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Comisión Española de Reclamaciones de Tratados

Edificio de la Comisión de Reclamaciones del Tratado Español en Washington, DC (1911)

La Comisión de Reclamaciones del Tratado Español fue establecida por los Estados Unidos al concluir la Guerra Hispano-Estadounidense con el propósito de llevar a cabo uno de los términos del tratado que puso fin a la guerra. [1] La Comisión fue creada por una ley del Congreso aprobada el 2 de marzo de 1901. [2] La Comisión trabajó entre 1901 y 1910, resolvió casi 65 millones de dólares en reclamaciones y otorgó menos de 1,5 millones de dólares. [1]

La indemnización de Estados Unidos a España

En virtud del Artículo VII del Tratado de París de 1898 , Estados Unidos asumió la responsabilidad del pago de todas las reclamaciones de sus propios ciudadanos por las que España hubiera sido responsable según los principios del derecho internacional . [3] Así, en los procedimientos ante la Comisión, el gobierno de los Estados Unidos estaba efectivamente obligado a ponerse en el lugar de su adversario derrotado, España, y a defenderse de las reclamaciones de sus propios ciudadanos defendiendo las acciones u omisiones de España.

Comisionados

El presidente William McKinley nombró a los miembros originales de la Comisión en 1901. Los comisionados originales fueron el recientemente derrotado senador estadounidense William E. Chandler de New Hampshire (quien fue elegido presidente), Gerrit J. Diekema de Michigan, James P. Wood de Ohio, William Arden Maury del Distrito de Columbia y William L. Chambers de Alabama. [1] Diekema renunció en 1907 tras su elección al Congreso y fue reemplazado por Harry K. Daugherty de Pensilvania. Cuando Chandler renunció en 1907, Wood ocupó su lugar como presidente mientras que el ex congresista Roswell P. Bishop se agregó a la Comisión. [1]

McKinley también nombró al ex congresista William E. Fuller de Iowa como fiscal general adjunto para defenderse de las demandas. Fuller sirvió desde 1901 hasta 1907, [4] cuando renunció y fue sucedido por el ex auditor y congresista William Wallace Brown de Pensilvania. De 1902 a 1904, Fuller fue asistido por el futuro juez federal Charles B. Witmer .

Reclamaciones y pagos

Restos del USS Maine , 1898

Los ciudadanos estadounidenses tenían seis meses para presentar sus reclamaciones a la Comisión, aunque algunas veces las reclamaciones presentadas en el plazo establecido se modificaban después de esa fecha límite. [1] La resolución de las reclamaciones era a menudo difícil debido a problemas logísticos. En general, los testigos no se encontraban en los Estados Unidos, donde trabajaba la Comisión, sino en Cuba o España. [1] Los funcionarios españoles se mostraron inicialmente poco cooperativos. [1] En el caso de algunas reclamaciones, la necesidad de que los demandantes tuvieran ciudadanía estadounidense dio lugar a disputas sobre su nacionalidad. [1] La Comisión también se enfrentó a importantes cuestiones jurídicas, incluida la validez de las reclamaciones derivadas de los daños sufridos durante las batallas entre los insurgentes cubanos y las fuerzas españolas. [1]

Se pagaron veintiún reclamaciones, por un total de 279.750 dólares, por lesiones personales sufridas por ciudadanos estadounidenses a manos de las autoridades militares españolas, generalmente cuando fueron detenidos bajo sospecha de ayudar a la insurrección y en violación del Tratado Pinckney de 1795 entre las dos naciones. [1]

La mayoría de las reclamaciones pagadas por la Comisión surgieron de apropiaciones de tierras, ganado y otros bienes por parte de España. Cuando la Comisión concluyó que los daños eran resultado de una destrucción justificable según las reglas y los usos de la guerra, las reclamaciones fueron denegadas. [1]

El mayor rubro de destrucción por el que se presentaron reclamaciones fue la pérdida de campos de caña de azúcar quemados por insurgentes o fuerzas españolas. Todas las reclamaciones, salvo una, fueron denegadas. [1]

Más de 150 reclamaciones, por un total de 2.825.200 dólares, surgieron a raíz de la destrucción del USS Maine en el puerto de La Habana, Cuba, el 15 de febrero de 1898. [1] Todas esas reclamaciones, presentadas por oficiales navales, marineros o sus sobrevivientes, fueron desestimadas. [1] La Comisión razonó que el derecho internacional no consideraría a otro país responsable ante los oficiales militares estadounidenses, porque esas reclamaciones son nacionales y no personales, y sólo deben presentarse en nombre de los Estados Unidos. [1]

Los premios otorgados por la Comisión ascendieron a un total de 1.387.845,74 dólares. [1]

Referencias

  1. ^ abcdefghijklmnop "Informe final de la Comisión de Reclamaciones del Tratado Español" (Washington: Government Printing Office, 1910).
  2. ^ Ley Pública N.º 115, 56.º Congreso, 2.ª sesión, 31 Stat. 877.
  3. ^ "Los Estados Unidos y España renuncian mutuamente a todas las reclamaciones de indemnización, nacionales e individuales, de cualquier tipo, de cualquiera de los dos Gobiernos, o de sus ciudadanos o súbditos, contra el otro Gobierno, que puedan haber surgido desde el comienzo de la reciente insurrección en Cuba y antes del canje de ratificaciones del presente tratado, incluyendo todas las reclamaciones de indemnización por el costo de la guerra. Los Estados Unidos adjudicarán y resolverán las reclamaciones de sus ciudadanos contra España a las que renuncian en este artículo ". Art. VII, Un tratado de paz entre los Estados Unidos y España, Congreso de los Estados Unidos, 55.º Congreso, 3.ª sesión, Documento del Senado No. 62, Parte 1 (Washington: Oficina de Imprenta del Gobierno, 1899).
  4. ^ "Informe especial de William E. Fuller, Fiscal General Adjunto, sobre las actividades de la Comisión de Reclamaciones del Tratado Español desde abril de 1901 hasta abril de 1907" (Washington: Government Printing Office, 1907).