Vicario episcopal

El de vicario episcopal es un oficio con potestad ordinaria, vicaría y administrativa, similar a la del vicario general, pero el vicario episcopal asiste al obispo en el gobierno de una porción de una diócesis o circunscripción eclesiástica, en materias específicas o para personas con determinadas características, o fieles de un determinado rito o agrupación.En el nombramiento se define con claridad el ámbito de su competencia.El vicario episcopal debe informar al obispo diocesano sobre los asuntos más importantes, y nunca actuará contra la voluntad e intenciones del obispo.Las diferencias con el vicario general, además de la determinación de la competencia, son fundamentalmente las siguientes: que la figura del vicario episcopal no es obligatoria en toda diócesis; que habitualmente hay más de uno (el vicario general suele ser único, aunque podría haber más por razones pastorales); y que el vicario episcopal que no es obispo auxiliar es nombrado solo para un cierto tiempo.Cesa la potestad del vicario episcopal al cumplirse el tiempo de su mandato, por renuncia, y si no es obispo auxiliar, por remoción intimada por el obispo o cuando la sede episcopal queda vacante.