útero antes del tiempo normal del nacimiento, que es el resultado que está penalizado por la ley en el aborto. [21] En consecuencia, un hombre que golpea a su esposa sabiendo que está embarazada pero sin la intención de interrumpir el embarazo no tiene intención criminal. [20] La ausencia de intención criminal también es evidente en los casos en que un individuo empuja a una mujer embarazada, provocando que caiga desde un lugar alto al suelo, lo que resulta en un aborto espontáneo . En tales casos, los incidentes se consideran una paliza común y corriente, más que un acto con la intención específica de provocar un aborto . [8]
De acuerdo con el principio general de la ley egipcia , que sostiene que el motivo para cometer un delito es irrelevante si está presente la intención criminal requerida, los motivos para procurar un aborto son inmateriales si se establece la intención criminal requerida. [20] En otras palabras, el tipo de motivo para el aborto no afecta la pena. Esto es independientemente de si el aborto está motivado por la venganza o por la protección del honor y la consideración. Este podría ser el caso si el embarazo es el resultado de una relación sexual ilícita, como el adulterio o la violación . El motivo del aborto también puede ser el deseo de aliviar la carga económica que un embarazo supone para una familia que no puede soportarlo. Otra razón puede ser el miedo a dar a luz a un niño deforme o gravemente enfermo. Además, el aborto puede buscarse debido a que la madre está sobrecargada de trabajo en circunstancias que no están de acuerdo con la ley. [8] [Notas 6]
El aborto se clasifica como un delito menor, que puede conllevar una pena de prisión. Sin embargo, también puede clasificarse como un delito grave. [22] [23]
Los artículos 261 y 262 del Código Penal egipcio definen el aborto como un delito menor. [Notas 7] [24]
“Cualquier persona que intencionalmente induzca un aborto en una mujer embarazada administrándole medicamentos, utilizando métodos que produzcan ese resultado o persuadiéndola a realizar tales acciones, independientemente de su consentimiento, será sujeto a prisión.” [25]
El texto antes mencionado se basa en el supuesto de que concurran los componentes antes mencionados del aborto y que el acusado no sea la mujer embarazada cuyo embarazo fue interrumpido. Éste podría ser un hombre o una mujer. [24] Sin embargo, el individuo en cuestión no debe ser un médico, cirujano, farmacéutico o partera, ya que esto daría lugar a que el aborto se clasificara como un delito grave en lugar de un delito menor. [26] El artículo 261 del Código Penal aborda la administración de drogas o el uso de métodos abortivos que no impliquen violencia. Según el artículo, el aborto mediante violencia es un delito grave , no un delito menor . [27]
La legislación egipcia considera autor del delito de aborto, tal como se describe en el texto, y no meramente cómplice , a todo aquel que oriente a una mujer embarazada sobre los medios para abortar . [8] Esta sentencia supone una desviación de las normas generales del derecho egipcio en cuanto a la distinción entre autor y cómplice. Establece que quien oriente a una mujer embarazada sobre los medios para abortar será castigado por el delito de aborto, incluso si la mujer embarazada no utiliza finalmente ese medio para abortar. Una mujer embarazada que utiliza el método instruido por el acusado no se considera cómplice del delito, sino actor del propio delito de aborto, tal como se estipula en el artículo 262 del Código Penal egipcio. [27] [24]
El artículo 261 del Código Penal establece que el delito de aborto sólo puede cometerse si la mujer embarazada ha consentido en el acto del aborto o si no ha consentido y el aborto se realiza sin su conocimiento. El consentimiento de la mujer embarazada al aborto no es motivo para permitirlo. [28]
"La mujer que a sabiendas consiente en el uso de drogas, o consiente en el uso de los medios antes mencionados, o permite que otros usen tales medios en ella, y de esto efectivamente resulta el aborto, estará sujeta a la pena antes mencionada." [29]
Para que exista este delito, el legislador requiere que concurran los componentes del aborto descritos en el artículo 260 del Código Penal. Esta estipulación delinea las penas que se impondrán a una mujer embarazada que consienta la ingestión de drogas o la utilización de métodos abortivos en caso de que el aborto en cuestión se lleve a cabo. [30] Es evidente que el artículo también abarca el escenario en el que una mujer interrumpe su embarazo sin influencia ni orientación externa. [30] La sugerencia de que el castigo de una mujer que aborta por sí misma o utiliza los medios para hacerlo debería estar supeditado a la condición de que los medios sean ofrecidos y aceptados por otros, como se implica por el texto aparente del artículo, resultaría en la exención de la pena por aborto de las mujeres si lo cometen espontáneamente sin ninguna orientación, y la imposición de la pena por abortar por sí mismas solo en el caso de que otros las guíen hacia los medios de aborto. [31] El resultado en cuestión no podría haber sido una consecuencia intencionada del proceso legislativo, dado que es manifiestamente irrazonable. [8] [32]
El método de aborto utilizado por la mujer es irrelevante; el delito sigue siendo un delito menor para ella, incluso si abortó mediante violencia. Las circunstancias de violencia no aumentan la pena por aborto a menos que el abortista sea una persona distinta a la propia mujer embarazada. [32] [33] Según el artículo 260 del Código Penal, cualquier persona que realice un aborto a una mujer embarazada con su consentimiento es culpable de un delito grave , no de un delito menor . Esto implica que la referencia a los medios antes mencionados en el artículo 262 es aplicable tanto a los medios violentos como a los no violentos si la mujer los utiliza sobre sí misma. [8] [32]
