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Códigos de California

Los Códigos de California son 29 códigos legales promulgados por la Legislatura del Estado de California , que, junto con las leyes no codificadas, forman la ley estatutaria general de California . Los Códigos oficiales son mantenidos por la Oficina del Asesor Legislativo de la Legislatura de California. El Consejo Legislativo también publica el texto oficial de los Códigos en leginfo.legislature.ca.gov.

Códigos actualmente en vigor

Los 29 Códigos de California actualmente vigentes son los siguientes:

Códigos derogados

Se derogan los siguientes códigos:

Influencia en otros lugares

Los Códigos de California han tenido influencia en otras jurisdicciones estadounidenses, especialmente en Puerto Rico. Por ejemplo, el 1 de marzo de 1901, Puerto Rico promulgó un Código Penal y un Código de Procedimiento Penal que siguieron el modelo del Código Penal de California, [1] [2] y el 10 de marzo de 1904, promulgó un Código de Procedimiento Civil inspirado en después del Código de Procedimiento Civil de California. [3] Por lo tanto, la jurisprudencia de California que interpreta esos códigos fue tratada como autoridad persuasiva en Puerto Rico. [4]

En 1941, la Asamblea Legislativa de Puerto Rico se unió al movimiento nacional para transferir el derecho procesal civil y probatorio a un sistema de reglas promulgadas por los tribunales, luego abolió el poder judicial para promulgar reglas en 1946 y luego lo restableció en 1952 (sujeto al derecho del poder legislativo para modificar las normas judiciales antes de que entren en vigor). [3] Finalmente, después de que gran parte de su contenido fuera reemplazado por las Reglas de Procedimiento Civil y las Reglas de Prueba, la mayor parte del Código de Procedimiento Civil de Puerto Rico quedó obsoleto y por lo tanto fue derogado. [3] Sin embargo, aunque el Código Penal de Puerto Rico sufrió una extensa recodificación y renumeración en 1974, [2] muchas de sus secciones todavía guardan un gran parecido con sus parientes de California. [5]

El Código de Guam, implementado en 1933 por el gobernador George A. Alexander , se inspiró en los Códigos de California. [6] Por lo tanto, los tribunales de Guam recurren a la jurisprudencia de California para ayudarles a interpretar el Código de Guam. [7]

Historia

En 1868, la Legislatura de California autorizó la primera de muchas Comisiones de Código ad hoc para comenzar el proceso de codificación de la ley de California. Cada Comisión del Código era una agencia temporal de uno o dos años que cerraba al final del período autorizado o era reautorizada y transferida al período siguiente; por lo tanto, en algunos años no hubo una Comisión del Código. [8] Los primeros cuatro códigos promulgados en 1872 fueron el Código Civil, el Código de Procedimiento Civil, el Código Penal y el Código Político. [9] [10] Los estatutos que no encajaban en estas categorías simplemente quedaron sin codificar en los Estatutos de California .

Los cuatro Códigos de California originales no se redactaron desde cero, sino que la Comisión de Códigos los adaptó en su mayor parte a partir de códigos preparados para el estado de Nueva York por el gran reformador legal David Dudley Field II . [10] [11] Como resultado de la fiebre del oro, muchos abogados de Nueva York habían emigrado a California, incluido el hermano de Field, Stephen Johnson Field , quien finalmente se desempeñaría como el quinto presidente del Tribunal Supremo de California antes de ser nombrado miembro de la Corte Suprema de los Estados Unidos. La fuerte influencia de Nueva York en las primeras leyes de California comenzó con la Ley de Práctica de California de 1851 (redactada con la ayuda de Stephen Field), que se basó directamente en el Código de Procedimiento Civil de Nueva York de 1850 (el Código de Campo). A su vez, fue la Ley de Prácticas de California la que sirvió de base para el Código de Procedimiento Civil de California. Nueva York nunca promulgó los códigos civiles o políticos propuestos por Field, y tardíamente promulgó sus códigos de procedimiento penal y penal propuestos sólo después de California, pero fueron la base de los códigos promulgados por California en 1872. [11]

Como se señaló anteriormente, los cuatro códigos iniciales no eran completamente completos. Como resultado, la ley estatutaria de California se desorganizó a medida que los estatutos no codificados continuaron acumulándose en los Estatutos de California. Después de muchos años de Comisiones del Código intermitentes, la Comisión del Código de California finalmente se estableció como agencia gubernamental permanente en 1929. En su primer informe, la Comisión declaró: "La ley estatutaria de California se encuentra en una condición deplorable... escritores y editores se unen al considerarla la peor ley estatutaria del país." [12] Para dotar de personal a la nueva encarnación permanente de la Comisión del Código, la Legislatura estatal simplemente nombró al Consejo Legislativo como secretario de la Comisión. [8] Así, como cuestión práctica, la mayor parte del trabajo real fue realizado por los adjuntos del Consejo Legislativo y luego aprobado por los Comisionados del Código. [13]

La Comisión pasó los siguientes 24 años analizando el enorme cuerpo de leyes no codificadas en los Estatutos de California y redactando casi todos los demás códigos. En 1953, cuando la Comisión del Código completó la tarea asignada y emitió su informe final el 1 de septiembre de ese año, existían entonces 25 Códigos. [10] Ese año, la Legislatura reemplazó la Comisión del Código por la Comisión de Revisión de la Ley de California . [8] [10] Desde entonces, la CLRC ha tenido la tarea de revisar periódicamente los Códigos y proponer varias enmiendas a la Legislatura. [10] La mayoría de estas son simples modificaciones de mantenimiento para garantizar que las referencias cruzadas legales se actualicen adecuadamente para agregar nuevas leyes u omitir leyes que ya no existen.

El código más nuevo es el Código de Familia, que se separó del Código Civil en 1994. Aunque existe un Código de Procedimiento Civil, no existe un Código de Procedimiento Penal. [1] En cambio, el procedimiento penal en California está codificado en la Parte 2 del Código Penal, mientras que la Parte 1 está dedicada al derecho penal sustantivo.

Interpretación

Los Códigos contienen, o se supone que contienen únicamente, leyes estatutarias generales , con énfasis en la palabra "general". [10] La Legislatura también promulga periódicamente una variedad de otras resoluciones que no son leyes de aplicación general, como proyectos de ley de presupuesto anual, proyectos de ley de asignaciones para períodos de tiempo específicos, leyes que autorizan la compra o disposición de tierras por parte del gobierno estatal y leyes autorizando la emisión de bonos que terminan automáticamente al momento del pago de los bonos. [10] La Legislatura también aprueba periódicamente resoluciones que honran los logros de varias personas distinguidas. Debido a su aplicación limitada, todas estas cuestiones no están incorporadas en los Códigos.

Los Códigos forman una parte importante de la ley de California . Sin embargo, deben leerse en combinación con las constituciones federales y estatales, la jurisprudencia federal y estatal y el Código de Regulaciones de California, para comprender cómo se interpretan y hacen cumplir en realidad en los tribunales. El Código Civil es particularmente difícil de entender ya que la Corte Suprema de California ha tratado partes del Código como una mera reformulación del derecho consuetudinario . Por ejemplo, en Li contra Yellow Cab Co. , la Corte Suprema reconoció la intención original de la Legislatura al promulgar la sección 1714 [14] del Código Civil para codificar un esquema de negligencia contributiva sujeto a la doctrina de la última oportunidad clara , y luego sostuvo que la Legislatura no había tenido la intención de para congelar el derecho común en vigor y procedió a adoptar judicialmente la negligencia comparada . En contraste, se considera que otros códigos, como el Código Sucesorio y el Código de Prueba, han desplazado completamente al derecho consuetudinario, lo que significa que los casos que interpretan sus disposiciones siempre intentan dar efecto, siempre que sea posible, a la intención de la Legislatura.

Como se señaló anteriormente, el Consejo Legislativo mantiene un sitio web en línea con el texto oficial de los Códigos. [10] Los cuatro códigos originales se imprimieron como documentos estatales separados en 1872 (pero no como parte de los Estatutos de California ) y también fueron publicados por editoriales comerciales en varias versiones, incluso como un conjunto en 1872. [10] En lugar de Un conjunto oficial, los códigos anotados no oficiales están ampliamente disponibles en editores privados. [10] West publica los códigos anotados de California de West y LexisNexis publica los códigos anotados de California de Deering . [10] Aunque el de Deering es mucho más antiguo, [10] West es el más popular de los dos códigos anotados. Las bibliotecas que carecen de suficiente espacio en los estantes para contener ambos códigos, generalmente porque son bibliotecas jurídicas pequeñas, bibliotecas públicas que atienden al público en general (a diferencia de las bibliotecas jurídicas públicas) o bibliotecas de otros estados, generalmente solo tienen West y omiten el de Deering .

