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Congreso de Cúcuta

Iglesia histórica de Cúcuta : Aquí se reunieron los diputados de Nueva Granada (Colombia) y Venezuela para firmar la Constitución de Cúcuta, mediante la cual se creó la Gran Colombia.

El Congreso de Cúcuta fue una asamblea constituyente donde se creó la República de Colombia (historiográficamente llamada Gran Colombia por abarcar los territorios del anterior virreinato de Nueva Granada y Venezuela, que hoy son varias naciones). El Congreso eligió presidente y vicepresidente, respectivamente, a Simón Bolívar y Francisco de Paula Santander .

La creación fundamental del Congreso fue la Constitución de Cúcuta .

Creación y logros del Congreso

Cúcuta fue la cuna del sueño de Simón Bolívar de unificar América del Sur en un solo estado federal, y de los principios sobre los cuales las instituciones políticas de América del Sur reemplazarían a las heredadas de los 300 años de historia colonial española .

Antes de 1819, Simón Bolívar , así como otros que facilitaron el establecimiento revolucionario de la República de Venezuela , se refirió a toda América del Sur como Colombia. Desde entonces, Bolívar había propuesto la unión de lo que hoy es Venezuela , Colombia y Ecuador en una nación con el mismo nombre. Dado que Bolívar basó las fronteras de la nación propuesta en el principio de uti possidetis , Panamá y Ecuador fueron incluidos, a pesar de no tener representación en este Congreso ni en el de Angostura, ya que habían sido parte del antiguo Virreinato de Nueva Granada . En el Congreso de Angostura de 1819, por lo tanto, se utilizó la palabra "Colombia" para describir este nuevo país, cuando fue propuesto. Las ciudades de Bogotá , Caracas y Quito fueron designadas capitales regionales dentro de la nueva nación. La mayor parte del territorio de esta Gran Colombia , con las excepciones del sur de Colombia y Ecuador, era en gran parte independiente de España en el momento en que el Congreso de Cúcuta comenzó a celebrar sesiones.

Lugares que estuvieron relacionados con el Congreso de Cúcuta, junto con la Casa de Santander , hoy están protegidos por su importancia histórica y forman parte del Parque de la Gran Colombia .

La comparecencia de Bolívar ante el Congreso

Conmemoración de la Constitución de Cúcuta, fruto del Congreso de Cúcuta.

El evento culminante del Congreso de Cúcuta tuvo lugar el 30 de agosto de 1821, en la ciudad de Cúcuta . Se había redactado una constitución que establecía las leyes de la República de Colombia (Gran Colombia), y determinaba la capital y los límites políticos del país. La convención, organizada por Antonio Nariño y dirigida por Simón Bolívar.

A las once de la mañana del 3 de octubre de 1821, Simón Bolívar entró en el salón de debates del Congreso de Cúcuta, ubicado entonces en la sacristía de la iglesia parroquial de la Villa del Rosario de Cúcuta (antiguo nombre de la ciudad). Lo acompañaba una comisión de diputados y los miembros del Estado Mayor Conjunto de sus fuerzas armadas. Se sentó al lado del presidente de la asamblea y, mientras todos los presentes estaban de pie, juró como Presidente de la naciente República de Colombia, integrada por Venezuela y Cundinamarca, nombre republicano con el que se conocía entonces a la Nueva Granada. Después de un discurso y del nombramiento de Santander como Vicepresidente, se leyó el texto de la Constitución de la nueva república.

Documentos

Discurso de Bolívar

Señor:

El juramento que acabo de prestar en mi carácter de Presidente de Colombia representa para mí un acto de conciencia que me obliga, además, a someterme a las leyes de mi país. Sólo un profundo sentido de respeto a la voluntad del pueblo podría obligarme a someterme al oneroso cargo de Magistrado Supremo. La gratitud que por ello siento emana de los representantes del pueblo, me impone, además, el grato deber de continuar al servicio de mi patria, de defender con mis bienes, mi sangre y mi honor esta Constitución que cimienta los Derechos del Hombre , uniéndolos a la causa de la libertad, del bien público y de la gloria. La Constitución de Colombia, junto con su independencia, constituirá el Altar Santo en el que haré los sacrificios necesarios. Por ella marcharé hasta el mismo borde de Colombia para romper las cadenas que atan a los hijos del Ecuador y, haciéndolos libres, invitarlos a unirse a ella.

