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Declaraciones desleales

El artículo 134 del Código Uniforme de Justicia Militar (UCMJ), también conocido como Artículo General de la UCMJ, es un artículo de la ley militar de los Estados Unidos que prevé sanciones mediante consejo de guerra para diversos delitos que perjudiquen el buen orden y la disciplina o traigan descrédito. sobre las fuerzas armadas, como declaraciones "desleales" hechas "con la intención de promover la deslealtad o el descontento hacia los Estados Unidos por parte de cualquier miembro de las fuerzas armadas o de interferir o menoscabar la lealtad a los Estados Unidos o el buen orden y disciplina". de cualquier miembro de las fuerzas armadas."

Manual para cortes marciales

Explicación.
Ciertas declaraciones desleales por parte de personal militar pueden no constituir un delito según 18 USC §§ 2385, 2387 y 2388, pero pueden, dadas las circunstancias, ser punibles según este artículo. Los ejemplos incluyen alabar al enemigo, atacar los objetivos bélicos de los Estados Unidos o denunciar nuestra forma de gobierno con la intención de promover la deslealtad o el descontento entre los miembros de las fuerzas armadas. Una declaración de creencia personal puede equivaler a una declaración desleal si niega la lealtad que el declarante debe a los Estados Unidos. La deslealtad involucrada en este delito debe ser hacia los Estados Unidos como entidad política y no simplemente hacia un departamento u otra agencia que sea parte de su administración.

—  Manual para tribunales marciales (Gobierno de EE. UU., 2002), Capítulo 4, Párrafo 72

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