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Tribunales de Apelación de California

Mapa de los distritos de los Tribunales de Apelaciones de California.

Los Tribunales de Apelaciones de California son los tribunales de apelación intermedios estatales en el estado estadounidense de California . El estado está dividido geográficamente a lo largo de las líneas del condado en seis distritos de apelación. [1] Los Tribunales de Apelaciones forman el sistema de tribunales de apelación intermedios a nivel estatal más grande de los Estados Unidos, con 106 jueces.

Jurisdicción y responsabilidad

The California Appellate Reports, el reportero oficial del tribunal

Las decisiones de los Tribunales de Apelaciones son vinculantes para los tribunales superiores de California , y tanto los Tribunales de Apelaciones como los tribunales superiores están obligados por las decisiones de la Corte Suprema de California . En particular, todas las decisiones de apelación publicadas en California son vinculantes para todos los tribunales de primera instancia. [2] Esto es distinto de la práctica en los tribunales federales y en otros sistemas judiciales estatales en los que los tribunales de primera instancia están obligados únicamente por las decisiones de apelación del circuito particular en el que se encuentran, así como por la Corte Suprema de los Estados Unidos o la corte suprema del estado . [3] Por el contrario, "no existe una decisión de mirada horizontal en el Tribunal de Apelaciones de California"; [4] Las decisiones del Tribunal de Apelaciones no son vinculantes entre divisiones o incluso entre paneles de la misma división. [5]

Por lo tanto, todos los tribunales superiores (y por lo tanto todos los litigantes) están obligados por la decisión de un Tribunal de Apelaciones si es el único precedente publicado en California que articula una cuestión de derecho relevante a un conjunto particular de hechos, incluso si el tribunal superior hubiera decidió de manera diferente si escribía en una pizarra nueva. [4] Sin embargo, otra división o distrito del Tribunal de Apelaciones puede fallar de manera diferente sobre ese punto de derecho después de que un litigante busca alivio de un fallo adverso de un tribunal de primera instancia que aplicó fielmente el precedente existente. [4] En ese caso, todos los tribunales superiores son libres de elegir qué precedente desean seguir hasta que el tribunal supremo del estado resuelva la cuestión para todo el estado, aunque un tribunal superior enfrentado a tal conflicto normalmente seguirá la opinión de su propio Tribunal de Apelaciones (si ya se ha pronunciado sobre la cuestión). [5]

Es costumbre en los tribunales federales y otros tribunales estatales indicar en las citaciones de casos el circuito o distrito particular de un tribunal de apelaciones intermedio que emitió la decisión citada. Pero debido a que las decisiones de los seis distritos de apelaciones de California son igualmente vinculantes para todos los tribunales de primera instancia, los números de distrito tradicionalmente se omiten en el estilo de citación de California a menos que se trate de un conflicto real entre distritos.

Todos los tribunales de apelaciones de California están obligados por la Constitución de California a decidir casos penales por escrito con las razones expresadas (lo que significa que incluso en apelaciones penales donde el propio abogado del acusado ha admitido tácitamente que la apelación no tiene mérito, [6] la decisión de apelación debe resumir la hechos y derecho del caso y revisar posibles cuestiones de forma independiente antes de concluir que la apelación no tiene fundamento). [7] Dicho procedimiento no es obligatorio para casos civiles, pero para ciertos tipos de casos civiles en los que está implicado un interés de libertad, los Tribunales de Apelaciones pueden, aunque no están obligados a hacerlo, seguir un procedimiento similar. [8] [9] La mayoría de las opiniones del Tribunal de Apelaciones no se publican y no tienen valor de precedente; [10] Las opiniones que se publican se incluyen en el reportero oficial, California Appellate Reports .

Además, West Publishing tradicionalmente incluía opiniones del Tribunal de Apelaciones en su reportero no oficial, el Pacific Reporter . En 1959, West comenzó a publicar opiniones de la Corte Suprema y del Tribunal de Apelaciones en el California Reporter de West , y ya no incluyó opiniones del Tribunal de Apelaciones en el Pacific Reporter .

Debido a su enorme carga de casos y volumen de producción, los Tribunales de Apelaciones, a su vez, ven el mayor número de decisiones apeladas ante la Corte Suprema estatal y la Corte Suprema de los Estados Unidos. Algunos casos famosos de la Corte Suprema de Estados Unidos, como el de Burnham contra la Corte Superior de California , llegaron al tribunal superior mediante un auto de certiorari ante uno de los Tribunales de Apelaciones después de que la corte suprema estatal denegara la revisión. Muchas opiniones del Tribunal de Apelaciones se han vuelto prominentes a nivel nacional por derecho propio, como la opinión de 1959 que creó la primera excepción hecha por un juez a la doctrina del empleo a voluntad , la opinión de 1980 que autorizó una causa de acción por vida ilícita , y el dictamen de 1984 que creó el derecho al abogado de Cumis .

Historia

La Constitución de California originalmente convirtió a la Corte Suprema en la única corte de apelaciones para todo el estado. A medida que la población del estado se disparó durante el siglo XIX, la Corte Suprema se amplió de tres a siete jueces, y luego la Corte comenzó a escuchar la mayoría de las apelaciones en paneles de tres jueces. [7] [11] La Corte llegó a estar tan sobrecargada que con frecuencia emitía disposiciones sumarias en casos menores, lo que significa que simplemente decía "afirmado" o "revertido" sin decir por qué. [7] [11] La segunda Constitución del estado, promulgada en 1879, detuvo esa práctica al requerir expresamente que la Corte emitiera cada decisión dispositiva por escrito "con las razones expresadas". [7] [11] En 1889, la Legislatura autorizó a la Corte Suprema a nombrar cinco comisionados para ayudar con su trabajo. [7] [11]

A pesar de implementar todas estas medidas, la Corte Suprema ya no pudo mantenerse al día con el creciente número de casos de apelaciones en el estado a fines del siglo XIX. [11] En consecuencia, en 1903, la Legislatura propuso una enmienda constitucional para crear lo que entonces se llamaban Tribunales de Apelaciones de Distrito. El 8 de noviembre de 1904, el electorado adoptó la enmienda. [11]

Los Tribunales de Apelación de Distrito originalmente constaban de tres distritos de apelación, con sede en San Francisco, Los Ángeles y Sacramento, con tres jueces cada uno. Estos primeros nueve jueces fueron nombrados por el Gobernador. A cada distrito se le asignó un número ordinal (es decir, primero, segundo y tercero). Los primeros nueve jueces incluían a los cinco miembros de la Comisión del Tribunal Supremo, que había sido abolida simultáneamente por la misma enmienda constitucional. [11]

En 1966, la palabra "Distrito" fue eliminada de los nombres oficiales de los Tribunales de Apelaciones mediante otra enmienda constitucional que revisó ampliamente las secciones que rigen el poder judicial estatal. [11] Esto dejó a Florida como el único estado de los Estados Unidos con " Tribunales de Apelación de Distrito ". Desde entonces, cada uno de los Tribunales de Apelaciones ha sido nombrado oficialmente "Tribunal de Apelaciones del Estado de California" para un distrito de apelación numerado en particular.

Nombramiento, retención y remoción

Originalmente, después del nombramiento por parte del Gobernador, los titulares se presentaban a elecciones directas potencialmente disputadas. Sin embargo, después de una contienda particularmente encarnizada en 1932, la Constitución de California fue enmendada para establecer el actual sistema de elección de retención, donde los votantes tienen la opción de retener o rechazar a un candidato. Hasta la fecha no se ha negado la retención a ningún titular.

