El saneamiento por evicción es la obligación legal que tiene el vendedor de un bien de indemnizar al comprador cuando se produce la evicción de la cosa vendida.
[1] En el ámbito del contrato de compraventa, el vendedor tiene como obligación principal la entrega de la cosa, pero junto a esta, se contempla el deber de indemnización cuando se dicta una sentencia judicial firme que decreta que la cosa vendida corresponde a un tercero en virtud de un derecho anterior a la compra (evicción), entonces el vendedor deberá indemnizar al comprador por la privación de la posesión legal y pacífica que sufre a consecuencia de la mencionada sentencia.
[1][2] El Código Civil regula el saneamiento por evicción en los artículos 1461 y 1475 a 1483.
El comprador tendrá derecho a exigir del vendedor, en caso de evicción: