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Parlamento de Antigua y Barbuda

17°07′06″N 61°50′00″W / 17.118418°N 61.833228°W / 17.118418; -61.833228El Parlamento de Antigua y Barbuda está formado por el Rey de Antigua y Barbuda , el Senado y la Cámara de Representantes .

El artículo 27 de la Constitución establece el Parlamento. El Parlamento tiene la autoridad de promulgar leyes para la paz, el orden y el bienestar de Antigua y Barbuda, siempre que se ajusten a los términos de la Constitución. De conformidad con las directrices del artículo 47, el Parlamento puede modificar cualquier cláusula de la Constitución o de una orden del Tribunal Supremo. Una ley que modifique la Constitución o un fallo del Tribunal Supremo no se considerará aprobada por la Cámara a menos que reciba la aprobación de al menos dos tercios de todos los miembros de la Cámara en su lectura final. [1] [2]

Ningún miembro de ninguna de las Cámaras del Parlamento podrá participar en los procedimientos de esa Cámara (excepto los requeridos a los efectos del artículo 48) a menos que haya prestado juramento de lealtad ante esa Cámara y lo haya suscrito. Sin embargo, antes de que los miembros del Senado o de la Cámara, según la situación, hayan prestado y firmado dicho juramento, podrán celebrarse elecciones para los cargos de Presidente, Vicepresidente, Portavoz y Vicepresidente. Toda persona que sea miembro de la Cámara en virtud de ocupar el cargo de Portavoz o en virtud de ocupar o desempeñar el cargo de Fiscal General se denomina miembro de la Cámara en el artículo 48. [1] [2]

Según el artículo 51 de la Constitución, cualquier asunto sometido a votación en una Cámara del Parlamento debe ser decidido por la mayoría de los miembros presentes y votantes, a menos que la Constitución especifique lo contrario. Salvo que se especifique lo contrario en esta sección, el Presidente u otro miembro que presida en el Senado y el Portavoz u otra persona que presida en la Cámara tendrán y ejercerán un voto decisivo en caso de que los votos estén divididos por igual en cualquier cuestión: Con la excepción de que un Portavoz u otro miembro que presida en la Cámara que sea un miembro electo de la Cámara tendrá un voto original pero no un voto decisivo en el caso de la cuestión de la lectura final de un proyecto de ley a la que se hace referencia en el artículo 47(2) de la Constitución. Si los votos sobre cualquier tema ante la Cámara están divididos por igual mientras dicho Portavoz esté en funciones, la moción será rechazada. Un Portavoz que no sea un miembro electo de la Cámara no tendrá ni voto original ni decisivo. [1] [2]

Historia

El Consejo Legislativo de Antigua fue el predecesor del Parlamento. Se reunió por primera vez el 23 de abril de 1668 [OS 13 April 1668] (en aquel entonces la Legislatura bicameral de Antigua) [3] y se convirtió en el Parlamento el 27 de febrero de 1967. [4]

Funciones

El Parlamento en su conjunto tiene determinadas responsabilidades y se le otorgan poderes y privilegios especiales para desempeñar eficazmente sus funciones. Entre estos últimos se incluyen la libertad de expresión en el Parlamento, la autoridad para regular sus actividades mediante reglamentos permanentes, así como la libertad de ser objeto de procedimientos civiles o penales por las palabras pronunciadas o escritas por los miembros ante su respectiva Cámara.

La facultad del Parlamento para promulgar leyes se ejerce mediante la aprobación de proyectos de ley por el Senado y la Cámara de Representantes (o, en las circunstancias descritas en los artículos 54 y 55 de la Constitución, por la Cámara de Representantes) y la aprobación del Gobernador General en nombre de Su Majestad. Cualquier proyecto de ley que no sea de carácter monetario puede presentarse en cualquiera de las Cámaras del Parlamento; un proyecto de ley de carácter monetario no puede presentarse en el Senado. El Gobernador General debe indicar formalmente su aprobación a una medida cuando se la presenta para su firma de conformidad con la Constitución. Un proyecto de ley se convierte en ley después de recibir la aprobación del Gobernador General y luego es publicado como ley en el Boletín Oficial por el Secretario de la Cámara. Esto se hace de conformidad con los requisitos de la Constitución. Sin embargo, el Parlamento tiene la autoridad de posponer la implementación de cualquier ley de ese tipo hasta después de que haya sido publicada en el Boletín Oficial. [1] [2]