Para cubrir un puesto vacante, el Gobernador primero debe presentar el nombre de un candidato a la Comisión de Evaluación de Nominados Judiciales del Colegio de Abogados del Estado de California , que prepara y entrega una evaluación exhaustiva y confidencial del candidato. A continuación, el Gobernador nomina oficialmente al candidato, quien luego debe ser evaluado por la Comisión de Nombramientos Judiciales, compuesta por el Presidente del Tribunal Supremo de California, el Fiscal General de California y un juez superior del Tribunal de Apelaciones. La Comisión celebra una audiencia pública y, si está satisfecha con las calificaciones del candidato, confirma la nominación, lo que le permite prestar juramento y comenzar a desempeñar su cargo de inmediato.

Todos los nominados deben haber sido miembros del Colegio de Abogados del Estado de California durante al menos 10 años antes de su nominación. Los nominados típicos incluyen abogados con experiencia en la práctica privada, jueces actuales de tribunales superiores y jueces actuales de distrito federal. Algunos nominados han enseñado como profesores adjuntos o conferenciantes en facultades de derecho, pero los profesores titulares son extremadamente raros. Otro camino hacia los Tribunales de Apelaciones es trabajar para el Gobernador, especialmente como secretario de nombramientos, secretario de gabinete o secretario de asuntos legales.

Los mandatos de los jueces del Tribunal de Apelaciones y del Tribunal Supremo son de 12 años. Sin embargo, si un candidato es confirmado para un puesto existente a mitad de un mandato, el candidato sólo podrá cumplir el período restante del mandato antes de presentarse a las elecciones. Todos los jueces de apelación de California deben someterse a elecciones de retención cada 12 años al mismo tiempo que las elecciones generales para gobernador, en las que la única cuestión es si retendrán al juez por otros 12 años. Si la mayoría vota "no", el puesto queda vacante y puede ser ocupado por el Gobernador. Mientras que los jueces de la Corte Suprema son votados por todo el estado, los jueces del Tribunal de Apelaciones son votados únicamente por los residentes de sus distritos.

Como todos los demás jueces de California, los magistrados del Tribunal de Apelaciones están sujetos al Código de Conducta Judicial de California y la Comisión de Desempeño Judicial puede destituirlos antes de que expiren sus mandatos. Para proteger la independencia judicial (y porque la parte perdedora de una demanda casi siempre considerará que el juez que falló en su contra es incompetente o parcial), el CJP generalmente sólo inicia procedimientos de destitución en casos de mala conducta judicial grave o extensa.

Organización

Los Tribunales de Apelaciones de California están ubicados en California
←San Francisco (1)
←San Francisco (1)
Ventura (2.6)
Ventura (2.6)
Ribera (4.2)
Ribera (4.2)
  Los Ángeles (2)↗
 
Los Ángeles (2)↗
Sacramento (3) ↓
Sacramento (3)
  Santa Ana (4.3)↗
 
Santa Ana (4.3)↗
San Diego (4.1)
San Diego (4.1)
fresno (5)
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San José (6)
San José (6)
Ubicación de los tribunales de apelaciones

Cuando hay una vacante en la Corte Suprema de California, o si un juez de la Corte Suprema se recusa de un caso, se asigna temporalmente un juez del Tribunal de Apelaciones para escuchar cada caso de la Corte Suprema que requiera dicha asignación. Cuando hay vacantes en el Tribunal de Apelaciones, el Presidente del Tribunal Supremo asigna temporalmente a un juez del tribunal superior o a un magistrado retirado del Tribunal de Apelaciones para que actúe como juez del Tribunal de Apelaciones.

