Dicha ley fija en el art.
1 la prohibición de circulación de camiones y acoplados cuyo peso en forma individual sea igual o mayor a doce 12 toneladas vayan o no cargados, por las calles y avenidas de la Ciudad de Buenos Aires con excepción de las integrantes de la Red de Tránsito Pesado.
El anexo I conforme texto Art.
1.º Ley N.º 2.362, BOCBA N.º 2734 del 27/07/2007) fija la red arterial[1] Este anexo divide en 3 las arterias que componen la red: a) Arterias integrantes de la red de tránsito pesado.
b) Arterias integrantes de la red de tránsito pesado con restricción en su sentido cirtulatorio.