Señor, espero que me autorice a unir en beneficencia a esos pueblos que la naturaleza y el cielo han hecho nuestros hermanos. Una vez hecha esta obra, nacida de nuestra sabiduría y de mi celo, no nos quedará más que la paz para dar a Colombia su descanso y su gloria. Por eso, señor, le predico ardientemente que no se muestre sordo al llamado de mi conciencia y de mi honor, que me ordenan a viva voz que siga siendo únicamente un ciudadano. Siento la necesidad de dejar la presidencia de la República, que el pueblo tiene por dueña de su corazón. Soy hijo de la guerra ; un hombre llevado al poder sólo a fuerza de combates ; la fortuna me ha reservado este grado y la victoria me ha confirmado en él. Pero no son éstos los títulos consagrados por la justicia, la buena fortuna y la voluntad del pueblo. La espada que ha gobernado a Colombia no es la balanza de la justicia, sino el látigo de la desgracia que, a veces, el cielo deja caer a la tierra para castigar a los tiranos y a las naciones jactanciosas. Esa espada no sirve de nada cuando hay paz, y ésta debe ser la última vez que se me permita empuñarla; así lo he jurado a mí mismo, porque se lo he prometido a Colombia, y porque no puede haber República donde el pueblo no pueda ejercer el poder. Un hombre como yo es una cosa peligrosa en un gobierno popular ; mi existencia es un peligro claro y presente para la soberanía de la nación. Quisiera ser ciudadano, un hombre libre, para que todos sean hombres libres. Prefiero el nombre de ciudadano al de libertador, porque éste nace de la guerra, aquél nace de la ley. Os suplico, señor, que renuncie a todos mis títulos, si a cambio pudiera conseguir sólo uno: el de buen ciudadano.

Mural del Congreso de Cúcuta por Santiago Martínez Delgado en el Edificio del Congreso de Colombia.

Ley fundamental que crea la Gran Colombia (Congreso de Angostura)

"El Soberano Congreso de Venezuela , a cuya autoridad se ha sometido voluntariamente el pueblo de la República de la Nueva Granada .

"En vista de:

  1. "Que unidas en una sola República, las provincias de Venezuela y la Nueva Granada tienen todas las proporciones y medios para elevarse a un grado superior de poder y prosperidad.
  2. "Que constituidas en repúblicas separadas, por más fuertes que fueren los lazos que éstas las unen, lejos de aprovecharse de tantas ventajas, difícilmente consolidarían y harían respetar su soberanía.
  3. "Que estas verdades, altamente penetradas por hombres de talento superior y de un patriotismo ilustrado, habían movido a los gobiernos de ambas repúblicas a convocarse en una reunión que las vicisitudes de las guerras decretaron y decretaron la siguiente Ley fundamental de la República de Colombia:

"ARTÍCULO 1. Las Repúblicas de Venezuela y Nueva Granada quedan desde hoy unidas en una sola bajo el glorioso título de República de Colombia.

"ARTÍCULO 2. Su territorio será el que tenían las Antiguas Capitanías Generales de Venezuela y el Virreinato de la Nueva Granada cubriendo una extensión total de 115 mil leguas cuadradas , que en mejores circunstancias se definirá con precisión.

"ARTÍCULO 3. Las deudas adquiridas por ambas repúblicas serán reconocidas solidariamente por esta ley como deuda nacional de Colombia, a cuyo pago estarán adscritos todos los bienes y propiedades de la nación, y se destinarán también a pagar éstas las ramas más productivas de la renta pública.

"ARTÍCULO 4. El Poder Ejecutivo de la República residirá en el Presidente y en caso de su falta un Vicepresidente y su reemplazante serán designados interinamente por el Congreso en funciones.

