Sistema de Actuación por Cooperación
Lograr un beneficio para el desarrollo urbano del Distrito Federal; II.En los casos en que la aportación de la Administración establezca una permuta de un bien inmueble propio, acatar lo dispuesto en la normativa aplicable al patrimonio del Gobierno del Distrito Federal; IV.La dirección y la rectoría estarán a cargo de la Administración Pública; V.Los particulares realizarán los trámites para obtener las licencias, permisos y autorizaciones correspondientes a las obras y proyectos, conforme al marco jurídico vigente; VI.El Jefe de Gobierno deberá autorizar los compromisos que asuma la Administración Pública.Formalización de los instrumentos jurídicos, técnicos y financieros necesarios para alcanzar los objetivos propuestos.