El Comité Asesor de Tráfico de los Condados de Londres y del Interior se creó en 1924 para asesorar al Ministro de Transporte sobre cuestiones relacionadas con el tráfico y el transporte en el Área de Tráfico de Londres . Se disolvió en 1965.
El propósito del comité, como se establece en la Ley, era "brindar asesoramiento y asistencia en la forma prevista en esta Ley al Ministro de Transporte... en relación con el ejercicio y desempeño de sus poderes y deberes en relación con el tráfico dentro del... Área de Tráfico de Londres..."
Establecimiento, 1924
El comité fue creado, junto con el Área de Tráfico, por la Ley de Tráfico de Londres de 1924. Los miembros fueron designados tanto por el gobierno nacional como por el local de la siguiente manera: [1]
Los miembros del comité debían designar ellos mismos un presidente.
Reconstitución, 1933
El comité fue reconstituido por la Ley de Transporte de Pasajeros de Londres de 1933 , y el número de miembros aumentó a cuarenta miembros: [2]
- 1 por el Secretario de Estado del Interior
- 1 por el Ministro de Transportes
- 6 por el Consejo del Condado de Londres:
- 1 por la Corporación de la Ciudad de Londres
- 1 por el Consejo de la Ciudad de Westminster
- 6 por los concejos de los distritos metropolitanos restantes
- 2 por el Consejo del Condado de Middlesex
- 2 por el Consejo del Condado de Essex
- 1 por el Consejo del Condado de Kent
- 1 por el Consejo del Condado de Surrey
- 1 (conjuntamente) por los consejos del condado de Buckinghamshire y Hertfordshire
- 1 por el Consejo del condado de Croydon
- 1 por el Consejo del condado de East Ham
- 1 por el Consejo del condado de West Ham
- 1 El Secretario de Estado del Interior representará a la Policía Metropolitana.
- 1 El Secretario de Estado del Interior representará a las fuerzas policiales de los condados y distritos en el Área de Tráfico de Londres.
- 1 por la Corporación de la Ciudad de Londres para representar a la Policía de la Ciudad
- 2 por la Junta de Transporte de Pasajeros de Londres
- 2 por las empresas ferroviarias fusionadas
- 5 por el Ministro de Trabajo "después de consultar con los organismos representativos de los intereses que considere adecuados para representar los intereses de los trabajadores empleados en la industria del transporte dentro del área de tráfico de Londres"
- 1 por el Ministro de Transporte, "después de consultar con los organismos representativos de esos intereses que considere adecuados, para representar los intereses de las personas (distintas de la Junta y las compañías ferroviarias fusionadas) que proporcionan o utilizan vehículos de carretera propulsados mecánicamente dentro del área de tráfico de Londres"
- 1 El Ministro de Transportes, "después de consultar con los organismos representativos de dichos intereses que considere adecuados, para representar los intereses de las personas (distintas de la Junta y las compañías ferroviarias fusionadas) que proporcionen o utilicen vehículos de carretera tirados por caballos dentro del área de tráfico de Londres".
- 1 El Ministro de Transportes, "después de consultar con los organismos representativos de dichos intereses que considere adecuados, para representar los intereses de la industria del taxi en el área de tráfico de Londres".
Reconstitución, 1960
El comité fue reconstituido por segunda vez por la Ley de Tráfico por Carretera de 1960, para representar mejor la variedad de usuarios de la carretera: [3]
- 1 por el Secretario de Estado del Interior
- 1 por el Ministro de Transportes
- 6 por el Consejo del Condado de Londres:
- 1 por la Corporación de la Ciudad de Londres:
- 1 por el Consejo de la Ciudad de Westminster:
- 6 por los concejos de los restantes distritos metropolitanos:
- 2 por el Consejo del Condado de Middlesex:
- 1 por el Consejo del Condado de Essex:
- 1 por el Consejo del Condado de Kent:
- 1 por el Consejo del Condado de Surrey:
- 1 por los Consejos del condado de Buckinghamshire y Hertfordshire:
- 1 por el Consejo del condado de Croydon:
- 1 por el Consejo del condado de East Ham:
- 1 por el Consejo del condado de West Ham:
- 1 por el Secretario de Estado en representación de la policía metropolitana:
- 1 del Secretario de Estado para representar a las fuerzas policiales de los condados y distritos en el área de tráfico de Londres:
- 1 por la Corporación de la Ciudad de Londres para representar a la policía de la ciudad:
- 4 por la Comisión de Transporte Británica :
- 5 por el Ministro de Trabajo, después de consultar con los organismos representativos de dichos intereses que considere adecuados, para representar los intereses de los trabajadores empleados en la industria del transporte dentro del área de tráfico de Londres:
- 2 por el Ministro, después de consultar con los organismos representativos de dichos intereses que considere adecuados, para representar los intereses de las personas (distintas de las personas que se mencionan a continuación y distintas de la Comisión de Transporte Británica y cualquier Ejecutivo) que proporcionen o utilicen vehículos de carretera propulsados mecánicamente dentro del área de tráfico de Londres.
- 1 por el Ministro, después de consultar con los organismos representativos de dichos intereses que considere adecuados, para representar los intereses de las personas (distintas de la Comisión de Transporte Británica y cualquier Ejecutivo) que sean titulares de licencias A o B (en el sentido de la Parte IV de esta Ley) que realicen negocios dentro del Área de Tráfico de Londres:†
- 1 por el Ministro, después de consultar con los organismos representativos de dichos intereses que considere adecuados, para representar los intereses de las personas que sean titulares de licencias C (en el sentido de la Parte IV de esta Ley) que realicen negocios dentro del Área de Tráfico de Londres:†
- 1 por el Ministro, después de consultar con los organismos representativos de dichos intereses que considere adecuados, para representar los intereses de las personas (distintas de la Comisión de Transporte Británica y cualquier Ejecutivo) que sean titulares de licencias que las autoricen a operar vehículos de servicio público dentro del Área de Tráfico de Londres:
- 1 por el Ministro, después de consultar con los organismos representativos de dichos intereses que considere adecuados, para representar los intereses de las personas (distintas de la Comisión de Transporte Británica y cualquier Ejecutivo) que proporcionen o utilicen vehículos de carretera tirados por caballos dentro del área de tráfico de Londres.
- 1 por el Ministro, después de consultar con los organismos representativos de dichos intereses que considere adecuados, para representar los intereses de la industria del taxi dentro del área de tráfico de Londres.
- 1 por el Ministro, después de consultar con los organismos representativos de dichos intereses que considere adecuados, para representar los intereses de las personas que utilizan bicicletas y triciclos, que no sean vehículos de motor, dentro del área de tráfico de Londres.
† Una licencia A habilita al titular para conducir una motocicleta; una licencia B, un automóvil; y una licencia C, un vehículo pesado.
El Comité y el Área de Tráfico fueron abolidos en 1965 por la Ley de Gobierno de Londres de 1963 .
Referencias
- ^ Ley de Tráfico de Londres de 1924 (1924 c. 34), Sección 1
- ^ Ley de Transporte de Pasajeros de Londres de 1933 (23 y 24 Geo. 5, C.14), Anexo 12
- ^ Ley de Tráfico por Carretera de 1960 (8 y 9 Eliz. 2 c.16), Anexo 2