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Convenio sobre el trabajo forzoso

El Convenio sobre el trabajo forzoso , cuyo título completo es Convenio relativo al trabajo forzoso u obligatorio, 1930 (núm. 29) , es uno de los ocho convenios fundamentales de la OIT [2] de la Organización Internacional del Trabajo . Su objeto y propósito es suprimir el uso del trabajo forzoso en todas sus formas, independientemente de la naturaleza del trabajo o del sector de actividad en el que pueda realizarse. El Convenio define el trabajo forzoso como "todo trabajo o servicio exigido a un individuo bajo la amenaza de una pena cualquiera y para el cual dicho individuo no se ofrece voluntariamente", con pocas excepciones como el servicio militar obligatorio. [3]

La Convención fue adoptada en Ginebra el 28 de junio de 1930 y entró en vigor el 1 de mayo de 1932. A finales de 1932, diez países la habían ratificado (Japón, Bulgaria, España, Noruega, Dinamarca, Australia, Suecia, Reino Unido, Liberia e Irlanda). Austria en 1960, Luxemburgo en 1964 y Malta en 1965 fueron los últimos países de Europa occidental en ratificar la Convención. Canadá la ratificó en 2011 y, a fecha de 2022, Estados Unidos no la ha ratificado. [4]

El Convenio se complementó con el Convenio sobre la abolición del trabajo forzoso , que canceló una serie de excepciones a la abolición del Convenio de 1930, como el castigo por huelgas y el castigo por mantener determinadas opiniones políticas.

Excepciones

El artículo 2 del Convenio exceptúa del término trabajo forzoso u obligatorio los siguientes:

a) cualquier trabajo o servicio exigido en virtud de leyes de servicio militar obligatorio para trabajos de carácter puramente militar;
b) cualquier trabajo o servicio que forme parte de las obligaciones cívicas normales de los ciudadanos de un país plenamente autónomo ;
c) cualquier trabajo o servicio exigido a una persona como consecuencia de una condena dictada por un tribunal de justicia , siempre que dicho trabajo o servicio se realice bajo la supervisión y control de una autoridad pública y que dicha persona no sea contratada ni puesta a disposición de particulares, empresas o asociaciones privadas ;
d) cualquier trabajo o servicio exigido en casos de urgencia, es decir, en caso de guerra , de calamidad o de amenaza de calamidad, tales como incendio , inundación , hambruna , terremoto , enfermedades violentas epidémicas o epizoóticas , invasiones de animales , insectos o plagas vegetales y, en general, cualquier circunstancia que ponga en peligro la existencia o el bienestar de toda o parte de la población;
e) los servicios comunales menores que, al ser realizados por los miembros de la comunidad en interés directo de dicha comunidad, puedan considerarse, por tanto, obligaciones cívicas normales que incumben a los miembros de la comunidad, siempre que los miembros de la comunidad o sus representantes directos tengan derecho a ser consultados respecto de la necesidad de tales servicios.

Ratificaciones

A julio de 2023, el convenio ha sido ratificado por 181 de los 187 miembros de la OIT . [1] Los miembros de la OIT que no han ratificado el convenio son: [5]

Los Estados miembros de las Naciones Unidas que no son miembros de la OIT son Andorra , Bután , Liechtenstein , Micronesia , Mónaco , Nauru y Corea del Norte ; estos Estados no son elegibles para ratificar el Convenio a menos que primero se unan a la OIT.

Protocolo

En 2014, la Conferencia Internacional del Trabajo adoptó un protocolo: P29, Protocolo de 2014 relativo al Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930. El Protocolo fue adoptado con 437 votos a favor, 8 en contra y 27 abstenciones (hay 3 votos por estado miembro: uno para el gobierno, uno para los empleados y uno para los empleadores). El Gobierno de Tailandia fue el único estado que votó en contra de la adopción, [6] [7] aunque revirtió su posición unos días después. [8] El protocolo obliga a los Estados partes a proporcionar protección y recursos apropiados , incluida la indemnización , a las víctimas de trabajo forzoso y a sancionar a los autores de trabajo forzoso. También obliga a los Estados partes a desarrollar "una política nacional y un plan de acción para la supresión efectiva y sostenida del trabajo forzoso u obligatorio".

El 14 de mayo de 2015, Níger se convirtió en el primer Estado en ratificar el Protocolo de 2014. A fecha de noviembre de 2016, lo han ratificado nueve Estados: Argentina , República Checa , Francia , Malí , Mauritania , Níger, Noruega , Panamá y el Reino Unido . El Protocolo entró en vigor el 9 de noviembre de 2016. [9]

Véase también

Referencias

  1. ^ ab «Ratificaciones del Convenio». Organización Internacional del Trabajo . 26 de mayo de 2011 . Consultado el 10 de mayo de 2021 .
  2. ^ "Convenios y recomendaciones". Organización Internacional del Trabajo . 27 de mayo de 2011.
  3. ^ Artículo 2.
  4. ^ Organización Internacional del Trabajo (2015). «Ratificaciones del Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (núm. 29)». Organización Internacional del Trabajo. Archivado desde el original el 22 de diciembre de 2017. Consultado el 4 de marzo de 2015 .
  5. ^ «Miembros que no han ratificado». Organización Internacional del Trabajo . 26 de mayo de 2011 . Consultado el 10 de mayo de 2021 .
  6. ^ Nebehay, Stephanie (11 de junio de 2014). "Pacto para poner fin al trabajo forzoso rechazado por Tailandia y el Golfo - OIT". Reuters . Ginebra. Archivado desde el original el 10 de agosto de 2016.
  7. ^ "El Gobierno militar de Tailandia vota 'Sí' al trabajo forzoso". ThinkProgress . Archivado desde el original el 29 de mayo de 2016 . Consultado el 12 de junio de 2014 .
  8. ^ Ganjanakhundee, Supalak (15 de junio de 2014). "Tailandia revierte decisión anterior y respalda protocolo de la OIT sobre trabajo forzoso". The Sunday Nation . Tailandia. Archivado desde el original el 3 de marzo de 2016 . Consultado el 22 de junio de 2016 .
  9. ^ Ratificaciones del Protocolo de 2014 relativo al Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930

Enlaces externos