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Charles S. Lobingier

Charles Sumner Lobingier (30 de abril de 1866 - 28 de abril de 1956) fue un jurista estadounidense que se desempeñó como juez del Tribunal de Primera Instancia de Filipinas (ahora Tribunal de Primera Instancia Regional ) de 1904 a 1914 y como juez del Tribunal de los Estados Unidos para China en Shanghái de 1914 a 1924. También fue autor de varios libros sobre derecho internacional y comparado. [1]

Vida temprana y educación

Los abuelos paternos de Lobingier se establecieron en Pensilvania a principios de 1700, pero Charles nació en Lanark, Illinois , el 30 de abril de 1866. [2] Se graduó de la escuela secundaria en Hebron, Nebraska, y también enseñó en la escuela en esa área antes de ingresar a la Universidad de Nebraska en 1884. Inicialmente, pasó un año en la Escuela Latina de la universidad, donde fue compañero de clase de Roscoe Pound . [3]

En la Universidad de Nebraska, Lobingier obtuvo una licenciatura en 1888 (con honores y elección para Phi Beta Kappa ), una maestría en 1892 y una maestría en derecho en 1894. Fue admitido en el colegio de abogados de Nebraska en 1890, ejerció allí durante diez años, de 1892 a 1902, y se casó con Ellen Ballon Hunker el 31 de noviembre de 1898. De 1900 a 1903 fue profesor de Derecho en la Universidad de Nebraska y se le concedió un doctorado de esa institución en 1903. [4]

Carrera

Lobingier fue miembro de la Comisión de la Corte de Nebraska entre 1902 y 1903 (la Comisión se creó para ayudar a la Corte Suprema de Nebraska a eliminar la acumulación de casos que se habían acumulado a lo largo de varios años). [5] En 1904, después de un año en este puesto cuasijudicial, fue designado para el Tribunal de Primera Instancia de Filipinas y sirvió en ese país durante 10 años.

Lobingier en 1924

Tras la dimisión de Rufus Thayer como juez del Tribunal de los Estados Unidos para China en 1913, Lobingier aceptó un nombramiento para actuar como juez de ese tribunal a partir de 1914. [6] En 1917, Lobingier prestó testimonio ante el Comité de Asuntos Exteriores de la Cámara de Representantes sobre el funcionamiento del Tribunal de los Estados Unidos para China [7] y en 1920 recopiló y editó informes de casos del Tribunal de los Estados Unidos para China, así como otras decisiones relacionadas con la extraterritorialidad de otros tribunales, incluida la Corte Suprema británica para China y Japón . [8] Completó su mandato de 10 años en 1924 y fue sucedido por Milton D. Purdy .

Nombramientos académicos

A lo largo de los años, Lobingier enseñó derecho en la Universidad de Nebraska , la Facultad de Derecho de la Universidad de Filipinas , la Universidad de California , la Facultad de Derecho Comparado de China y en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional en Washington, DC (que más tarde se fusionó con la facultad de derecho de la Universidad George Washington). [9] El puesto docente más duradero de Lobingier fue en la Universidad Nacional, donde comenzó a enseñar Derecho Civil en 1926 y, en última instancia, según sus propias palabras, impartió cursos de "Derecho romano analítico e histórico, los Institutos de Justiniano, la evolución del derecho civil moderno y los principios del derecho civil moderno". [10] Entre sus escritos se encuentra "La evolución del derecho romano" (1923), que utilizó como texto en algunos de sus cursos. [11] En 1949 fue nombrado Consultor Honorario en Derecho Civil Moderno por la Biblioteca del Congreso . [12] Lobingier se convertiría en profesor de Derecho Civil Romano y Moderno en la universidad estadounidense en 1950, pero nunca asumió ese puesto. [13]

La práctica jurídica, el trabajo de la ABA y el Seminario Riccobono

Los puestos de enseñanza de Lobingier fueron en su mayoría a tiempo parcial, y ejerció la abogacía como abogado del gobierno durante muchos años. Fue fiscal adjunto especial de los Estados Unidos entre 1925 y 1927, asesor especial de la Comisión de Reclamaciones entre Estados Unidos y México entre 1929 y 1930, y abogado de la Comisión de Bolsa y Valores entre 1934 y aproximadamente 1950. Lobingier también se desempeñó como asesor legal del gobierno militar estadounidense de Corea en 1946. [14]

Una de las actividades profesionales más importantes de Lobingier fue su trabajo en el Comparative Law Bureau de la American Bar Association , donde fue editor entre 1907 y 1933. En el Comparative Law Bureau presionó con éxito para que el Bureau publicara una traducción de Las Siete Partidas (para la que también escribió una introducción) de Samuel Parsons Scott . [15] Otro de los esfuerzos profesionales significativos de Lobingier fue su liderazgo en el Riccobono Seminar of Roman Law in America. Fue magister del Seminario más de una vez, y presentó muchos trabajos allí. [16]

Muerte y legado

Lobingier murió el 28 de abril de 1956. [17]

La Cátedra Lobingier se estableció en la Facultad de Derecho de la Universidad George Washington en Washington, DC, en 1978 mediante una donación del patrimonio de Charles S. Lobingier. El primer titular de la cátedra fue Leroy Sorenson Merrifield, quien se convirtió en profesor emérito de la Facultad de Derecho de la Universidad George Washington. [18]

Escritos

Algunas características originales y peculiares de la Constitución de Nebraska, 15 ANNALS AM. ACADEMY POL. & SOC. SCI. 121-125 (1900).