También hay un puñado de estatutos relativamente menores que nunca fueron codificados y no están incluidos en la copia en línea del Asesor Legislativo, pero que probablemente deberían haber sido codificados ya que son leyes de aplicación general. [10] Por ejemplo, ciertas leyes de iniciativa no podrían ser codificadas por una ley de la Legislatura porque originalmente fueron promulgadas por voto popular del electorado. [10] El informe final de la Comisión del Código del 1 de septiembre de 1953 recomendó que dichos estatutos se publicaran en un apéndice del código que fueran más relevantes y no se agruparan en un volumen separado. [10] Los códigos anotados no oficiales incluyen esos estatutos ya sea como apéndices de los códigos en los que probablemente deberían haber sido codificados, o dentro de anotaciones a secciones particulares del código; Deering también imprime las actas de iniciativa no codificadas en un volumen separado. [10]

Ver también

Referencias

  1. ^ ab Ver Párrafo 1, Anotaciones bajo la antigua Sección 10, Título 33, Leyes de Puerto Rico Anotadas . Esta fuente señala que el Código Penal y el Código de Procedimiento Penal de Puerto Rico, promulgados en 1902, se derivaron directamente del Código Penal de California. Pero la comisión de codificación de Puerto Rico decidió separarse de California dividiendo las disposiciones procesales en un Código de Procedimiento Penal separado, ya que la población había estado acostumbrada a tener códigos penales sustantivos y procesales separados bajo el anterior gobierno español.
  2. ^ ab Ver Disposiciones Especiales Bajo la Antigua Sección 1, Historia del Código Penal de Puerto Rico, Título 32, Leyes de Puerto Rico Comentadas .
  3. ^ abc Ver Disposiciones Especiales Bajo la Antigua Sección 1, Historia del Código de Procedimiento Civil — Ley Española, Título 33, Leyes de Puerto Rico Comentadas .
  4. ^ Pueblo contra Cirino , 69 PRR 488 (1949).
  5. ^ Comparar Cal. Bolígrafo. Código § 187(a) (“Asesinato es la matanza ilícita de un ser humano, o de un feto, con malicia previa”) al 33 LPRA § 4001 (“Asesinato es la matanza de un ser humano con malicia previa”).
  6. ^ Saussotte, Marguerite (12 de agosto de 2010). "Era naval estadounidense: desarrollo del Código de Guam". Guampedia . Guam : Universidad de Guam . Archivado desde el original el 26 de julio de 2011 . Consultado el 11 de mayo de 2011 .
  7. ^ Ver Sumitomo Constr. Co., Ltd. contra Zhong Ye, Inc. , 1997 Guam 8; 1997 WL 471506, en *2 (Guam 1997) ("[C]uando una legislatura adopta una ley que es idéntica o similar a otra vigente en otra jurisdicción, se presume que la jurisdicción que la adopta aplica la interpretación dada a la ley por la jurisdicción de origen."); véase también Fajardo v. Liberty House Guam , 2000 Guam 4; 2000 WL 38719, en *4-5 (Guam 2000) (aplicando la jurisprudencia de California donde el estatuto de Guam reflejaba un estatuto de California y "no hay ninguna razón convincente para desviarse de la interpretación [de California] del[e] estatuto[ ]". ).
  8. ^ abc Kleps, Ralph N. (diciembre de 1954). "La revisión y codificación de los estatutos de California 1849-1953" (PDF) . Revisión de la ley de California . 42 (5): 766–802. doi :10.2307/3477710. JSTOR  3477710.
  9. ^ "Código Civil de California § 23". Oficina de Asesoría Legislativa de California . Consultado el 12 de febrero de 2019 .
  10. ^ abcdefghijklmnop Martin, Daniel W. (2006). Guía de leyes de California de Henke (8ª ed.). Newark: Matthew Bender & Co. págs. 45–67. ISBN 08205-7595-X.Disponible a través de HeinOnline .
  11. ^ ab Morriss, Andrew P. (abril de 1999). "Codificación y respuestas correctas". Revisión de leyes de Chicago-Kent . 74 (2): 355–391.
  12. ^ Nathan M. Crystal, La codificación y el surgimiento del movimiento de reformulación, 54 Wash. L. Rev. 239, 260 (1979).
  13. ^ Kleps, Ralph L. (1959). "La Función del Consejo Legislativo". Apéndice del Diario de la Asamblea, Legislatura del Estado de California, período ordinario de sesiones de 1959 . 3 : 56.
  14. ^ .mw-parser-output span.smallcaps{font-variant:small-caps}.mw-parser-output span.smallcaps-smaller{font-size:85%}Cal. Código Civil § 1714

enlaces externos