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Comisión para el empoderamiento jurídico de los pobres

Comisión para el empoderamiento jurídico de los pobres

La Comisión sobre el Empoderamiento Jurídico de los Pobres fue una comisión internacional independiente, auspiciada por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), y establecida en 2005 como la “primera iniciativa global centrada en el vínculo entre la exclusión, la pobreza y la ley”. [1] Basándose en tres años de investigación y consultas, la Comisión propuso estrategias para crear iniciativas de desarrollo inclusivas que empoderaran a quienes viven en la pobreza a través de mayores protecciones y derechos.

El informe final de la Comisión de 2008, Making the Law Work for Everyone (Hacer que la ley funcione para todos), sostenía que hasta 4.000 millones de personas en todo el mundo “se ven privadas de la oportunidad de mejorar sus vidas y salir de la pobreza, porque están excluidas del imperio de la ley”. [2] En respuesta, el informe propuso cuatro “pilares” para el empoderamiento jurídico de los pobres, que, según la Comisión, permitirían a quienes viven en la pobreza convertirse en socios, en lugar de receptores pasivos, de los programas de desarrollo. Estos cuatro pilares son: acceso a la justicia y al imperio de la ley , derechos de propiedad , derechos laborales y derechos empresariales. [3]

Al concluir su labor y elaborar su informe final, la Comisión sobre Empoderamiento Jurídico de los Pobres dejó de existir. Las conclusiones de la Comisión dieron lugar a una serie de iniciativas, entre ellas la Iniciativa sobre Empoderamiento Jurídico de los Pobres del PNUD (creada en 2008), el programa Justicia para los Pobres del Banco Mundial (iniciado en 2009), el trabajo sobre Empoderamiento Jurídico como parte de la Iniciativa de Justicia de Open Society Foundations y, más recientemente, la creación de la Red Mundial de Empoderamiento Jurídico (2012) y el Fondo de Empoderamiento Jurídico (2020).

Un evento de alto nivel celebrado en 2018 al inicio de la 73.ª Asamblea General de las Naciones Unidas marcó el décimo aniversario de Hacer que la ley funcione para todos. [4] Elogió el trabajo de la Comisión como base para el entonces recién formado Grupo de Trabajo sobre Justicia, creado para desarrollar una agenda para lograr el "acceso a la justicia para todos" para 2030, como se define en el Objetivo de Desarrollo Sostenible 16 .

Historia del empoderamiento legal de los pobres

El concepto de empoderamiento jurídico y la labor de la Comisión se basaron en las ideas de Hernando de Soto y su libro El misterio del capital. La idea central es que la forma en que el derecho y el sector de la justicia funcionan en una sociedad es fundamental para el crecimiento económico, pero a menudo los economistas la pasan por alto. En palabras de la Comisión: "los enfoques tradicionales del desarrollo y la teoría económica estándar suelen dar por sentados los fundamentos jurídicos de la iniciativa empresarial, el empleo y la interacción con el mercado". El acceso desigual a los sistemas de justicia, a otras formas de resolución de disputas y a los servicios públicos se traduce en un acceso desigual a la prosperidad económica y, por lo tanto, multiplica la desigualdad.

Los estudiosos del desarrollo, como Dan Banik, han sostenido que “la relación entre el derecho y el desarrollo en el discurso internacional sobre el desarrollo se ha centrado tradicionalmente en el derecho, los abogados y las instituciones estatales”. [5] El resultado, en la mayoría de los casos, ha sido un enfoque “de arriba hacia abajo” del desarrollo, en el que las iniciativas de ayuda a menudo pasan por alto o excluyen las voces de las mismas personas a las que se pretende ayudar. [6] El empoderamiento jurídico de los pobres, en cambio, busca incorporar las voces excluidas al debate sobre el desarrollo, al tiempo que trabaja para ampliar las protecciones otorgadas a quienes viven en la pobreza. Stephen Golub, uno de los estudiosos de este campo, ha sostenido que el empoderamiento jurídico “pone en práctica el desarrollo impulsado por la comunidad y basado en los derechos al ofrecer mecanismos concretos, que incluyen, entre otros, servicios jurídicos, que alivian la pobreza, promueven los derechos de los desfavorecidos y hacen que el estado de derecho sea más una realidad para ellos”. [7]

Basándose en estos principios y respaldada por los Objetivos de Desarrollo del Milenio de las Naciones Unidas, la misión sobre el Empoderamiento Jurídico de los Pobres surgió como un esfuerzo por conectar el trabajo sobre el acceso a la justicia, el estado de derecho y los derechos humanos, por un lado, con los esfuerzos para reducir la pobreza y promover el crecimiento económico, por el otro.

Fundación de la Comisión

La Comisión para el Empoderamiento Legal de los Pobres, copresidida por la ex Secretaria de Estado de Estados Unidos Madeleine Albright y Hernando de Soto , economista peruano y fundador del Instituto para la Libertad y la Democracia (ILD), fue lanzada en 2005 por un grupo de países en desarrollo e industrializados, entre ellos Canadá, Dinamarca, Egipto, Finlandia, Guatemala, Islandia, India, Noruega, Suecia, Sudáfrica, Tanzania y el Reino Unido, y completó su trabajo en 2008.