"ARTÍCULO 5. La República de Colombia se dividirá en tres grandes departamentos, Venezuela , Quito y Cundinamarca , que contendrán las Provincias de la Nueva Granada, cuyo nombre quedará suprimido en adelante. Las capitales de estos departamentos serán las ciudades de Caracas , Quito y Bogotá , esta última sin el añadido del nombre de Santa Fe.

"ARTÍCULO 6. Cada departamento tendrá una dirección superior y un jefe, designado, por ahora por este congreso, con el título de Vicepresidente.

"ARTÍCULO 7. Será capital de la República de Colombia una nueva ciudad que llevará el nombre de El Libertador Simón Bolívar. Su plan y situación serán determinados por el Primer Congreso General bajo el principio de proporcionarla a las necesidades de los tres departamentos, y la grandeza de este extenso país está destinada por la naturaleza.

"ARTÍCULO 8. El Congreso General de Colombia se reunirá el 1 de enero de 1821 en la Villa del Rosario de Cúcuta que es central al país y facilitará la reunión. Su convocatoria se hará por el Presidente el 1 de enero de 1820 de acuerdo con memorandos previamente reglamentados que se formularán por una Comisión Especial y bajo la aprobación del Congreso en ejercicio.

"ARTÍCULO 9. La Constitución de la República de Colombia será formulada por su Congreso General, el cual se presentará como proyecto, y sus leyes serán después probadas en ejecución.

"ARTÍCULO 10. Las Armas y la Bandera de Colombia serán decretadas por el Congreso General y se usarán las Armas y Bandera de Venezuela por ser más conocidas.

"ARTÍCULO 11. El actual Congreso entrará en receso el día 15 de enero de 1820 por razón de nuevas elecciones para el Congreso General de Colombia.

"ARTÍCULO 12. Una comisión de seis miembros y un Presidente sustituirá temporalmente al Congreso y tendrá atribuciones especiales que se determinarán por decreto.

ARTICULO 13. La República de Colombia será proclamada solemnemente en pueblos y ejércitos, con fiestas y manifestaciones públicas, que se verificarán en esta capital el día 25 del presente diciembre en celebración del natalicio del Salvador del mundo, que bajo su patrocinio hemos logrado esta anhelada reunión y en que el Estado se ha regenerado.

"ARTÍCULO 14. El aniversario de esta regeneración política se celebrará perpetuamente con una fiesta nacional en la que se premiará, como en Olimpia , a los virtuosos y a los ilustrados.

"La presente ley fundamental de la República de Colombia se proclama solemnemente sólo en los pueblos y ejércitos, se inscribe en todos los registros públicos y se guarda en todos los cabildos y corporaciones municipales, eclesiásticos o seculares.

"Dado en el soberano Palacio del Congreso de Venezuela en la Ciudad de Santo Tomás de Angostura , diez días antes del mes de diciembre, del año de los señores de mil ochocientos diecinueve. Novena de la Independencia.

"El Presidente del Congreso, Francisco Antonio Zea; Juan Germán Roscio; Manuel Sedeño; Juan Martínez; José España; Luis Tomás Peraza; Antonio M. Briceño; Eusebio Afanador; Francisco Conde; Diego Bautista Urbaneja; Juan Vicente Cardozo; Ignacio Muñoz; Ramón García Cádiz. El Subsecretario, Diego de Vallenilla.

"Palacio del Soberano Congreso de Venezuela en Angostura, 17 de diciembre de 1819 – 9 [año de la independencia].

"El soberano Congreso decreta que esta ley fundamental de la República de Colombia debe ser informada al Supremo Poder Ejecutivo mediante delegación para su aprobación y luego publicada y cumplida.

"El Presidente del Congreso, Francisco Antonio Zea. El Secretario adjunto, Diego de Vallenilla. Palacio del Soberano Congreso de Venezuela en Angostura, a 17 de diciembre de 1819 –9. Imprímase, Publíquese, ejecútese y Autorícese con el Sello del Estado.

"Simón Bolívar

"Al Excelentísimo Señor Presidente de la República, el Ministro del Interior y de Justicia,
Diego B. Urbaneja".

Véase también

Bibliografía