El Parlamento toma decisiones relativas a:

Sesiones del parlamento

Cada período de sesiones del Parlamento se celebrará en el lugar y a la hora que determine el Gobernador General mediante proclamación, pero no más tarde de seis meses después de la conclusión del período de sesiones anterior si se ha prorrogado o de cuatro meses después de la conclusión de ese período de sesiones si se ha disuelto. [1] [2] Durante cualquier período de sesiones del Parlamento, no podrán transcurrir más de tres meses entre sesiones. Con sujeción a esta restricción, las sesiones del Parlamento se celebrarán en el momento y lugar que determine el Parlamento, mediante su reglamento o de otro modo. [1] [2]

Disolución del parlamento

El Gobernador General podrá prorrogar o disolver el Parlamento en cualquier momento, actuando de acuerdo con el consejo del Primer Ministro, sujeto a las restricciones del párrafo (5) del artículo 60. Sujeto a las disposiciones del inciso (3) del artículo 60, el Parlamento no se disolverá hasta que hayan transcurrido cinco años desde la fecha de su primera sesión después de cualquier disolución. El Parlamento podrá, en cualquier momento cuando Su Majestad esté en guerra, extender el período de cinco años mencionado en el inciso (2) del artículo 60 por no más de doce meses a la vez; sin embargo, la vida del Parlamento no podrá prolongarse en virtud de este párrafo por una duración que exceda de cinco años. Cuando ocurra una emergencia entre la disolución del Parlamento y la elección general posterior de miembros de la Cámara que, en opinión del Primer Ministro, requiera convocar a las dos Cámaras antes de que pueda celebrarse la elección general, el Gobernador General, actuando por consejo del Primer Ministro, podrá convocar a las dos Cámaras del Parlamento anterior; sin embargo, la elección de miembros de la Cámara continuará y la elección general se celebrará según lo programado. Si una resolución declarando la falta de confianza en el gobierno es aprobada por la mayoría de los miembros de la Cámara y el Primer Ministro no dimite de su cargo ni recomienda la disolución del Parlamento dentro de los siete días siguientes a la aprobación de la resolución, el Gobernador General podrá, a su discreción, disolver el Parlamento. [1] [2]

Composición y membresía

El Parlamento está compuesto por dos cámaras: la Cámara de Representantes, compuesta por 19 miembros, de los cuales 17 son elegidos por un período de cinco años en circunscripciones uninominales, un miembro ex officio y un Presidente. El Senado, compuesto por 17 miembros designados.

No se podrá iniciar ningún procedimiento civil ni penal contra ningún miembro de cualquiera de las Cámaras del Parlamento por observaciones hechas ante la Cámara o escritas en un informe dirigido a la misma. Esto se entiende sin perjuicio de cualquier disposición adoptada por el Parlamento en relación con los poderes, privilegios e inmunidades del Parlamento y sus comités, o los privilegios e inmunidades de los miembros y funcionarios de cualquiera de las Cámaras del Parlamento y de otras personas que participen en los asuntos del Parlamento o de sus comités. [1] [2]

Véase también

Referencias

  1. ^ abcdefgh "Constitución de Antigua y Barbuda de 1981 - Constituir". www.constituteproject.org . Consultado el 9 de septiembre de 2023 . Dominio públicoEste artículo incorpora texto de esta fuente, que se encuentra en el dominio público .
  2. ^ abcdefgh http://laws.gov.ag/wp-content/uploads/2018/08/cap-23.pdf Dominio públicoEste artículo incorpora texto de esta fuente, que se encuentra en el dominio público .
  3. ^ Antigua (1865). Las leyes de Antigua: que consisten en las leyes de las Islas de Sotavento vigentes en Antigua y las leyes de Antigua desde el 20 de febrero de 1668 hasta el 28 de octubre de 1864; con tabla de leyes, índice de materias e índice alfabético. Por autoridad. George E. Eyre y William Spottiswoode.
  4. ^ https://www.legislation.gov.uk/uksi/1967/225/pdfs/uksi_19670225_en.pdf [ URL básica PDF ]

Dominio público Este artículo incorpora material de dominio público de documentos del Gobierno de Antigua y Barbuda .

Enlaces externos