Secreto profesional periodístico
La diversidad de opiniones e intereses al respecto hace que la discusión parezca no tener una solución universal.Este tipo es el que recoge la ley de los siguientes estados: Alemania, Argentina, Austria, Bolivia, Brasil, Cabo Verde, Colombia, Costa Rica, Estados Unidos (California, Indiana, Minnesota, Nebraska, Nueva York), Estonia, Finlandia, Haití, Indonesia, Italia, Lituania, Macedonia del Norte, Malasia, Mozambique, Nigeria, Paraguay, Perú, Portugal, Uruguay, Venezuela y Yemen.Se encuentra sujeto a mayores restricciones que el secreto profesional paradigmático, en tanto no se puede ejercer frente a las autoridades jurisdiccionales y legislativas, en un número mayor de casos que el paradigmático, aunque aún mantiene con cierta cobertura el bien jurídico protegido del secreto profesional del periodista.Por ejemplo, este tipo de secreto profesional se practica en Argelia, Egipto y Ecuador.Hay países que lo niegan, como Francia, Bélgica, Gran Bretaña y Estados Unidos.