Miembros

La Comisión sobre el Empoderamiento Jurídico de los Pobres estaba integrada por influyentes formuladores de políticas y profesionales de todo el mundo que se consideraban bien posicionados para defender entre sus pares las reformas jurídicas en los países en desarrollo.

Comisionados

Junta de Asesores

Organización

Los defensores del empoderamiento jurídico argumentaron que era imperativo aprender de quienes viven y trabajan en barrios marginales y asentamientos de todo el mundo. Por ello, la Comisión sobre el Empoderamiento Jurídico de los Pobres, al realizar su investigación, se asoció con organizaciones de base, gobiernos e instituciones para conocer los desafíos jurídicos que enfrentan los pobres. Se celebraron 22 consultas nacionales y regionales en África, América del Sur y América Central, Asia, Oriente Medio y Europa. Estos procesos nacionales y regionales fundamentaron la labor de Empoderamiento Jurídico en las realidades locales y contribuyeron a formular recomendaciones que reflejaban diversos entornos culturales, socioeconómicos y políticos.

El informe final de la Comisión sobre el Empoderamiento Jurídico de los Pobres, Making The Law Work For Everyone, sostuvo que las iniciativas de empoderamiento jurídico deben basarse en cuatro “pilares” fundamentales: [8]

•Acceso a la justicia: incluye el derecho a la identidad legal, la eliminación de leyes discriminatorias contra los pobres y un mayor acceso a los sistemas de justicia tradicionales y alternativos.

•Derechos de propiedad: incluido el reconocimiento de métodos alternativos de propiedad individual y colectiva

•Derechos laborales: derechos, protecciones y beneficios de los trabajadores

•Derechos empresariales: acceso al crédito y apoyo a los pobres (en particular a las mujeres pobres) para que inicien y operen pequeñas empresas.

Se crearon cinco grupos de trabajo técnicos para elaborar informes de aportación al informe final de la Comisión, centrados en el acceso a la justicia, los derechos de propiedad, los derechos laborales, los derechos empresariales y las hojas de ruta para la aplicación de las reformas. Las conclusiones de cada uno de los grupos de trabajo se publicaron como capítulos en el informe final titulado Making the Law Work for Everyone - Volume II.

El capítulo final del informe, titulado "Hacer que la ley funcione para todos", incluye estrategias de implementación, con una serie de recomendaciones y propuestas para actividades de seguimiento, incluida la idea de desarrollar un ombudsman global o "Defensores de los pobres" globales. [9]

Críticas a la Comisión

Aunque los académicos y los profesionales de los programas de empoderamiento legal aplauden a la Comisión sobre el Empoderamiento Legal de los Pobres por haber puesto el empoderamiento legal de los pobres en el centro de atención internacional, se han publicado varias críticas a su informe de 2008, tanto por razones técnicas como teóricas. Por ejemplo, Matthew Stephens, en su artículo "La Comisión sobre el Empoderamiento Legal de los Pobres: Una oportunidad perdida", [10] sostuvo que el Informe carecía de suficientes datos empíricos. Julio Faundez [11] sostuvo que las recomendaciones de política de la Comisión eran demasiado vagas para ser implementadas de manera efectiva.

Referencias

  1. ^ [1] Archivado el 27 de junio de 2010 en Wayback Machine . Comisión sobre el empoderamiento jurídico de los pobres (2008). Hacer que la ley funcione para todos. "Empoderamiento jurídico de los pobres - PNUD - Página de inicio". Archivado desde el original el 1 de octubre de 2010. Consultado el 14 de septiembre de 2010 .
  2. ^ [2] Archivado el 27 de junio de 2010 en Wayback Machine. Comisión sobre el empoderamiento legal de los pobres (2008). Hacer que la ley funcione para todos. p.1
  3. ^ [3] Archivado el 27 de junio de 2010 en Wayback Machine. Comisión sobre el empoderamiento legal de los pobres (2008). Hacer que la ley funcione para todos. p.31
  4. ^ Langen, Maaike de (23 de enero de 2021). "Empoderamiento legal, justicia e inclusión". Medium . Consultado el 6 de abril de 2023 .
  5. ^ Banik, D. (2009). El potencial del empoderamiento legal para erradicar la pobreza. Boletín de Derechos y Desarrollo. 1,13: p.5
  6. ^ Golub, S. (2003). Más allá de la ortodoxia del Estado de derecho: la alternativa del empoderamiento legal. Fundación Carnegie para la Paz Internacional.
  7. ^ Golub, S. (2003). Más allá de la ortodoxia del Estado de derecho: la alternativa del empoderamiento legal. Carnegie Endowment for International Peace, pág. 3.
  8. ^ Comisión para el Empoderamiento Jurídico de los Pobres (2008). Hacer que la ley funcione para todos. pág. 31.
  9. ^ Langen, De; S, Maaike (1 de febrero de 2010). "El Defensor del Pueblo Mundial". Rochester, Nueva York. {{cite journal}}: Requiere citar revista |journal=( ayuda )
  10. ^ Stephens, M. (2009). La Comisión sobre el Empoderamiento Jurídico de los Pobres: Una oportunidad perdida. Revista de La Haya sobre el Estado de Derecho, 1, 132-157.
  11. ^ Faundez, J. (2009). Empoderamiento de los trabajadores en la economía informal. Revista de La Haya sobre el Estado de Derecho, 1: 156–172.

Enlaces externos