La rabassa morta o cepa muerta era un tipo de contrato muy extendido en Cataluña, por medio del cual se le cedía a un agricultor una porción de tierra para que cultivara vides en ella mientras vivieran los dos tercios de las cepas que plantara.
A cambio, debía entregar al propietario una parte de su cosecha anual.
En el siglo XVIII se produjo un aumento demográfico y, como consecuencia de este, del valor de las tierras, al mismo tiempo que la inflación se disparaba.
En estas comarcas el jornalero agrícola prácticamente desapareció, limitándose las grupos sociales a propietarios y rabassaires, que, al tener el dominio útil de la tierra, eran inscritos casi como propietarios en los registros de la propiedad.
El Gobierno español lo hizo extensible al resto de España con el censo a primeras cepas (artículo 1656 del Código civil).