La legislación egipcia prescribe penas de prisión para los condenados por delitos menores relacionados con el aborto, con una duración de la pena comprendida entre dos límites específicos. Sin embargo, el juez tiene una considerable discreción para determinar la duración exacta de la pena, que puede fijarse dentro de los límites antes mencionados. El acto de intentar cometer este delito no está explícitamente punible. [33] [32]
El aborto se considera un delito grave [Notas 8] si se cumple alguna de las circunstancias agravantes establecidas en los artículos 260 y 263 del Código Penal egipcio. [34] Los delitos graves de aborto se castigan con prisión rigurosa entre los dos límites generales; la alteración de una de las dos condiciones da lugar a una modificación del acto delictivo, clasificándolo así como un delito grave. Sin embargo, la tentativa de comisión de este delito queda impune, ya que el artículo 264 del Código Penal egipcio estipula que la tentativa de aborto no es un delito punible, independientemente de que se clasifique como delito menor o delito grave. [35] [36] [37]
“Quienquiera que deliberadamente cause el aborto de una mujer embarazada infligiéndole daño físico u otras formas de violencia será sujeto a penas severas, incluyendo prisión prolongada.” [38]
Este artículo se basa en el supuesto de que están presentes los elementos de un aborto y que se comete por medios violentos. [39] En el contexto de la legislación egipcia, este es el único caso en el que se reconoce explícitamente el método del aborto y se tienen debidamente en cuenta los posibles riesgos para el bienestar físico de la mujer embarazada. [40] Este artículo también supone que el autor del aborto es alguien distinto de la mujer embarazada que abortó su embarazo, independientemente de si la mujer embarazada consintió o no en el uso de la violencia para interrumpir su embarazo. Esto se debe a que, si la ley exige, para aumentar el castigo del acusado, que la violencia utilizada haya sido sin el consentimiento de la mujer, en la práctica haría permisible el aborto por daño si se hubiera realizado con el consentimiento de la mujer embarazada, que es una posición que no se ha defendido. Esto implica que la ocurrencia de violencia intensifica la pena impuesta al acusado que ataca a una mujer embarazada mediante violencia física u otras formas de abuso, independientemente de si la mujer embarazada ha dado su consentimiento. [41] [42] Por ejemplo, un marido puede obligar a su esposa embarazada a saltar desde un lugar alto con la intención de abortar. Los actos de violencia pueden ser perpetrados por una persona carente de responsabilidad penal por instigación del propio autor. Por ejemplo, un marido puede incitar a su hijo pequeño a golpear a su esposa embarazada con un palo grande en el abdomen con la intención de abortar, logrando así el resultado deseado. [43] [44]
“Si el responsable de la interrupción del embarazo fuere médico, cirujano, farmacéutico o partero, será castigado con la pena de presidio mayor.” [45]
Esta hipótesis depende de la presencia de los elementos constitutivos del aborto y de la ausencia de la mujer embarazada que ha sufrido el aborto. En caso de que una mujer embarazada sufra un aborto y se encuentre entre las profesiones enumeradas en el texto, no se aumenta su pena, sino que el aborto se considera para ella un delito menor de conformidad con el artículo 262 del Código Penal egipcio, que establece que el aborto es un delito menor. [46] [47]
La razón de ser de las penas más severas para las personas que presentan una o más de las características descritas en el texto es que es más probable que recurran al aborto debido a su competencia técnica y a su acceso a recursos y medicamentos que facilitan el procedimiento sin dejar un claro rastro documental. Además, el acusado explota su posición y su experiencia técnica con el aparente propósito de promover intereses sociales, en lugar de promover y facilitar el acceso al aborto. Es más probable que una mujer rechace un aborto si cree en sus consecuencias. Por el contrario, si el abortista es un profesional médico, puede estar más inclinada a recurrir al procedimiento debido a la percepción de que cuenta con un seguro contra los riesgos del proceso de aborto y las posibles consecuencias, incluida la muerte de la mujer. [35] [8]
La legislación no establece que el médico que atiende al paciente u otros profesionales de la medicina deban tener experiencia previa en la realización de abortos. Sin embargo, las penas se incrementan para quienes no se han sometido previamente al procedimiento. Además, la legislación no exige remuneración por el procedimiento. Así, un aborto puede realizarse como cortesía, en cuyo caso la circunstancia agravante se aplica al médico que realiza un aborto espontáneo a su cónyuge o hijo sin recibir compensación. El artículo enumera los siguientes profesionales médicos a los que se aplica el énfasis antes mencionado, con la salvedad de que: Los profesionales antes mencionados incluyen médicos, cirujanos, farmacéuticos y parteras. Por lo tanto, no es admisible establecer una analogía con ellos. [46] [36] La condición del acusado puede haber facilitado la comisión del aborto, por ejemplo, si era un estudiante de medicina, una enfermera o un empleado de farmacia que proporcionó a una mujer embarazada medicamentos que le provocaron el aborto. [37] [36]
En Egipto, el aborto está permitido cuando se considera necesario para salvar a la mujer embarazada de un peligro grave que la amenaza de muerte. [48] [22] De acuerdo con la legislación egipcia, [49] la presencia de riesgo es un factor atenuante para determinar la responsabilidad penal, ya que se considera preferible para la sociedad proteger a una mujer que beneficia a su familia, en lugar de condenarla por el hecho de estar embarazada. [21] Si la persona que realiza el aborto es un médico debidamente calificado, se considera que el acto está dentro del alcance de su derecho profesional a realizar procedimientos médicos.