Reglamento (derecho de la Unión Europea)

Esto implica que es directamente aplicable en todos los Estados de la Unión, sin que sea precisa ninguna norma jurídica de origen interno o nacional que la transponga para completar su eficacia plena.Asimismo, puede ser invocada la tutela jurisdiccional ante los tribunales nacionales o comunitarios por los particulares.Se contrapone a la Directiva, también de alcance general, porque mientras ésta fija unos objetivos y un plazo vinculantes, dejando libertad a los Estados para escoger los medios adecuados (mecanismo de transposición), el reglamento es directamente aplicable y obligatorio en todos sus elementos desde su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea y su posterior entrada en vigor.Lo que lo distingue de la decisión es precisamente la aplicación o alcance general de que esta última carece.Significativamente, en la nonata Constitución Europea el reglamento en fase legislativa adoptaba la denominación de "Ley europea", mientras que en las otras dos su nombre era el de "Reglamento delegado" o "Reglamento de ejecución".