Ejecución hipotecaria en los tribunales federales, 51 CENTRAL LJ 478-484 (1900).

Jurisdicción en juicios de ejecución hipotecaria, 53 CENTRAL LJ 403-409 (1901).

Ejecución hipotecaria por falta de pago de intereses, 54 CENTRAL LJ 143-149 (1902).

Los tenedores de bonos como demandantes en la ejecución hipotecaria de hipotecas corporativas, 54 CENTRAL LJ 364-367 (1902).

LA RATIFICACIÓN POPULAR DE LAS CONSTITUCIONES: HISTÓRICO-DOGMÁTICO-CRÍTICO (tesis doctoral) (1903).

Combinación de sistemas jurídicos en Filipinas, 21 LQ REV. 401-407 (1905).

TRATADO SOBRE LA PRÁCTICA FILIPINA (2ª ed. 1907).

Lección objetiva en español sobre elaboración de códigos, 16 YALE LJ 411-416 (1907).

Juez de Paz: Un resumen histórico y comparativo con especial referencia a Filipinas, 23 LQ Rev. 310-313 (1907).

El nuevo Código Penal japonés y su doctrina de jurisdicción extraterritorial, 2 AM. J. INT'LL 845-849 (1908).

Derechos civiles a través de recursos de derecho consuetudinario, 20 JURID. REV. 97-108 (1908–09).

LA LEY DEL PUEBLO, O LA PARTICIPACIÓN POPULAR EN LA ELABORACIÓN DE LEYES (1909).

Notas de Derecho Internacional, 43 AM. L. REV. 759-769 (1909).

Una década de fusión jurídica en Filipinas, 3 ANN. BULL. 38-42 (1910).

Codificación en Filipinas, 3 ANN. BULL. 42-47 (1910).

Derecho español en Filipinas, 4 ANN. BULL. 32-43 (1911).

La ley de matrimonio primitiva malaya, 72 CENTRAL LJ 423-426 (1911). También publicada en 12 AM. ANTHROPOLOGIST 250-256 (1910).

Las Siete Partidas y sus Antecesores, 1 CAL. L. REV. 487-498 (1912).

La legislación napoleónica, 5 ANN. BUL. 50-62 (1913).

Una introducción bibliográfica al estudio del derecho chino, 26 GREEN BAG 399-407 (1914).

LA EVOLUCIÓN DEL DERECHO CIVIL (1915).

El valor y el lugar del derecho romano en el currículo técnico, 49 AM. L. REV. 349-373 (1915). También publicado en 1 PHIL. LJ 262-283 (1915), 1 So. LQ 330-337 (1916), 30 JURID. REV. 136-161 (1918), y 1 CHINA L. REV. 332-334 (1923).

Influencia del derecho romano en la jurisprudencia angloamericana, L. STUDENT HELPER 20-22 (1915).

Los comienzos de mi servicio judicial en Filipinas, 22 CASO Y COMENTARIOS 1012-1021 (1915–16).

Recepción del Derecho Romano en Alemania, 14 MICH. L. REV. 562-569 (1916).

Evolución del Código Civil Alemán, 1 So. LQ 330-337 (1916).

Superintendente Judicial en China, 12 ILL. L. REV. 403-408 (1918).

Napoleón y su código, 32 HARV. L. REV. 114-134 (1918).

Concepto de homicidio, 9 J. AM. INST. CRIM. L. & CRIMINOLOGY 373-377 (1918).

Tribunales americanos en China, 5 PHIL. LJ 52-61 (1918).

El Tribunal Mixto Internacional de Shanghai, 5 ABAJ 188-198 (1919).

Expatriación de ciudadanos nativos, 5 ABAJ 198-211 (1919).

CASOS EXTRATERRITORIALES (Charles Sumner Lobingier ed., 1920).

Renacimiento del derecho romano, 5 CORNELL LQ 430-439 (1920).

Centenario de Napoleón y su significado jurídico, 7 ABAJ 383-387 (1921).

VEINTE AÑOS EN LA JUDICIADURA (1922).

LA EVOLUCIÓN DEL DERECHO ROMANO DESDE ANTES DE LAS DOCE TABLAS HASTA EL CORPUS JURIS (2ª ed.1923).

