Bajo el Acuerdo de Lancaster House, el 20% de los escaños en ambas cámaras estaban reservados para blancos, hasta 1987, cuando la constitución fue modificada para eliminar la segregación racial.
Fue abolido por enmienda constitucional en 1989, con muchos Senadores siendo elegidos posteriormente para la Asamblea Nacional.
50 eran elegidos directamente mediante un sistema de escrutinio mayoritario uninominal, mientras que los otros 16 eran designados, 6 por el Presidente de la República y 10 por jefes tradicionales que eran elegidos en elecciones separadas.
La enmienda número 18 de 2007 preveía la ampliación del Senado a 93 escaños: 6 senadores de cada provincia elegidos directamente por los votantes registrados en los 60 distritos electorales del Senado; los 10 gobernadores provinciales designados por el presidente; el presidente y el vicepresidente del Consejo de Jefes; 16 jefes, siendo dos jefes de cada provincia que no sean provincias metropolitanas, y cinco senadores designados por el Presidente.
[2] 1 escaños para el presidente y otro para el vicepresidente del Consejo Nacional de Jefes, y un escaño masculino y otro femenino para personas con discapacidad elegidas mediante el escrutinio mayoritario a nivel nacional por un colegio electoral designado por la Junta Nacional de Discapacidad.