Algunos de los distritos de apelaciones (Primero y Segundo) se dividen en divisiones que tienen cuatro jueces de apelación, que se seleccionan al azar para formar paneles de tres jueces para cada caso de apelación, y cuyas cargas de trabajo se dividen de forma semialeatoria para garantizar una división uniforme del trabajo. Algunos de los distritos de apelación (Tercero, Quinto y Sexto) no están divididos en divisiones; para cada caso de apelación, se seleccionan paneles de tres jueces de forma semialeatoria, nuevamente para garantizar una división equitativa del trabajo. El Cuarto Distrito es único porque está dividido en tres divisiones geográficas que están administrativamente separadas, cada una de las cuales funciona de manera muy similar a los Distritos Tercero, Quinto y Sexto. Cuando el juez que preside un distrito o división es parte del panel de tres jueces, actúa como juez que preside el caso. Cuando el juez que preside no forma parte del panel de tres jueces, el juez superior del panel de tres jueces actúa como juez que preside el caso en funciones.

Los distritos primero, segundo y tercero tienen cada uno una gran sala de audiencias en sus juzgados principales que comparten con la Corte Suprema de California. Por lo tanto, en un día laborable típico, las salas de los tribunales de esos distritos tendrán tres jueces del Tribunal de Apelaciones sentados en un banco extra ancho lo suficientemente grande como para acomodar a los siete jueces de la Corte Suprema.

A diferencia de los tribunales de apelaciones federales , los tribunales de apelaciones estatales no tienen ninguna disposición que permita la nueva audiencia de los casos en pleno por todos los jueces de un distrito (o una división en el caso del Cuarto Distrito). Si se hace evidente un conflicto entre opiniones publicadas de diferentes paneles o divisiones del mismo distrito, y la opinión más reciente que crea el conflicto no es apelada inmediatamente ante la Corte Suprema de California o no es publicada por ese tribunal, el conflicto simplemente persistirá hasta que el tribunal superior aborda el tema en un caso futuro.

Cada tribunal de apelación está dirigido por un juez administrativo (APJ). [12] En los tribunales de apelación con divisiones, el Presidente del Tribunal Supremo de California puede designar al juez que preside una división como APJ, mientras que en los tribunales de apelación sin divisiones, el juez que preside también es el APJ. [12] Como lo indica el título, la APJ es responsable de administrar el personal, las operaciones, el volumen de casos, el presupuesto y las instalaciones del tribunal. [12]

Primer Distrito

La sede de la Corte Suprema de California también alberga el Primer Distrito.

El Tribunal de Apelaciones de California para el Primer Distrito es uno de los primeros tres distritos de apelación creados en 1904 y está ubicado en San Francisco . Su jurisdicción se extiende sobre los siguientes condados: Alameda , Contra Costa , Del Norte , Humboldt , Lake , Marin , Mendocino , Napa , San Francisco , San Mateo , Solano y Sonoma . [1] Está dividido en cinco divisiones no geográficas con cuatro jueces cada una:

División uno:

División dos:

División tres:

División cuatro:

División Cinco:

Segundo Distrito

El tribunal principal del Segundo Distrito en Los Ángeles, que comparte con la sucursal de la Corte Suprema.
El tribunal secundario en Ventura para la División Seis

El Tribunal de Apelaciones de California para el Segundo Distrito es uno de los primeros tres distritos de apelación creados en 1904 y tiene su tribunal principal en Los Ángeles y el tribunal secundario, que alberga la División Seis, en Ventura . La División Seis maneja apelaciones de los condados de San Luis Obispo , Santa Bárbara y Ventura , mientras que las Divisiones Uno a Cinco, Siete y Ocho manejan apelaciones del Condado de Los Ángeles . [1] Cada división tiene cuatro jueces.

División uno:

División dos:

División tres:

División cuatro:

División Cinco:

División Seis:

División Siete:

División Ocho:

Tercer Distrito

El juzgado del Tercer Distrito en Sacramento, que comparte con la sucursal de la Corte Suprema.

El Tribunal de Apelaciones de California para el Tercer Distrito es uno de los primeros tres distritos de apelación creados en 1904 y está ubicado en Sacramento . Su jurisdicción se extiende sobre los siguientes condados: Alpine , Amador , Butte , Calaveras , Colusa , El Dorado , Glenn , Lassen , Modoc , Mono , Nevada , Placer , Plumas , Sacramento , San Joaquín , Shasta , Sierra , Siskiyou , Sutter , Tehama , Trinidad , Yolo y Yuba . [1] Tiene 11 magistrados y no está dividido en divisiones.