El florecimiento del derecho romano, 1 CHINA L. REV. 269-275 (1923).

La Corte Permanente de Justicia Internacional, 1 CHINA L. REV. 369-372 (1924).

Reminiscencias personales de Henry Dodge Estabrook, 9 ST. LOUIS L. REV. 245-249 (1924).

La compensación de los testigos expertos, 59 AM. L. REV. 266-277 (1925).

La deuda del derecho consuetudinario con Roma, 11 ABAJ 265-269 (1925).

Ley Interamericana de Instrumentos Negociables, 60 AM. L. REV. 581-599 (1926). Publicada también en 12 ABAJ 243-247 (1926).

BOCETOS DE LOS FUNDADORES DEL CONSEJO SUPREMO (1927).

Albert Pike, el abogado estadounidense, 61 AM. L. REV. 388-409 (1927). También publicado como Un abogado del siglo XIX, 13 ABAJ 205-212 (1927).

LAS DECISIONES DEL TRIBUNAL DE LOS ESTADOS UNIDOS PARA CHINA, 1920-1924 (Charles Sumner Lobingier ed.,1928).

La comunidad matrimonial: su origen y difusión: un problema de derecho comparado, 14 ABAJ 211-218 (1928).

Una introducción histórica al derecho de propiedad comunitaria (no visto; reportado en 14 ABAJ 336 (1928) como publicado en NAT'LUL REV.)

Las Siete Partidas con traje inglés completo, 15 ABAJ 365-371 (1929).

Historia de la sociedad conyugal, 63 USL REV. 250-284 (1929).

La cuna del derecho occidental: un estudio de las fuentes jurídicas fundamentales (parte 1), 63 USL REV. 572-580 (1929).

La cuna del derecho occidental: un estudio de las fuentes jurídicas fundamentales (parte 2), 63 USL REV. 623-632 (1929).

La cuna del derecho occidental: un estudio de las fuentes jurídicas fundamentales (parte 3), 64 USL REV. 8-15 (1930).

Introducción al derecho chino, CHINA L. REV. 121-132 (1930).

Factores en la conservación del derecho romano, 19 GEO. LJ 1-47 (1930).

Continuidad del Derecho Romano en Oriente, 4 TUL. L. REV. 341-369 (1930).

EL CONSEJO SUPREMO, GRADO 33 (1931) (con John Henry Cowles).

El vínculo de conexión en el derecho mundial, 4 CHINA L. REV. 327-372 (1931). (También se informó en 15 ABAJ 513 (1929) que se publicó en NAT'LUL REV.)

Lex Christiana, el vínculo de conexión entre el derecho antiguo y el moderno: Parte I, 20 GEO. LJ 1-43 (1931).

Lex Christiana, el vínculo de conexión entre el derecho antiguo y el moderno: Parte II, 20 GEO. LJ 160-195 (1932).

EL ANTIGUO Y ACEPTADO RITO ESCOCÉS DE LA MASONERÍA (1932).

Cuarto de siglo de nuestro tribunal extraterritorial, 20 GEO. LJ 427-455 (1932).

Una introducción histórica al derecho de propiedad comunitaria, 4 CHINA L. REV. 160-195 (1932).

Expansión moderna del derecho romano, 6 U. CIN. L. REV. 152-184 (1932).

Auge y caída del derecho feudal, 18 CORNELL LQ 192-231 (1933).

Los Códigos Franco-Americanos, 19 VA. L. REV. 351-380 (1933).

¿Deberá China tener un sistema jurídico uniforme?, 6 CHINA L. REV. 327-334 (1933).

CARACTERÍSTICAS OBSOLETAS DE NUESTRA CONSTITUCIÓN FEDERAL (1934) (Oficina de Imprenta del Gobierno).

Las opiniones judiciales del juez Thompson, 12 NEB. L. BULL. 421-426 (1934).

LOS COMIENZOS DEL DERECHO: UNA SUMARIA DE RESULTADOS EN ANTROPOLOGÍA JURÍDICA (1935).

Renacimiento del derecho romano en Occidente, 7 CHINA L. REV. 116-136 (1935).

“Las leyes de Inglaterra” en el siglo XIII con una nueva interpretación de la respuesta de los barones en Merton, 8 CHINA L. REV. 153-191 (1935).

La nueva ciencia del hombre y el lugar de la ley en ella, 9 CHINA L. REV. 107-124 (1936).

Jus Talionis: un estudio sobre los orígenes jurídicos, 9 CHINA L. REV. 306-375 (1937).

La naturaleza y el origen del derecho, 10 CHINA L. REV. 55-90 (1937).

Historia natural de la persona jurídica privada: un estudio comparativo sobre los orígenes corporativos, 13 TUL. L. REV. 41-69 (1939).

