Secretaría de Finanzas y Planeación de Veracruz

Establecer la política de la Hacienda Pública, conforme a lo establecido en el Plan Veracruzano de Desarrollo y los programas, política económica y objetivos del Gobierno del Estado; II.Presupuestar anualmente el gasto público del Gobierno del Estado con enfoque a resultados, tomando en consideración los anteproyectos de presupuestos de las dependencias y entidades del gobierno estatal, quienes los deberán elaborar y presentar con la anticipación necesaria en términos de las disposiciones legales aplicables; IX.Determinar, recaudar, custodiar y administrar los impuestos, derechos, productos, aprovechamientos, participaciones, multas y otros conceptos señalados en las leyes impositivas relacionadas con la Hacienda Pública del Estado; XI.Autorizar, previo acuerdo del Gobernador del Estado, las ampliaciones, transferencias o reducciones de los recursos asignados a las dependencias centralizadas y las entidades paraestatales comprendidas en el presupuesto de egresos; XIV.Presentar denuncias y formular querellas, ratificar las mismas, recibir el pago por concepto de reparación de daños y, en su caso, sin perjuicio del erario estatal, otorgar el perdón al acusado e imponer las sanciones que correspondan por infracciones a la Ley de Hacienda y demás leyes fiscales cuya aplicación le esté encomendada directamente; XVII.Intervenir en los juicios de carácter fiscal que se ventilen ante los tribunales competentes, cuando tenga interés la Hacienda Pública del Estado; XVIII.Llevar el control de la deuda pública del Estado, efectuar los pagos correspondientes, transparentar y difundir la información en la materia.Ejercer la facultad económico-coactiva para hacer efectivos los créditos fiscales a favor de la Hacienda Pública del Estado; XXI.Ejercer las atribuciones derivadas de los convenios fiscales que celebre el Gobierno del Estado con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público del Gobierno Federal; XXII.Hacer la glosa preventiva de los ingresos y egresos del Gobierno Estatal; así como elaborar la cuenta pública; XXVIII.Otorgar, previo acuerdo del Ejecutivo Estatal, estímulos fiscales en los casos que procedan; XXX.Tramitar y resolver los recursos administrativos en la esfera de su competencia; XXXI.Vigilar financiera y administrativamente la operación de entidades que no estén expresamente encomendadas a otra dependencia; XLI.