Jueces:

Cuarto Distrito

El Tribunal de Apelaciones de California para el Cuarto Distrito es único porque está dividido en tres divisiones geográficas que están administrativamente separadas, que incluso tienen diferentes sistemas de números de casos y, sin embargo, siguen siendo denominadas un distrito único.

División uno

Cuarto Distrito, palacio de justicia de la División Uno en Symphony Towers en San Diego

El tribunal de la División Uno está ubicado en San Diego . Maneja apelaciones de los condados de Imperial y San Diego . [1] Tiene 10 magistrados.

Jueces:

División dos

Palacio de justicia de Riverside de la División Dos

El juzgado de la División Dos está ubicado en Riverside . Maneja apelaciones de los condados de Inyo , Riverside y San Bernardino . [1] Actualmente cuenta con siete magistrados.

Jueces:

División tres

El juzgado de la División Tres en Santa Ana

El juzgado de la División Tres está ubicado en Santa Ana . Maneja apelaciones del Condado de Orange . [1] Tiene ocho magistrados.

Jueces:

Historia

El Cuarto Distrito fue formado por una división del Segundo Distrito de conformidad con la legislación que entró en vigor el 5 de junio de 1929. La primera decisión tomada por el Cuarto Distrito fue el 16 de octubre de 1929, en el caso Mills v. Mills (1929 ) 101 Cal.Aplicación. 248 [281 pág. 707].

Originalmente, las apelaciones de todo el sur de California (incluido el Valle de San Joaquín) eran escuchadas por la Corte Suprema del estado con sede en Los Ángeles, y luego el Segundo Distrito se hizo cargo de la mayor parte de ese número de casos cuando se creó en 1904. Abogados del resto de California El sur de California, fuera del condado de Los Ángeles, se cansó de tener que viajar cientos de millas hacia y desde Los Ángeles sólo para presentar apelaciones. Hicieron presión para la creación de un Cuarto Distrito que se ubicaría en lugares más cercanos a ellos. Tres senadores estatales de San Diego, Fresno y San Bernardino orquestaron la creación del Cuarto Distrito en 1929. Como compromiso, el tribunal se creó como un tribunal " de circuito " que se reuniría cada año en esas tres ciudades: Fresno (enero-abril), San Diego (mayo-agosto) y San Bernardino (septiembre-diciembre).

En 1961, se creó el Quinto Distrito, con sede en Fresno, para escuchar las apelaciones de los condados del Valle de San Joaquín. El territorio restante del Cuarto Distrito todavía era enorme (el condado de San Bernardino es el condado más grande de los Estados Unidos contiguos por área); En 1965, el Cuarto Distrito se dividió en la División Uno, con sede permanente en San Diego, y la División Dos, con sede permanente en San Bernardino (ahora Riverside), lo que significa que ya no sería un tribunal de circuito. Las dos divisiones compartieron jurisdicción sobre el Condado de Orange hasta la creación de la División Tres en 1982.

El Cuarto Distrito fue el primer Tribunal de Apelaciones en obtener un palacio de justicia propio construido a medida en enero de 1999, cuando la División Dos se mudó de San Bernardino a un palacio de justicia recién construido en Riverside. [13] Los distritos primero, segundo y tercero siempre han compartido juzgados con la Corte Suprema, mientras que los distritos cuarto, quinto y sexto en el momento de su fundación inicialmente alquilaron espacio en edificios de oficinas existentes. [13]

Quinto Distrito

El juzgado de Fresno del Quinto Distrito

El Tribunal de Apelaciones de California para el Quinto Distrito está ubicado en Fresno . Su jurisdicción cubre los siguientes condados: Fresno , Kern , Kings , Madera , Mariposa , Merced , Stanislaus , Tulare y Tuolumne . [1] Actualmente cuenta con 10 magistrados.