La autoridad de primera instancia en el procedimiento administrativo, 23 J. AM. JUD. SOC. 112-121 (1939).

Derecho natural real: un estudio comparativo, 15 NOTRE DAME LAW. 26-46 (1939).

La forma y el depósito del derecho, 10 CHINA L. REV. 165-178 (1940).

El lugar del derecho administrativo en la clasificación jurídica, 24 J. AM. JUD. SOC. 87-94 (1940).

Antecedentes históricos del derecho administrativo: el procedimiento de investigación, 16 NOTRE DAME LAW. 29-46 (1940).

Comité Acheson y examinadores de juicios de la SEC, 30 GEO. LJ 1-16 (1941).

Derecho Administrativo y Droit Administratif, 91 U. PA. L. REV. 36-58 (1942).

Nuestro “Código Modelo de Evidencia”: ¿Cómo debe adoptarse?, 91 U. PA. L. REV. 581-600 (1943).

La educación jurídica en la China del siglo XX, 4 LAW. GUILD. REV. 1-5 (1944).

El estatuto del Estado americano: cuáles son y deberían ser sus actividades, 18 TEMP. LQ 237-263 (1944).

Panamericanismo: preparación para la paz mundial, TEMP. LQ 435-472 (1944).

Corpus Juris de la Nueva China, 19 TUL. L. REV. 512-552 (1945).

¿Qué pasa con la Corte Mundial ahora?, 43 MICH. L. REV. 833-866 (1945).

El funcionamiento del derecho: un estudio comparativo con especial referencia a la legislación reciente y pendiente, 19 TEMP. LQ 63-88 (1945).

Precedente en sistemas jurídicos pasados ​​y presentes, 44 MICH. L. REV. 955-996 (1946).

Actos Jurídicos en el Derecho Civil, 24 TUL. L. REV. 178-193 (1949).

Antecedentes antropológicos del derecho, 9 CHINA L. REV. 211-226 (1936).

Lectura adicional

Referencias

  1. ^ "Abogados en las noticias". Revista de la Asociación Americana de Abogados . 36 (1): 63. 1950. JSTOR  25717126.
  2. ^ "Charles Sumner Lobingier", 1 "Registro Nacional de la Sociedad, Hijos de la Revolución Americana" 50 (Louis Henry Cornish y Alanzo Howard Clark eds., 1902)
  3. ^ Véase Timothy G. Kearley, "Lost in Translations: Roman Law Scholarship and Translation in Early Twentieth-Century America" ​​41 (2018). Para una descripción de la relación posterior de Lobingier con Pound, véase ibíd. en 83-85.
  4. ^ Id. en 42-43
  5. ^ Charles Sumner Lobingier, "Veinte años en el poder judicial", 7 "Far Eastern American Bar Assoc. Bulletin" 43 (1922)
  6. ^ Véase Kearley, supra nota 3, págs. 82-86.
  7. ^ Audiencias ante el Comité de Asuntos Exteriores de la Cámara de Representantes, 65.º Congreso, 27 y 28 de septiembre y 1 de octubre de 1917
  8. ^ Lobingier, Charles Sumner (1920). Casos extraterritoriales, incluidas las decisiones del Tribunal de los Estados Unidos para China desde su inicio, las que los revisaron el Tribunal de Apelaciones y los casos principales decididos por otros tribunales sobre cuestiones de extraterritorialidad. Vol. I. Manila: Oficina de Imprenta.
  9. ^ Véase "Abogados en las noticias" supra nota 1 y Kearley, supra nota 3 en la página 91.
  10. ^ Kearley, supra nota 3 en 89.
  11. ^ Charles Sumner Lobingier, "La evolución del derecho civil" (1915). Véase Kearley, supra nota 3 en la pág. 88. La primera edición se tituló "La evolución del derecho civil".
  12. ^ "Abogados en las noticias", supra nota 1
  13. ^ Kearley, supra nota 3, pág. 90.
  14. ^ Véase "Abogados en las noticias", supra nota 1 y Kearley, supra nota 3 en 87-90.
  15. ^ Las Siete Partidas (edición y traducción de SP Scott, Commerce Clearing House & Comparative Law Bureau, Am. Bar. Assoc. 1931; reimpresión modificada U. Penn. Press 2001) (5 vols.))
  16. ^ Véase Kearley, supra nota 3, págs. 91-92.
  17. ^ "Charles S. Lobingier". Revista New Age . Vol. 64. Consejo Supremo, 33°, Rito Escocés Antiguo y Aceptado de la Francmasonería de la Jurisdicción del Sur. 1956. Págs. 367, 383.
  18. ^ "Comunicado de prensa". GW News Center. 30 de octubre de 2001. Archivado desde el original el 10 de marzo de 2005. Consultado el 13 de noviembre de 2022 .

Enlaces externos