Jueces:

Historia

El Quinto Distrito fue formado por una división del Cuarto Distrito de conformidad con la legislación promulgada en 1961 (Stats.1961, c. 845, p. 2128, § 7). La primera decisión tomada por el Quinto Distrito fue el 21 de noviembre de 1961, en el caso Wheat v. Morse (1961) 17 Cal.Rptr. 226 [197 Cal.Ap.2d 203].

Sexto Distrito

La Comerica Bank Tower, que alberga el palacio de justicia del Sexto Distrito.

El Tribunal de Apelaciones de California para el Sexto Distrito está ubicado en el edificio del Comerica Bank en San José . Su jurisdicción cubre los condados de Monterey , San Benito , Santa Clara y Santa Cruz . [1] Tiene siete magistrados.

Jueces:

Historia

El Sexto Distrito fue formado por una división del Primer Distrito de conformidad con la legislación promulgada en 1981 (Stats.1981, c. 959, p. 3645, § 5). La primera decisión tomada por el Sexto Distrito fue el 13 de diciembre de 1984, en el caso People v. Dickens (1984) 163 Cal.App.3d 377 [208 Cal.Rptr. 751].

Ver también

Notas

Referencias

  1. ^ abcdefghi Código de Gobierno de California, secciones 69100-69107.
  2. ^ Auto Equity Sales, Inc. contra el Tribunal Superior, 57 Cal. 2d 450, 369 P.2d 937, 20 Cal. Rptr. 321 (1962).
  3. ^ Véase, por ejemplo, Reiser v. Residential Funding Corp. , 380 F.3d 1027 (7th Cir. 2004).
  4. ^ abc Sarti contra Salt Creek Ltd. , 167 Cal.App.4th 1187, 1193 (2008).
  5. ^ ab McCallum contra McCallum , 190 Cal.App.3d 308, 315 n.4 (1987).
  6. ^ El llamado procedimiento de apelación Wende se confirmó como compatible con la Decimocuarta Enmienda en Smith v. Robbins , 528 U.S. 259 (2000).
  7. ^ ABCDE People contra Kelly , 40 Cal. 4º 106 (2006).
  8. ^ Tutela de Ben C. , 40 Cal.4th 529, 150 P.3d 738, 53 Cal.Rptr. 3d 856 (2007).
  9. ^ En re Sade C. , 13 Cal.4th 952, 920 P.2d 716, 55 Cal.Rptr. 2° 771 (1996).
  10. ^ Schmier contra la Corte Suprema , 78 Cal.App.4th 703 (2000). En este caso, el demandante impugnó sin éxito la política de publicación selectiva por considerarla inconstitucional. El tribunal replicó: "El apelante malinterpreta o ignora las realidades del proceso de apelación intermedio". El tribunal continuó describiendo la variedad de apelaciones frívolas que regularmente enfrentan los Tribunales de Apelaciones, y concluyó: "Nuestras opiniones típicas en tales casos no añaden nada al cuerpo del stare decisis, y si se publicaran simplemente abarrotarían los abarrotados estantes de bibliotecas y bases de datos con información completamente inútil para nadie más que para los litigantes reales y complica la búsqueda de un precedente significativo".
  11. ^ abcdefgh Querido Jake (2020). "Los primeros abogados judiciales de California: el sorprendente papel que desempeñaron los comisionados, 1885-1905, en la creación de los tribunales de apelación" (PDF) . Historia jurídica de California . 15 : 125-161. ISSN  1930-4943. OCLC  825171095 . Consultado el 17 de septiembre de 2022 .
  12. ^ abc cal. Reglamento del Tribunal, norma 10.1004.
  13. ^ ab McDevitt, Ray (2001). Palacios de justicia de California: una historia ilustrada . Berkeley: Libros del apogeo. pag. 326.ISBN 9781890771492.

enlaces externos